Falsificación de la carta de baja voluntaria.

Relato de hechos:
  1. Un trabajador de una empresa de alimentación de Badajoz fue despedido sin darle carta de despido ni certificado de cotizaciones para el paro.
  2. La empresa dio de baja al trabajador en la SS con motivo "baja voluntaria". Por supuesto el trabajador no había presentado dicha baja, sino que la empresa intentaba colarle un despido gratuito, que además le dejaría sin paro.
  3. El trabajador presentó la correspondiente demanda judicial de impugnación del despido.
  4. Al empresariete hispánico no se le ocurrió nada mejor que presentar en el juicio una carta de baja voluntaria presuntamente firmada por el empleado.
  5. El empleado declaró que la "prueba" era falsa y presentó la consiguiente querella criminal, tal y como ya se explicó en el artículo "Las pruebas falsas" publicado anteriormente en Laboro.
  6. Se celebró el juicio penal, se llamó al jefe de la brigada provincial de Policía Científica como perito caligráfico y éste determinó que el empleado no había firmado la carta, pero no pudo determinar si la firmó o no el empresario.
  7. Como la carta estaba en poder del empresario, ya que de hecho fue quien la presentó al juicio, resultó evidente para el juez que fue "firmada por el acusado o por otra persona por indicación o encargo suyo, con su conocimiento y consentimiento". Obviamente la carta no puede firmarse sola, no la firmó el empleado y el día del juicio el empresario afirmó que la carta la había firmado el empleado en su presencia. Quid prodest?
  8. Al empresariete hispánico le ha caído un año de prisión. Como tenga antecedentes (por ejemplo porque alguna vez le hayan pillado conduciendo el BMW ligeramente mamao) podría ingresar.
  9. Ahora el caso volverá a lo laboral y como la prueba es falsa el despido seguramente que sea declarado improcedente e incluso debería ser nulo.

Como todos sabéis, los casos de falsedad documental por parte de la empresa son numerosísimos. El día que os toque, podéis tener en cuenta lo siguiente:
  • En el sindicato os podéis encontrar con fulanos (no sus abogados) que os digan la animalada de que sois vosotros los que tenéis que demostrar que la carta la ha falsificado el jefe y que no podréis. Bestialidades más grandes dicen todos los días en los despachos de rama donde "atiende" Paco el butanero, que dejó los estudios en 2º de BUP y sin embargo en 30 segundos es capaz de analizar jurídicamente cualquier caso de cualquier cosa, incluso sobre temas en los que a veces ni los magistrados del TS se ponen de acuerdo.
  • El delito de falsificación no es necesario que sea de propia mano sino que puede ser cometido por una persona interpuesta. Es decir que no tenéis que demostrar que la firma falsa o documento falso lo hizo el jefe. Basta con demostrar que no lo hicisteis vosotros y eso lo prueba hasta Mortadelo con la lupa de Hello Kitty. Podéis estar seguros de que ni Manolo el del Bar ni su Asesoría Pepe disponen de métodos ultramodernos de falsificación de firmas, porque no es una opción del NominaPlus versión patapalo. Mas bien Manolo cogerá alguna de vuestras nóminas e imitará la firma con el boli de propaganda más cercano.
  • Sin llegar a la falsificación chapucera, muchísimos empresarios utilizan el truquito de despedirte sin decirte que te han despedido. Que si te mando al paro 6 meses, que no me dejan hacerte otro contrato hasta que pasen 1 mes, que si te cambio de empresa... Todo eso son mentiras cuyo único objetivo es que se te pase el plazo de 20 días hábiles que tienes para impugnar el despido. Cuando te cuenten una historia similar, puedes dar por seguro que te tienen que dar una carta y pagarte un finiquito, en la inmensa mayoría de casos con indemnización. También puedes dar por seguro que si no haces nada no sólo no cobrarás ese finiquito sino que en muchos casos perderás la antigüedad, si es que te vuelven a contratar, y puede que hasta el paro, si es que no te vuelven a contratar, ya que si no demandas en 20dh harán lo que les de la gana.
  • Aunque se te hayan pasado los 20dh para reclamar el despido, el delito de falsificación no prescribe hasta los 3 años (por resumir), por lo que aunque hayáis perdido el paro y el empleo por una falsificación aún puede que sea posible meterle un purito al empresariete hispánico.

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