No te pueden bajar el sueldo porque baje el del convenio.

Que una empresa cambie a otro convenio con salarios inferiores o que bajen los salarios del mismo convenio que tenga, no supone que la empresa tenga derecho a bajar los salarios de los trabajadores. Por ejemplo Porfirio, el mecánico del taller de Paco, cobra exactamente los 20.000€ anuales que dice su convenio; pero los “representantes de los trabajadores” firman un nuevo convenio con una bajada de ese salario a 18.000€, o bien la empresa “se acoge” a otro convenio con salario de 18.000€. Pues muy bien, pero en esos casos la empresa no podría bajar a 18.000€ el salario de Porfirio solo por eso.

Salirse del grupo de Whatsapp del trabajo o empresa.

La situación que vamos a analizar hoy en Laboro es más que conocida por muchísimos trabajadores. La empresa, el empresaurio o el “encargao” meten el número de teléfono móvil particular del empleado en un grupo de Whatsapp “del trabajo”. Es decir, un grupo gestionado por la empresa, el empresaurio o el encargao en el que se dan órdenes de trabajo, se establecen los horarios y en general se organiza toda o parte de la prestación laboral. Pero lo hacen sin el consentimiento del trabajador y, aún encima, molestan cualquier día a cualquier hora; incluyendo días de descanso, festivos y vacaciones.

La jornada de 40 horas de lunes a domingo es ilegal.

Hoy vamos a hablar en Laboro de otra de las chapuzas e ilegalidades habituales de los empresaurios. Nos referimos a la famosísima jornada de “40 horas de lunes a domingo”, que ponen en muchísimos contratos de trabajo. Pero resulta que existe un real decreto que regula la información al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo. En toda relación laboral que dure más de 4 semanas, este decreto obliga a que la empresa proporcione al trabajador los datos sobre “la duración y la distribución de la jornada ordinaria de trabajo”, por escrito y en el plazo de 2 meses.

La calefacción sigue siendo obligatoria en los centros de trabajo.

A lo mejor a algún empresaurio es necesario recordarle que sigue vigente el real decreto que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Aunque algunos no se lo hayan leído en su vida y ni siquiera sepan que existe. En este decreto no es que se aconseje, sino que directamente se ordena que la temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27 ºC. Donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25 ºC.

Cómo cobrar más y cobrar antes.

Estamos en tiempos en los que a los trabajadores os están cobrando mucho más por todo, especialmente por todo lo que no podéis evitar pagar, como la electricidad, el gas, la gasolina, la hipoteca… Pues a lo mejor es necesario decir o recordar que quien no llora no mama y que solo vosotros podéis conseguir compensar este aumento de vuestros gastos con un aumento de vuestros ingresos por salarios. No se trata de que solo vosotros podéis conseguirlo, sino que también se trata de que solo vosotros sois los responsables de intentarlo, porque a Superman lo han prejubilado en el periódico.