Si no se tratara de Porfirio sino de un chico listo, éste sabría o deduciría por sí mismo que es cierto que las vacaciones pueden comenzar el día en que se acuerde y que nadie impide que se pueda acordar que comiencen un sábado. Pero que si el primer fin de semana fue de vacaciones entonces no fue de descanso semanal, por la misma razón de que una ventana no es una silla. Por lo que si fueron 9d de vacaciones entonces la empresa le debe 2d de descanso semanal generados la semana en que las inició. Además de que si tuviera 2d menos de vacaciones ese año, con casi total seguridad se pasaría de la jornada máxima anual, con lo que estaríamos hablando de horas extras ilegales.
Desde otro punto de vista, el chico listo solicitó vacaciones de lunes a domingo, no de sábado al domingo siguiente. Por lo que el primer fin de semana de supuestas vacaciones no habría sido solicitado por el chico listo sino que habría sido impuesto por la empresa. Por lo que serían 2d de vacaciones nulas al no haberse cumplido el derecho de todo trabajador a conocerlas con al menos 2m de antelación (art.38 ET).
En previsión de todo ello, muchos convenios indican que las vacaciones son en días laborables y por tanto descontando no solo los días de descanso semanal sino también los festivos. Hay también otros convenios que, aunque fijan las vacaciones en días naturales, indican que no pueden comenzar en días de descanso semanal. Pero aunque no sea el caso de tu convenio, puedes tener en cuenta que el solapamiento sin compensación del descanso semanal generado con las vacaciones no puede producirse nunca porque son conceptos totalmente diferentes. Incluso tampoco puede producirse el solapamiento del descanso semanal con el descanso diario de 12h entre jornadas.
¿Y por una "tontería" así hay que gastarse el dinero reclamando? Pues no habría por qué, dado que muchos trabajadores están afiliados a un sindicato que se supone que les cubre las demandas dentro de la cuota. O bien tienen la posibilidad de autorrepresentarse en el juicio.
En la sección de "vacaciones" de Laboro tienes publicados otros artículos que te resultarán de interés: a cuánto se pagan, cómo reclamarlas, etc.
¿Por qué me sonará el contenido de este artículo sobre las vacaciones empezándolas en sábado? Tal sea porque en los años 2015 y 2016 tuve discusiones al respecto con el departamento de personal que en su bondadosa interpretación del artículo 38 ET casualmente me querían descontar días haciendo malabarismos argumentales sobre los conceptos de "laboral", "hábil" y "natural". Pero las matemáticas son una ciencia bastante exacta y dice que si tienes una jornada de seis días, 5 y medio para ser más exactos, a la semana, te corresponde día y medio de descanso semanal (que sumado a las 12 horas de descanso entre jornadas hará la suma de 48 horas de descanso desde la finalizaciòn de la última previa hasta la jornada semanal siguiente).
ResponderEliminarSi durante la semana hay festivos y en el ET se dice, fíjate tú, que son 14, retribuidos y no recuperables (que no quiere decir que no puedan ser laborables si en el convenio y contrato se acuerda así), pues ese día cuenta como trabajado y cuenta para el cálculo del descanso semanal. Así si se trabajaron 4 días (ya que el quinto fue festivo), por una regla de tres tocará descansar 30 horas (a las que hay que sumar las 12 de descanso entre jornadas, para un total de 40 horas) siempre en el caso de jornadas semanales de 6 días - o si se quiere 5 días y medio. Si la semana es de 5 días de curro pues no hay variaciones porque se seguirán teniendo derecho a los dos días de descanso semanal (si cae la fiesta en fin de semana, pues el calendario laboral acordado será el que dirima el problema bien trasladando ese día al lunes o dejándolo tal cual).
Por lo que cuando los empresaurios adoptan esa actitud de "gañanes y macarras", hay que llevarles donde saben más (esto es, los tribunales de justicia) y demostrarles lo jetas y aprovechados que pretenden ser con sus trabajadores cuando les quieren sisar días de vacaciones por su cara bonita.
Hay un error en la suma: no serían 40, sino 42 horas.
EliminarMovidas de estas tuve yo en su día.
ResponderEliminarMe intentaron colar una historia parecida, y en una empresa que daba una semana de vacaciones y gracias. El resto tardaba en pagarlas (o cobradas mal o perdidas) porque fíjese usted, que es eso de derechos.
Me faltó tiempo para meterles una denuncia cuando me largué. 13 pasaron a indefinidos y sanción.
Y eso que como yo tenía copias de todas las irregularidades, ventas en B, etc., casi que lo tenía todo en orden, y no me tocaban un pelo en derechos y dinero, que en el almacén, llegaron a tener una máquina de la Edad de Piedra (manual) que se llevó los dedos de una compañera. En lugar de denunciar, hacían la pelota y sí, señor, claro, claro que hay mucho paro y quién me va a querer sin dedos. Eso ya fue la guinda del pastel.
El "problema" es que las empresas son diminutas, y los "empresaurios", ni estudios tienen en muchos casos. Y empresas de servicios o de comprar barato y vender caro a cambio de... NADA. Así va todo después. Valor añadido, 0.
Ahora, a base de protestar, contestar, de ser la que se veía con malos ojos, etc., he mejorado mi situación, pero también en muchos casos buscándome la vida con empresas de otros países donde valoran otras cosas y no solo ser un "palmero".
No hay nada como la información y la formación. A más aborregado, peor nos sabremos defender y si nos defendiéramos todos, solo tendrían una opción: pasar por el aro y comportarse.
Gracias Laboro, una forma genial de abrir los ojos.
ResponderEliminarGracias por estar al pie del cañon y no dejar pasar ni una!!
ResponderEliminarHola buenas... en el convenio de carnicas de cataluña queria saber si trabajas 8h seguidas.
ResponderEliminartienes derecho a 20min de comida?
El jefe puede pedirte q la recuperes a cobro0€?
Tienes derecho a descansos de 10min. Cada 2h?o no?
Gracias.
Muchas gracias laboro por la explicación.
ResponderEliminarHola. Yo estaba de vacaciones obligatorias hasta el 24 de Marzo , cuan do mi empresa ha hecho un erte . me pagan la nomina hasta el 24 la empresa? o se acoge al erte?. GRACIAS
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