Los hombres pueden reclamar el complemento por brecha de género aunque CC.OO. y UGT no quieran.

Hace unos días explicamos y demostramos que el actual complemento por brecha de género en las pensiones es discriminatorio contra los hombres. Pues bien: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de dictar una sentencia que lo ha confirmado, exactamente con los mismos argumentos que usamos en nuestra explicación; lo que no tiene mucho mérito porque eran obviedades excepto para los vividores del “feminismo” de moqueta. Ahora vamos a explicar las consecuencias previsibles de esta sentencia.

La consecuencia más previsible, por no decir más segura que el anochecer, es que va a haber miles de hombres que van a reclamar que a ellos también les paguen ese complemento. Este año es de 35,90€ mensuales por hijo con un máximo de 4; por lo que puede llegar a un total de 143,6€ mensuales, que podrían reclamarse de forma retroactiva y reclamar aparte una indemnización adicional por violación del derecho fundamental a la no discriminación, como en cualquier otro caso de este tipo. Igual que en los casos de acoso laboral, despido por demandar antes a la empresa… represalia por acciones sindicales…

No es que adivinemos el futuro. Es que esto ya pasó hace pocos años, porque antes del complemento de brecha de género existía el complemento por maternidad, que solo lo cobraban las mujeres. También fue declarado discriminatorio para los hombres por el TJUE y posteriormente el TS dictaminó que el derecho de los hombres a cobrarlo era imprescriptible, por lo que hubo hombres que lo reclamaron y lo ganaron, e incluso también hay hombres que lo podrían reclamar actualmente.

Ahora pasará lo mismo con el actual complemento de brecha de género. La sentencia dice que la discriminación consiste en que a las mujeres que han tenido hijos no se les exige ningún requisito para cobrar el complemento de brecha de género, pero a los hombres sí. Por tanto, los hombres que han tenido hijos también pueden reclamar el complemento aunque no cumplan esos requisitos especiales que han sido declarados discriminatorios. Es decir que ya no tienen que cumplir con el requisito de probar que haber tenido hijos les haya perjudicado en su carrera profesional, porque las mujeres nunca han tenido que probarlo. Ya veis los disparates que sentencian los señoros de la guerra del patriarcado judicial… ¿O no se dice así? Luego consultaremos el argumentario “feminista” de moqueta, por si acaso se dijera de otra manera.

Sin embargo, el complemento de brecha de género solo lo puede cobrar el padre o la madre, pero no los dos. En caso de que lo pidan los dos, solo tiene derecho a cobrarlo el que tenga una pensión más baja. Esto no ha sido declarado discriminatorio por el TJUE, porque quien tenga la pensión más baja puede ser un hombre o una mujer. ¿Que hay más mujeres con la pensión más baja que la del padre de sus hijos? Pues estupendo, entonces habría más mujeres que hombres cobrando el complemento, lo cual no sería discriminatorio porque no se le daría el complemento a la mujer por ser mujer, sino a la mujer por tener una pensión inferior, partiendo de las mismas reglas para ambos sexos.

En resumen, pueden reclamar el complemento retroactivamente y la indemnización adicional los hombres que hayan tenido hijos y desde el 4/2/21 sean beneficiarios de una pensión contributiva inferior a la que actualmente cobre la madre de esos hijos. Pero cuidado, porque el complemento no es solo para las pensiones de jubilación, sino también para las de viudedad y las de incapacidad permanente. Los pocos hombres con pensión de viudedad pueden reclamar el complemento y no pueden “empatar” con la madre fallecida de sus hijos. Pero sobre todo hay muchos hombres que podrían reclamar el complemento de pensión de incapacidad permanente, si la madre aún no se hubiera jubilado ni estuviera cobrando otra pensión de incapacidad permanente, o si el importe de ella fuera superior.

La pregunta de los varios millones de euros es qué pasaría si le dieran el complemento al padre, por tener una pensión inferior, y la madre ya lo estuviera cobrando. Pues ahora viene lo más curioso para más de uno, porque la ley indica textualmente lo siguiente: “El reconocimiento del complemento al segundo progenitor supondrá la extinción del complemento ya reconocido al primer progenitor”. Sin embargo, hay medios publicando que “la Seguridad Social” ha dicho que el complemento no se lo van a quitar a ninguna mujer que actualmente lo esté cobrando. ¿Seguro? ¿Seguro, seguro, seguro? Porque no es eso lo que dice actualmente la ley. Ya resolverán los tribunales si lo tuvieran que cobrar los dos o solo el hombre, pero en este caso no lo podría cobrar solo la mujer.

Para finalizar, vamos a reírnos otra vez de los “sindicatos” CC.OO. y UGT, dentro de los que hay montones de vividores del sindicalismo simulado y del feminismo de moqueta. Resulta que han dicho que la sentencia no les gusta. Ellos lo que quieren es que el Gobierno se invente otro complemento con algún truco para que lo cobren solo las mujeres con hijos, sin otro requisito que ser mujer. Igual que hizo el Gobierno cuando el TJUE eliminó el complemento anterior por maternidad y lo cambiaron por el actual complemento por brecha de género. Pero ahora el TJUE se ha cargado también el complemento de brecha de género y ya no les sirve para lo que querían. Además, parece más que evidente que cualquier otro complemento que se inventaran se lo cargaría también el TJUE en caso de que los hombres no tuvieran el mismo derecho a cobrarlo que las mujeres. Por lo que los vividores de CC.OO. y UGT, a falta de argumentos jurídicos, se han puesto a pedir que cambie la legislación europea de forma que, sea como sea, permita pagarles complemento de pensión a las mujeres que hayan tenido hijos pero a los hombre no. Que dicen los vividores que es anticuado no permitirlo.

Pero ya que en CC.OO. y UGT se interesan tanto por la igualdad entre hombres y mujeres en el terreno laboral, ¿cómo es que no se han dado cuenta de que prácticamente todos los “jefes” de las tiendas de Mercadona son hombres? ¿Cómo se puede explicar que, siendo mujeres la gran mayoría de sus empleados, los jefes sean una gran mayoría de hombres, por no decir casi todos? ¿Quizá porque ser mujer con hijos sea un impedimento para ascender en esa empresa? Nooo, será la fase de la luna. No hablamos de los directores regionales ni de altos cargos, sino de los jefecillos de tu Mercadona de la esquina que empezaron de cajeros y charcuteros igual que las mujeres que no ascendieron. Los puedes distinguir muy fácilmente en tu próxima visita, porque les ponen una chaqueta supermolona de jefe chachi y se pasean por las tiendas con importantísimas hojas de papel en la mano. Pero claro, Mercadona paga los salarios y cotizaciones de las ¿decenas? ¿más de cien? liberados sindicales que pone a disposición de CC.OO. y UGT. A ver si es que nos tenemos que creer que Mercadona va a pagar personal para que la demanden o la denuncien.

El verdadero fondo de la cuestión es que es cierto que existe la brecha de género en las pensiones, entendiendo como tal que la pensión media de las mujeres es inferior a la de los hombres. ¿Por qué? Pues porque hay mujeres que se están jubilando ahora o hace unos años y que se vieron perjudicadas en su trabajo a causa de haber tenido hijos. Pues que ese perjuicio lo paguen las empresas causantes de la brecha de las pensiones. Para eso está el art.167 LGSS que regula la responsabilidad de las empresas en orden a las prestaciones y lleva un montón de años pendiente de desarrollo reglamentario. El mismo artículo que se aplica cuando, por ejemplo, una empresa tiene a un trabajador muchos años sin darle de alta en la SS, con el consiguiente perjuicio en su pensión. En esos casos, la SS debe pagar la pensión al trabajador como si hubiera cotizado normalmente y luego reclamarle el dinero a la empresa. Con las mujeres perjudicadas por sus empresas por tener hijos se podría hacer lo mismo. Pero quien no tiene la culpa de la brecha de género es la SS ni menos aún tienen la culpa los cotizantes de la SS, por lo que la brecha de género en las pensiones no la tiene que pagar la SS. Qué fácil es que CC.OO. y UGT pidan que entre todos paguemos los desmanes de algunas empresas, mientras que al mismo tiempo esas mismas empresas los mantienen y financian de múltiples formas y sus dirigentes cobran sueldos ocultándolo ilegalmente.

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