Despido disciplinario improcedente aun probando la falta.

Que una falta disciplinaria fuera real no querría decir necesariamente que fuera suficientemente grave para justificar el despido ni menos aún que la empresa pudiera probarla en juicio ni que el despido reuniera los requisitos de forma que correspondieran. Lo que quiere decir que ante cualquier despido disciplinario, el trabajador nada tiene que perder presentando una demanda por despido, dado que no tiene obligación de contratar abogado para ello y porque tiene ejemplos de sentencias como las siguientes:
  1. Un gerente de ventas llamó ladrón e hijo de puta al director general al discutir sobre una comisión que éste le quitó diciendo que la venta la había hecho él. El despido fue declarado improcedente considerando como atenuante el clima de tensión reinante en la empresa. Esas palabras “no pueden ser entendidas ni de un modo literal ni en su significación plenamente semántica [...] las palabras tienen un distinto significado según el tono, el contexto y al ánimo de insultar y, en función de estas circunstancias es cuando deberá valorarse si existe o no ánimo de ofender o injuriar”.

  2. Una encargada de un supermercado hizo hasta 192 llamadas particulares desde el teléfono de la empresa. El despido fue declarado improcedente porque muchas otras empleadas hacían lo mismo pero no fueron investigadas ni despedidas. “La calificación de sus excesos como falta muy grave resulta desproporcionada cuando otros posibles y contemporáneos usos desmedidos ni siquiera suscitan el interés empresarial. Esta disparidad de trato observada no puede llevar a asimilar apriorísticamente las diversas actuaciones comparadas, ya que faltan datos para efectuar una equiparación entre las mismas, pero si se constituye en causa para descubrir que la atribución de la mayor gravedad a la desatención de la demandante no se sustenta en criterios racionales y de proporcionalidad, atentos a las circunstancias del caso.”

  3. Un trabajador de baja por depresión en su empresa era socio de un restaurante y fue cazado por el típico Mortadelo en unas fotos entrando a su restaurante estando de baja en diferentes días y horas e incluso vistiendo pantalón y camisa negra. El despido disciplinario fue declarado improcedente porque “en hechos probados lo que consta es que el actor acudía al restaurante, habló con otras personas, siendo visto vestido con pantalón y camisa negra, sin que conste la actividad desempeñada.” Es decir, que una cosa es que una foto demuestre que estás en un sitio y otra cosa es que demuestre que estás trabajando en un sitio.

  4. Se declaró improcedente el despido disciplinario de un trabajador que, intuyendo que le iba a ser entregada la carta de despido, insultó al representante de la empresa y le lanzó patadas de kárate con intención de agredirle.

  5. Se declaró improcedente el despido de un trabajador que, tras una discusión con el empresario por el impago de unas dietas, le insultó llamándole “fill de puta” o “aquest home és boig”. Dice la sentencia que “la degradación social del lenguaje ha provocado que las expresiones utilizadas por el recurrente sean de uso corriente en determinados ambientes, especialmente en el marco de discusiones, y considera, por tanto, desproporcionada la calificación de falta muy grave por los mencionados insultos, teniendo en cuenta, a su vez, que éstos han sido hechos aislados”.

  6. Una empresa despide a un trabajador porque, con pruebas de Mortadelo, demostró que fingía cojera al entregar los partes de baja. Por supuesto el despido fue declarado improcedente ya que "su incapacidad laboral era objetiva y previa [...] son los servicios médicos quienes expiden los partes de confirmación semanales.” Además el trabajador fue operado de menisco después del despido. Es decir, que lo importante es que era cierto que estaba de baja y en su empresa podía fingir cojera o ser Batman de igual forma que muchos empresarios hispánicos fingen solvencia y buen servicio cada día.

Todos los anteriores son casos de despidos disciplinarios en los que la falta era grave o muy grave y estaba probada, pero aún así fueron declarados improcedentes por el juez. Todas las sentencias (excepto la última, de momento) son firmes. Pues imaginaos cuando no está tan claro que la falta sea grave, cuando no está tan claro que la puedan probar y sobre todo cuando no está clara ninguna de las dos cosas, que es lo habitual. Además en el juicio será la empresa la que tendrá que probar la causa indicada en la carta y ya no valdrá otra.

Para que una falta sea causa válida de despido disciplinario procedente tiene que reunir el grado de gravedad y culpabilidad suficiente, tomando en consideración que el despido es la sanción más grave que se puede imponer y por tanto está reservado a los incumplimientos de mayor trascendencia en las relaciones laborales. También hay que tener en cuenta que sólo se valorará la gravedad y culpabilidad cuando la existencia del hecho sancionado esté probada y/o admitida por el trabajador.

“La indisciplina configuradora del despido ha de ser clara, abierta, grave, sin motivo ni fundamento alguno, pues si concurre una causa de justificación ha de merecer un tratamiento más suave que la sanción consistente en la resolución laboral de la relación” (SSTS 26/4/88 y 24/2/90).

Por tanto, cuando un empresariete de Españistán os diga que os va a despedir gratis acumulando tres faltas leves os podéis reir de dos maneras: en su cara o en su c... Exactamente igual que cuando os diga que os va a despedir gratis porque el resto de sus esclavos va a ir al juicio a decir que os vieron haciendo no sé qué. Exactamente igual que cuando os piden que firméis la baja voluntaria porque si no os van a denunciar a la Policía por robo.

Pero, evidentemente, lo más probable es que el despido disciplinario sí que resultara declarado procedente si le arrancarais los dientes al empresario con las pinzas de la Barbie y luego le hicierais chupar limones salvajes del Caribe con las encías y todo ello registrado en BlueRay 3D o como se diga. Pero aún así sería situación legal de desempleo y tendríais derecho a solicitar el paro.

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