Es cierto que la LPRL no incluye el calor; pero es que tampoco incluye las caídas de un andamio, ni la exposición a radiaciones nucleares, ni los accidentes de tráfico… No tiene algo así como una lista oficial de riesgos reconocidos, porque la LPRL no está para eso, ni ninguna otra ley básica. La LPRL lo que nos dice, en resumen, es que es una obligación de la empresa el proteger a sus trabajadores frente a los riesgos laborales, no solo de forma activa sino también de forma preventiva. Además, nos define lo que es riesgo laboral: “la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo”. Por tanto, la LPRL ya hace referencia a todos los riesgos laborales incluyendo el calor, el frío o cualquier cosa que pueda pasar en el trabajo. Es más, la LPRL indica que los agentes físicos, entre los que está la temperatura, son condiciones de trabajo. Por serlo, las empresas cuyos trabajadores puedan verse afectados por la temperatura ya tienen y siempre han tenido que tener en cuenta la temperatura en su evaluación del riesgo, en sus planes de prevención, en la vigilancia de la salud, en la protección de la maternidad, en la protección de los menores, en los recursos preventivos, en los equipos de protección y en todos los demás elementos que desarrolla la LPRL.
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Riesgos laborales.
26 julio 2022.
El calor no tiene que estar en la Ley de prevención de riesgos laborales.
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12 comentarios:
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Bueno, aparece en el R.D. 486/97 en su anexo III, marcando temperaturas máximas y mínimas en lugares cerrados y obligando a tomar medidas frente a condiciones medioambientales extremas en lugares abiertos. En la Ley no aparece, pero sí en un Real Decreto.
ResponderEliminarEse RD solo es aplicable a las diversas áreas del centro de trabajo, edificadas o no. Pero no fuera del centro de trabajo. Además de que lo fundamental es que no es un problema de legislación sino de falta de demandas y denuncias previas a los accidentes.
EliminarIndependientemente de que no haya una legislación específica sobre el estrés térmico, si existen multitud de notas técnicas, artículos e informes del INSHT y de las agencias de seguridad laboral de las CCAA.
ResponderEliminarYo creo que la responsabilidad de denunciar es de los Delegados de Prevención o del Comité de Seguridad e higiene.
Salud y feliz verano.
Los delegados y el comité se presentan en la candidatura de un sindicato. Probablemente, en la de los "sindicatos" que todos conocemos. Esos "sindicatos" cobran una asignación presupuestaria precisamente por sacar delegados en las elecciones sindicales. Además de que en esos "sindicatos" puede haber "sindicalistos" que están cobrando del sindicato gracias a la cuota de los afiliados. Los delegados/comités suelen estar afiliados, por lo que pagan al "sindicato" y al "sindicalisto", no al revés, por partido doble. Aunque ni esos delegados/comités ni el resto de afiliados sepan que el "sindicalisto" cobra, ni cuánto cobra, ni con qué derecho cobra, ni por qué cobra él y no cualquier otro afiliado...
EliminarPor tanto, si los que tienen que denunciar y demandar son los trabajadores individualmente, corriendo el riesgo de enfrentarse a la empresa, ¿para qué c... cobran los "sindicatos" y los "sindicalistos"?
En el convenio de quimicas puede aer delegado de prevención cualquier trabajador de la empresa.
EliminarEs muy grave que empleados mueran por el calor, sobretodo en el caso del empleado de limpieza urbana en Madrid se supone que el ayuntamiento controla a la empresa adjudicataria del contrato.
ResponderEliminarInspección se tiene que poner a controlar esto, ya han muerto ese de la limpieza, un buzoneador y un mecánico.
Existe la figura de los delegados de prevención que son los que deben vigilar estas cosas e incluso tienen la capacidad de detener los trabajos por riesgo grave e inminente. Yo lo he hecho varias veces. Otra cosa es que la mayoría de ellos no hagan nada y ni siquiera conozcan la legislación. Ese sí que es un problema porque no se puede poner un inspector de trabajo toda la jornada detrás del trabajador, para eso están los delegados. Si cumplieran sus funciones muchos trabajadores se salvarían. Si lo que eres es un cobarde, un ignorante y un pelota, no te metas a delegado.
ResponderEliminarLa solución a eso es no votar a los sindicatos que permiten eso
EliminarSoy delegada de prevención. De las primeras denuncias que puse fue esa. Ahora les he dado un toque para que hagan algo más porque las medidas que les mandó tomar la Inspección se van quedando cortas a medida que las olas de calor se convierten en tsunamis. Estoy preparando la siguiente,mi sindicato como tal,ni está,ni se le espera, después de sacarme yo sola las castañas en Inspección lo único que hicieron fue apuntarse el gol como si fuera mérito suyo. Y así nos va.
ResponderEliminarTe puedes cambiar a un sindicato que se ajuste a tus necesidades.
EliminarComo señala Kovaliov, los delegados de prevención, que son los delegados de personal pues la prevención de riesgos laborales es uno de sus cometidos, tienen la potestad de suspender los trabajos tras poner en conocimiento el riesgo o peligro inminente a la dirección de la empresa sin tomar ésta la paralización de la actividad. Pero es que el propio trabajador también puede adoptar justificadamente dicha suspensión de actividad si entiende que la continuidad de trabajos pone en riesgo o peligro inminente a su persona o la de otros.
ResponderEliminarEn mi trabajo no hay comité, ni delegados de nada, sólo manda mi jefe que es el dueño, es una fábrica del sector metal con unos 100 trabajadores, la de los riesgos laborales es la hija pero si no la autorizan (que no lo hacen) no hace nada, el miedo y los Padefos invaden el lugar..entonces yo, que soy la "rebelde,"pero he permanecido callada (en cierta medida) me he lesionado la espalda y las caderas básicamente por la postura. He cogido varias bajas (2 )por dolores muy fuertes, lo he comentado en la empresa, he pedido que me cambien de puesto de vez en cuando, lo he pedido por escrito hace una semana (que volví de una baja) y sabéis cuál fue su respuesta? Si no estás agusto ahí tienes la puerta,amenazas y gritos y después me ofrecen arreglarme los papeles y que me puedo ir, y que al día siguiente vaya a por los papeles y la indemnizacion, me fui y al día siguiente fui a por "los papeles" y cuál es mi sorpresa cuando en realidad era como que me tenía que ir yo ,eso sí me daba un cheque,.. ! Encima que me estaba haciendo un favor!! Obviamente me negué dije que yo no me iba a ningún lado a lo que el energúmeno echaba espuma por la boca diciéndome cosas como que no me cambiaba de faena porque no le salía de los cojones, si no puedo estar sentada pues ponte de pie (tengo 3 hernias discales y artrosis de cadera)y que ahora has podido cobrar después no te voy a pagaaaar...me fui a coger la baja por recaída, mi doctora ya me ha dicho que esta vez llegaremos al tribunal médico..tengo tiempo por delante donde sigo cobrando ,cotizando y generando vacaciones y preparando la demanda y denuncias pertinentes, además de demandar por cosas de la nómina que he visto que están mal, yo creo que por pedir un cambio de puesto y negartelo sin motivo argumentado que no sean "sus cojones" se podrá denunciar no, digo yo vamos!? Estoy afiliada a un sindicato, espero que no me fallen, si no ,lo haré según indicais aquí .Cometí un fallo muy grave que fue no grabarle , fui con toda la intención pero al entrar con toda la presión ya no me acordé, me gustaría saber la opinión de alguien sobre mi situación, o donde buscar información sobre el tema de las lesiones y cambio de puesto. Laboro que gran obra social haces informando a las personas y dándoles herramientas.
ResponderEliminarMi padre DEP, siempre iba con el convenio debajo del brazo , siempre y yo siempre he reclamado lo mío...pero me callé durante años (muy a mi pesar)en esta empresa hasta que ha pasado esto y he reventado, leerte y leer a otros me ha dado mucha fuerza para enfrentarme legalmente a él, gracias.