Qué convenio colectivo te tienen que aplicar.

El salario mínimo y la jornada máxima son obligatoriamente los que diga el convenio correcto. Por eso, hay empresas y asesórías que utilizan el truquito de "poner" o "acogerse" a un convenio que tiene salarios más bajos y/o jornadas superiores al comvenio correcto. En caso de que la empresa no estuviera aplicando el convenio correcto, podrías iniciar dos acciones legales, para las que no sería obligatorio que contrataras abogado:
  • Si el convenio correcto indicara un salario superior al que cobraras y/o una jornada máxima inferior a la que trabajaras, podrías presentar una demanda de reclamación de cantidad, añadiendo un 10% de interés moratorio. Para lo que dispones de un libro en PDF que explica el proceso e incluye los modelos necesarios para los casos habituales.
  • Procedería denuncia ante Inspección de Trabajo para que la empresa aplicara el convenio correcto en general a toda la plantilla. También para que pagara las cotizaciones derivadas de la deuda salarial o de las horas extras ilegales realizadas, además de la posible sanción por las faltas cometidas, que podrían ser varias. Podrías aprovechar la misma denuncia para cualquier otro incumplimiento de la empresa en cualquier otra materia laboral, tanto si fueras tú el afectado como si lo fuera el resto de la plantilla, total o parcialmente. En Laboro te proporcionamos el servicio profesional de redacción de denuncias ante Inspección de Trabajo.

Una empresa puede tener su propio convenio de empresa o no tenerlo. En caso de que no exista convenio propio en la empresa en la que trabajas, esta tiene que aplicar el convenio sectorial, sea el de comercio, el de hostelería, el de transporte... Pero las empresas no pueden escoger el convenio sectorial que les guste sino que tienen que aplicar obligatoriamente el que les toque. El art.82.3 del ET dice textualmente: "Los convenios colectivos regulados por esta Ley obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación y durante todo el tiempo de su vigencia."

En cada convenio, normalmente en los primeros artículos, se indica cuál es su ámbito de aplicación. Por ejemplo, puede decir que se aplica a las empresas dedicadas al comercio al por menor en la comarca de Los Filabres. Pues bien, si alguien montara una tienda en la comarca de Los Filabres, tendría que aplicar este convenio de comercio le gustara o no, por supuesto incluyendo sus tablas salariales, su jornada laboral, sus días de libre disposición, etc.

El truco de "equivocarse" de convenio tiene algunas variantes:

  • Aplicar el Estatuto de los Trabajadores. Puede que te hayan dicho alguna vez aquello de "en esta empresa no tenemos convenio y aplicamos el ET", con el único objetivo de pagarte el salario mínimo o poco más y que tengas la jornada máxima permitida, que son 40h semanales en promedio. Pero son muy extraños y difíciles de encontrar los casos reales en los que esto sea cierto. Hay montones de convenios, tanto estatales como autonómicos como provinciales. Es muy raro que la actividad real (no la ficticia que digan los papeles, ojo con esto) de la empresa no esté en el ámbito de aplicación de ninguno. Sobre todo teniendo en cuenta que en caso de duda probablemente sería aplicable el convenio de oficinas y despachos, ya que éste se suele definir precisamente para estos casos en los que no haya otro convenio aplicable. Digamos que suele ser algo así como el convenio "por defecto".

  • Aplicar otro convenio diferente con salarios más bajos. Casos típicos de aplicación que puede estar "equivocada" son: convenio del metal a los informáticos e instaladores de aire acondicionado, construcción a los ingenieros y arquitectos, campo a los jardineros, madera a las tiendas de muebles, metal a los vendedores de coches, comercio a los mecánicos de los concesionarios de coches, grandes almacenes a los supermercados, comercio a las ópticas y perfumerías... Por supuesto el truco más habitual es aplicar oficinas y despachos (suele tener salarios muy bajos y jornadas altas) a las inmobiliarias, agencias de seguros, agencias de publicidad, prevencionistas y a todo lo que se les ponga por delante que tenga una mesa, una silla y un Pentium II revenío. No siempre estos ejemplos son "errores". A veces sí es correcto aplicar metal a los vendedores de coches, por ejemplo. Depende del caso particular, porque depende de la actividad real de la empresa y de la provincia donde se trabaje.

  • Aplicar el convenio correcto pero de otra provincia. Caso de la típica cadena de comercios que aplica el convenio de comercio de la provincia donde está su central si los salarios son inferiores al convenio de la provincia donde esté la tienda. Pero resulta que hay que aplicar obligatoriamente el convenio que corresponda a la provincia donde se trabaja, aunque la empresa esté en otro lugar, salvo en casos de desplazamiento en los que al trabajador le estén pagando dietas.

  • Cambiar de convenio. Si no se puede elegir el convenio, menos aún se puede cambiar mientras que la actividad real de la empresa no cambie. No vale con que sólo cambie la actividad ficticia que diga en la documentación oficial, es decir que de nada les vale cambiar el objeto social de la empresa, cambiar el IAE o incluso crear una empresa nueva.

En caso de convenio "equivocado" da igual que hayas firmado lo que sea, ya que la doctrina del TS es clara: no es válida la "renuncia" o "cambio" de convenio en el contrato. Si crees que te han aplicado el truquito puedes dar por casi seguro que te están pagando menos de lo que te corresponde. ¿Para qué te crees que se "equivocaron" de convenio si no? Son muy habituales los casos en los que pagan 300€ menos cada mes tranquilamente. Pues bien, en casos así podrías interponer una demanda de diferencias salariales en la cual podrías recuperar una cantidad de dinero que ni tú mismo te creerías y esta demanda la podrías poner tanto mientras sigas trabajando allí como después de que te echen. De la primera forma no te podrán despedir a consecuencia de la demanda ya que sería uno de los casos de despido nulo "de libro". De la 2ª forma podrías demandar sin que la empresa pueda readmitirte, si no quieres, y además compatibilizar la demanda con el cobro inmediato del paro.

Lo malo de todo esto es que sospechar que el convenio que te han puesto no es el bueno puede no ser demasiado difícil, pero saber cuál sí que sería el bueno puede ser muy complicado incluso para un profesional. Incluso hay veces que, hasta sabiendo cuál es, es difícil encontrar el texto oficial y/o estar seguro de que es el último publicado. Si no lo tienes claro, puedes utilizar el servicio profesional de consultas laborales privadas para particulares sin necesidad de indicar la empresa de la que se trate.

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