Qué podría sacar Bárcenas de una demanda por acoso contra el PP y por qué podría ganarla.

Lo mejor de este asunto de Bárcenas es que está sirviendo para que mucha gente aprenda derecho laboral básico en un curso acelerado, dándose cuenta de las herramientas jurídicas que cualquier trabajador tiene en su mano. Lo que está haciendo él lo puede hacer cualquiera e incluso mejor, porque probablemente cualquier otro tenga una mayor carga de legitimidad y credibilidad, aunque no necesariamente de legalidad. Yendo al asunto, ayer se publicó la noticia de que Bárcenas ha interpuesto una denuncia ante inspección de trabajo contra el PP por acoso laboral. Analicemos el asunto jurídicamente en lenguaje humano prescindiendo en lo posible de términos en lenguaje élfico:

Lo primero que llama la atención es que haya iniciado el procedimiento por la inspección de trabajo. En caso de tener pruebas del acoso, probablemente no todos los profesionales le habrían aconsejado eso, sino empezar directamente por una demanda de tutela de derechos fundamentales ante los juzgados de lo social en Madrid. Al final un asunto de acoso se tiene que resolver en el juzgado, por lo que empezar por la inspección sólo puede servir para perder el tiempo, retrasando la inevitable demanda y en consecuencia la inevitable sentencia. Empezar por la inspección puede ser útil en los casos en los que se precisa que actúe un inspector para levantar acta de algo de lo que el trabajador difícilmente pueda obtener pruebas. Por ejemplo, de que pasa su jornada laboral en un almacén vacío sin ocupación efectiva alguna. Pero en este caso, dicho sea sin conocimiento del caso, no parece que el inspector pueda obtener prueba alguna, ya que el trabajador ya ha sido despedido. Por tanto, empezar por la inspección sólo se puede explicar por un interés en que salga en los medios dos veces más: una por la denuncia ante inspección y otra por la siguiente demanda ante los juzgados. Puede que también porque le interesaba que saliera en la tele un representante del PP acudiendo a la llamada del inspector. Incluso, en sus sueños más húmedos, que saliera en la tele un inspector de trabajo entrando en la sede del PP. Pero todo es politiqueo y juicios de intención, que además no tienen nada que ver con el tema de este artículo. Es posible, por no decir seguro, que Bárcenas acabe poniendo la demanda de tutela ante el juzgado de lo social. De hecho ya podría haberla puesto desde que se produjeron los hechos que denuncia. A eso vamos, ¿puede ganar o no?

Para el tema del acoso, no existen juicios laborales "especiales", dicho sea así por no usar lenguaje élfico. Sí que existen los de vacaciones, por ejemplo y también existen los "juicios especiales" de tutela de derechos fundamentales (DF), que son los que se usan (al menos por los profesionales expertos) en los casos de acoso laboral, porque por supuesto un acoso es una violación de estos derechos. La ventaja de estos juicios es que son prioritarios sobre el resto de asuntos del juzgado que a su vez no sean de tutela de DF. Es decir, que si Bárcenas no tardara mucho en poner la demanda, es muy probable que su juicio sobre el acoso fuera anterior a su juicio por la demanda de despido que ya tiene puesta.

Lo que podría conseguir en este juicio, si lo pidiera y lo ganara, sería la extinción voluntaria indemnizada de su contrato. Cobraría el mismo finiquito que si su despido fuera declarado improcedente, con la particularidad de que el PP no podría readmitirle. Es decir que sería algo así como si Bárcenas se despidiera a sí mismo con la indemnización máxima según la normativa actual. Pero no acaba ahí la cosa. Además tendría derecho a cobrar otra indemnización independiente por daños y perjuicios, si los probara. No acaba tampoco la cosa aún. Además podría interponer querella criminal si el acoso resultara probado y viniera de la "superioridad", ya que en estos casos el acoso es delito, con lo que además las personas físicas (gente con orejas y boca) responsables de este acoso podrían ser condenados a multa y/o prisión. Pero aún no ha acabado la cosa. Además, con la sentencia firme ganada, podría presentar nueva denuncia ante inspección (o continuar con el procedimiento de la que ya tiene puesta) para que además pusieran al PP la multa prevista en la LISOS, porque el acoso es falta muy grave. Repetimos lo importante de este artículo: cualquier trabajador acosado puede hacer lo mismo que Bárcenas.

¿Pero puede ganar o no? Claro que puede. Otra particularidad de los juicios de tutela de DF es que el trabajador no tiene que presentar pruebas completas de la violación de sus DF, sino que basta con que presente indicios. En caso de que el juez considere que existen los indicios de la violación de DF, entonces el demandado (el PP en este caso) tiene que defenderse con "una justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad".

Si Bárcenas tuviera pruebas de que le cogieron documentos o comunicaciones privadas (como los contenidos en los ordenadores, aunque fueran propiedad del PP) demostraría la violación de sus DF (intimidad), por no hablar de otros posibles delitos. ¿Qué luego resultara cierto y probado que Bárcenas era un delincuente? ¿Que incluso fuera cierto que el PP fue una de las víctimas de sus delitos? Eso no importa. Aunque fuera cierto que un empleado de una empresa fuera un delincuente, la empresa no tendría absolutamente ningún derecho a violar sus DF. Es decir que si un empleado robara a la empresa donde trabaja, ésta podría despedirle mediante despido disciplinario, que por supuesto es gratuito y sin preaviso. Incluso podría interponer contra él las correspondientes acciones civiles o penales que estimaran conveniente. Pero por que un empleado robe a su empresa, ésta no puede trasladarle a donde más le joda, ponerle los horarios que más le jodan, dejarle sin ocupación efectiva, ordenar al resto de la plantilla que no le hablen, abrir su correo personal, etc. etc. Así es y así debe ser.

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