Permiso lactancia acumulado, padre y madre en 2024.

¡¡Atención!! Con fecha de 12/1/24, la reforma del permiso de lactancia, que permitía su acumulación sin permiso de la empresa, fue dejada sin efecto por haber sido derogada en el Congreso de los Diputados con los votos de Podemos, PP, UPN y Vox. Por lo que, como antes de dicha reforma, el permiso de lactancia ya solo se puede acumular cuando lo permita la empresa y/o el convenio.

El permiso de lactancia lo pueden disfrutar los hombres y las mujeres y no se puede ceder. El que no lo use, lo pierde. Antes de la reforma de marzo de 2019 era un derecho de los dos pero solo lo podía disfrutar uno. Es mentira que el permiso de lactancia solo lo pueda disfrutar el hombre si la madre trabaja y se lo cede. Esa limitación fue eliminada hace 10 años; aunque haya ignorantes que no se hayan enterado, como muchísimos empresaurios, "encargaos" de personal, jefecillos de RR.HH., "asesorías Pepe" e incluso "sindicalistos". Además, el permiso de lactancia es compatible con la reducción voluntaria de jornada y con la adaptación de jornada.

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"Más País" propondrá una jornada laboral de 3 días en 2021.

Más País, el partido de Íñigo Errejón, ha anunciado que en el año 2021 presentará en las Cortes un nuevo proyecto de Ley para limitar la jornada laboral a 3 días semanales. Según la otra fuente nacional del partido, esta jornada se correspondería a 24 horas como máximo semanal o 1096 horas como máximo anual: “o por ahí más o menos, porque hay sentencias que lo dicen”. Añadió que la razón de este nuevo proyecto es: ”el feedback positivo que hemos recibido tras nuestra propuesta anterior de limitar la jornada a 4 días, por lo que la ejecutiva de nuestro partido ha decidido mejorar la propuesta a 3 días porque lo mismo nos cuesta proponer una cosa que la otra”.

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El Supremo dice que los trabajadores de subcontratas son indefinidos. ¿Y qué?

Puede que algún laborero haya oído hoy algo así como que el Tribunal Supremo ha sentenciado que los trabajadores temporales por subcontratas son fijos. Así que vamos a hablar de esta sentencia para que los trabajadores de contratas entiendan qué pasa ahora. Ojo que la sentencia aún no está publicada, por lo que el análisis solo se hace en base a la información que han adelantado algunos periódicos y en referencia a los casos más habituales de trabajadores de contratas o subcontratas, que a estos efectos son lo mismo.

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Novedades jubilación en 2021: nueva rebaja de las pensiones acordada con CC.OO. y UGT.

Algunos trabajadores ya han olvidado que en 2011 el gobierno del PSOE aprobó una rebaja de las pensiones de acuerdo con CC.OO. y UGT. Pero la colaron como una rebaja progresiva que se empezó a aplicar desde 2013, para que pareciera que la hubiera hecho el siguiente gobierno sin acuerdo con CC.OO. y UGT. A consecuencia de esa rebaja acordada, el 1/1/2021 bajan de nuevo las pensiones de jubilación y no olvidemos que seguirán bajando años tras año hasta el 2027 inclusive gracias a este acuerdo.

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Permiso de nacimiento doble para familias monoparentales.

El caso es sencillo de entender. Cuando un niño nace o es adoptado en una familia constituida por una pareja, que algunos llaman “biparental”, ambos miembros de la pareja disfrutan de sus respectivos permisos de nacimiento (enlaces al final), de forma que el niño tiene cuidados durante 32 semanas en total, aunque una parte o todas pudieran ser simultaneas. Pero si el niño nace o es adoptado en una familia monoparental, solo hay un permiso de nacimiento porque solo hay un padre o una madre, por lo que el niño tiene cuidados durante 16 semanas en total.

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Todo sobre el permiso de paternidad y maternidad en 2024.

Desde el año 2019, con el voto en contra del PP, los permisos de paternidad y maternidad son iguales en duración para hombres y mujeres. Son tan iguales que ya ni siquiera hay un permiso de paternidad y uno de maternidad, sino que ambos son el mismo permiso "por nacimiento". En caso de que la empresa te lo denegara, podrías poner demanda de conciliación familiar sin obligación de contratar abogado, en la que podrías pedir no solo el permiso en sí mismo, sino también una indemnización aparte por los daños y perjuicios causados por la negativa o retraso en la concesión.

Las condiciones resumidas de uso del permiso de nacimiento son las siguientes:

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Modelos de demanda por vacaciones sin abogado

El libro PDF "Demanda por vacaciones" sirve para aprender cómo se demanda por temas de vacaciones a la empresa en la que trabajes sin obligación de contratar abogado ni graduado social. El libro incluye los modelos necesarios. Sería una demanda ante la jurisdicción social (juzgados laborales), que está pensada para que sea ágil y eficaz, por lo que los trámites y requisitos están simplificados:

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    Experiencias personales con los abogados de los sindicatos.

    Hace un tiempo hablamos en Laboro sobre la calidad de la información de los "sindicalistas" (enlaces al final); entendiendo por sindicalistas a los que, sin estar en el servicio jurídico, atienden a los trabajadores en los despachos de los sindicatos y probablemente cobrando del sindicato de forma directa o indirecta. Pero todos sabéis que esos sindicalistas solo atienden las "primeras consultas" y que el siguiente paso podría ser la demanda judicial, de la que se encargan los servicios jurídicos de los sindicatos; por lo que vamos a hablar de la calidad de esos servicios. Mejor dicho, van a ser los laboreros los que hablen, porque está clarísimo que este tema merece un nuevo artículo en la sección "cuenta tu caso" de Laboro.

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    ¿Sabías que existe el derecho constitucional a la remuneración suficiente?

    El año pasado, en Laboro ya hablamos de la diferencia entre derechos fundamentales de la Constitución y derechos “ordinarios” de la Constitución. Vimos que los llamados “padres” de la Constitución no habían considerado fundamentales los derechos a la salud, a la vivienda y al trabajo (enlaces al final) pero sí que consideraron fundamental el derecho a las ayudas públicas de los colegios privados. ¿Te suena de algo últimamente el tema? Pues bien, en este nuevo aniversario de la Constitución vamos a hablar del derecho a la remuneración suficiente.

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    No pagar el finiquito podría ser delito.

    Hace ya bastante tiempo que en Laboro hablamos de los casos en los que las cositas habituales de los empresaurios hispánicos no son simples ilegalidades laborales sino que también son delitos aunque no lo sepan ni el trabajador ni menos aún el empresaurio. Por ejemplo puede haber delito de coacción en casos como “si me demandas te traslado” o “si te coges el permiso de paternidad te pongo peor horario”. Pero dentro de estos posibles delitos de coacción hay un caso específico muy habitual del que vamos a hablar hoy.

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    Modelos de demanda de conciliación familiar sin abogado.

    Siguiendo con lo de “no me des peces, enséñame a pescar”, aquí tenéis un nuevo nuevo libro (ebook PDF) para aprender cómo se demanda a vuestra empresa por temas de conciliación familiar (reducción de jornada, adaptación de jornada, teletrabajo, lactancia, paternidad...) sin obligación de contratar abogado ni graduado social. El libro incluye los modelos necesarios. Sería una demanda ante la jurisdicción social (juzgados laborales), que está pensada para que sea ágil y eficaz, por lo que los trámites y requisitos están simplificados:

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      La nueva "ley" de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Parte 3.

      En los dos artículos anteriores de esta serie hablamos sobre la obligación de igualdad salarial y del registro retributivo. Para finalizar la serie, hoy vamos a hablar del indicio discriminatorio y de la prohibición de repercusión salarial negativa. Estos dos aspectos del decreto han pasado desapercibidos pero pueden ser los más útiles, porque son de los que sirven para demandar. De hecho, en el decreto se los incluye dentro del apartado de “tutela judicial”.

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      Por haber estado en un ERTE no se paga más a Hacienda.

      En muchos sitios se está leyendo y escuchando que a los trabajadores que hayan estado en ERTE durante el 2020 se les va a aparecer la ministra de Hacienda el año que viene envuelta en una nube de azufre y les va a cobrar 1.000€ más o algo así, porque por lo visto Hacienda te cobra más por tener dos pagadores. Pero resulta que no.

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      Reclamación de cantidad laboral.

      La empresa no solo puede deberte dinero en caso de impago o retraso sino que también es posible que la empresa tenga que pagarte más de lo que te paga pero no lo reconozca y/o tú no lo sepas. Es decir que también puede existir deuda reclamable y cobrable en caso de que te estén pagando menos del salario obligatorio por convenio y/o que no te estén pagando alguno de los complementos obligatorios que pudieran existir según el caso: nocturnidad, transporte, antigüedad, peligrosidad, atrasos, etc. Dispones del servicio de consultas laborales privadas para particulares, sin necesidad de decir el nombre de la empresa de la que se trate, para poder solicitar la revisión de tu nómina (puedes quitar los datos personales) o hacer otras preguntas laborales.

      La reclamación de cantidad laboral es una demanda judicial contra la empresa empleadora, por lo que supone protección contra el despido sufrido a consecuencia de haber puesto la demanda o iniciado los pasos necesarios o aconsejables antes de ponerla. Además, es una demanda para la que no es obligatorio contratar abogado ni graduado social, por lo que podrías ponerla representándote a ti mismo como trabajador demandante. Para ello dispones del libro "Demanda de reclamación de cantidades" (ebook PDF) que explica el procedimiento e incluye los modelos necesarios.

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      Modelos de demanda de reclamación de cantidad sin abogado.

      ¿Habéis oído aquello de “no me des peces, enséñame a pescar”? Pues aquí tenéis un manual (en PDF) para aprender cómo se demanda a vuestra empresa cuando os deba dinero, sin obligación de contratar abogado ni graduado social. Incluye los modelos necesarios. La jurisdicción social (juzgados laborales) está pensada para que sea ágil y eficaz, por lo que los trámites y requisitos están simplificados. La demanda de reclamación de cantidad tiene las siguientes características fundamentales:

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        La intolerable incompetencia del SEPE en los ERTE por COVID-19.

        Pues sí señor, ya estamos otra vez. El SEPE no solo no ha solucionado sus problemas de colapso en este tema sino que se están incrementando a raíz de la "prórroga de los ERTE" que se aprobó el 30/9/20 y que en principio estará vigente hasta el 31/1/21. Es decir que hay un pelotón de nuevos trabajadores que aún no han cobrado su nueva prestación por desempleo o incluso ni se les ha reconocido y por supuesto también hay trabajadores que cobran con retraso sus prestaciones anteriores

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        Dudas laborales sobre la vacuna del COVID-19.

        Como todos sabéis, al parecer pronto habrá una vacuna eficaz contra el COVID-19 o puede que varias. Por lo que procede responder a las dudas habituales que surgirán relacionadas con la vacuna y el mundo del trabajo en Españistán a las órdenes de un empresaurio hispánico.

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        Datos oficiales: la hostelería es el sector más infractor.

        La Inspección de Trabajo publica un informe anual resumen de sus actuaciones y el último disponible corresponde al año natural 2018. Hoy vamos a hablar en Laboro de las cosas de Manolo el del bar, pero no con opiniones o especulaciones sino a partir de los datos oficiales de ese informe. Vamos a hablar de los datos de Inspección del sector de la hostelería. Pasen y vean, la función va a comenzar.

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        El coronavirus tiene dudas legales.

        Hola, soy el coronavirus, el que vosotros y yo sabemos. Resulta que he visto que en Laboro habéis estado explicando bastante las leyes que hay que cumplir con esto del COVID-19 y tengo algunas dudas que me gustaría resolver. Porque oye, soy un coronavirus y todo lo que vosotros queráis, pero también quiero cumplir con la ley ya que estoy viviendo en España, que lo cortés no quita lo valiente.

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        La nueva "ley" de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Parte 2.

        En el artículo anterior de esta serie hablamos de la obligación de igual pago por trabajo de igual valor (enlaces al final). Hoy vamos a hablar del siguiente aspecto importante del reciente decreto de igualdad salarial, que es la obligación del “registro retributivo”. Al igual que la obligación de igualdad de pago, la obligación del registro retributivo nació en marzo de 2019, pero con el reciente decreto se han ampliado más y mejor los detalles sobre ambos temas.

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        La Vane quiere ir al cementerio.

        Hola, soy la Vane, la mujer de Manolo el del bar. Es la primera vez que escribo en Laboro aunque mi marido os lee mucho. Dice que le sirve para aprender lo que tiene que hacer para que no le joda la dictadura podemita filoetarra con sus leyes laborales feministas y comunistas, que en realidad perjudican a los trabajadores porque dificultan que los empresarios creen empleo. Sobre todo van a por los empresarios de hostelería, que no solo no se nos valora por darle trabajo a media España sino que encima nos marean con chorradas de horas extras, festivos y ahora también con las mascarillas y las horas de cierre.

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        No viene una ola de despidos porque pasen 6 meses desde que comenzaron los ERTE.

        Predecir el macrofuturo en términos económicos o de empleo es complicado incluso cuando se parte de datos ciertos y se conoce la ley. Pero es imposible predecirlo partiendo de meras suposiciones y sin conocer la ley a fondo, aunque a veces se acierte de casualidad igual que hace el reloj parado dos veces al día. Todo ello a propósito de esos rumores de que viene inmediatamente una especie de tsunami de despidos porque están decayendo los ERTE que hicieron las empresas hace 6 meses. Simplemente eso es falso porque la legislación aprobada desde marzo lo prevé expresamente, por lo que iniciar o expandir ese rumor demuestra desconocer la ley.

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        El invento del IPREM.

        Muchos trabajadores habréis oído alguna vez la palabra mágica: "IPREM". Es una cantidad de dinero que se usa para dos cosas. Por un lado para calcular la cuantía de algunas prestaciones o “ayudas” públicas. Por otro lado para calcular quién tiene derecho a esas ayudas. ¿Tu familia ingresa menos que x veces el IPREM? Pues entonces tienes derecho a diferentes ayudas de la SS y de otros organismos oficiales y esas ayudas a su vez pueden ser, por ejemplo, el 80% del IPREM. Pero el IPREM tiene truco que vamos a desmontar en Laboro.

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        La nueva "ley" de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Parte 1.

        Hace pocos días se publicó oficialmente el nuevo decreto que desarrolla la obligación de igualdad salarial por trabajo de igual valor y la obligación de crear el "registro retributivo". Sin olvidar que también incluye dos elementos adicionales aún más importantes, que son el indicio de discriminación por ausencia del registro y la prohibición de repercusión salarial negativa por el uso de los derechos de conciliación familiar.

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        Desmontando el negacionismo de la "brecha salarial".

        La brecha salarial la define la Comisión Europea como la diferencia relativa en el ingreso bruto promedio de mujeres y hombres dentro de la economía en su conjunto. Nadie discute la definición pero sí que son millones los que niegan que eso suceda en España. Igual que hay negacionistas del cambio climático, del COVID-19 o incluso terraplanistas. Así que hoy vamos a desmontar el negacionismo de la brecha salarial de una forma muy sencilla.

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        Qué hacer si tu empresa no te paga la baja.

        Situacón típica del empresaurio hispánico que explota a un trabajador hasta que no puede más, este reacciona "pidiendo la baja" médica y entonces el empresaurio le deja de pagar aunque esté de baja. Para así forzarle a pedir el alta voluntaria, que vuelva al trabajo y entonces acosarle hasta que dimita. Casos así hemos conocido en Laboro a paletadas. Pero el impago de la baja tendría una solución fácil, directa y gratuita para el trabajador y que al mismo tiempo podría implicar sanción económica al empresaurio.

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        ¿Qué pasó cuando dejaste de tragar en tu trabajo? Cuenta tu caso.

        Casi todos los trabajadores aceptan o soportan algunas ilegalidades laborales de la empresa en la que trabajan. Son menos, pero aún así la gran mayoría, los que aceptan todas las ilegalidades que les vengan, es decir que las que no sufren es solo porque no se las imponen. Luego tenemos a los padefos, que no solo lo aceptan todo sino que además dicen que es lo mejor que se puede hacer e incluso le quitan importancia al asunto. Pero también tenemos a una ¿pequeña? parte de trabajadores que no tragan con ninguna o casi ninguna ilegalidad.

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        El gran chollo del FOGASA.

        Cuando al FOGASA (fondo de garantía salarial) le llamamos FOGUASA en Laboro, es por algo. Ese algo es porque en realidad la existencia del FOGASA es un chollo absoluto para el empresaurio hispánico y para los abogados "laboralistos", que no laboralistas.

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        Durante los nuevos ERTE no se podrán hacer horas extras, ni subcontratar, ni contratar nuevos trabajadores.

        Ya habréis oído en la tele y en el bar que han prorrogado los ERTE de acuerdo con la patronal y con los sindicatos que saben comportarse. En realidad, lo que se ha prorrogado no son los ERTE sino las "subvenciones" a las empresas que hagan ERTE, como explicamos hace pocos días en Laboro (enlaces al final). Pero, lo llames como lo llames, los efectos de este nuevo decreto son los siguientes:

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        Cómo defrauda a Hacienda el empresaurio hispánico.

        Los trabajadores ven cosas en la tele sobre los políticos corruptos, que si cuentas en Suiza o en Panamá, que si testaferros, que si liquidadores, que si entramados de empresas extranjeras y nacionales... Cosas sin duda bastante complicadas y que no están al alcance de todo el mundo. Pero puedes estar seguro prácticamente al 100% de que Manolo el del bar no es un señor muy importante que tenga un equipo de abogados buenísimos de esos con dos secretarias que le llaman "Don Manuel". Ya quisiera. Manolo el del bar tampoco tiene absolutamente ni puñetera idea de cómo se montarían ni de cómo funcionan todo esos tinglados que se ven en la tele. El fraude fiscal de Manolo el del bar es de una sencillez y cutrez pasmosa.

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        Dudas habituales sobre el teletrabajo y su nueva regulación legal.

        La nueva regulación legal del teletrabajo o trabajo a distancia ya está publicada en el BOE, por lo que ahora y no antes es el momento de explicárselo a los trabajadores. Como el decreto es bastante denso se va a explicar en forma de las "preguntas frecuentes" que harían o harán los trabajadores. Los empresarios que les pregunten a sus asesrorías, que para algo cobran.

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        Por qué no hay que darle el dinero a las empresas para que creen empleo.

        Hace pocos meses se publicó en Laboro un artículo, especial para cuñaos, rebatiendo muy fácilmente los "argumentos" más típicos contra el nuevo ingreso mínimo vital (IMV). Pero nos dejamos para esta ocasión el rebatir el argumento cuñao más habitual y pretenciosamente demoledor: "el dinero hay que dárselo a las empresas para que creen empleo." Tú dices eso delante de un espejo cuando el reloj del castillo da las doce de la noche y se te aparece Bertín Osborne y te invita a una cena que ha hecho su mujer. En el caso del IMV este razonamiento se aplica concluyendo que no hay que darle dinero (el IMV) a los trabajadores que lo necesiten por su situación de pobreza económica sino que ese mismo dinero se lo tendrían que dar a "las empresas" para que pudieran contratar más fácilmente a esos mismos trabajadores. Por supuesto es el argumento favorito de los empresarios, de los empresaurios, de los liberales y de los voxtrencos.

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        Cómo ver a un falso autónomo dentro de tu casa.

        La mayoría de trabajadores saben lo que es un falso autónomo. Quien aún no lo sepa pero sí que sepa cómo se llama el pivot suplente de los Lakers, que lea los enlaces al final. Pero muchos os creéis que esto de los falsos autónomos es algo así como una cosa muy oculta, que las empresas los esconden cuando vienen las inspecciones o que ellos mismos se esconden. Nada más lejos de la realidad. Ver un oso pardo en libertad es muy difícil, pero ver a un falso autónomo está tirado. No solo los puedes ver en la calle (los "riders" repartiendo en moto o en bici) sino que con toda facilidad puedes hacer que un falso autónomo vaya a trabajar a tu casa con solo una llamada de teléfono. Es más, probablemente ya haya habido varios falsos autónomos trabajando en tu casa y tú sin saberlo.

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        No tienes por qué ir a la asesoría fuera de horas de trabajo.

        La situación de la que hablaremos hoy en Laboro es bastante típica. Oye Toñi, que cuando salgas tienes que ir a la asesoría a firmar tu contrato. Oye Toñi, que mañana antes de entrar tienes que ir a la asesoría a firmar las nóminas. Oye Porfirio, que el sábado por la mañana tienes que ir a la asesoría a firmas unos papeles. Como es obvio, antes de entrar o después de salir significa para el empresaurio que ese tiempo no te lo va a pagar. Pues muy sencillo: tararí que te vi. Con el simple sentido común basta para deducirlo: el tararí se deduce del sentido y el que te ví se deduce del común.

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        ¿Por qué los llaman ERTE cuando son salarios nacionalizados?

        Todos los trabajadores, esta vez sin excepciones, saben que al inicio del estado de alarma comenzaron los archifamosos ERTE. Actualmente estos ERTE están prorrogados hasta el 30/9/20 y en los próximos días veréis en la tele que los volverán a prorrogar probablemente hasta el 31/12/20. ¿Pero realmente saben los trabajadores lo que significan estos ERTE? ¿Lo saben los periodistas? Muy probablemente no porque si lo supieran no les llamarían ERTE sino de otra forma. Su nombre real sonaría a algo así como "rescate de Europa" o incluso a algo muchísimo peor para algunos: "socialismo solo cuando conviene a las empresas".

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        Manolo el del Bar ha escrito un libro.

        • Puedes comprar este libro, que vende la editorial Lulu.
        • Puedes aprovechar los gastos de envío incluyendo en el mismo pedido el libro "Tus derechos en el trabajo 8".
        • Puedes leer una muestra de este libro (parte del capítulo 1).

        Hola. Me llamo Manuel y por lo visto todos los que escribís en Laboro me llamáis Manolo el del Bar en vez de Manolo el empresario, para despreciarme porque os jode que sea empresario y que tenga un Mercedes, que es el mejor coche que hay. Vosotros los trabajadores os creéis que es todo muy fácil. Si todo es tan fácil montaos una empresa arriesgando vuestro dinero y entonces ya veréis lo que hacéis cuando los trabajadores vengan tocando los cojones con vacaciones y permisos de maternidad y tonterías de esas que no se pueden dar porque no hay dinero. Ya veríais como entonces ya no os calentarían la cabeza los comunistas y las feminazis y dejaríais que los empresarios se ocuparan de todo en vuestro propio interés, porque el mercado es sabio y estamos todos en el mismo barco menos los funcionarios vividores.

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        Faltar al trabajo por no tener con quién dejar a tu hijo no es causa de despido disciplinario.

        El caso típico del que hablaremos hoy en Laboro es el siguiente: trabajador que no puede trabajar porque el niño está malo y/o no puede ir al colegio por cualquier razón. Dicho sea de una forma más técnica: trabajador que se retrasa, se ausenta o no acude a su trabajo porque se lo impiden sus obligaciones de guarda legal de menor, sea cual sea la razón de este imposibilidad. El Estatuto de los Trabajadores y los convenios ofrecen algunas herramientas en algunos casos, como el permiso retribuido por hospitalización, la excedencia por cuidado de hijo menor de 3a, la adaptación o la reducción voluntaria, etc. etc. Pero hay muchas situaciones que directamente no están previstas legalmente ni en el ET ni en los convenios o bien no se pueden abordar de un día para otro y menos aún sobre la marcha.

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        Opciones legales de los trabajadores ante la "vuelta al cole" y el COVID-19.

        Todos los trabajadores que tienen hijos en edad escolar se están haciendo la misma pregunta con la vuelta al cole. ¿Qué podría hacer con el trabajo si mi hijo no pudiera ir al colegio por razones relacionadas con el COVID-19 y no tuviera con quién dejarlo? Pues precisamente para eso sigue vigente el plan "MECUIDA" que se aprobó al inicio del estado de alarma. Plan que ha pasado muy desapercibido y muy pocos trabajadores han solicitado, porque hasta ahora era fácil dejar a los niños con uno de los padres o con algún familiar, ya que era muy probable que alguno de ellos estuviera de ERTE, en teletrabajo, de vacaciones o directamente despedido. Pero eso va a cambiar desde ya.

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        La protección contra despido por COVID-19.

        Es extraordinariamente obvio que el fin de las vacaciones va a suponer el despido de decenas de miles de trabajadores a causa de la continuación de la pandemia de COVID-19. Pero hay que recordar que dentro de las medidas laborales especiales causadas por dicha pandemia hay tres que algunos han llamado "prohibición del despido". Estas medidas son la improcedencia de los despidos objetivos, la "salvaguarda del empleo" y la prórroga automática de contratos temporales.

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        Derechos del trabajador en caso de cuarentena por COVID-19.

        En las últimas semanas se están haciendo muchos test PCR y es muy previsible que se hagan muchos más cuando terminen las vacaciones, tanto de los estudiantes como de los trabajadores. Al hacerse más test habrán más casos positivos que darán lugar a órdenes de cuarentena o aislamiento tanto de los casos positivos como de sus contactos más próximos, tanto familiares como laborales. Por lo que procede hacer un resumen de cuáles son los derechos de los trabajadores en caso de aislamiento o cuarentena por COVID-19; o bien los derechos en "baja por coronavirus" que es exactamente lo mismo.

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        El nuevo convenio de fútbol femenino es discriminatorio por razón de sexo.

        Algunos trabajadores habréis leído o incluso visto en la tele que ya se ha publicado en el BOE el nuevo "convenio colectivo de fútbol femenino" como una noticia positiva. Lo dice todo del nivel de este país, llamado con razón Españistán, que al parecer nadie se haya alarmado por esta noticia, que chirría más que la puerta del castillo del abuelo de Drácula. Es muy sencillo: imaginaos que la noticia hubiera sido que se hubiera publicado el nuevo convenio de construcción femenina, o de hostelería femenina o del metal femenino y que curiosamente tuvieran unos salarios peores que los convenios masculinos de la misma actividad. Todo el mundo se hubiera echado las manos a la cabeza: que vaya discriminación más brutal, que cómo vamos a tener convenios diferentes para hombres y para mujeres en una misma actividad o en una misma empresa. Pero con los futboleros todo vale. Porque el fondo del asunto es que el convenio de fútbol femenino tiene un salario mínimo que es el 10% del salario mínimo del convenio masculino.

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        El desprecio total a la causa de los contratos temporales.

        Los trabajadores bien informados, que son muy pocos, saben que los contratos temporales tienen que tener una causa justificada que, llegado el caso, tendría que probar la empresa. Dicho a la inversa: todo contrato tiene que ser indefinido por defecto y solo cuando hay una causa justificada se puede hacer un contrato temporal. Esa causa no puede ser cualquiera, sino que solo valen unas pocas definidas por la ley. Además, aún suponiendo que hubiera causa válida, los contratos temporales tienen límites de duración, de nº de contratos por trabajador y de nº de contratos por plantilla. Si todo esto no se cumpliera, el contrato se transformaría automáticamente en indefinido, porque sería lo que se conoce como un contrato temporal en fraude de ley (enlaces al final).

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        El cuento de que "somos una familia" o de que "estamos todos en el mismo barco".

        ¿Cuántas veces te lo han dicho en la empresa en la que trabajas? ¿Cuántas veces lo has oído en la tele incluso de boca de presidentes de alguna asociación de empresarios? Oye Porfirio, que este año no te puedes ir de vacaciones porque la empresa va muy mal y aquí estamos todos en el mismo barco y si se hunde nos hundimos todos. Oye Toñi, que te tenemos que bajar el sueldo porque la empresa va muy mal y aquí todos somos una familia y todos tenemos que arrimar el hombro para que esto vaya para delante.

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        Los "comerciales" callejeros de las ONG.

        ¿A quién no le ha pasado? ¿Quién no los ha visto? Un chico o chica joven apostado en un cruce muy transitado por peatones que te para y te ofrece hacerte socio para colaborar con cierta ONG. Algunas son muy conocidas por llevar muchos años ejerciendo esta práctica. A estos chicos les podrán llamar "captadores" o como quieran, pero son sencillamente comerciales porque ser comercial es vender lo ajeno, independientemente de cuál sea la naturaleza de lo que vendas u ofrezcas. El que vende u ofrece la asociación con una ONG en la calle es tan comercial como el que vende contratos de internet por teléfono, como el que vende contratos de electricidad por los domicilios o como el vende tarjetas bancarias en un centro comercial. Pues bien, acaba de pronunciarse el TS en una sentencia que describe la forma en la que una famosísima ONG contrataba a sus comerciales.

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        Explicación de la sentencia de despido nulo durante la protección por COVID-19.

        Todos los trabajadores deberían saber que al inicio del estado de alarma en marzo, el Gobierno dictó un real decreto que se anunció como "prohibición del despido" a causa del COVID-19. Recordemos que esta protección sigue activa en algunos casos hasta el 30/9/20. En aquellos días se explicó en Laboro (enlaces al final) que ese decreto no prohíbe el despido sino que simplemente lo considera improcedente. Prohibirlo sería que fuera nulo.

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        En las empresas no existen los "superiores".

        Muchos trabajadores crean que un jefe o encargao o empresario es algo parecido a un "superior", como en el ejército. Muchas empresas redactan por escrito sus normas usando el término "superior". Por ello, muchos creen que los trabajadores tienen que tratar con mayor respeto a sus "superiores" que a la inversa. Incluso creen que el encargao y sobre todo el empresario se puede permitir ciertas dosis de mala educación o falta de respeto con los trabajadores, pero nunca el trabajador con los "superiores". Dicho de otra forma: que el trabajador no puede "contestar" a un "superior". Todo ello so pena de despido o sanción. Hasta hay quien cree que un trabajador no puede opinar de la empresa ni decirle a un "superior" que hace mal su trabajo o que sería mejor que lo hiciera de otra forma. Como es obvio, cuanto más patán sea el encargao, mayores probabilidades hay de que crea ser "superior", pero precisamente por creerlo no pasaría de ser un gorrilla. Por definición, al patán que no ha sido nunca nada en su vida ni podría serlo, le encanta que le pongan una gorra para creerse almirante. Hay hasta quien paga por ser gorrilla, montando su propia empresa y haciéndose empresaurio.

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        Experiencias personales sobre trabajadores poco listos.

        Hace un año hablamos sobre los casos extremos de trabajadores sumisos. Los que en Laboro llamamos "padefos deluxe"; de los que el mejor ejemplo es Subnorman, famoso superhéroe de la clase obrera que sabe votar bien. Pues hoy vamos a hablar de otro tipo o conjunto de trabajadores, que son los que cualquiera llamaría "poco listos", por no llamarles directamente de otra forma. No por sumisos o padefos, que esos son del otro conjunto, sino por hacer cosas completamente absurdas contra sus intereses, generalmente porque "no pasa nada" o porque "lo hace todo el mundo".

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        Tu empresa no ha "comprado" a tu abogado ni al juez.

        Hoy vamos a hablar en Laboro del caso supuesto de los trabajadores que demanden a su empresa pero luego piensen que esta ha "comprado" a su abogado y/o al juez, porque crean haber visto algunas cosas raras o sospechosas; sobre todo cuando sea su primera demanda. Las cosas que estos trabajadores podrían considerar raras o sospechosas podrían ser las siguientes:

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        Nuevas sanciones de hasta 41.000€ por no proporcionar mascarillas y gel.

        Hace un par de semanas hablamos en Laboro sobre las reglas laborales en la "nueva normalidad". Entre estas normas están las más que conocidas relacionadas con el gel y las mascarillas. Se resumen en que toda empresa está obligada incondicionalmente a proporcionar agua y jabón o gel virucida y a garantizar en todo momento la distancia de seguridad de 1,5m. En caso de que no sea posible esa distancia de seguridad, entonces la empresa está obligada a proporcionar los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, que de momento serían al menos las mascarillas en puestos de trabajo con nivel de riesgo mínimo. Estas normas ya están en vigor desde hace muchos días.

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        Cómo conseguir contrato indefinido aunque no quiera la empresa.

        El caso típico es el del trabajador que tiene contrato temporal o incluso está subcontratado pero la empresa en la que trabaja no quiere hacerle contrato indefinido por mucho tiempo que llevé allí y por muy bien que trabaje. Pero que la empresa no quisiera por las buenas no impediría que un juez o inspector la obligara por las malas si el trabajador demandara o denunciara, porque hay varias causas o vías que hacen que el contrato se convierta automáticamente en indefinido.

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        Experiencias personales con la calidad de la información de los sindicalistas.

        Los trabajadores suelen haber experimentado la calidad de la información laboral que reciben verbalmente de los sindicatos. Este tema merece un nuevo artículo en la sección de "cuenta tu caso" de Laboro.

        No se trata de que habléis de la calidad de la información y servicio de los abogados del sindicato. Tampoco se trata de que habléis de la información de los delegados o comité de tu empresa, que bastante tienen con lo que tienen. Tampoco se trata de que habléis de la calidad de la información escrita de la web o de los emails. Se trata de que habléis de la calidad de la información que os dan verbalmente los conocidos como "sindicalistas" cuando llamáis por teléfono u os presentáis en el sindicato a preguntar algo sobre un tema laboral. Conociendo como "sindicalitas" a los que, sin estar en el servicio jurídico, están detrás de una mesa en los despachos de los sindicatos atendiendo a los trabajadores y probablemente cobrando del sindicato de forma directa o indirecta.

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        La mal llamada 'prórroga de los ERTE' explicada para trabajadores.

        Muchos ya "sabréis", porque lo han dicho en la tele, que el Gobierno "ha prorrogado los ERTE" hasta el 30/9/20. Por lo que parece necesario hasta explicar que el Gobierno no ha prorrogado nada y menos aún los ERTE, porque los ERTE existen desde 2010, seguirán existiendo después del 30/9/20 y todos y cada uno de los ERTE los inicia y finaliza la empresa implicada y no el Gobierno. Lo que ha prorrogado el Gobierno son unas ayudas económicas para empresas y trabajadores que se conceden en algunos ERTE iniciados a causa del COVID-19.

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        Qué pasa si coincide un ERTE con las vacaciones.

        Hoy hablamos de los casos de los trabajadores que han tenido vacaciones mientras que estaban de ERTE o bien que las tendrán en el futuro pero también estando de ERTE. Sea cual sea el tipo de ERTE y la razón del mismo. Para resolver estas dudas, por un lado hay que distinguir entre ERTE de suspensión y ERTE de reducción y por otro lado hay que distinguir las vacaciones del salario en vacaciones.

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        El fraude masivo de los ERTE en los que no existe la fuerza mayor.

        Ya hablamos del fraude evidente de seguir trabajando estando en un ERTE del COVID-19. Hoy vamos a hablar de otro fraude menos evidente pero mucho más generalizado y grave, que es hacer un ERTE por fuerza mayor sin que haya fuerza mayor, para no pagar las cotizaciones. Este fraude perjudica a la SS y al trabajador.

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        Es falso que en los ERTE de reducción se pierdan días de vacaciones.

        Algunos medios nacionales e incluso algún sindicato está diciendo que en ERTE de reducción se pierden vacaciones. Pero eso no solo es falso sino que además es una animalada desde el punto de vista de la normativa laboral nivel Peppa Pig. Una vez más se acaban los calificativos para describir tanta incompetencia en un tema tan obvio, sencillo y de simple sentido común, sobre todo por parte de UGT por perpetrar la siguiente infografía y difundirla por twitter:

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        Cómo reclamar el impago del paro por ERTE.

        Hay trabajadores incluidos en los ERTE del COVID-19 que aún no han cobrado la prestación por desempleo o "paro" que origina. Los retrasos por saturación del SEPE es de esperar que se resuelvan tarde o temprano sin que el trabajador haga nada especial. Pero los trabajadores no van a cobrar en los casos de negligencia a no ser que inicien las acciones legales en el plazo correcto. Como es obvio, llamar por teléfono o mandar un email no es iniciar las acciones legales.

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        Normas laborales de la "nueva normalidad" explicadas para trabajadores.

        Ya se han publicado oficialmente las normas laborales que serán de obligado cumplimiento en todas las actividades económicas y en todos los centros de trabajo. Quizá esta parte ya sea de difícil comprensión para algunos: en todas y en todos. En tu empresa también, en tu administración pública también, en el campo donde trabajas debajo de un ciruelo también...

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        La empresa tiene que poner los medios y pagar los gastos del teletrabajo.

        En los últimos tiempos muchos trabajadores y empresas han descubierto el teletrabajo o trabajo a distancia. Pero los empresaurios hispánicos también han descubierto que el teletrabajo puede ser el chollo padre para ellos, no solo porque pueden intentar meterte algunos gastos que normalmente serían de la empresa (ordenador, teléfono, internet, electricidad...) sino incluso también bajarte el sueldo con la excusa de que con teletrabajo no tienes gastos de transporte ni de comer fuera de casa. Pero en un caso así podrías presentar una demanda de reclamación de cantidad si lo consideraras necesario y oportuno. Podrías reclamar las deudas de los 12 meses anteriores a la fecha en la que iniciaras las acciones legales y añadiendo un 10% de interés moratorio. Además no sería obligatorio que contrataras abogado sino que lo podrías hacer tú mismo, para lo que dispones de un libro en PDF que explica el proceso e incluye los modelos necesarios para los casos habituales. Pero para saber cuánto podrías reclamar, es necesario que sepas cuánto tiene qué pagarte la empresa cuando estás en teletrabajo.

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        Muchos trabajadores cobran menos paro del correcto en ERTE por COVID-19 y ni lo saben.

        En el SEPE no solo ha habido y sigue habiendo grandes retrasos en el reconocimiento y pago de las prestaciones por desempleo (el paro) en los millones de casos de ERTE por el COVID-19. También hay muchísimos errores en el cálculo de su importe a favor del SEPE y en contra del trabajador. Por las mismas razones que en el caso de los retrasos, algunos de los errores en el cálculo se deben a la escasez de personal en el SEPE, pero otros errores se deben a las chapuzas de las que en Laboro llamamos "asesorías Pepe".

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        Desmontando los ataques al ingreso mínimo vital.

        Es una "paguita".

        El ingreso mínimo vital (IMV) es una prestación no contributiva de la SS; lo que quiere decir que no depende de la cotización anterior. Pero no es la única prestación no contributiva de la SS. Por lo que si el ingreso mínimo vital es una paguita entonces también son paguitas la pensión no contributiva de jubilación, la de invalidez no contributiva, el subsidio de desempleo, la pensión de viudedad o la de orfandad.

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        El ahorro es mejor que el Estatuto de los Trabajadores.

        El confinamiento causado por el estado de alarma originado por el COVID-19 sin duda va a servir para que muchos trabajadores se den cuenta de que ahorrar no solo no es imposible en muchos casos sino que sin ningún tipo de duda es lo mejor que pueden hacer. Incluso mejor que conocer la legislación laboral de una forma básica.

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        Qué es realmente una reforma laboral y cómo se "deroga".

        El jueves tuvimos la noticia "bomba" (gol de Iniesta) de que el PSOE ha pactado derogar íntegramente la reforma laboral de 2012 del PP. A las pocas horas dijeron que no hay que exagerar y que solo derogarán sus aspectos más lesivos. Pero no vamos a hablar de que si todo o que si algo, sino de qué es realmente una reforma laboral y qué es una derogación, porque es en el fundamento de todo donde os quieren vender la moto

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        Cuál es la razón de los retrasos del SEPE en el pago del paro por ERTE.

        Todos sabéis que hay grandes retrasos en los cobros de la prestación por desempleo (el paro) en los casos de ERTE causados por el COVID-19. En este nuevo artículo publicado en Laboro hablaremos de las causas, que son más que evidentes. Sencillamente la base del problema es la misma que en la Sanidad o en la Justicia: falta de personal. Si hay poca gente, las cosas van despacio. Si hay poca gente y encima entra muchísimo más trabajo, las cosas se paran.

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        Las cotizaciones en los ERTE por fuerza mayor explicadas para trabajadores.

        Las empresas están, o estaban, exentas de pagar sus cotizaciones a la SS por sus trabajadores incluidos en un ERTE de fuerza mayor debida al COVID-19. Pero eso ha cambiado y las empresas ahora tendrán que pagar menos cotización si trabajas que si no trabajas. Lee la frase anterior otra vez si quieres, pero no hay ningún error en ella por sorprendente que te parezca.

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        Los ERTE siguen vinculados al estado de alarma, se limitan hasta el día 30 de junio y acaba el "paro regalado".

        Los laboristas más informados ya habréis oído que ayer el Gobierno firmó protocolariamente con patronal y algunos sindicatos la que algunos quieren y querrán vender como una desvinculación de los ERTE del estado de alarma, que no ha sucedido. Pues bien, hoy tenemos ya el nuevo real decreto en el BOE y podemos hablar con propiedad de sus efectos concretos y exactos.

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        Nuevas medidas laborales vigentes para la fase 1 del COVID-19.

        Algunos territorios ya han entrado en la fase 1 de la denominada como "desescalada", que por lo visto no se podía llamar reducción, disminución, descenso o reajuste porque son palabras viejas y sospechosas porque no acaban en "a". Todos habréis oído en la tele que en fase 1 se permite abrir a las terrazas al 50%, comercios al 30%, etc. Pero dentro de la fase 1 hay también otras medidas generales de carácter laboral ya vigentes en los territorios que ya estén en la fase 1 y que también entrarán en vigor en los demás territorios conforme vayan alcanzado dicha fase.

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        El curiosísimo caso de los trabajadores que no quieren que les adelanten el paro del ERTE.

        Todos los abundantes seguidores de esta web saben que un padefo es un trabajador que PAsa DE FOllones. Por eso no reclama, por eso vota a los mismos partidos que los empresarios, por eso hace todo lo que le dicen y le parece bien... porque con esa forma de comportarse nunca tiene la culpa de nada sino que la tienen los sindicatos, el gobierno, la inspección de trabajo, su jefe... quien sea menos él porque él no es responsable de sus actos por hace todo lo que le dicen. Pues bien, esta crisis del COVID-19 ha descubierto otra capacidad de los padefos que hasta ahora era desconocida y que es aún más sorprendente que las capacidades o superpoderes ya conocidos de los padefos. Lo vais a leer pero no lo vais a creer, igual que no se lo creerían los departamentos de RR.HH. y asesorías si no hubieran visto el fenómeno con sus propios ojos.

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        Consecuencias laborales inmediatas de no prorrogar el estado de alarma.

        Mañana se vota en el Congreso la prórroga del estado de alarma. El PP ha anunciado que "no apoyará" esa prórroga, o sea que votará NO o se abstendrá. Vox ha anunciado que votará NO y de hecho ya votó NO a la anterior prórroga. Por lo que hoy vamos a hablar de los efectos laborales de no prorrogar el estado de alarma. Ojo, no de efectos laborales teóricos u opinables como que si subiría o bajaría el desempleo, sino de efectos laborales inmediatos y desde el punto de vista legal con el BOE en la mano, es decir no opiniones sino hechos.

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        Qué pasa al salir del ERTE.

        Todos sabéis que se está iniciando la "desescalada" que conducirá a la que han llamado "nueva normalidad". Pero a los trabajadores que estáis en ERTE, y a los que no, lo que os interesa saber es que ahora qué pasa, ahora qué toca... cuáles son los siguientes pasos. Obviamente el futuro solo lo conocen los voX-Men, que sabían lo del coronavirus en octubre pero no lo quisieron decir por humildad y patriotismo. Pero hay algo que no suele fallar, que es comparar una situación con otra semejante anterior, y sobre todo no suele fallar la lectura del BOE, no solo de los actuales sino también de los anteriores.

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        El busto de Pablo Iglesias.

        Como hoy es 1º de mayo vamos a contar una de rojeras de esos que te eutanasian al abuelo a posta con peste china y eso. Allá por el lejano año de 1936, resulta que en el Parque del Oeste de Madrid había un monumento a Pablo Iglesias, fundador del PSOE y de la UGT, que todos sabéis que hoy en día son un partido y un sindicato que saben comportarse. Pero por lo visto en 1936 aún no sabían comportarse y por eso los españoles se levantaron en armas y empezó una guerra contra unos inmigrantes ilegales, porque si los españoles se habían levantado es que los otros no se sabía de dónde venían. Por lo visto los inmigrantes eran varios millones, como ahora, y no dejaron que los españoles pusieran a la patria bien y eso y estuvieron casi 3 años molestando, suicidándose contra las tapias y enterrándose ellos mismos a posta en fosas comunes.

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        Cómo se impugna un ERTE.

        En artículos anteriores hablamos de los fraudes más habituales en los ERTE (enlaces al final), especialmente del fraude de seguir trabajando igual que antes de estar en el ERTE. Pero aparte de que situaciones así pueden ser denunciadas ante Inspección de Trabajo para que le quite las exenciones de cotización a la empresa y la sancione, el trabajador también puede demandar ante los juzgados de lo social para que a él le devuelvan su salario y su trabajo normal y no le cuente el paro gastado. La legislación tiene un procedimiento especial de demanda por ERTE en el que no es obligatorio contratar abogado.

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        Nuevas medidas laborales sobre el COVID-19.

        Hoy se han publicado en el BOE y mañana entrarán en vigor unas nuevas medidas laborales en relación al estado de alarma por el COVID-19. Las principales son la prórroga de la obligación de preferencia de teletrabajo, la prórroga de la reducción de jornada especial y el derecho a paro por echarte en periodo de prueba.

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        Qué pasa si no recoges un burofax de la empresa.

        Por si alguno no lo supiera, el burofax es un servicio de Correos que se utiliza para enviar de manera urgente y segura documentos relevantes que puedan requerir una prueba frente a terceros (entrega bajo firma). Es decir, que el cartero viene a tu casa a entregarte un documento para que conste "oficialmente" el acto de entrega y el contenido del documento. La diferencia con la carta certificada es que en esta solo queda prueba de la entrega, pero no del contenido. Por eso es muy habitual que las empresas envíen las carta de despido por burofax para evitarse discusiones en juicio sobre si la entregaron o sobre la fecha de entrega. Especialmente las empresas grandes, las medianas y en general las que saben lo que hacen. Pero Manolo el del bar e incluso las "asesorías Pepe" a veces prefieren la entrega en mano de la carta de despido con el truco de la firma de testigos si el trabajador no la quisiera firmar sin poner no conforme y/o si la fecha estuviera cambiada. Pues bien, una recientísima sentencia del TS ha cambiado algo el panorama de los despidos y otras notificaciones por burofax.

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        Cómo se negocia la recuperación de horas del "permiso retribuido" por coronavirus.

        Todos sabéis que entre los días 30/3/20 y 9/4/20 se prohibió el trabajo presencial en las que se definieron como actividades no esenciales (enlaces al final). Esa prohibición se llevó a cabo mediante lo que se denominó como "permiso retribuido obligatorio recuperable". Es decir que el tiempo que no hayáis trabajado durante esos días lo vais a tener que recuperar y en este artículo vamos a hablar de cómo hacerlo.

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        Subnorman, el justiciero del balcón al que ya conoces en tu empresa.

        Todos recordáis que durante la orden de confinamiento por el COVID-19 se multiplicaron los que pudiéramos llamar "justicieros de balcón". El justiciero se asomaba a vigilar quién andaba por la calle y cuando veía a alguien que paseaba sin que él supiera por qué, le gritaba, le insultaba, le amenazaba... Es verdad que había gente que se saltaba las normas del confinamiento y que eso era denunciable, pero eso no quita que también sea verdad que entre los justicieros de balcón se coló Subnorman.

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        Tipos de fraudes posibles en los ERTE.

        Hace pocos días hablábamos en Laboro sobre que trabajar estando en un ERTE es quizá el fraude más típico, tanto en los ERTE por fuerza mayor como en los ERTE por otras causas. Pero existen otras muchas formas de fraude en los ERTE que podrían aplicar los empresaurios con la ayuda de una "asesoría Pepe". Hacen contratos temporales en fraude todos los días e incluso sin que el trabajador los firme, conque no van a poder hacer trampas en los ERTE que no son ni todos los días ni todos los años. El ERTE tiene varios elementos: la empresa que lo hace, la causa por la que lo hace, con quién lo negocia, cuánto dura y a quién se le aplica. En absolutamente todos estos elementos puede haber fraude:

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        Cómo se negocia un ERTE.

        Los ERTE por fuerza mayor no se negocian sino que la empresa los solicita directamente a la autoridad laboral. Pero los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción sí que es obligatorio negociarlos con los representantes de los trabajadores. Quiénes sean o dejen de ser estos representantes no es el tema de este artículo. El tema es cómo se puede negociar y las posibles consecuencias, en líneas generales.

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        Incumplir el derecho a "permiso retribuido recuperable" podría ser sancionado con 41.000€.

        Se ha empezado a escuchar, e incluso a publicar, que el ya famoso Real Decreto sobre el "permiso retribuido recuperable obligatorio" no dispone de sanciones por su incumplimiento. Por ello, los empresaurios están diciendo que incumplir este decreto no es conducta sancionable y que que no hay peligro si se lo pasan por ahí. Se podría pensar que fuera imposible decir una subnormalidad legal más gorda si no fuera porque estamos hablando de empresaurios españistanos, cuyo desprecio por la ley solo se ve superado por su ignorancia total de esa misma ley.

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        El "permiso retribuido" por coronavirus explicado para trabajadores.

        El Gobierno no ha obligado a cerrar ciertas empresas o ciertas actividades no esenciales sino que lo que ha prohibido es el trabajo presencial por cuenta ajena en esas actividades no esenciales (listado en los enlaces del final). Por tanto, sigue estando permitido que acudan a sus empresas y centros de trabajo los empresarios, empresaurios, autónomos y empleadores de cualquier clase que no tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena. Lo cual es muy lógico porque ya sabéis que desde los primeros días se dijo que la virgen no transmite el coronavirus besando sus manos inmaculadas, por lo que menos aún lo van a transmitir los empresarios que levantan la patria y eso.

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        Actividades esenciales en las que se podrá seguir trabajando de forma presencial hasta el día 9/4/20 por el coronavirus..

        Como todos sabréis ya, el Gobierno ha aprobado un Real Decreto por el cual se ha prohibido el trabajo presencial de todos los trabajadores por cuenta ajena excepto en las actividades no esenciales entre los días 30/3/20 y 9/4/20 ambos inclusive. Los trabajadores que pueden seguir trabajando de forma presencial son los siguientes:

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        La "prohibición del despido" y otras nuevas medidas laborales ante el coronavirus.

        El BOE publica hoy en nuevo Real Decreto, ya vigente, de medidas laborales complementarias que algunos dicen que ha "prohibido despedir" durante la crisis del coronavirus. En el twitter de Laboro ya se publicó ayer que esto obviamente era mentira o al menos una exageración. Hoy, tras la lectura del BOE, se confirma esta obviedad. No han "prohibido despedir" sino que sencillamente lo han hecho menos barato y solo en algunos casos. Pero eso puede que sea lo de menos, porque el resto del decreto contiene otras medidas muy positivas para los trabajadores.

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        Derechos laborales en teletrabajo.

        En realidad, técnicamente no se llama teletrabajo sino trabajo a distancia. Los derechos en general son muy sencillos según el Estatuto de los Trabajadores: "Los trabajadores a distancia tendrán los mismos derechos que los que prestan sus servicios en el centro de trabajo de la empresa, salvo aquellos que sean inherentes a la realización de la prestación laboral en el mismo de manera presencial." Es decir que en general, la jornada es la misma, el salario es el mismo... con la excepción de los derechos inherentes al trabajo presencial.

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        Guía para trabajadores sobre los ERTE por coronavirus.

        Ya habréis visto en la tele que muchas grandes empresas ya han comunicado su intención de hacer un ERTE. En muchas otras empresas que se han visto afectadas por el coronavirus aún están de "vacaciones obligadas", con teletrabajo o echando a los temporales. Pero en muchas de ellas finalmente harán o pretenderán hacer su ERTE, porque más a huevo no se lo han podido poner. Así que de momento va a ser el tema de moda, por lo que procede hacer un resumen general para trabajadores sobre las cosillas de los ERTE relacionados con el coronavirus. Por supuesto, como siempre en Laboro, pensando en los empresaurios hispánicos y en los sindicalistos; porque para pensar en los mundos de Narnia ya tienes otras guías:

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        Los voX-Men al rescate de Españistán.

        ¿Estás preocupado por el coronavirus chino? Pues no hay motivo alguno porque se ha detectado un movimiento nacional en las redes sociales, en las "asesorías Pepe", en las empresas que siguen abiertas porque hay que currar y en las que han cerrado por ERTE. Son los voX-Men, que están organizando la salvación luchando sin cuartel contra el virus chino que la dictadura progre ha introducido mediante feminazis infiltradas en todos los pueblos y provincias de la patria.

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        El enorme fraude a la SS (sancionable para empresa Y TRABAJADOR) que viene con los ERTE por coronavirus.

        Trabajar en la misma empresa estando incluido en un ERTE de suspensión de contrato es completamente ilegal y falta sancionable para la empresa a partir de 6.251€. Pero sería doblemente ilegal y sancionable también para el trabajador si además estuviera cobrando el paro, como va a suceder en los ERTE "por coronavirus". Aunque se trabajen menos horas. En todos los casos, en todas las situaciones, de todas las formas, en todos los sitios, en todas la empresas... para Manolo el del bar, para Toñi la camarera, para Paco el del taller y para Porfirio el mecánico.

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        Nuevas normas laborales sobre el coronavirus explicadas para trabajadores.

        El nuevo Decreto (en Laboro se va a omitir el adjetivo "Real" aunque lo lleve) de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 ya está publicado en el BOE (enlaces al final). Ha entrado en vigor hoy mismo y estará vigente un mes. En materia laboral contiene nuevos derechos y modificaciones de derechos anteriores. Se resumen de la siguiente forma, incluyendo los posibles fraudes que los empresaurios intentarán con toda seguridad:

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        Lo que CC.OO., UGT y la patronal piden al Gobierno para los trabajadores sobre el coronavirus,

        En la crisis del coronavirus, de momento no se ha aprobado ninguna medida legislativa estrictamente laboral que ayude ni a las empresas ni menos aún a los trabajadores. Pero los despidos ya han comenzado y se van a multiplicar en los próximos días y horas (enlaces al final). Pero por lo visto, mañana habrá un nuevo consejo de Ministros en el que tienen previsto aprobar algunas medidas laborales. ¿Cuáles serán? Nadie lo sabe, pero lo que sí que se conoce es el documento que los sindicatos y las patronales presentaron al Gobierno el pasado jueves. Llama la atención lo poco o nada que se ha hablado de este documento, que para lo que sirve fundamentalmente es para dejar más que claro, de nuevo, la extraordinaria relación que existe entre la patronal y los sindicatos. Mejor dicho: entre CEOE-CEPYME por un lado y CC.OO.-UGT por otro lado, que son las únicas organizaciones que han firmado ese documento. Podéis leerlo antes si queréis (enlaces al final), aunque se resume de la forma siguiente:

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        Consecuencias laborales del estado de alarma o "confinamiento".

        Como todos sabréis, el Gobierno decretó ayer el estado de alarma mediante un RD publicado en un BOE extraordinario poco antes de las 00:00 de hoy. Estará en vigor desde hoy hasta el 29 de marzo, ambos inclusive, aunque podría ser prorrogado. Pues bien, aunque os parezca increíble a los trabajadores, este RD no contiene ninguna medida laboral; pero sí que contiene muchísimas otras medidas que van a tener consecuencias laborales instantáneas y muy perjudiciales para los trabajadores.

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        Medidas laborales legales e ilegales de las empresas a causa del coronavirus.

        Este artículo contiene una breve y muy resumida guía básica de derechos laborales ante el problema económico y laboral que ya ha comenzado a generar el coronavirus. Es una guía adaptada especialmente a Españistán y a los empresaurios hispánicos. Si quieres leer otra guía basada en España y los mundos de la piruleta, seguramente que las publicarán muchos diarios sepia y también algunos sindicatos de esos comprensivos que saben comportarse.

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        Es falso que el contagio o la cuarentena por coronavirus vaya a ser baja por accidente de trabajo.

        Ayer muchos lo veríais en la tele y en internet y os lo dirían en el bar. Oye Luis, que el Gobierno ha dicho que a los que tengan coronavirus o los pongan en cuarentena les van a dar la baja por accidente de trabajo, que se cobra más. Alguno os extrañariais de que en Laboro no se publicara nada ayer, ni siquiera en el Twitter. No se hizo sencillamente porque era obvio que eso iba a tener "truco" y efectivamente lo ha tenido. Como se ha dicho otras cien veces, en Laboro se analiza el BOE y no las notas y ruedas de prensa ni lo que diga un cuñao en la tele. Pues bien, esta nueva medida está en el BOE de hoy, que es lo único que cuenta.

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        Las preguntas absurdas sobre derechos de los trabajadores que empiezan por "me pueden..."

        La pregunta tipo "me pueden..." no tiene sentido alguno en el derecho laboral españistano. Ante una pregunta que empiece por "me pueden..." la respuesta es "sí" en cualquier caso porque esa no es la pregunta correcta. Precisamente, el derecho laboral españistano fue construido para que la respuesta fuera siempre "sí". Por ejemplo: "¿me pueden despedir por llevar una camiseta del Real Madrid porque mi jefe es del Barça?". Pues claro que sí. O por cualquier otra razón como quedarte embarazada, hacerte sindicalista o denunciar a la empresa. O "te pueden" mandar de vacaciones de un día para otro. O te pueden hacer que pongas el dinero que falte de la caja. O te pueden bajar a media jornada cuando quieran.

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        El Ministerio confirma el derecho a abandonar el trabajo en caso de posibilidad real de contagio del coronavirus.

        El Ministerio de Trabajo ha publicado oficialmente una "guía para la actuación en el ámbito laboral en relación al nuevo coronavirus". Contiene un criterio que podría ser extraordinariamente útil para muchos trabajadores, especialmente para los que trabajan a las órdenes de un empresaurio en vez de un empresario. Analizando esta guía junto con el resto de la legislación laboral, se puede llegar a la conclusión de que habría tres situaciones típicas posibles:

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        Reducción de jornada en 2020 para hombres y mujeres.

        Todos los trabajadores tienen derecho a reducirse voluntariamente la jornada laboral en unos casos determinados. En 2020 no hay novedades significativas en este derecho, pero sí que las hubo en 2019 en los derechos relacionados sobre permiso de paternidad, lactancia, y adaptación voluntaria de jornada. Pinchando en el siguiente enlace puedes leer con mayor detalle todo lo que se refiere al derecho sobre reducción voluntaria de jornada. Un pequeño resumen adaptado a 2020 sería el siguiente:

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        Qué pasaría si no pudieras ir a trabajar por el coronavirus o en casos similares.

        Supongamos que, a causa del coronavirus o de un apocalipsis zombie, el Gobierno o cualquier otra autoridad ordenara una especie de "aislamiento" que impidiera que un trabajador, sin baja médica, fuera a su puesto de trabajo. Las empresas tendrían una serie de derechos y opciones en ese caso, como ya están empezando a contar en algunos medios de esos de empresarios molones con gemelos. Pero se les ha olvidado comentar que los trabajadores también tendrían una serie de opciones y derechos y sobre todo que son ilegales algunas de las opciones que han dicho que tienen las empresas.

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        40 años de Estatuto de los Trabajadores. 40 años de despido libre pagando poco.

        El Estatuto de los Trabajadores se aprobó en el Congreso el 26/2/80, hace hoy 40 años, aunque no se publicara en BOE hasta el 14/3/80. Hoy vamos a hablar de cómo se aprobó, porque es muy ilustrativo al estar prevista la negociación de un nuevo Estatuto en esta legislatura.

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        Es falso que ya no te puedan despedir por estar de baja ni menos aún estando de baja.

        Casi todos los trabajadores se habrán "informado", en la tele o en el bar, de que el Gobierno ha "derogado" el art.52.d del ET que permitía el despido objetivo por acumular bajas médicas de la reforma laboral del PP. La Ministra de Trabajo ha dicho textualmente en la rueda de prensa lo siguiente: "mandamos un mensaje a la sociedad de que a partir de hoy a nadie se le va a despedir teniendo una causa justificada de baja por enfermedad [...] vamos desmontando la reforma laboral del Partido Popular [...] a partir de hoy el Gobierno de España impide que los más vulnerables puedan ser despedidos [...] este Gobierno no permitirá que se despida a alguien cuando está con una baja justificada por enfermedad" (aquí podéis ver el vídeo si tenéis cuenta de Twitter). Pero la realidad legal y sobre todo la realidad práctica es muy diferente:
        • No es cierto que ya no te puedan despedir por estar de baja ni menos aún estando de baja, que no es lo mismo.
        • No es cierto que ese despido formara parte de la reforma laboral de 2012 del PP.

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        Cómo hacen las elecciones sindicales los sindicalistos.

        Una cosa es ser un sindicalista y otra muy diferente es ser un sindicalisto. Un sindicalisto es un señor o señora que cobra del sindicato por hacer sindicalismo, es decir algo de utilidad directa y real para los afiliados, pero no lo hace. Incluso a veces no tiene ni idea de legislación laboral; no a nivel catedrático de derecho del trabajo sino a nivel Pocoyó o Dora la exploradora, incluyendo el tema de las elecciones sindicales. Hoy vamos a hablar en Laboro de cómo "hacen" las elecciones sindicales los sindicalistos.

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        Los sindicatos católicos y Pablo Iglesias.

        En general, hay dos tipos de sindicatos: los de clase y los profesionales; pero también existen los sindicatos católicos. Los sindicatos de clase obrera defienden los intereses generales de todos los trabajadores. Los sindicatos profesionales solo defienden los intereses de un colectivo o profesión, generalmente de alta formación y con mucha capacidad de presión en una huelga; como los sindicatos de médicos o de pilotos. ¿Pero los sindicatos católicos qué son?

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        A España "se le olvidó" ratificar los nuevos derechos sociales europeos.

        En un artículo publicado recientemente en Laboro hablamos de que el derecho a un salario mínimo para garantizar un nivel de vida decoroso está en la llamada "Carta Social Europea" (CSE) de 1961, que para entendernos es la Constitución europea y recoge los derechos sociales sobre vivienda, salud, educación y trabajo. Como toda norma o "tratado" internacional, la CSE fue ratificada posteriormente por España en la ya lejana fecha de 1980. Pero resulta que la CSE fue ampliada en 1996 y España aún no ha ratificado la nueva CSE revisada.

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        El nuevo salario mínimo incluye los complementos salariales y está vigente desde hoy.

        Todo lo que habías oído hasta ayer mismo sobre el nuevo salario mínimo de 950€ no era otra cosa que anuncios. Muchas veces se ha escrito en Laboro que todo es hablar por hablar hasta que sale el BOE, que es lo único que cuenta. Pues bien, ayer salió publicado en el BOE el nuevo Real Decreto sobre el salario mínimo de 2020 y ya se puede hablar en propiedad sobre cómo ha quedado realmente.

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        El número máximo de contratos temporales.

        La inmensa mayoría de contratos temporales está en fraude de ley y por ello se convierten en indefinidos desde el primer día (ved enlaces al final). Pero aunque se tratara de un contrato temporal correcto, también podría convertirse en indefinido por superación de los límites de contratos temporales. En todo caso hay un límite en el número de contratos temporales correctos que una empresa puede hacerle a un trabajador. Pero además, en algunos casos también está limitado el número máximo de trabajadores temporales en una empresa.

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        De dónde sale la cifra deseada de 1.200€ de salario mínimo. Parte 1 de 2.

        Muchos trabajadores sabréis que antes de las elecciones se anunció una subida del salario mínimo a 1.200€ (1200*14 = 16.800€ anuales) para la próxima legislatura, que es la que acaba de empezar. Pero muchos no sabréis por qué 1.200 y no 1.1100 o 1.300. Pues bien, esto tiene su origen en la legislación europea, como casi todas las mejoras prácticas que han tenido los trabajadores españoles en los últimos años. No olvidemos que la legislación europea es tan española como la de Madrid o la de Barcelona o la de Murcia, que a alguno se le olvida eso cuando habla según de qué cosas.

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        Los comités de empresa que se aburren.

        Buscando jurisprudencia, todo verdadero profesional se encuentra de vez en cuando con algunas sentencias realmente curiosas, resultado de demandas de comités de empresa que digamos que parece que se aburren y no tienen nada mejor o más importante que hacer. Uno de los casos más recientes fue el de las cestas de Navidad. Por lo visto el comité de esa empresa juzgó necesario demandarla ante la Audiencia Nacional para que a los trabajadores les dieran la cesta de Navidad, pese a que la empresa la había dejado de dar 3 años antes. Lo más curioso es que ni siquiera demandaron el derecho "general" o sucesivo a la cesta de Navidad sino solo para que les dieran la de 2016.

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        Desmontando los ataques al salario mínimo.

        Hay varios colectivos que atacan la existencia del salario mínimo, o al menos sus subidas "excesivas", con varios argumentos de bajísimo nivel dialéctico, chabacanos, pueriles o directamente falsos, muy fáciles de rebatir. Estos ataques comenzaron especialmente con la subida histórica del SMI de 2019, se redoblarán con la subida de 2020 y seguirán sobre todo si el SMI llegara a ser de 1.200€ en los próximos 4 años como está prometido. Así que vamos a desmontar dialécticamente uno a uno esos ataques, lo que no tiene mucho mérito porque es más fácil que conquistar Polonia.

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        Los empresaurios que pagan en A+.

        Todos los trabajadores saben que hay empresaurios que pagan en B y empresarios que pagan en A. Pero algunos trabajadores no saben que también existe una categoría especial y menos habitual de empresaurios, que son los que pagan en A+. Mejor dicho: hay trabajadores que cobran en B y trabajadores que cobran en A, pero también están unos pocos trabajadores que cobran en A+. Hasta que no lo leáis, algunos no os lo vais a creer.

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        El juicio penal contra los controladores aéreos explicado para trabajadores.

        Quizá hayas visto en la tele que ayer comenzó el juicio contra los controladores aéreos que hicieron "huelga" en el puente de la Constitución del 2010. Ojo porque se trata de la jurisdicción penal, no de la social (laboral). Es decir que no es un juicio de unos trabajadores contra su empresa en el que se estén jugando un despido o una sanción a causa de una "huelga", sino un juicio de unos presuntos delincuentes en el que les acusan de que esa "huelga" fue un delito.

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        Las horas extras voluntarias o "no autorizadas" también se pagan y se cotizan.

        Entre los numerosos "truquitos" chapuceros de los empresaurios hay uno que está proliferando desde que comenzó la obligación de registrar la jornada laboral. Consiste en no pagarte las horas extras porque las haces voluntariamente, es decir porque la empresa no te ha dicho o "autorizado" expresamente que hagas horas extras. Según ellos, si no te las tienen que pagar entonces tampoco las tienen que cotizar a la SS y tampoco las tienen que incluir en el registro. Quizá los chicos listos os preguntéis que si es posible que cuele un "argumento" tan absurdo y estúpido. Pues claro que es posible porque no solo hay trabajadores que se lo creen sino que además votan a los partidos políticos favoritos de los empresaurios que usan este tipo de "argumentos".

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        ¿Cuántos afiliados "auténticos" tienen los sindicatos?

        Algunos sindicatos dicen que son los verdaderos representantes de la que ellos llaman "clase obrera" o "clase trabajadora" porque tienen muchísimos afiliados. CC.OO. y UGT dicen tener casi un millón de afiliados cada uno de ellos y el siguiente no alcanza los 200.000. Habrá a quien le sorprenda la cifra e incluso quien no se la crea. ¿Dos millones de afiliados a CC.OO. y UGT? ¿En serio? Pero si la mayoría de la gente ni va a las reuniones de su comunidad de vecinos, ¿cómo es posible que haya tantos interesados en la lucha obrera colectiva y además pagando? ¿Cómo se explica que UGT tenga 5 veces más afiliados que el PSOE?

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        Jubilación en 2020. Entra en vigor otra rebaja de las pensiones.

        Algunos trabajadores ya han olvidado que en 2011 el gobierno del PSOE aprobó una rebaja de las pensiones de acuerdo con CC.OO. y UGT. El truco es que la rebaja era progresiva, para que no se notara tanto, y se empezó a aplicar en 2013, para que pareciera que era por culpa de otro y sin que los sindicatos citados hubieran tenido nada que ver. Pues bien, el 1/1/2020 ha entrado en vigor el siguiente paso de la rebaja de las pensiones y no olvidemos que se seguirán rebajando años tras año hasta el año 2027 inclusive.

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