Cómo conseguir teletrabajo aunque la empresa no quiera.

Hay dos tipos de teletrabajo en lo que respecta a la forma de acceder al mismo. Tenemos el teletrabajo por acuerdo entre las partes, que en su inicio no es un derecho de los trabajadores, por lo que no se puede conseguir por las malas, a no ser que lo establezca el convenio. Pero también tenemos el teletrabajo como medida de conciliación familiar, que sí que es un derecho de los trabajadores y que por tanto sí que se puede conseguir por las malas y gratis.

El derecho de adaptación del art.34.8 ET no solo hace referencia a la posibilidad de adaptar la distribución de la jornada por solicitud del trabajador, sino que también incluye la posibilidad de adaptar la forma de prestación del tiempo de trabajo mediante el teletrabajo.

Por tanto, si necesitas trabajar desde casa y tu empresa se opone por principio, no des el «no» por sentado. Existe un marco de protección que te permite solicitar la adaptación de tu jornada mediante teletrabajo y defenderla con garantías, incluso en los tribunales sin obligación de pagar abogado. Sobre todo en los casos en los que está más que claro que no hay ninguna justificación, sino que la empresa deniega el teletrabajo porque permitir que tú estés mejor lo interpreta como que ella sale perdiendo.

Pídelo siempre por escrito para activar la protección frente al despido.

Las palabras se las lleva el viento y, en el ámbito laboral, lo verbal no ofrece ninguna garantía. La solicitud de teletrabajo por conciliación debe hacerse siempre por escrito, sin necesidad de gastarse dinero en un burofax. Presentar la solicitud formal escrita genera de inmediato la protección contra el despido improcedente, por la que un despido no justificado podría ser declarado despido nulo. Lo que obligaría a la empresa a reincorporarte inmediatamente y a abonarte los salarios dejados de percibir, además de una posible indemnización por daños morales.

En cambio, si la solicitud fuera verbal y la empresa te despidiera, en principio no tendrías prueba en juicio de que hubieras presentado la solicitudsi la empresa lo negara. Por lo que habría más posibilidades de que el despido fuera declarado improcedente en vez de nulo, lo que haría que la empresa optara entre indemnización y readmisión. Como te estarás imaginando, sería prácticamente seguro que la empresa optara por la indemnización, porque si optara por la readmisión no solo podría salirle más cara, sino que entonces tú volverías a solicitar el teletrabajo pero por escrito.

No olvides que la adaptación mediante teletrabajo es compatible con la reducción voluntaria de jornada por guarda legal o cuidado de familiares, por lo que puedes aprovechar la misma solicitud para pedir ambas cosas. O solo una de ellas, según lo que más convenga a tus necesidades de conciliación familiar. Si no tienes claro cómo hacerlo, dispones de nuestros modelos de solicitud de adaptación y reducción de jornada.

Demandar es gratis porque no es obligatorio contratar abogado.

Si la empresa rechaza tu propuesta sin una razón justificada o directamente ignora tu petición, el siguiente paso es acudir a los tribunales de lo social. Para este tipo de demandas sobre conciliación familiar existe un “juicio rápido” y específico en un procedimiento resumido. Es un proceso totalmente gratuito, porque no es obligatorio que contrates abogado ni procede condena en costas en caso de perder. En Laboro dispones de un manual sobre demanda de conciliación familiar que explica el proceso e incluye los modelos necesarios.

Se trata de casos muy sencillos. Tú le explicarías al juez tu situación familiar, que se supone que hace necesario el teletrabajo y/o la reducción solicitada. La empresa le explicaría al juez la situación empresarial o laboral que se supone que lo impide. El juez decidiría, es tan simple como eso; por lo que quizá haya trabajadores que no consideren justificado pagarle más de 1.000€ a un abogado para ese trabajo, o que al menos lo consideren excesivo. Sin olvidar la posibilidad de que estuvieras afiliado a un “sindicato” pero sus abogados se negaran a poner la demanda.

En estos casos no solo se puede pedir y conseguir el teletrabajo por las malas. En la demanda también se puede pedir y conseguir que la empresa pague aparte una indemnización en los casos de violación de derechos fundamentales. Por ejemplo, si la empresa te deniega la solicitud como represalia por haberla demandado o denunciado antes por otras razones.

Además, existe la posibilidad de ganar la demanda no solo por el fondo de tu situación familiar, sino porque las empresas cometen graves errores de forma durante la tramitación. Sin perjuicio de lo que pueda decir el convenio, la empresa incurre en un defecto formal grave si comete alguno de estos tres errores:

  1. No contestar.
  2. No abrir un proceso de negociación. La empresa no puede limitarse a decir «no». Si se niega en banda desde el primer minuto sin sentarse a valorar opciones, incumple su deber legal. Debe abrir un proceso de negociación de buena fe para buscar alternativas, requisito que tampoco se cumpliría si la empresa se limitara a simular la negociación.
  3. No motivar la denegación. Si la empresa rechaza la petición, debe fundamentarla en razones objetivas, que luego sería las que tendría que probar en juicio. Por ejemplo, demostrar con datos que la presencia física es imprescindible para el puesto. Excusas genéricas como «la política de la empresa es presencial» o «no estamos preparados» no son válidas en un tribunal.

Estos defectos formales son tan graves que, si la empresa no los cumpliera en 15 días, se presumiría la concesión de tu solicitud. Por lo que podrías ganar la demanda solo por eso, sin que el juez tuviera necesidad de entrar a valorar el fondo de sus necesidades familiares.

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