El complemento de pensiones por brecha de género discrimina a los hombres.

El complemento de pensiones por maternidad fue declarado discriminatorio para los hombres por la justicia europea, por lo que se creó un nuevo complemento por brecha de género para supuestamente darle cumplimiento a la sentencia. Pero en Laboro vamos a explicar y a demostrar que dicho complemento no solo sigue siendo discriminatorio contra los hombres, sino que también es ridículo.

El complemento por maternidad se creó en el año 2015 y consistía en que “las mujeres que hayan tenido hijos”, pero no los hombres, tenían derecho a cobrar más de pensión contributiva de jubilación, de viudedad y de incapacidad permanente. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció que era discriminatorio reconocer un derecho a un complemento de pensión a las mujeres «… mientras que los hombres que se encuentran en una situación idéntica no tienen derecho a tal complemento…». ¡Chorprecha! Resulta que el derecho a la igualdad es para ambos sexos y, por panto, las discriminaciones por razón de sexo no son siempre contra las mujeres.

Posteriormente se aprobó un real decreto, teóricamente para cumplir la sentencia. Pero los hechos demuestran que realmente no querían pagarle el complemento también a los hombres y para conseguirlo se les ocurrió el truco de eliminar directamente el complemento de maternidad, declarado discriminatorio, e inventarse un complemento nuevo al que llamaron “complemento para la reducción de la brecha de género”, que hoy está vigente. Todos podemos, nunca mejor dicho, suponer lo que sucedería en ciertos ministerios cuando se conoció la sentencia, teniendo en cuenta que es de diciembre de 2019 y el decreto para “cumplirla” se aprobó en febrero de 2021.

¡Atención! ¡Alerta machirula! ¡El patriarcado judicial también está infiltrado en Europa! ¡Cómo se atreven a exigir que les demos a los padres el mismo complemento que a las madres! Esto lo arreglo yo inmediatamente… ¡secretario! ábreme el Word en modo a prueba de fallos, que voy a escribir un decreto.

Vamos a demostrar de forma muy sencilla que este nuevo complemento de brecha de género no solo sigue siendo tan discriminatorio como el anterior complemento por maternidad, sino que ahora también es ridículo. Para empezar, el complemento de brecha de género se sigue definiendo en el texto legal como un derecho para “las mujeres que hayan tenido uno o más hijos o hijas”. Como haciéndoles un favor a los malvados señoros, se añaden unos requisitos “para que los hombres puedan tener derecho al reconocimiento del complemento”. Es espectacular que sea discriminatorio hasta en la definición, por describirse como un derecho de las mujeres que, quizá, haya algún hombre que demuestre merecerlo.

Las mujeres que hayan tenido hijos no tienen que cumplir ningún requisito adicional para tener derecho al complemento por brecha de género en la pensión. Basta con que sean mujeres con hijos y pensión contributiva. Por tanto, también tienen derecho a cobrar el complemento las mujeres que no hayan sufrido ningún perjuicio económico ni profesional a causa de haber tenido hijos. Por ejemplo, la mujer que haya seguido trabajando a jornada completa después de tener los hijos tiene derecho al complemento igual que la mujer que haya sido despedida o le hayan reducido el salario o la jornada contra su voluntad a causa de haber tenido hijos. El esperpento es tan grande que también tienen derecho a cobrar el complemento las mujeres que tengan la pensión máxima. Por ejemplo, las funcionarias de los grupos más altos tienen el mismo derecho a cobrar el complemento que cualquier otra trabajadora. Por lo visto a las juezas, a las catedráticas universitarias, a las jefas de servicio de las CC.AA y a las directoras generales de la Administración del Estado las putean igual en el trabajo por haber tenido hijos o tienen las mimas dificultades laborales y económicas para cuidarlos que las camareras del bar de Manolo y las empleadas de Limpiezas Corrochano. Sin olvidar que este complemento no es solo para trabajadoras por cuenta ajena, sino también para empresarias y autónomas. Por ejemplo, las marquesas dueñas de fincas, con abundante personal de ayuda doméstica, tienen el mismo derecho al complemento que Paqui la limpiadora por horas que deja su trabajo porque no le da el sueldo para pagarse una guardería. O lo que es más grande: la dueña del bar que despida y putee a sus trabajadoras que usen derechos de conciliación, tendrá el mismo derecho al complemento de pensión que dichas trabajadoras. Es superlativamente ridículo.

En cambio, los hombres que hayan tenido hijos tienen que demostrar el cumplimiento de unos requisitos adicionales para tener derecho al complemento. Quitando una situación poco habitual de viudedad con orfandad, el requisito es demostrar “haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional”. Sin necesidad de entrar en detalles numéricos, los hombres tienen que probar haber perdido el suficiente tiempo o importe de cotización a consecuencia de la llegada del hijo. Por ello, probablemente no tendrán derecho al complemento la mayoría de los hombres, porque las excedencias y reducciones voluntarias de jornada por cuidado de hijo se consideran periodo cotizado hasta 3 años y su disfrute no produce esos “agujeros” de cotización. Pero el padre que sí que pudiera probar el perjuicio tampoco tendría derecho al complemento si la madre cobrara menos pensión que él, porque en ese caso se lo darían a ella aunque no hubiera sufrido ningún perjuicio (el complemento solo puede ser para uno de los dos).

Los que perpetraron este complemento dejaron más que claro que el objetivo del mismo no es que los trabajadores que hayan tenido hijos cobren más pensión que los que no hayan tenido hijos. ¡Qué va! El objetivo ni siquiera es que los trabajadores que hayan visto perjudicada su cotización por haber tenido hijos tengan un complemento que no tengan los que no hayan tenido ese perjuicio. ¡Tampoco! ¡Eso sería machirulismo rancio! El objetivo del complemento es que todas las mujeres que hayan tenido hijos cobren más pensión, hayan sufrido o no un perjuicio de cotización causado por el hijo, sean ricas o pobres, sean trabajadoras o empresarias; pero que no lo cobren todos los hombres incluso aunque hayan tenido el perjuicio. Para conseguir este objetivo, se cargaron el complemento declarado discriminatorio por la sentencia y se inventaron el nuevo complemento, a ver si cuela (varios tribunales lo han recurrido también ante la justicia europea). Por lo visto, pagarle un complemento a cualquier persona perjudicada por haber tenido hijos, sea hombre o mujer, sería genocidio por ración de sexo de señoros de la guerra patriarcal… o algo así, que la gramática con perspectiva de género es complicada y cuesta dominarla.

Es más que evidente que el nuevo complemento sigue siendo discriminatorio por la misma razón que lo era el complemento anterior: los hombres en la misma situación no tienen el mismo derecho a cobrar el complemento porque tienen que cumplir unos requisitos que no se exigen a las mujeres. Es evidente menos para los que han encontrado en el chollo del “feminismo” simulado su forma de vida y de negocio personal, igual que otros vividores la han encontrado en el chollo del “sindicalismo” simulado. Sin olvidar que hay vividores chupando de los dos botes o que esperan chupar del otro cuando se les acabe el del uno.

Pero aún hay más. En el colmo del ridículo legislativo máximo, los que perpetraron este engendro de complemento ni se han enterado de que también discrimina a las mujeres por perpetuarlas en su papel de cuidadora de hijos. Supongamos una pareja hombre-mujer que tuviera un hijo. Si el hombre se hiciera cargo del cuidado y sufriera perjuicios por ello, puede que luego tuviera derecho al complemento en la pensión o puede que no. En cambio, la mujer siempre tendría derecho al complemento. Luego es aún más evidente que tenemos una legislación “feminista” que empuja a que sean las mujeres quienes se sigan ocupando de los hijos, porque habría menor riesgo económico para la pareja.

Se pueden poner infinitos ejemplos que demuestran hasta donde llega la incapacidad, el postureo y el descaro absoluto de los que, en última instancia, solo quieren seguir cobrando con el cuento del “feminismo”. Supongamos que tengan un hijo un matrimonio formado por una funcionaria auxiliar administrativa de un Ayuntamiento y un ingeniero de alto nivel de una empresa privada que cobra mucho más que ella. Ella sigue trabajando como siempre, porque su empleo como funcionaria es solo por las mañanas y nadie la putea por usar sus derechos de conciliación. El ingeniero se pide su permiso de paternidad de 16 semanas contra la voluntad de la empresa, que le dice que allí no es lo habitual. Cuando el niño cumple un año, la empresa del ingeniero le hace el típico despido objetivo como excusa. Después, él tarda un tiempo en volverse a colocar y además cobrando menos, porque quiere que el nuevo empleo sea compatible con poder ocuparse y disfrutar de su hijo. En este caso, la funcionaria cobraría el complemento de la pensión de jubilación pero no el ingeniero; porque aunque el cuidado del hijo le hubiera perjudicado a él en su pensión y no a ella, le darían el complemento a ella porque su pensión sería inferior. ¿A que es estupendo?

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