Entonces va a ser que si este año ha tenido un día más, entonces tú has trabajado un día más, a no ser que te hayan dado un día libre u horas libres en compensación, por supuesto aparte de tus días y horas libres habituales por descanso diario, semanal, festivos y vacaciones. ¿Que no lo han hecho? Cachislamar qué mala suerte tienes, mira tú que la ministra dijo el otro día que lo que fuera ilegal en el terreno laboral no podía suceder. Pues si no te han compensado el día extra, probablemente, por no decir seguro, te hayas pasado de la jornada máxima anual de tu convenio. Es lo que tiene trabajar un día más.
Ademas resulta que Elon Musk dijo el otro día que ha descubierto que si te has pasado de la jornada máxima anual entonces has hecho horas extras. Por algo se llaman extras, porque son extraordinarias, es decir aparte de la jornada ordinaria que es la máxima del convenio. Y si has hecho horas extras resulta que te las tienen que pagar si no te las compensan con tiempo libre, por culpa de las leyes esas de las que hablábamos antes y que no dejan trabajar gratis como debería ser, por no decir pagando. ¿Y cuando te las tienen que pagar? Pues en la nómina de diciembre del 2016 porque será en ese mes cuando te hayas pasado de la jornada máxima anual. Eso suponiendo que solo te hayas pasado esas horas "bisiestas" de la jornada máxima anual porque ¿tú te has molestado en contar algún año las horas que haces realmente o te crees que te las cuenta la empresa? Oye que a lo mejor es que sí. Pero si es que no, entonces puedes usar la calculadora de horas extras anuales que para algo está y es gratis.Este sitio emplea cookies de Google para prestar sus servicios, para personalizar anuncios y para analizar el tráfico. Google recibe información sobre tu uso de este sitio web. Si utilizas este sitio web, se sobreentiende que aceptas el uso de cookies. Más información.
Jornada.
05 diciembre 2016.

La olvidada jornada extra en años bisiestos.
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1 comentario:
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