Su error nace de ignorar palmariamente que hace más de 25 años que legalente no solo es obligatorio que un sexo cobre lo mismo que el otro cuando hace el mismo trabajo sino que también tiene que cobrar lo mismo cuando hace un trabajo diferente pero de igual valor. El ET original de 1980 solo establecía esa obligación para un "trabajo igual", no de igual valor. En 1995 ya se amplió esa obligación al trabajo de igual valor. En 2002 fue necesario añadir que esa obligación no afectaba solo al salario directo sino también a cualquier tipo de retribución indirecta o extrasalarial, porque los empresaurios machirulos aplicaban ese truquito. Aún así, los empresaurios machirulos seguían y aún siguen empleando dos trucos para pagar menos a algunas mujeres. El primero es crear tablas salariales con categorías "especiales" previstas descaradamente para mujeres con los salarios más bajos del convenio y que incluso se nombran en femenino; como limpiadora, recepcionista o telefonista. El segundo es pagar mejoras voluntarias por encima de convenio y con el rollito de que cada uno negocia su salario resulta que da la casualidad que es superior para los hombres en más casos, porque si no los datos estadísticos estarían equilibrados. Por lo que en marzo del año pasado fue necesario definir legalmente lo que se entiende por un trabajo de igual valor para atacar el primer truco e introducir el registro salarial para atacar el segundo truco, del que hablaremos en el próximo artículo. De forma que la definición de trabajo de igual valor quedó de la siguiente forma en maro de 2019:
"Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes".
Pero claro, faltaba definir mejor lo que se entiende por naturaleza de las funciones, condiciones educativas y condiciones laborales, porque el problema actual es que en general la sociedad tiende a valorar más las características propias del trabajo típicamente masculino que las del femenino: la fuerza física, el riesgo físico... Incluso los riesgos típicamente masculinos se valoran más que los típicamente femeninos. Se da mayor valor a la fuerza física del trabajo del almacenero que a la penosidad del trabajo de la kelly o de la limpiadora de las tazas de los WC. Se valora mucho más el riesgo de que un albañil se caiga de un andamio o de que un vigilante sea atacado por bandas de albanokosovares que el riesgo de que una kelly tenga degeneración articular por movimientos repetitivos durante años o el riesgo de tratar cada día con productos químicos de limpieza. No solo se le da mayor valor sino que en el caso de las mujeres esos riesgos a veces no se reconocen como accidente de trabajo e incluso ni siquiera como enfermedad profesional.
Pues bien, la novedad de este nuevo decreto es que se establecen los criterios por los que deben valorarse obligatoriamente todos los puestos de trabajo, ampliando la regulación que ya se introdujo en el ET el año pasado. Como es obvio, solo se pueden dar definiciones generalistas porque tienen que valer para todos y luego serán los tribunales, especialmente el TS, los que las vayan afinando cuando las interpreten:
Lo más importante es que esta obligación de igual retribución por trabajo de igual valor está por encima de lo que pueda decir el convenio colectivo. Típico ejemplo sería el convenio que le diera un salario X a las limpiadoras y un salario X+20% a los peones. En un caso así, la mujer afectada podría demandar y entonces la empresa tendría que demostrar por qué el trabajo de sus peones vale un 20% más que el trabajo de sus limpiadoras, según todos los criterios indicados anteriormente. Antes de este decreto, a la empresa la bastaría con decir “es que lo pone en el convenio”. Pues bien: eso ya no es suficiente. Incluso cabría una demanda de conflicto colectivo por parte de un sindicato o comité de empresa para impugnar una tabla salarial discriminatoria. ¿Que la empresa justifica la diferencia salarial? Pues estupendo. Pero a lo mejor va a ser que no, porque sería gracioso ver a un empresaurio defenderse de una acusación de este tipo con los argumentos típicos de barra de bar, ya que ni tendría otros y menos aún dominaría otros.
Para finalizar, quizá haya que recodarle a más de uno que este principio opera en los dos sentidos. No dice en ningún sitio que opere solo a favor de las mujeres. Un hombre también podría invocar este principio si en su empresa se pagara más a las mujeres haciendo un trabajo de igual valor que los hombres. Eso por lo visto pasa mucho según dicen algunos. Pues ya saben.
En el siguiente artículo de esta serie hablaremos de las nuevas normas del registro retributivo, que sirven para atacar el segundo truco empresaurial favorito, que es aquello de que "yo no discrimino sino que cada uno negocia su salario y hay quien negocia peor y quien negocia mejor".
Ojo que esto abre una puerta que no considerais, en mi empresa (y en muchas otras) a los nuevos pagan menos que a los que entraron antes del 2008 (sin contar antigüedad). Si yo como mujer con un contrato de los nuevos cobro menos que mi compañero que tiene un contrato de los de antes, podría (en teoría) pedir que me igualaran.
ResponderEliminarEso no sería una discriminación por razón de sexo porque a los nuevos hombres les pagarían igual de menos que a las nuevas mujeres. Sería o podría ser una doble escala salarial ilegal, según los datos concretos del caso. Digamos que los efectos de reclamación salarial son parecidos o los mismos, pero no por la misma razón.
EliminarA lo mejor lo contestáis en el siguiente artículo, pero por si acaso, pregunto: ¿puede tener este cambio consecuencias en la negociación individual? Me explico: situación de "he encontrado una empresa que me paga más, pero si me igualas o subes la oferta, me quedo". ¿Me van a decir que si me suben, al ser del sexo X, quedaré por encima del sexo Y, y no puede ser? Lo pregunto porque puede ser la panacea para el empresario no subir ni a un género ni a otro, ya que aplica en ambos sentidos...
ResponderEliminarEntiendo lo que decís pero no comparto que eso sea lo correcto... Al final prácticamente único criterio objetivo que van a utilizar los jueces va a ser la formación académica y ya os adelantó que eso castigará seriamente a los formados no universitarios.
ResponderEliminarMe recuerda a la "ley de fichar", parece muy bonita, pero al final lo que consigue es que las empresas controlen en todo momento a sus trabajadores (incluso cuando van al wc).
Es que al final cualificación (la requerida para el puesto, no la que tenga el trabajador), antigüedad en la empresa y en el puesto, experiencia previa y otras certificaciones son los únicos elementos objetivos para valorar en puestos en que no se puede medir directa e individualmente el rendimiento
EliminarMe espero a la parte 2, pero por lo dicho hasta ahora me parece un brindis al sol cargado de ideología en el que para considerar trabajo equivalente van a revisar la formación.
EliminarYo personalmente creo que la formación no es indicativo para nada del desempeño o rendimiento de un trabajador, no estoy de acuerdo en que los trabajadores con la misma formación deban cobrar el mismo sueldo y muchos menos que trabajadores con "formación equivalente" cobren el mismo sueldo independientemente del trabajo desempeñado.
Y el problema es que, y es ahí dónde entra la ideología, se crea que hay trabajo de hombres y de mujeres o que se crea que todos los trabajadores son iguales (si tienen la misma formación, etc.).
Por ejemplo, se habla de que el trabajo de limpiadoras es de mujeres y el trabajo de peón de hombres. Yo no creo esto, yo creo que tanto hombres como mujeres pueden acceder a cualquier trabajo, pero las propiedades del trabajo van a decantar la decisión de unos u otros.
P.D.: el trabajo de almacenero es uno de los mejores trabajos no cualificado "de hombres" (véase el boom de venta de curso de carretillero).
P.D.2: cuando digo que no creo que deban cobrar el mismo sueldo me refiero siempre a sueldo por encima de convenio. Yo creo que si hay sueldos indignos se deberían subir en el convenio, no meterse a intentar regular los sueldos que se pagan por encima del sueldo de convenio. Realizar esto (subir los sueldos del convenio) lo veo mucho más factible que lo que propone la nueva "ley", por eso digo lo de brindis al sol.
Recepcionista y telefonista no es femenino estricto.
ResponderEliminarMuy necesaria esta ley, pero creo que más urgente es que el salario mínimo sea suficiente y estamos aún muy lejos.
Justo iba a comentar eso. Pequeño patinazo semántico de Laboro aquí...
EliminarEs como ascensorista o electricista (más "tradicionalmente" masculinos)
Telefonista y recepcionista son nombres femeninos? y entonces periodista y futbolista y cualquier profesión que acabe en -ista también? Todas menos Modisto, que hubo que inventar una palabra porque modista era la señora que cosía en el barrio y claro, eso no era suficiente para Paco Rabanne o Vitorio y Lucchino... Igual se os ha ido un poco la olla ahí...
ResponderEliminarEspero ansioso la parte 2. No tengo mas que dudas al respecto.
ResponderEliminar¿La normativa es finalmente por razon de sexo? ¿No deberia serlo por genero?
¿No posibilita esto al empresario a hacer preguntas "incomodas" a sus empleados/as como su sexo o genero? Incluso en las entrevistas de trabajo.
¿Gramaticalmente no se llama "femenino" a eso? Pues vale. ¿Y qué? Eso no desvirtúa el contenido de la ley de la que estamos hablando.
ResponderEliminarClaro Adán, llegará un punto que te hagan bajarte los pantalones para ver lo que escondes, lo que hay que oír ajajaj. Fuera coñas una ley estupenda si sirviese para lo que tiene que servir, pero algo me pica en la nariz que al final va ser un.. como no podemos pagar lo mismo a las limpiadoras que a Paco el vidriero que se sube al andamio, a partir de ahora todos equiparados a la baja..con lo cual mal de muchos consuelo de tontos que se suele decir
ResponderEliminarUn inciso no relacionado con discriminación sexual sino con discriminación de clase:
ResponderEliminarMe hace gracia lo de “cualificaciones regladas” por la siguiente razón: creo que los puestos directivos no suelen requerir de “cualificaciones regladas” ni de “formación reglada”; por lo (poco) que yo he visto, suele bastar con que quien lo ocupa (muchas veces el propio empresaUrio) tenga, o mejor dicho afirme tener, aptitud y dotes innatas para ser un líder natural y un gestor y organizador nato algo así.
En cambio, para que un operario raso o bajo se gane un ascenso, sí es más habitual exigirle una cierta formación “reglada”.
Yo no he visto muchísimos convenios, así que ¿puede Laboro o alguien confirmar esto, por favor?
Tengo la impresión de que las mujeres también son discriminadas a la hora de contabilizar su tiempo de trabajo.
ResponderEliminarLos desplazamientos de las limpiadoras que desarrollan su labor en distintos centros (portales, oficinas, ...) no cuentan como tiempo de trabajo.
¿Alguien me puede decir cómo se contabiliza el de los limpiadores de cristales?
¿Se habla de ello en esta "ley"?
Eres un hombre sumiso, tus antepasados masculinos se avergonzarían de ti.
ResponderEliminarNo solo se valoran más las características consideradas masculinas, como asumir riesgos o hacer esfuerzos, sino que se valoran más, y se consideran masculinos trabajos que requerían esfuerzo físico antes pero ya no. Llevo años trabajando en almacenes y me hace mucha gracia que "carretillero" sea un trabajo claramente masculino cuando consiste en conducir una máquina, que mucha gente tenga resistencia a contratar a mujeres y que se considere un trabajo duro.
ResponderEliminarNo digo que sea fácil, yo a duras penas puedo aparcar un coche, pero no tiene nada de fisico.
Y sin embargo "coger el teléfono" es un trabajo de chicas, que se considera de nulo riesgo o dificultad cuando la atención al cliente es un trabajo agotador mentalmente y en muchos casos hasta físicamente porque las empresas no respetan la normativa de prevención de riesgos laborales, total, se pasan todo el día sentadas...
En primer lugar, un saludo. Hay cada vez más limpiadores y telefonistas hombres. Yo mismo lo fui. Así que, todo lo que sea subir salarios, estupendo. Pero no se trata de una guerra de sexos, según tú lo planteas. Se le nota cada vez más la ideología globalista que está dividiendo a la sociedad. Una verdadera pena.
ResponderEliminarOtra ley que exclusivamente favorece a las mujeres... y van...
ResponderEliminarEste problema que trata de resolver esta ley no sólo existe entre hombres y mujeres, existe entre todos los trabajadores. Yo mismo a la hora de firmar algun contrato he preguntado por qué me hacían firmar como auxiliar cuando realizaba las labores de técnico, o he tenido que asumir tareas de mayor valor en la empresa a cambio de 0 euros más en la nómina. Incluso siendo joven (e inxperto en estas cosas) llegué a asumir el puesto de coordinador de almacén oficialmente sinque se modificara una coma mi contrato de mozo. Es decir, gestionaba al personal y los trabajos del almacén de una multinacional cobrando como un símple mozo. Esto mismo le ha pasado a mi pareja en un hotel de 4 estrellas donde, siendo la responsable del bufet y la encargada del sevicio de desayunos estaba considerada contractual y slarialmente como personal de planta. Y podría contaros el caso de mi cuñado que trabaja en el aeropuerto. Allí incorporaron mujeres al mismo puesto y mismas condicones que él y sus compañeros. Una de las tareas es subir las maletas a los aviones, que es el trabajo más duro y el que provoca las lesiones y enfermedades laborales. En menos de un mes ya no había ni una sola mujer realizando esa tarea. Ahora resulta que ellos y ellas cobran lo mismo pero ellas sólo conducen las furgonas y hacen papeleo mientras que ellos se siguen rebentando el lomo cargando con los trabajos pesados. La intención de la ley sería buena si afectara a TODO EL MUNDO. Tenemos un Ministerio de Igualdad que sólo puede ser una de estas cossas: Incompetente, fanático supremacisa, hipócrita o ignorante de la realidad. Y algunos artículos de Laboro (una minoría) parecen tener las mismas gafas que nuestra sensible ministra.
Es que la ley sí que afecta "a todo el mundo" y es aplicable en casos de mujeres frente a hombres y viceversa. O sea que no solo no te has leído la ley que citas sino que tampoco te has leído ni siquiera el artículo en el que estás comentando.
EliminarTenemos unos voxtrencos que sólo pueden ser una de estas cosas: incompetentes, fanáticos supremacistas, hipócritas o ignorantes de lo que hablan y escriben. Y algunos comentaristas (una minoría) parecen tener las mismas gafas que Andrea Bocelli, Stevie Wonder, José Feliciano, Ray Charles, Rompetechos, Mr.Magoo y la abuelita de Heidi.
Hola Laboro, cuando dices aplicable en casos de mujeres frente a hombres y viceversa,¿seria también aplicable las diferencias salariales entre solo mujeres o solo hombres que estuvieran realizando funciones del mismo valor?
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