Algunos empleados utilizan un "truquito" para cobrar de otra forma al menos parte de lo perdido, por supuesto después del despido, finalización de contrato o dimisión. El truco es tan sencillo como negar haber tenido vacaciones en el año en curso y poner una demanda de reclamación de cantidad laboral, que puede ser acumulada a la demanda de impugnación de despido según el art.26.3 de la nueva LJS, por la cual piden no solo el pago de las vacaciones sino también el de las horas extras de los últimos 12 meses y de la cotización del salario B de los últimos 4 años.
En el juicio, el empleado no tiene que demostrar que no ha tenido vacaciones porque eso sería una prueba diabólica (demostrar que algo no existe) imposible de practicar. El empleado no puede ni necesita demostrar que no ha tenido vacaciones al igual que no podría ni necesitaría demostrar que no ha tenido un cepillo de dientes verde o que no existe el dragón en el garaje. Por ello es a la empresa a quien corresponde demostrar que sí que tuvo las vacaciones. Esto se llama la "carga de la prueba".
La única prueba clara sería un documento firmado por el empleado en el cual diga que disfrutó de tantos días de vacaciones desde el día X hasta el día Y o bien una comunicación escrita de la empresa al trabajador ordenándole disfrutar vacaciones en dichas fechas. Pero normalmente lo que tendría la empresa sería una solicitud de vacaciones firmada por el trabajador o incluso un calendario laboral firmado por los representantes de los trabajadores, pero ninguno de esos documentos prueban el disfrute efectivo de las vacaciones por el trabajador, sino que sólo probarían que fueron solicitadas por éste o planificadas por la empresa, respectivamente. Eso por no hablar de que en el caso de Manolo el del bar y Paco el del taller lo que se estila es disfrutar de las vacaciones cuando al empresaurio le sale de los güitos, avisadas verbalmente la semana de antes y sin que haya ningún tipo de "papel", con lo que en el pecado tendrían la penitencia.
Análogamente, al empleado correspondería la carga de la prueba de la existencia de las horas extras y del salario B y seguramente no podría probar ninguna de las dos. Eso si no se lo propone en serio porque con las grabaciones ocultas se pueden hacer milagros. Pero suponiendo que no pudiera, al final el juez se encontraría con la palabra de uno contra la de otro en una demanda con 3 peticiones (vacaciones, horas extras y salario B), con lo que debería fallar a favor del que no tuviera la carga de la prueba en cada una. Es decir que el empleado ganaría el pago de las vacaciones pero perdería el de las horas extras y el de la cotización del salario B. Así que el trabajador habría recuperado algo de lo perdido anteriormente o incluso todo, dependiendo de la cantidad de vacaciones, horas extras y salario B del que se tratara en cada caso. Pero sobre todo habría ganado quizá lo más importante: quien ríe el último ríe mejor.
¿Cuánto cuesta el día de vacaciones? En la mayoría de los casos se puede calcular multiplicando la base de cotización del último mes completo por 12 y dividiendo por 365.
Por supuesto, no se te recomienda ni se pretende que apliques este truco. Simplemente se te informa de que este truco es posible. Igual que hacen las asesorías cuando informan a las empresas de la posibilidad de firmar contratos temporales en fraude de ley, indicándoles que lo peor que les puede pasar es pagar la indemnización de despido de los empleados que les demanden por ello, pero que lo más seguro es que les demande uno o ninguno.
Bueno, este truquito falla si tienes que fichar para entrar y salir, si utilizas un ordenador, etc., pero no está nada mal.
ResponderEliminarSaludos.
Cosillas que está bien saberlas, por si algún día llegan a poder ser útiles.
ResponderEliminarEs bastante triste comprobar como la gente no se entera de nada y aún así pontifica sobre lo que no sabe.
ResponderEliminarObviamente lo que diga el reloj de fichar o el ordenador no serían más que documentos de parte elaborados por la empresa, ya que es ésta quien tiene el control de estos sistemas. O sea que tendría la misma "fuerza" probatoria que un papel escrito con el Word que dijera exactamente lo siguiente "El empleado sí que ha tenido vacaciones porque lo digo yo que soy el empresario molón y por tanto lo que digo va a misa".
Esto no es derecho, es sentido común.
Hombre, no soy abogado, solamente trabajador, y se me escapan esas cuestiones técnicas, o de sentido común como tú las llamas.
ResponderEliminarSi te ha molestado lo que intentaba ser un añadido al artículo, mis disculpas.
La firma de la nómina si en ella vienen desglosados los días de vacaciones que, presuntamente, he cogido en el mes sirve como documento de prueba para la empresa??. Pone vacaciones disfrutadas 12 días, por ejemplo y luego en observaciones de día tal a día cual...
ResponderEliminarMuy buenos días, aquí y a esta hora. Me encanta tu blog, tus ayudas, consejos y trucos, que simplemente nos pones en la mesa listos para ser usados. Otra cosa que también encuentro aleccionador es la manera en que respondes algunos comentarios, como por ejemplo este último. Lo digo sin coña. Con desparpajo, soltura, gracia e ironía. Si ya lo dijo Sócrates: "Sólo sé que no sé nada". A buen entendedor pocas palabras son necesarias. De ahí en adelante humildad y saber y conocer todo lo que se pueda, que siempre será una pizca en el océano. Y sí, sorprende la arrogancia, la ingenuidad, la pusilanimidad, la inocencia e incluso la estupidez de buena parte de atolondrado personal que llamas "padefo".
ResponderEliminarTe lo dice uno que se ha llevado 3 años de litigios contra la empresa y que ahora ayuda a otro compañero contra los mismos truhanes empresaurios (muy bueno el nuevo término). El cambio empieza en uno mismo, jodeeeeeeeer.
Salud.
Y qué pasaría con el testimonio de otros empleados que afirmen que efectivamente el empleado no estuvo en su puesto desde la fecha X hasta la fecha Y? Supongo que eso sí tendría consideración de prueba...
ResponderEliminarEn mi caso me comunicaron que estaba de vacaciones con varios días de retraso.
ResponderEliminarResulta que el jueves era festivo local, y me tomé el viernes de asuntos propios.
El lunes al llegar me comunicaron que llevaba de vacaciones desde ese Jueves. Yo simplemente firme "Recibí no conforme" y me fuí de vacas 3 semanas.
Lo siguiente fue la denuncia y ahora (casi 2 años después) estoy esperando al juicio. Pero a mi no me importa porque tengo hasta testigos de cuando solicité mis vacaciones.
Eduardo: una nómina es sólo un recibo, como su propio nombre indica, por lo que firmarla sólo prueba que se ha recibido la cantidad neta que indique en la misma, pero no prueba que sean ciertos ni correctos los conceptos de la misma. Aún así, si la firmas sería milagroso que el juez te diera la razón, porque no es gilipollas del todo.
ResponderEliminarJose, qué truco procesal más cojonudo que has descubierto. Anímate y publícalo en todas las webs de derecho que puedas. Resulta que la empresa lo tiene tan fácil como llevar de testigos a los "compañeros" para que digan lo que le conviene a la empresa. Que avisen al Tribunal Supremo que el derecho laboral acaba de morir. Desde ahora todos los despidos disciplinarios serán procedentes, ninguna sanción será anulada, todas las nóminas serán correctas, nadie habrá hecho horas extras, nadie habrá cobrado por debajo del convenio...
Interesantísimo artículo. Felicades por el blog, que lo acabo de descubrir. Tratando el tema de las vacaciones, yo tengo la sensación de que a mi me están "tangando". En nuestra empresa (sector comercio) nos computan las quincenas como si fueran dos semanas. Esto quiere decir, según entiendo yo, que a final de año me deben 2 dias porque 4x7=28 dias y no 30. Me imagino que habrá más casos parecidos al mio, incluso peores, y así nos va por no reclamar... (yo sí lo hago y ni puto caso) otros temen hacerlo por no atenerse a las consecuencias. Viva Españistán.
ResponderEliminarTe añado a favoritos. Un saludo!
Hay que tener más miedo a no hacer que a hacer.
ResponderEliminarTodos estos problemas existen porque muchos "no hacen", o desconocen que pueden hacer algo.
Pues mira yo estuve de baja desde diciembre de 2012 hasta marzo de este año. No disfrute de las vacaciones del año pasado. Me despiden y en el finiquito no aparecen. La empresa dice que no me corresponden (normal) y el prenda de abogado del sindicato dice que me olvide que esta todo bien (anormal).
ResponderEliminarPues que cojonudo este truco, cuando montando una empresa con muuuucho esfuerzo sin ganar ni un duro en todo el año, pero pagando las dos nóminas al día y en A, cotizando lo que hay que cotizar con el fin de contrato vienen a reclamarme las vacaciones por que.... Voilá, no se me ocurrió hacerles firmar. Obviamente hay empresaurios y ladrones, pero a veces..... Y gasta antes de ayer como quien dice yo era el de la nómina....
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