Los riesgos laborales ante una hipoteca.

En general, resulta muy llamativo el nivel de irresponsabilidad y de palmaria ignorancia de los trabajadores a la hora de firmar un préstamo hipotecario para la compra de su vivienda. Sobre todo si lo comparamos con el nivel de conocimientos, evaluación y estudio previo que algunos sí que aplican para comprarse cualquier otra cosa, desde un simple teléfono de 300€ hasta un coche de 30.000€.

El trabajador típico del que estamos hablando acude como mucho a un par de bancos para pedir la hipoteca y sobre todo no tiene ni la más mínima idea de la regulación legal básica no solo de las hipotecas, sino tampoco de la laboral; teniendo en cuenta que de sus derechos laborales y sociales depende el pago de esa hipoteca. Por ejemplo, ¿qué pasaría si tuviera un accidente y quedara discapacitado? Pues este trabajador no tiene ni puñetera idea y solo quiere que le den la hipoteca y que le digan cuánto va a tener que pagar al mes y dónde hay que firmar.

En cambio, ese mismo trabajador típico se sabe perfectamente las diferencias entre el Xiaomi Cañitabrava 55 HIJK y el Samsung Repera 61 J46 versión europea y hasta se hace un Excel para compararlos. Sabe que tienen 3 años de garantía. Sabe qué pasa si se caen al agua. Sabe cada cuánto hay que cambiarle el aceite y cuánto pueden costar las ruedas, el consumo y el seguro del Tesla Hancolao J26 y el Toyota Vezaki V2. ¿Y por qué ni lo más básico de lo uno y mucho de lo otro? Pues por lo de siempre en este tipo de trabajadores: porque es lo que hace todo el mundo. Punto final. Si yo hago lo que todo el mundo, entonces la culpa no es mía. Sobre todo los trabajadores que se creen ricos pero trabajan para otro. Qué ricos más raros, que todos los días tienen que hacer lo que les dice otro y, como se enfade, dejan de ser ricos ipso facto.

Pero también hay trabajadores que sí que se informan, para los que vamos a explicar los riesgos que supone ser trabajador por cuenta ajena a la hora de hacer frente al pago de la hipoteca. Mejor dicho, los riesgos adicionales que supone ser trabajador por cuenta ajena.

El primer riesgo es tener una profesión en la que difícilmente puedas ser independiente. Un arquitecto puede trabajar para otro o, a las malas, montar su propio estudio. Lo mismo puede hacer un abogado, un ingeniero o un médico. ¿Pero cómo puede ejercer su profesión de forma independiente un administrativo? Parece mucho más difícil. Por lo que tener una de esas profesiones de difícil independencia supone un riesgo, porque hace necesario que te contrate alguien. Necesidad que no tendría el arquitecto o el médico, al menos de forma imperiosa.

El segundo riesgo, y quizá el principal, es que no solo es necesario que te vaya bien a ti como trabajador dentro tu empresa, sino que también es necesario que le vaya bien a tu empresa dentro del mercado. Si tú eres independiente, solo dependes de que te vaya bien a ti. Pero si trabajas para otro tienes el riesgo doble.

Todo eso por no hablar de que, trabajando para otro, también necesitas digamos que “caerle bien” al jefe. Por muy bien que hagas el trabajo dentro de la empresa y por muy bien que le vaya a la empresa en el mercado, en cualquier momento te pueden echar simplemente porque les de la gana, por joder, por envidia, por ver peligrar su propio puesto, por venganza o por lo que sea. Hay trabajadores que se hipotecan 40 años y no saben ni eso. En Laboro ya hemos explicado decenas de veces que el despido en España es libre, con pocas excepciones, aunque no gratis. Es el conocido como despido improcedente: no tengo razón válida para despedirte pero aún así te despido a cambio de pagarte un dinero. Sin olvidar que, en el año 2012, el PP se encargó de rebajar el coste del despido improcedente, porque la indemnización bajó de 45d/año a 33d/año y se eliminó el pago de salarios de tramitación, salvo en caso de readmisión.

Tampoco hay que olvidar que, sin necesidad de ir a las malas, toda empresa tiene las abundantes posibilidades legales que les ofrecen los arts.39, 40 y 41 ET. O sea, de cambiarte unilateralmente tus funciones, tu centro de trabajo y cualquier otra condición de trabajo. Que te pueden mandar a la China si trabajas en un banco y les hace falta hacerlo. Que te pueden cambiar las funciones libremente dentro de tu grupo profesional y, si no te gustan, te aguantas o te vas. Que te pueden cambiar de horario si les hace falta hacerlo. Todas esas posibilidades no son de ahora, sino de siempre, y lógicamente hay empleos más expuestos que otros. Si eres el único mecánico de un taller, el riesgo es mucho menor que si trabajas en una multinacional con miles de empleados y cientos de centros de trabajo por todo el mundo. Pero trabajar en una micropyme también tiene otros riesgos; por ejemplo, pocos trabajadores saben que cuando se jubila el empresario se puede finalizar su contrato con solo un mes de indemnización, aunque lleven 30 años trabajando en la empresa.

Quizá el peor riesgo de todos y el más desconocido sea el riesgo de sufrir un accidente o una enfermedad que te conduzca a una incapacidad permanente (IP). En ese caso puedes tener derecho a una “paga” de la SS o de la mutua, cuyo importe depende de que sea una IP parcial, total, absoluta o gran invalidez. De forma muy resumida:

  • Con la parcial cobrarías de la SS un pago único de 24 mensualidades del 100%.
  • Con la total cobrarías una pensión vitalicia mensual del 55%, que podría incrementare hasta el 75% al cumplir 55 años. De forma excepcional se puede sustituir por un único pago de entre 12 y 84 mensualidades del 100%, según la edad.
  • Con la absoluta cobrarías una pensión vitalicia mensual del 100%.
  • Con la gran invalidez cobrarías una pensión vitalicia mensual del 100%, más un complemento para contratar a un cuidador.

El tipo de trabajadores de los que estamos hablando no saben que solo en la absoluta y en la gran invalidez se cobra una pensión del 100%. Tampoco saben que para cobrar una IP se exigen unos periodos mínimos de cotización previa a la SS, que no son tan fáciles de reunir en los primeros años de la vida laboral y pueden coincidir con los primeros años de la hipoteca.

Pero, sobre todo, este tipo de trabajadores se creen que las IP digamos que las regalan y que son para siempre. Pero no las regalan, en el aspecto de que el INSS va a considerar muy restrictivamente que la IP sea absoluta o gran invalidez, limitándose a conceder la parcial o la total en la mayoría de los casos. Ni las regalan ni todas son para siempre, porque el INSS puede conceder la IP total, la absoluta o la gran invalidez sujeta a revisión posterior. En ese caso, la empresa tendría que guardarte tu puesto de trabajo, pero solo 2 años como máximo. Una vez que pasaran, la empresa podría finalizarte el contrato sin indemnización. O sea que si te dieran de alta en una revisión de la IP después de los 2 años, habrías perdido el empleo y la pensión de IP, quedando libre para buscar nuevo empleo como cualquier trabajador de alta.

Recordad la obviedad de que todos estos riesgos no existen solo en el momento de firmar la hipoteca. Pero tampoco es que se mantengan a lo largo de los 30 o 40 años que dure la hipoteca. La realidad, que no a todos les gusta mirar a la cara, es que estos riesgos aumentan a lo largo de la vida de la hipoteca. ¿Acaso no vas a tener más riesgo de sufrir una IP con 60 años de edad que con 35? ¿Acaso el riesgo de no volver a encontrar un empleo no es muchísimo mayor con 60 que con 40? Otra cosa es que conforme pase el tiempo se irá reduciendo la cantidad de préstamo pendiente de pago, pero la mensualidad hay que pagarla hasta la última. Hay que tener en cuenta que este tipo de trabajadores suelen vivir al día y esperar que otro (el SEPE, la SS, las "ayudas", la familia...) les arregle sus problemas cuando los tengan. Si no se miraron la hipoteca y no consideraron los riesgos cuando la firmaron, menos aún se la van a mirar y considerar los riesgos que queden cuando pasen unos años. Cuando les suben el sueldo se meten en más gastos, no ahorran para hacer cancelaciones parciales de la hipoteca. Parecen o se creen que les va bien, pero no tienen nunca ni 3.000€ en el banco.

Como es más que evidente, los bancos conocen estos riesgos mejor que nadie, porque es su negocio. Entonces, ¿cómo se explica que den hipotecas? Pues porque tienen un hechizo que funciona al decir la palabra mágica: avalista. Por algo será cuando un banco le pida avalistas a alguien para darle un préstamo. Pero, a pesar de todo lo explicado y de no saber nada de nada, este tipo de trabajadores de los que estamos hablando no dudan en presentar como avalistas a los padres jubilados de ambos miembros de la pareja. Lo que significa que, a las malas, les podrían embargar no solo su vivienda, sino también las viviendas o cualquier bien de los avalistas. Pero la culpa no sería suya, porque lo hace todo el mundo, sino del gobierno.

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