Hoy es un buen día para muchos trabajadores, especialmente para los padefos, porque hoy comienza la campaña de la declaración de la renta del 2016-2017. Traduciendo al lenguaje padefo: hoy es el primer día en el que se puede confirmar el borrador para cobrar la "paga extra" cuanto antes. Probablemente en las noticias de hoy veréis que los servidores de la Agencia Tributaria se han colapsado, etc. etc. Hoy es el día en que Toño el camarero le pregunta a Juani la cocinera "¿A ti cómo te sale la renta?", Juani le dice que le sale a devolver 100€ y Toño le dice, con una sonrisa de oreja a oreja, que a él le sale a cobrar 500€ y no cabe en si de gozo. Pero la triste -para Toño- realidad es que no se entera de nada.
Incluso habrá algún Toño que diga que él no ha puesto na el año pasao, que eso es mentira. Pero es evidente que sí que ha puesto y la cantidad exacta la tiene en todas y cada una de sus nóminas del año anterior con el nombre "retención de IRPF" o similar. Toño ni siquiera sabe cómo se come eso que tiene un nombre tan raro de "retención", pero es muy sencillo. Si en la nómina de Toño dice que le han retenido 100€ lo que pasa es que la empresa ha cogido 100€ del salario de Toño y los ha ingresado en Hacienda a nombre de Toño. ¿Si no cómo iba a saber Hacienda lo que ha ganado Toño el año pasado y lo que ya ha pagado, que son los datos que le salen en el borrador? Pues así de sencillo: Hacienda sabe lo que ha ganado Toño y lo que ya ha pagado de IRPF por la sencilla razón de que la empresa de Toño "se lo chiva" a Hacienda con las retenciones. Igual que la SS "le chiva" a Hacienda lo que Toño también ha pagado de cotizaciones a la SS y el banco "le chiva" a Hacienda lo que ha pagado de intereses de hipoteca de vivienda habitual y lo que ha cobrado de intereses por sus depósitos. Por eso Hacienda puede hacer el borrador de Toño y éste solo tiene que confirmarlo y "cobrar". Es decir que todo este tinglado es simplemente una forma estupenda para que Hacienda se asegure que Toño paga feliz su impuesto del IRPF y además sin enterarse de que ha pagado y menos aún de cuánto.
O sea que se puede decir que las declaraciones negativas de la renta no existen, si por tal entendiéramos un resultado final negativo, es decir que el glorioso Estado pagara algo a un trabajador en concepto de IRPF. Lo que dice una declaración supuestamente negativa, en resumen, es que Toño pagó 1.500€ de IRPF el año anterior pero que solo tenía que haber pagado 1.000€, por lo que le devuelven 500€. Es decir que no es que le paguen 500€ sino que él ha pagado 1.000€, pero ni se ha enterado. Pregúntale a tu Toño particular cuánto paga de IRPF y a lo mejor no sabrá decírtelo ni por aproximación sino que te dirá que le salió a "cobrar" 500€.
Pero Juani fue más lista y le devuelven menos por la sencilla razón de que le retuvieron menos, porque ella se considera lo suficientemente adulta como para no tener que darle el dinero a papá para que se lo guarde en una hucha. Una hucha vale 1€ en los chinos y ya verá ella si la llena o si la vacía y lo hará o no lo hará cuando le de la gana y no cuando le digan. Como es obvio, si a Juani le devuelven 400€ menos que a Toño es porque le retienen 400€ menos, es decir que a lo largo del año Juani cobra 400€ más en neto
Pero ¿por qué le retienen menos a Juani? Aquí está el quid de la cuestión. Las empresas no pueden retenerte lo que les apetezca sino lo que diga la ley en cada caso, que depende de las circunstancias personales del trabajador. Es decir que los siguientes datos del trabajador pueden influir en lo que la empresa tenga que retenerle:
- Salario anual. Ojo, que no siempre es lo mismo el salario que lo que cobras. Es abundantísimo el truco de camuflar parte del salario con cheques de comida, falsas dietas, etc.
- Situación familiar: soltero, casado, separado, nº de hijos menores, nº de ascendientes en convivencia, etc.
- Situación laboral: duración del contrato, movilidad geográfica, etc.
- Discapacidad.
- Hipoteca para vivienda habitual.
- Pensiones compensatorias y/o alimentos.
Por ejemplo, la razón por la que a Toño le podrían estar reteniendo de más podría ser porque tuviera una hipoteca y unos hijos menores y la empresa no lo supiera. Mejor dicho, que no lo supiera oficialmente. La hipoteca y los hijos son dos de las causas que sí que producen una rebaja del impuesto del IRPF. La empresa teóricamente no lo sabe, por lo que le retienen como si no tuviera ni hijos ni hipoteca, que seguramente será de más. Por eso al año siguiente a Toño le devuelven mucho, porque en la declaración final sí que estarían tanto los hijos como la hipoteca.
En cambio, a Juani le podrían estar reteniendo menos porque su empresa sí que hubiera tenido en cuenta que tiene hijos e hipoteca para el cálculo de sus retenciones. ¿Por qué a Juani se lo tienen en cuenta y a Toño no? Porque Juani presentó el modelo 145, que no es un avión ni el nuevo teléfono de Samsung sino un modelo oficial de Hacienda pensado para que los trabajadores lo rellenen y se lo presenten a sus empresas al objeto de que les retengan menos IRPF si fuera posible. De hecho, algunas empresas les dan a los trabajadores el modelo 145 cuando los contratan, para que lo rellenen si quieren. Pero otras, o la mayoría no lo hacen, como la empresa de Toño. Después de todo, ni la empresa de Toño ni ninguna otra tiene una especie de obligación moral de ser la mamá de Toño y preocuparse de qué se informe y resuelva sus propios asuntos, porque Toño no es su hijo de 10 años.
Excelente comentario.
ResponderEliminarYo tengo compañeros que se alegran cuando les "devuelven" y se cabrean si les sale "a pagar". Resulta guerra perdida explicarles que si les "devuelven" es porque están haciendo al Estado un préstamo a interés cero patatero. Algo que ahora no tiene demasiada importancia dado que los tipos de interés son nulos (salvo que uno esté pagando préstamos o hipotecas, que siempre es mejor amortizar cuanto antes a que se lo guarde el dinero mamá Hacienda) pero hace unos años no era ninguna tontería.
Cierto que si uno se administra tiene que recordar que debe reservar un monto para hacienda, pero se supone que somos mayores ¿no? Como también habrá que reservar alguna cantidad por si hay imprevistos y no haya que acudir a esos tíos del parche en el ojo del "dinero instantáneo" a intereses de usurero.
Gracias por la página. Gracias a ella, y debido a cierto asuntillo, voy siempre con la grabadora por lo que pueda pasar. Repito, muchas gracias.
El artículo esta muy bien, pero no contempla otro escenario, que es cuando el empresario y trabajador acuerdan un neto "fuera de convenio", asumiendo el empresario el pago del IRPF del trabajador de forma subsidiaria. En esos casos cualquier importe de devolución es bueno.
ResponderEliminarGracias por la labor que hacéis.
ResponderEliminarMientras leía la información me percaté que de las dos causas que comentáis sólo se explicó como informar a la empresa por los hijos nacidos.
¿El resto también se hace con algún modelo oficial?
Si podéis ampliar la información en la medida de lo posible lo agradecería, me he quedado como que faltaba algo por explicar.
Gracias de nuevo.
El único modelo es el 145. Es decir que las únicas situaciones o datos que se pueden comunicar a la empresa a efectos de retenciones son los que hay en ese modelo, que no son solo los hijos. Por tanto no ha habido nada que haya faltado por explicar sino algo que ha faltado por leer (el modelo 145).
EliminarGracias por la aclaración, al leerla no entendí que era un modelo genérico para la retención.
ResponderEliminarBuenas.
ResponderEliminarA mí este año me han hecho la gracia de tener que pagar casi 700€.
Entre que casi llego a los 20.000 brutos, me habrán contado 3 pagadores(Sufrí subrogación y tuve juicio contra una empresa anterior que no me pago en el finiquito de otra subrogación las pagas extra, y me pagaron lo que me debían en conciliación), me han hecho el mes.
Ahora a llevarlo a la Gestoria a que me lo hagan ellos bien ��
Un saludo y excelente página.
PD. ¿Cuando sacareis nuevo libro? Que ando con el 4.0 y por no comprar el que tenéis ahora y salga uno nuevo XD
Hay otro caso en el que una declaración negativa es algo bueno: cuando te sale a devolver porque tengas derecho a alguna deducción. Es decir, la empresa te ha descontado más o menos lo que correspondía a lo largo del año, pero gracias a, por ejemplo, la deducción por alquiler de vivienda, el estado te puede devolver bastante dinero
ResponderEliminarOtra posibilidad de que te salga negativa aunque la empresa tenga tus datos correctos es que hagas una declaración conjunta con un cónyuge sin ingresos, ya que Hacienda a priori no sabe si vas a presentarla conjunta o individual.
ResponderEliminarYa que hay consejos, pongo el mío.
ResponderEliminarSi eres madre trabajadora, hacienda da una "ayuda" que no es más que un adelanto de la devolución del IRPF. Aquí está el truco, si no te sale a devolver la misma o más cantidad sin tener en cuenta la "ayuda" que se ha de incluir en la declaración, cuando la incluyas te saldrá a pagar.
Por lo que si cobras poco y no estás obligada a presentarla puede que te salves, pero como estés obligada te sangrarán.
Idem si quieres hacerla conjunta, aunque en este caso pagarás menos o te saldrá a devolver si hay suerte ya que al hacerla conjunta en según que condiciones es ventajoso.
Grupo Deducción por maternidad Casilla 552
Un buen recordatorio o llamada de atención porque no era consciente del detalle de poder cambiar la retención al tener hipoteca. Hasta este año no me era necesario ya que apenas me devolvían e incluso el año pasado pagué unas decenas de euros. Pero ahora, me ahorrará hacerle un préstamo al Estado.
ResponderEliminarParece que este año los servidores de la Agencia Tributaria no se han colapsado y funciona todo con normalidad.
No hay empresaurios que pasa de largo de que tu le has dado el modelo 145 y siguen con la misma retencion de IRPF ?
ResponderEliminarY HAY UNA FECHA ESPECIFICA DE PRESENTACIÓN?
ResponderEliminar¿Cómo se debe actuar si el tipo de IRPF aplicado por la empresa es superior al legal aunque hayas cumplimentado el modelo 145 correctamente?, en mi empresa ocurre año tras año, todos los meses de Enero sufro un aumento de 1-2 puntos de retención sin justificación alguna, habiendo presentado el modelo 145 con antelación. En la página web de Hacienda busco la herramienta para calcular el tipo correcto correspondiente a mis ingresos anuales y a mi situación familiar, imprimo los resultados y se los traslado a la empresa, es entonces cuando adecuan el tipo de retención al resultado que yo les presento. ¿Por qué no usan la misma herramienta que yo?, que yo sepa es pública y la pueda usar cualquier gestoría o empresa, es incomprensible.
ResponderEliminarPodriaís aclarar si es "legal" que la empresa aplique el IRPF cada mes del año un % diferente en un salario añual sin variables, osea ya previsto, sin posibles complementos extras?
ResponderEliminarMi empresa aplica el IRPF mes a mes, osea en enero un 18, en junio un 6, en agosto un 7,5 etc. y segun va acabando el año, en octubre, noviembre y ya en diciembre sobre todo van aplicando el 14, el 15 y hasta el 18 para cuadrar y no pillarse los dedos.Es mi caso, tengo el 145 al día, y me deberian haber retenido un 10% cada mes comprobado.
Yo entiendo que la empresa es simplemente una gestora de nuestro dinero con Hacienda, y que deberian aplicar lo que nos corresponde, sobre todo siendo todas las nominas iguales. De esta forma no se sabe lo que vamos a cobrar en neto cada mes y nos llevamos muchas sorpresas.Es una situacion general en mi empresa, que por cierto es una empresa conocida y extendida a nivel nacional. Por eso pregunto es "legal"? Se puede hacer algo? Yo solo quiero que me gestionen el IRPF que me corresponda en cada nomina segun el salario anual mes a mes y que no jueguen con el dinero de mi IRPF para otras cosas.
El Comite Intercentros otorga. Por lo que hablo por mi pero se aplica asi a todo el mundo
Gracias LABORO y Comentaristas.