Artículo actualizado a 17/4/13 para adaptarlo a las últimas reformas laborales.
Cuando empieces en un nuevo empleo es importantísimo que guardes el anuncio de la oferta y sobre todo que grabes la entrevista sin que lo sepan, porque muchos empresarios y ETT son tan inútiles que en ambas cosas te proporcionarán pruebas directas que luego podrás utilizar en juicio contra ellos para demostrar:
- Que había fraude de ley en el contrato temporal desde el primer día, con lo que la finalización del mismo será un despido improcedente y te tendrán que pagar la indemnización máxima (45d/año de tu antigüedad anterior al 12/2/12 y 33d/año de la posterior) o bien readmitirte como indefinido. En ambos de readmisión pagándote los salarios de tramitación.
- Que tus funciones son muy superiores a la categoría que te pusieron en el contrato y nóminas, con lo que podrás cobrar la diferencia entre lo que has cobrado y lo que deberías haber cobrado en los 12 meses anteriores a la demanda. Esto además hará que suban la indemnización y los salarios de tramitación del punto anterior.
Sirva como ejemplo una oferta en cierto portal de empleo que hoy está siendo muy comentada. La oferta es de una ETT, que busca a dos dependientes para una tienda de ropa en La Coruña. La gente se está echando las manos a la cabeza porque piden licenciatura como estudios mínimos y nivel alto/conversación de inglés. Pero nadie parece haberse dado cuenta de las dos principales cagadas de la ETT al redactar esta oferta:
- Dice el anuncio: "Sus funciones consistirán en atención al cliente, realización de cobros en línea de cajas, atención en probadores...etc." Es decir, las funciones habituales de cualquier dependiente en cualquier tienda, o dicho de otra forma: atender las necesidades habituales de la empresa. Pero por otro lado dicen que el contrato es "de duración determinada", probablemente de obra o servicio o eventual. Pues bien, esta descripción de las funciones reales es una prueba como un piano del fraude en el contrato temporal. Al tratarse de una ETT, además se ha producido cesión ilegal de trabajadores, con lo que el empleado podrá optar por contrato indefinido con la tienda o con la ETT. El empleado que sea contratado puede acudir a cualquier notaría para que le levanten acta del contenido del anuncio. Lo que le costará lo compensará con creces cuando le echen, porque multiplicará el coste de la indemnización como mínimo por 6.
- Al exigir la licenciatura probablemente se están obligando a pagar el salario máximo que haya en la tabla salarial, porque en muchos convenios se recoge la categoría de "titulado superior" cuyo único requisito es que ese título haya sido una exigencia a la hora de la contratación. Lo mismo puede decirse del inglés y el plus de idiomas que existe también en algunos convenios (pocos).
Por tanto, un tipo listo no se echa las manos a la cabeza por la oferta. Un tipo listo y licenciado se presenta a la oferta y graba la entrevista (con el móvil y/o con el MP3 guardado en cualquier lugar), en la que seguro que le darán otras pruebas de fraude en la contratación y fraude en la clasificación profesional. Las grabaciones ocultas son pruebas válidas en los juicios laborales. Si es contratado, levantará acta notarial del anuncio, si aún existe. Y cuando la empresa le finalice el contrato temporal, el tipo listo les estará esperando con la escopeta de dos cañones bien cargada. En el primer cañón la demanda por despido improcedente y en el segundo la demanda de reclamación de cantidad. Además el tipo listo sabe que incluso aunque no tuviera ni grabación ni acta notarial, sería la empresa la que tendría que probar que el contrato es correcto, no él quien tuviera que probar lo contrario.
A ver si va a resultar que las empresas van a tener la exclusividad en eso de ir a lo suyo y mirar sólo por sus intereses.
Como ya se ha comentado en multitud de ocasiones en Laboro, la grabación de las conversaciones propias para utilizarlas en juicio para hacer valer un derecho es algo perfectamente legal y admisible como prueba incluso aunque los grabados no lo supieran, mientras que no se traten en dicha conversación temas pertenecientes a la intimidad muy personal (ojo, no laboral) de los otros grabados. Pronto se publicará un artículo sobre el tema en Laboro, con jurisprudencia. Suscríbete gratis y te enterarás.
De hecho, todos los días hay juicios en los que las empresas utilizan grabaciones, vídeos y fotos de los empleados (incluso sin participar en ellas), sobre todo en casos de absentismo, falsas bajas y competencia desleal. Lo que pasa es que hay mucho cantamañanas que, sin tener ni puñeterísima idea de lo que habla, afirma de forma sorprendente que los empleados no pueden usar estos medios de prueba. Sorprendente afirmación desde el punto de vista del derecho procesal, diciendo que una parte puede utilizar medios de prueba que la otra parte no puede.
Otro tema es que los empleados hayan utilizado esta posibilidad de forma marginal hasta ahora, pero eso está cambiando muy rápido (sobre todo gracias a los teléfonos móviles, que graban sin que nadie sospeche) y son ya muchos los que usan las grabaciones, especialmente en casos de acoso, y son admitidas a juicio, como en el caso que se publicó en Laboro en octubre de 2010. Lo mismo que la utilización de emails o SMS.
Hace un par de días me he comprado un bolígrafo espía que graba audio y vídeo.
ResponderEliminarAhora lo que queda es conseguir entrevistas.
Validez de las grabaciones
ResponderEliminarVULNERACION TUTELA JUDICIAL EFECTIVA - T. Constitucional
STC 201/2004, de 15 de noviembre de 2004
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados
Para Bargen:
ResponderEliminarTe puedo asegurar que lo de ldel boligrafo funciona de p... madre, garantizado.
No me lo puedo creer !!! con la de gente que quiere un trabajo, para poder pagar las deudas, o simplemente vivir sin problemas, aquí estamos esperando a tener un trabajo o una entrevista para denunciar al primero que se te ponga por delante. Con ésta mentalidad de trabajador que piensa que siempre le están engañando, no cuando trabaja, sino desde antes de empezar a trabajar, no iremos a ningún lado. Y yo solo soy un trabajador que lleva 20 años en la misma empresa y no todos son tan malos como los poneis aqui, y que hay muuucha gente que solo quiere trabajar y dejarse de problemas.
ResponderEliminarBueno, como en el mundo de los Pitufos no hay empresas que hagan contratos temporales en fraude ni con categoría inferior a la real entonces no hay problema alguno. La grabación no se utiliza y ya está.
ResponderEliminarPor cierto que haya montones y montones de personas dispuestas a comer mierda y pedir otro plato no quiere decir que los demás tengan que conformarse con lo mismo.
Además, conocer tus derechos y cómo ejercerlos sin contemplaciones no es un "problema". El problema es no saberlo, como comprobarás cuando tu empresa deje de ir bien y/o te pongas muy enfermo y te pongan en la puta calle. Entonces verás que tus 20 años no te sirven de nada y que no vas a heredar la empresa.
Al incredulo... majete, conservate en "formol" en TU empresa, que si llega, como a mi despues de 20 años, y te echan, te vas a enterar de lo que vale un peine... Muchas empresas estan abusando hasta el sadismo de una situación que normalmente el trabajador que la sufre no ha tenido la culpa, ofreciendo condiciones laborales de exceso de tiempo y carga de trabajo que ni Franco permitiria....
ResponderEliminarLaboro, te comento que he ganado el juicio por despido improcedente (fraude de contrato). El resultado son 8 meses en salarios de tramitación que me tienen que pagar (y que pagará solo una parte Fogasa).
ResponderEliminarDe momento vamos 2-0, y esto tiene toda la pinta que va a terminar como aquel España Malta (solo que estos malteses non van a marcar ni el gol de la honra).
Quisiera aprovechar para darte las gracias por abrirme los ojos (bueno y a otras muchas personas).
Para Anónimo: Aquí lo único que hacemos es tratar de que se nos respeten nuestros derechos. Por los comentarios que aquí se escriben da la impresión de que todos los empresarios son unos sinvergüenzas y que todos los contratos temporales están en fraude.
La realidad es que en la gran mayoría de los casos estas afirmaciones son ciertas, y aquí nadie tiene xq renunciar a sus derechos, xq yo no tengo la culpa de que el de la gestoria sea un inútil.
Bergen, el comentario de tu despido lo podías poner, más ampliado, en el artículo sobre contratos en fraude. Sería buen que pusieras en el mismo el contenido de la cláusula 6 del contrato (causa de temporalidad) si es que fue fraude por ser inválida o inexistente.
ResponderEliminar<muy bueno el video , mejor tomerselo asín , en mi trabajo nadie se atreve ni a reir por miedo al jefe macarra que tenemos y que a hundido la empresa ,el dice que la crisis... y yo digo si tenemos que esperar a tener buen ambiente hasta que pase la crisis estamos jodidos , yo me rio de el, de la crisis y de su pu madre .
ResponderEliminarjeje "pelotaaaaa"ste es le tipico chivato .20 añs?a saber lo que haces.Ya te enteraras de lo que es el despido cuando te echen y te falten 15 o 20 años pa jubilarte.A cada cerdo le llega su san martin.jejejej tiempo al tiempo...
ResponderEliminarNo me parece bien que se trate a todos los empresarios tan mal, hay trabajadores que aun llevando 15 años O MÁS se merecen que los pongan en la calle por cara duras que saben que echarlos es hundir la empresa y les importa un pito todo. HAY TRABAJADORES QUE SE MERECEN EL DESPIDO EEEHHH NO TODOS SON TAN SANTOS
ResponderEliminarEste "argumento" se ha repetido hasta la saciedad en Laboro y por supuesto se repite cada día entre los "empresarios" españoles.
ResponderEliminarLa contestación siempre es la misma: si es cierto que un trabajador se merece que lo pongan en la calle por cara dura y por importarle un pito todo, el despido del mismo es gratis. Despido disciplinario procedente.
Cuando no es gratis, aunque tampoco demasiado caro, es cuando lo que pasa realmente es que al trabajador se le hinchan los c... y se limita a realizar las funciones que le están pagando durante la jornada que diga en el convenio, pero por supuesto ni una hora más ni tampoco funciones superiores o inferiores. Por supuesto comienza a hacerlo cuando sabe que su despido es lo suficientemente caro como para que no lo hagan. Eso es lo que los "empresarios" suelen entender por un caradura, es decir un tio que conoce la legislación y la aplica, porque para eso está.
Por esta misma regla de tres, para este tipo de "empresarios" son también caraduras las personas que pagan sus impuestos, dejándo mal a los que no los pagan, los que cumplen con las normas de tráfico, en vez de cederles el paso a ellos que tienen mucha prisa y para algo se han comprado el BMW poniéndolo a nombre de la empresa para quitarse el IVA y el IRPF.
¿Y si no hay contrato escrito ni alta en la S.S? ¿Se podría contratar a un notario que apareciera en la empresa y levantara acta notarial para que conste que realmente trabajas allí?
ResponderEliminarEse "notario" es la Inspección de trabajo, que es gratuita. Si denuncias se presentan, no dicen el nombre del denunciante, comprueban que todos los trabajadores estén de alta en la SS y si no lo están les dan de alta de oficio con contrato indefinido.
ResponderEliminar¿es legal la "entrevista en cliente"? ¿se puede denunciar?Típico de la empresa cárnica, que te van a contratar ellos pero te mandan a las oficinas de su cliente a que te entreviste y decida sobre tu contratación.¿Puede entrevistar candidatos alguien que en absoluto va a contratar sino que lo van a trabajar para él a través de otras empresas?
ResponderEliminarNo te enteras. ¿Qué te importa que sea ilegal? ¿Denunciar qué? En el derecho laboral, cuanto peor hagas las cosas tu empresa mucho mejor para ti. La entrevista en el cliente es una prueba evidente de que existe la cesión ilegal de trabajadores desde el principio. Por tanto, déjales que la hagan. A ti te interesa que te contraten y si es por cesión ilegal mejor, porque eso implica que los despidos, traslados, etc. serían improcedentes e incluso puede que nulos.
ResponderEliminarArtículo actualizado a 17/4/13 para adaptarlo a las últimas reformas laborales.
ResponderEliminarsi en la entrevista te ofrecen un sueldo y luego en e contrato es otro inferior, ¿cuál es el correcto? Según el artículo la entrevista es vinculante, pero ¿si firmas otro sueldo, aún teniendo la entrevista grabada, se puede reclamar diferencia?
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