La discriminación salarial no es el problema sino el síntoma.

Seguramente que todos los seguidores de Laboro habréis oído en los últimos días, semanas, meses o incluso años eso de que hay que luchar o legislar contra la conocida como "brecha salarial" que separa a hombres y mujeres. Esta brecha salarial se suele definir como el problema de que algunas mujeres cobren un menor salario que los hombres que realicen el mismo trabajo, aunque esta definición es bastante imprecisa. Pero causa ternura oír decir que hay que prohibir esta brecha o desigualdad.

La misma ternura que escuchar a un trabajador cuando dice que tendrían que prohibir las horas extras ilegales, porque ya están y siempre han estado prohibidas, que por algo se llaman ilegales. Es decir que la discriminación salarial, que sería el nombre mucho más correcto que el de desigualdad salarial o el de brecha salarial, ya está prohibida al menos desde el año 1978 con la Constitución, que recordemos que dice lo siguiente:

"Artículo 14: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social."

Habría discriminación salarial cuando a la mujer le pagaran menos a causa de ser mujer. ¿Y esto sucede? Pues claro que sí. Y la pregunta del millón: ¿sucede en casos aislados o en muchos casos? Pues la respuesta es que sucede en muchos casos. En Laboro se han atendido montones de ellos. Incluso hay casos en los que sucede y la mujer ni se entera, como se explicará a continuación.

Por supuesto hay cuñaos que afirman que la discriminación salarial solo existe en casos aislados que ellos no han conocido nunca, que por ejemplo serían algo así como que un empresario pagara menos a sus empleadas porque las mujeres le cayeran mal en general, porque dijera que las mujeres trabajan peor en general, o que son menos inteligentes en general, o que son menos productivas en general. Eso sería discriminación directa. Pero es que los cuñados ignoran que además de la discriminación directa existe la discriminación indirecta, que es muchísimo más habitual. Un supuesto habitual y muy claro de discriminación indirecta sería el siguiente:

  • Celia es la "encargada" de una tienda de ropa grande con muchas empleadas y algún empleado. Por ser la encargada cobra unas comisiones sobre las ventas en general de la tienda, tiene ciertos privilegios en las fechas de vacaciones, etc. Pero también hace más horas que el amigo de Momo, siempre abre y cierra la tienda, le toca de vez en cuando ir a apagar la alarma de noche cuando salta... En resumen: Celia vive por y para la empresa. Todos conocéis este perfil de trabajador.
  • Celia se queda embarazada y durante su permiso de maternidad es sustituida por otra empleada, que no tiene hijos o los tiene ya mayores. Celia disfruta sin problemas de su permiso de maternidad, de su permiso de lactancia, de sus vacaciones acumuladas, etc. etc. por lo que los cuñaos dirán que no hay discriminación alguna, olvidando lo que sigue.
  • Tras el nacimiento Celia ya no puede hacer tantas horas y en general ya no puede vivir para la empresa por razones obvias, por lo que solicita una reducción voluntaria de jornada con un horario concreto determinado por ella misma, es decir ejerciendo sus derechos laborales. No olvidemos que el derecho de reducción va acompañado del derecho de concreción de horario por parte del trabajador, ya que el 1º sin el 2º no tiene sentido alguno.
  • Aquí empiezan los problemas. Los megajefazos le dicen a Celia que no se puede ser encargada o jefa de tienda a jornada parcial, porque la tienda tiene necesidad de un jefe o encargado durante todo el día. Pero que si se "bajara" a empleada normal entonces sí que le darían la reducción y el horario concreto deseado. Celia acepta el acuerdo.

Dirán los cuñaos que en este supuesto no hay discriminación porque hubo acuerdo, porque Celia disfrutó de todos sus derechos relacionados con la maternidad y porque de hecho era la jefa en una tienda en la que también hay empleados hombres. Pero sí que la hay y muy clara y es la educación machista la que impide verla. El resultado del proceso ha sido que a Celia le han quitado las comisiones de jefa y ha retrocedido en su carrera profesional, porque no solo ya no es jefa sino que además no podrá volver a serlo en las mismas circunstancias. ¿Y todo ello por qué? ¿Por trabajar peor? No. ¿Por ser del Real Madrid? No. ¿Por ser negra? No. ¿Por ser musulmana? No. ¿Por haber ejercido sus derechos laborales de conciliación familiar como el de reducción voluntaria? Obviamente sí. Si no hubiera pedido la reducción seguiría siendo jefa. Es la propia empresa la que dice que no puede existir un jefe a jornada parcial. ¿Quiénes usan con mucha mayor frecuencia los derechos de conciliación? Las mujeres. Bingo. Ahí es donde está la discriminación indirecta. ¿Porque lo pone en Laboro? No. ¿Entonces a lo mejor no es discriminación indirecta porque lo dice el cuñao? Tampoco. Es discriminación indirecta porque lo dice la Ley. Esa Ley de igualdad que la mayoría de cuñaos no solo no se han leído nunca sino que ni siquiera sabrían exactamente cuál es:

"Se considera discriminación indirecta por razón de sexo la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados (art.6.2 Ley 3/07)."

En este caso de Celia el comportamiento de la empresa ha sido neutro en apariencia: no pusieron problemas con los derechos del embarazo, y de hecho incluso le dieron la reducción en el horario que quería mediante un acuerdo. Pero mira tú por dónde que si nos pusiéramos a buscar entre todas las empleadas de esa empresa y de muchísimas otras a lo mejor nos encontrábamos con 100.000 Celias. Dicho a la inversa: a lo mejor tendríamos que sacar el microscopio de Amy Farrah Fowler para encontrar entre los "jefes" a mujeres con hijos pequeños que ejercieran sus derechos laborales, es decir que no regalaran horas extras, que se redujeran la jornada en el horario que necesitaran y que en suma no vivieran para la empresa como si fueran a heredarla.

Es más, en este caso puede que Celia ni pensara que estuviera siendo discriminada indirectamente por ser mujer, porque ella aceptó el acuerdo, que consistía en cambiar la degradación salarial y funcional por la reducción voluntaria en el horario deseados. Pero aceptar no es lo mismo que aguantar y los derechos constitucionales son indisponibles (irrenunciables), por si acaso los cuñaos dijeran algo en esta línea. Es más, habría altas probabilidades de que Celia, al igual que millones de trabajadores, entendiera sus derechos laborales como una especie de favor por el que hay que pagar un precio. Celia no cobra por sus servicios sino que la empresa le da de comer. Celia no ejerce su derecho a vacaciones sino que la empresa le da vacaciones y además sin quitarle días como otras empresas. Celia tiene suerte y tiene que dar gracias al empresaurio hispánico por dejarle vivir y levantar Españistán a pesar de tantas dificultades que ponen los progres con tantos derechos y tonterías que en China no existen y por eso allí les va mejor.

Pero esta discriminación por razón de sexo no sería el verdadero problema. El verdadero problema es el absoluto descontrol y permisividad ante el incumplimiento de la legislación laboral en Españistán y que además se acepta por los propios trabajadores como algo natural. La discriminación por razón de sexo es un incumplimiento más y por tanto no es más que una consecuencia o síntoma de ese problema de fondo. La empresa hace lo que le da la gana con Celia por ser mujer igual que hace lo que le da la gana con Porfirio el camarero sin formación por la sencilla razón de que nadie se lo va a impedir en la inmensa mayoría de ocasiones. ¿Que Celia demanda y gana? Estupendo... habrá 1.000 Celias que no hagan nada y sin salir de la empresa. Es decir que Celia ha sido discriminada por ser la parte débil y su debilidad la causan sus necesidades de conciliación familiar. Análogamente, por la misma razón hay muchas más horas extras ilegales en la hostelería, en el comercio y en la vigilancia que en la ingeniería o en la medicina; porque en esos sectores los trabajadores son mucho más débiles a causa habitualmente de su menor formación y sus menores alternativas en caso de perder el empleo.

Así que mucho ojito, porque el verdadero objetivo de este artículo no es explicar lo que es una discriminación por razón de sexo, salarial o de otro tipo. El verdadero objetivo es dejar claro que eso ya está legislado y prohibido y que el problema que hay que atacar es el de fondo. Atacando el de fondo se atacan todos los de la superficie incluyendo el de la discriminación salarial. Es más: sin atacar el de fondo no se ataca de verdad ningún otro. Sería como luchar contra el cáncer con ansiolíticos y analgésicos. Pero el problema de fondo es el que no se quiere atacar porque ese es sencillamente el negocio de Españistán. Por ello seguramente que dentro de un tiempo aprobarán y publicarán una nueva ley con un nombre supermolón y se harán la foto, y justificarán su sueldo, y saldrá en la tele... ¿y qué? También está prohibido hacer horas extras ilegales, el acoso laboral, cobrar por debajo de convenio e incluso el convenio 158 OIT en vigor prohíbe el despido sin causa... ¿y qué?

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