El despido objetivo no va a ser tan fácil tras la reforma laboral. Parte 1.

Ayer se celebraron unas "jornadas" en la Confederación de Empresarios de Andalucía en las que se habló del tema. Lo importante es que hablaron magistrados de la Sala IV del Tribunal Supremo, la Sala de lo Social, es decir la Sala que va a decidir finalmente cuál va a ser la interpretación definitiva de este despido objetivo por causas económicas, es decir quien finalmente decidirá si esto del despido objetivo es tan fácil como algunos dicen.

Pues bien, Doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, magistrada de dicha Sala IV y ex Presidenta de la Sala de lo Social del TSJ de Castilla y León dijo "si se habla de pérdidas previstas, siempre tendrá que haber un dato, un indicio, una planificación que las justfique. Por ejemplo, si el año pasado una empresa tenía unos pedidos y ahora recibe la mitad, aunque los cobre dentro de cuatro meses, existe algo que acredita que va a tener pérdidas". Es decir, lo mismo que ya han dicho otros jueces. ¿Hace falta añadir algo más?

La pregunta surge inmediatamente. ¿Cuánto tardará en salir la primera sentencia del TS que sea lo suficientemente representativa sobre la nueva redacción del despido objetivo? Pues que nadie le quite nada a un par de años. Bastante más para que haya alguna de casación que son las que tienen tomate del bueno.

No está de más recordar que hace dos días se publicó en Laboro el artículo "Grandes mentiras sobre el trabajo en España. Parte 1" en el cual se decía textualmente lo siguiente:

Que nadie se eche las manos a la cabeza, pero eso es mentira. Aunque los sindicatos lo han repetido hasta la saciedad para convencer a la gente para que secundara la huelga general, la realidad es que el despido objetivo que antes de la reforma acabara siendo declarado improcedente por un juez, seguirá siendo improcedente tras la reforma. Las grandes empresas y los buenos asesores sí que lo saben y por eso pedían otra reforma. Incluso hay jueces que ya lo han dicho. Está prevista la publicación de un artículo sobre el tema. Suscríbete a "Laboro" y te enterarás.

Por supuesto no faltaron advenedizos que se echaran las manos a sus ignorantes (en derecho laboral) cabezas y seguirán sin faltar. Que el despido objetivo es ahora poco menos que inmediato sólo con alegar que va a haber pérdidas se ha dicho incluso en la prensa seria por opinadores profesionales y se repite cada día por muchísimos sindicalistas (de los que no son de su departamento jurídico, claro está). Sobre todo, se repite muchísimo por el típico empresariete español que no tiene ni puta idea de lo que habla y con ese despido de 20 días, que no sabe ni lo que es, amenaza al que no le guste hacer horas extras sin cobrar. Decir eso es exactamente lo mismo que decir que la empresa es juez y parte o que especular, suponer o afirmar son sinónimos de acreditar. Porque, efectivamente, "acreditar" es el verbo que se usa en la redacción del Estatuto tras la reforma y es el mismo que se usaba antes.

Para que lo entiendan de una vez los empresarios españoles: van de culo si el planteamiento verdadero es "quiero despedir a Toñi y voy a ver cómo lo justifico con un despido objetivo con la reforma". Para que el despido objetivo tenga alguna posibilidad de colar, el planteamiento auténtico ha de ser "tengo pérdidas y hay que despedir a alguien, voy a ver quién es el que menos falta me hace". Ha de ser auténtico. Aunque hagan un papelito que diga lo que quieran, si la verdad es la otra, saldrá a la luz y despido improcedente al canto. Claro está si el empleado demanda, que es el verdadero quid de la cuestión. Con lo contentos que tiene a sus empleados el empresariete español medio ¿qué puede esperarse?

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