Esquivar la readmisión no deseada tras un despido.

Los lectores habituales de Laboro ya sabrán que existe la posibilidad de readmisión tras un despido. Es decir que cuando un empleado presenta una demanda de impugnación de despido el asunto puede acabar en readmisión por diversas razones y de la forma explicada en el artículo enlazado. Es cierto que la readmisión supone el derecho al cobro de los salarios de tramitación, pero muchas veces el empleado no desea esta readmisión, es decir que no quiere volver a trabajar en la empresa ni loco. Pues bien, podría haber formas de cobrar dichos salarios de tramitación sin que la readmisión llegara a ser realmente "operativa". En general, el trabajador tendría al menos las siguientes posibilidades:

  • Reincorporarse, cobrar los salarios de tramitación y trabajar con normalidad a la espera del siguiente despido. Por supuesto no es seguro que se produzca pero hay que tener en cuenta que el empresaurio quiere despedirle, ya que por algo ya lo hizo la primera vez, y que el empleado no quiere estar allí y no solo no le importa que le despidan sino que lo está deseando. Como es lógico esta situación solo puede perjudicar a la empresa. Día que pasa, día que el empleado cobra, cotiza y aumenta el tiempo de paro a cobrar después.

  • Reincorporarse y no dar ni golpe, no cumplir con el horario, etc. etc. Es decir ser un empleado totalmente merecedor del despido disciplinario procedente. ¿Y qué? Ese despido sería gratuito, pero los ST se los tendrían que pagar igual y tendría derecho a paro por finalizar la relación laboral por despido. Eso si no le fuera la marcha e impugnara ese nuevo despido, se lo declararan improcedente otra vez y vuelta a empezar. Tanto en esta opción como en la anterior habría que tener en cuenta que el empleado que quiere ser despedido tiene la sartén por el mango, aunque por supuesto los padefos no se darán cuenta o no usarán la sartén, pero eso es otro problema,

  • Reincorporarse y el mismo día comunicar que dimite para el día siguiente. Nadie se lo puede impedir y de esa forma los ST se los tendrían que pagar. No tendría derecho a paro, pero el tiempo cotizado al efecto no lo perdería sino que se lo guardarían hasta 6a. De esa forma, si finalizara el siguiente empleo por despido cobraría paro en función de todo el tiempo acumulado. Incluso es posible que el importe del paro le subiera si en el nuevo empleo cobrara más, o por supuesto que bajara en caso contrario. En esta opción puede que la empresa tuviera derecho a descontarle un día de salario por cada día de falta de preaviso obligatorio de dimisión. Pero no en todos los casos.

  • No reincorporarse. Sería la peor opción porque equivaldría a dimisión tácita, por lo que el empleado no tendría derecho a cobrar ni cotizar los ST. Tampoco cobraría paro, aunque sí que lo tendría acumulado igual que en la opción anterior.

Es decir que el empleado tendría derecho a cobrar los ST y a que la empresa los cotizara a la SS en todas las opciones menos en la última. Porque en todas menos en la última se habría hecho efectiva la readmisión. Es más: si no se los pagaran no tendría que demandar otra vez sino que podría pedir la ejecución de la sentencia que ya tendría. Por otro lado, en ninguna opción perdería el paro sino que en el peor de los casos retrasaría su cobro hasta la finalización del siguiente empleo, siempre que fuera por situación legal de desempleo (despido, fin de contrato temporal, etc.), siempre que pasaran menos de 6a.

Tampoco hay que olvidar que la reforma laboral del 2012 rebajó el importe de la indemnización de despido improcedente y además subió el coste efectivo de los salarios de tramitación; puesto que antes de la reforma el glorioso estado de Españistán se los pagaba a la empresa desde el día nº61 pero tras la reforma solo se los paga desde el día nº91. Es decir que gracias a la reforma laboral del 2012 la indemnización cuesta menos y los salarios de tramitación cuestan más, con lo que las probabilidades de que las empresas opten por la readmisión en caso de despido improcedente se han reducido muchísimo. Debe ser por eso que dicen que el objetivo de la reforma laboral del 2012 era mantener el empleo y cosas de esas de cuñaos.

Puedes suscribirte gratis para recibir por email los nuevos artículos que se publiquen sobre derechos de los trabajadores. Proporcionamos servcios profesionales de consultas laborales privadas y de redacción de denuncias ante Inspección de Trabajo, sin necesidad de decir en qué empresa trabajas. Dispones del libro "Tus Derechos en el Trabajo" , de otros libros y modelos y de la recopilación gratuita de "conocimientos básicos" para aprender a defenderte tú solo, sin obligación de pagar abogado.

Todos los artículos pubicados en Laboro son 100% originales. Son otros los que copian contenido e imitan el nombre.

8 comentarios: