Modificación. | Traducción. |
La demanda por acoso será indiscutiblemente por la modalidad de tutela de derechos fundamentales. | La demanda y sus recursos tienen preferencia total sobre el resto de asuntos del Juzgado y hay derecho a indemnización aparte del resto de indemnizaciones y sanciones que pudiera haber. Es decir que el juicio será muy rápido y tendrán que pagar mucho dinero incluso aunque el trabajador no se vaya de la empresa. |
El acoso no tiene que ser directamente de la empresa que te contrata sino que puede venir de cualquier tercero vinculado a la empresa por cualquier razón, laboral o no. | Podrás elegir demandar sólo a la empresa o sólo al acosador como persona física o a los dos. Si te paga una empresa pero trabajas en otra (por subcontrata o ETT) podrás elegir entre las dos empresas o demandar a las dos. Lo mismo si quien te acosa es un familiar, amigo, socio o empleado del jefe de cualquiera de las dos empresas. La elección de la persona y/o empresa demandada es cuestión de estrategia judicial, dependiendo de lo que quiera conseguir el trabajador. |
La demanda de acoso se puede acumular con las de despido, extinción de contrato, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, las de disfrute de vacaciones, las de materia electoral, las de impugnación de estatutos de los sindicatos o de su modificación, las de movilidad geográfica, las de derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, las de impugnación de convenios colectivos y las de sanciones. | Si el acoso consiste en un despido, cambio de horario, vacaciones no deseadas, negación de vacaciones, traslado, negación de reducción de jornada o sanciones falsas podrás meter todo en la misma demanda y el proceso seguirá teniendo la misma prioridad. Antes eran demandas diferentes. En la misma demanda podrás rescindir voluntariamente el contrato, cobrando dos indemnizaciones: la del acoso y de la rescisión y con derecho al paro. |
Se admite la solicitud de medidas cautelares. | En los casos más graves, con sólo solicitarlo en la demanda el juez podrá dispensar al trabajador de su obligación de seguir trabajando hasta que haya sentencia; pero la empresa tendrá que seguir pagándole el salario y la cotización a la SS. También se puede pedir el traslado del trabajador o del acosador, el cambio de horario de uno o de otro o cualquier medida que sirviera para preservar la efectividad de la sentencia. |
No hay que olvidar que el acoso laboral ya está reconocido también como delito y falta muy grave en el Código Penal y en la Ley de Infracciones, respectivamente. Por otro lado, a estas alturas ya es indiscutible la doctrina del TC que dice que las grabaciones son admisibles como prueba en el juicio aunque el acosador no sepa que le están grabando y quien diga lo contrario está demostrando que no tiene ni puñeterísima idea de lo que habla. El único requisito es que el tema fundamental de la conversación no trate sobre la intimidad más personal del grabado y que el grabador participe en la conversación. Incluso recientemente hubo una sentencia que admitió una grabación oculta de una conversación en la que ni siquiera tomaba parte el trabajador demandante. Teniéndolo todo en cuenta, el empresariete macarra que decida acosar a un trabajador por cualquier razón se puede encontrar con que éste le grabe, le demande y entonces pase lo siguiente:
- Que a los pocos días de la demanda el acosado ya no tenga que volver a trabajar, pero la empresa le tenga que seguir pagando y cotizando.
- Que haya un juicio rápido en el cual condenen a la empresa y/o al acosador como persona física al pago de una indemnización por el acoso y no precisamente de poco dinero. Es decir que de nada le valdrá que la empresa no tenga bienes como es habitual, porque le cobrarían a él directamente. Traduciendo: que al macarra le embargan sus cuentas personales, el piso y el coche.
- Que si el trabajador lo pide en la misma demanda, la empresa (no el acosador) tenga que pagar también la indemnización de 45d/año por extinción voluntaria del contrato, con lo que el trabajador se marcharía definitivamente habiendo cobrado dos indemnizaciones y con derecho al paro. Es decir, lo mismo que si le hubiera despedido, que seguramente sería lo que el empresariete quería evitar con el acoso.
- Que tras ganar la demanda, el trabajador le ponga aparte una denuncia penal al acosador como persona física. No necesitaría abogado ni pruebas ya que como tal ya tendría la sentencia ganada del Juzgado de lo Social. O sea, gratis total. Esta denuncia podría llevar al acosador a prisión hasta dos años o al pago de una multa, aparte de las dos indemnizaciones anteriores.
- Que tras ganar la demanda, el trabajador le ponga aparte una denuncia a la empresa ante Inspección de Trabajo, que también es gratis total, la cual podría llevar a la imposición a la empresa de una sanción mínima de 6.251€ y máxima de 187.515€, por supuesto aparte también de todo lo anterior.
Como aclaración final, teniendo en cuenta el contenido de casi todos los artículos publicados en Laboro en el último año y medio, parece conveniente añadir que no estás fumao (se supone) y que has leído bien (se supone). Que es verdad que esto es una reforma favorable a los trabajadores. Muy favorable.
Ole, ole, y oooole que me lo digan a mi sí sirve o no sirven las grabaciones, pues tengo una demanda interpuesta a mi empresa por violación de los derechos fundamentales, con grabación a la mayoría de mis compañeros con teléfono móvil, es lo primero que pidió la letrada del sindicato que me representa son pruebas de Audio perfectamente admisibles.
ResponderEliminarEspérate y verás tú cuando los pongan a todos delante del juez se van a cagar las patas abajo. Por listos, por cierto si vuestro móvil graba en formato (AMR), en internet encontrareis totalmente gratis conversores, a mp3 para audio y también para video. Solamente era un apunte, para que no tengas que gastar dinero en una grabadora.
Es normal que hagan reformas favorables a los trabajadores, el problema es que no van a dejar ninguno para aprovecharlas. :D
ResponderEliminarMe parece un error total. Se abre una puerta a la masificación de denuncias falsas ante cualquier tipo de despido. A partir de ahora, cualquier trabajador, haya sido o no acosado, podrá interponer denuncias falsas contra su despido, sea justo o no, y eso traerá malas consecuencias para el empleo.¿Que trabajador, en su sano juicio, no va a aprovechar esta ley para amedrentar, amenazar y aprovecharse del contratador, en cuanto le despida o le cambien cualquier condicion laboral aunque sea por verdaderas causas motivadas? Les sale gratis y no tiene contrapartidas. Me recuerda mucho a la ley de violencia de genero, que con toda la buena intención, se convirtió en un autentico infierno para cientos de miles de hombres inocentes y, para colmo, no resolvio el problema. Esto traerá graves consecuencias para el empleo. Al tiempo.
ResponderEliminarHay que ver los resultados penosos que produce escribir sobre algo sin tener ni la más mínima y/o puñetera idea de lo que se habla.
ResponderEliminarSi como dices la denuncia es falsa, no se gana el juicio. No hay "presunción de veracidad" (por llamarla de alguna forma) como sucede en las denuncias de violencia de género. Además si hay temeridad y/o mala fe en el proceso puede haber imposición de multa de entre 180 y 6000€.
Pero eso sí, cuando el trabajador tenga razón tendrá todas las de ganar y nada que perder... como debe ser y como ha sido desde hace mucho tiempo, porque el derecho a la justicia gratuita en lo laboral no es nuevo sino que lleva en vigor al menos desde el año 96. Es decir que la nueva LJS ha introducido mejoras fundamentalmente en la rapidez. Antes las consecuencias para el acosador podían ser las mismas, pero de forma muchísimo más lenta y teniendo que acudir a lo Civil.
Quiero contestar Hominis Provecta, ¿no te parece un error que en los despidos los motivos, la mayoría de veces por no decir todos, las causas son inventadas? y la mayoría de los trabajadores no dice nada por desconocimiento, ¿quién gana y quien pierde?, dime, dime tú.
ResponderEliminarNo te parece un error por no decir una canallada, que tengas trabas a la hora de denunciar un acoso que sufras en el trabajo, porque la mayoría de las veces este es de índole descendente yyyy el tiempo del juicio se alarga y tú sigas sufriéndolo, porque el cuervo negro, piense que siempre puede salir volando, perooo si ahora al cuervo le enseñas un arma en la que comprenda que le podemos cortar las alas y enjaularlo, ¿qué crees tú que hará? ¿Que seguirá insistiendo en tu campo ó te dejara en paz?
Con referencias a condiciones laborales no te olvides que todas ellas están protegidas por RD y estatuto de los trabajadores, que no es otra cosa que el esfuerzo y reivindicación de los propios trabajadores que luchan y alguno de ellos murieron, o tú eres de los que piensa que un buen día el empresario se levanto de hacer la siesta y dijo… voy a conceder 30 días de vacaciones a todos mis trabajadores entre una de las cosas.
Intente ser lo más comedido posible y sin querer faltar el respeto a los TRABAJADORES.
Alabado sea Laboro! No tengo más remedio que decir que GRACIAS, todas estas cuestiones si no te las cuentan y explican como vosotros, no las sabriamos y no tendriamos ni puta idea de como va el tinglado de los derechos laborales. Seguir así que esto funciona.
ResponderEliminarYo precisamente entre hoy mañana voy a presentar una demanda pidiendo la rescisión de contrato por retraso en el pago de las nóminas y por la modificación sustancial de las condiciones laborales. Estoy a la espera de que el abogado tenga claro que puedo pedir el no tener que trabajar mientras sale la sentencia.
ResponderEliminarMi caso es que dejarón de pagarme regularmente y llevo unos 6 o 7 meses cobrando con un mes de retraso, venía haciendo 2 horas extras más sin remunerar diarias con lo cual le explique al jefe que eso se había acabado y que de ahora en adelante iba a hacer mis 8 horas. El tipo se enfadó y me dijo que hiciese las 8 horas pero que me ponía él el horario y para iuntentar putearme me dijo que por las tardes fuese de 6h a 8h, se lo pedí por escrito y se negó ( evidentemente porque no lo puede hacer así como así ). Además nos había rebajado el sueldo un par de veces en lo que va de año.
Así que denuncie ante la Inspeccion de Trabajo ( que por cierto hace más de 2 meses y no sé nada ), tuve que coger la baja por estres porque aunque ellos no se lo crean estas cosas pasan factura a nivel fisico y ahora a esperar.
Espero que no se haga muy larga la espera aunque como mi empresa está en concurso mi caso supongo que lo llevará el juzgado mercantil aunque haya entrado en vigor la nueva ley.
Hay mucho sinverguenza en esta vida...
Este tipo de reclamaciones pueden generar efectos perversos. De hecho, ya existen: la obsesión de tantos empresarios por reducir personal se debe a unos costos excesivos, asociados con una judicialización creciente de las relaciones con su personal...
ResponderEliminarYa sé que existe una disparidad tremenda entre las posibilidades reales de empresario y trabajador, y que la ley debe introducir el sesgo contrario para equilibrar las cosas. Sin embargo, me da la impresión de que, a este paso, no van a quedar empresarios...
Si los empresarios que no van a quedar son los que no cumplan con las medidas de prevención y/o comentan otras ilegalidades, ya pueden ir saliendo por la puerta. Ellos mismos suelen decir que el trabajador al que no le guste lo que hay que se vaya, que hay otros 1.000 trabajadores esperando para ocupar su puesto de trabajo. Pues a ellos les aplicamos su misma medicina: a los que no les guste que les demanden para hacerles cumplir las normas, que se vayan, que hay otros 100.000 empresarios esperando para ocupar su puesto en el mercado.
ResponderEliminar¿Ah, sí?¿Efectos perversos?¿Y las reclamaciones de imponer el contratito de 400 euros?¿Y el contrato de aprendiz de 426?¿Y las reivindicaciones de la CEOE y similares de que hay que abaratar despidos?¿Y las últimas noticias sobre que el trabajador no pueda reclamar a la justicia los abusos como en el despido objetivo?¿O declaraciones de un abogado que apuesta por suspender la eficacia del Estatuto de los Trabajadores y todos los convenios colectivos?
ResponderEliminarEso son medidas cojonudas para que los pobrecitos inocentes y trabajadores de los empresarios puedan por fin activar la economía. Pobrecitos ellos, que se tiran 14 horas trabajando en su empresa, incluso en puestos que no son de su competencia, a veces sin cobrar hasta el día 15 si es que llegan a cobrar, y sacan las castañas del fuego de toda la empresa...oh wait, en realidad eso es lo que YO hago en mi trabajo, y soy empleada no empresaria. Jefes que llegan tarde a trabajar, que vienen de 9 a 14h si eso y ni los ves fines de semana o festivos, que trabajo a 30h pero según ellos tengo que hacer las horas máximas del convenio, que tengo 4 semanas de vacaciones, que son 28 días, y no los 30 que tengo reconocidos por ley, que me racanean pluses y que hacen lo que les sale de las narices con el pago de las nóminas, no digamos ya de las pagas extraordinarias. Gente que pasa los gastos personales por la empresa (como comidas y cenas, bebidas, seguros, canal plus y otras lindezas) y luego te dice con lágrimas que no tiene con qué pagarte este mes. ¡POBRECITOS!
Señoras y señores, reconózcanlo de una vez, NO SON SERIOS. Lo que tienen son ferias y chiringuitos, ni puñetera idea de dirigir equipos y aún menos de dirigir empresas. Lo que quieren es llevárselo fijo y calentito todos los meses sin tener que dar palo al agua, y no les importa si dejan a familias al borde de la quiebra ni les importa si les están destrozando con su actitud de neandertal. Métanse de una puñetera vez esto en la cabeza:
SI PAGAS CON CACAHUETES, OBTENDRÁS MONOS.
Por eso las empresas que de verdad son serias y tratan a sus trabajadores con dignidad son las únicas que están progresando. Y los trabajadores que no tienen la suerte de encontrarse con sitios así se largan al extranjero donde les valorarán mucho más, y no sólo a nivel monetario. Así pasará, que tendremos un país lleno de monos dirigidos por el paleto que les da cacahuetes.
Hay que ver los resultados penosos que produce escribir sobre algo sin tener la más mínima y/o puñetera falta de sectarismo sobre lo que se habla.
ResponderEliminarCuando te interesa te acoges al realismo, pero cuando no te interesa, te acoges a la teoría.
Sabes perfectamente que a la hora de la verdad, los jueces de lo social son mucho mas proclives a ponerse de parte de los trabajadores que de las empresas, así que no hace falta mucha exageración o manipulación de pruebas para que el juez le de la razón al trabajador.
Del mismo modo que sabes perfectamente que demostrar una denuncia falsa o temeraria es prácticamente imposible. Y si no lo sabes, ya te lo digo yo: demostrar el dolo/mala fe es IM-PO-SI-BLE a no ser que el trabajador sea tan tonto (pero tannn tonto) de declarar en la vista oral que lo hizo por mala fe o reconocer en una grababación o ante testigos que lo hizo por intereses espurios.
La suma de las dos cosas hace que denunciar a la empresa, aparte de gratis, resulte facilísimo. No tiene ni costes ni consecuencias para el denunciante. En cuanto empiecen a aumentar los casos de denuncias por acoso laboral,ya veremos a los empresarios recular. Si no aumentan, me comeré mis argumentos y tendré que tragarmelos con patatas.
Y lo que ya me parece de traca total es lo de que también sea responsable "un familiar, amigo, socio..." O sea, que cualquiera puede acosarte (aunque el dueño de la empresa no tenga nada que ver) y tu vas y denuncias a tu empresa. Con dos cojones. Y como puedes elegir a quién denuncias, ya tienes la alfombra roja para conchabarte con cualquiera que diga que es amigo del jefe y te "acose" pero luego tu no denuncias a este colega, sino al dueño de la empresa. Cojonudo. El colmo del disparate jurídico.
¿Pero sabes lo peor de todo? Que esta ley al final, no la usarán los verdaderos acosados, que suelen estar en otras cosas(pasándolas putas, por ejemplo). Será una herramienta perfecta para muchos canallas que van a ver una oportunidad dorada de ser mas canallas aún. Que ni los empresarios son el demonio, ni los trabajadores somos los ángeles del paraíso.
Estamos acostumbrados a pensar en las "empresas" como en mastodontes frios e impersonales (tipo bancos o grandes superficies), con sus ejércitos de abogados dispuestos a despellejarte, pero la realidad es bien otra, pues las empresas mayoritarias en España suelen ser pequeñas, familiares y con pocos trabajadores (entre 2 y 20 ), que no tienen ni recursos ni abogados con cuernos ni departamentos de Recursos Humanos infernales, listos y dispuestos a triturar a los obreros.
Chon ¿de dónde sacas que la mayoría de los motivos de los despidos son inventados? Yo lo que veo todos los días en mi trabajo es justo lo contrario.
En fin, que esto es solo una reflexión. Iremos viendo como avanza el asunto y dentro de unos años podremos analizar objetivamente si la cosa se desmadró o al final no era para tanto.
Por cierto, lo cortés no quita lo valiente. Es decir, excelente página y excelentes libros, que cada vez que me quiero tirar un pegote con un amigo, le regalo uno de los tuyos, que el mejor de ellos(muy buena la actualización 4.0), sigue siendo el mas véndido de Lulu (muy merecido).
No tienes absolutamente ninguna razón. En los temas de maltratatos a la mujer puede que se haya impuesto otra forma de actuar, pero en lo laboral no. Las mentiras en lo laboral tienen las patas muy cortas y como al final el tema de apreciar la violación de derecho fundamental en los casos de acoso es algo subjetivo, porque no hay datos objetivos que puedan definirlo, el juez hace lo que quiere. Si has visto alguna vez a un acosado sabrás que se nota A LA LEGUA cuando es verdad lo que dice, o lo que es lo mismo, se nota cuando no es verdad.
ResponderEliminarY con respecto al familiar, de nuevo hablas sin informarte antes porque la nueva redacción admite que el acoso venga de otra persona cualquiera relacionada con el empresario "por cualquier título", pero obviamente el acoso tiene que producirse dentro del ámbito de la relación laboral, no fuera de él, y más obviamente aún será el trabajador quien tenga que probar que la relación existe. Es decir que esto está pensado para cuando te acosan con un contrato de ETT, como pasa muy a menudo, o en la empresa cliente de una cárnica o cuando te acosa la mujer del jefe, que trabaja en la empresa pero no figura ni como administrador ni como empleado.
Además todos estos añadidos no son más que haber incorporado en la Ley la jurisprudencia que ya existía, que por cierto (hablando de memoria) ya estaba en las preguntas de acoso de la versión 4.0 del libro.
Te coges a cualquier profesional laboralista y le preguntas cuántas veces le ha propuesto un trabajador demandar a su empresa mediante un montaje "para joder", digamos que para sacar dinero al que no tuviera derecho tras haber sido tratado correctamente por una empresa. Cualquiera te dirá que eso no lo ha visto nunca o casi nunca.
Leyendo tu argumentación me quedo algo mas tranquilo. Sigo sin tenerlas todas conmigo pero a la vista de tus razonamientos confieso que me has convencido casi del todo. De todos modos, no es tan sencillo como que un "trabajador haga un montaje para joder", sino que hay gente que se exalta muy fácilmente y a cualquier cosa le llaman acoso y luego se autojustifican. Las que denuncian maltratos falsos tampoco llegan a los despachos de los abogados y les dicen "que quiero sacarle todo el dinero a mi marido y dejarle sin los niños poniendo una denuncia falsa". Eso no funciona así. El proceso cognitivo que mueve estos comportamientos resulta mucho mas complejo e interviene una autojustificación enfermiza que hasta conseguiría pasar un detector de mentiras.
ResponderEliminarEsperemos que tengas razón (en absoluto me gustaría tener razón yo, que conste) y la cosa no se desmadre. Será bueno para todos.
Por cierto, ya que estamos, a tu artículo "como bloquear el despido" le falta precisamente el último tipo: la violencia de género. Una victima de maltrato, no puede ser despedida por el ejercicio de los derechos de reducción o reordenación del tiempo de trabajo o de suspensión de la relación laboral (art. 55.5 b) ET:
http://www.legaltoday.com/actualidad/noticias/despido-de-una-victima-de-violencia-de-genero
Es una forma tan válida como otra cualquiera de blindar el despido, pero no aparece en tu recopilación. No estoy diciendo que haya que denunciar en falso para bloquear un despido, solo digo que esa posibilidad existe y, como tal, sería bueno que la incorporaras al artículo.
Ale
Una cosa es ver los toros desde el burladero y otra muy diferente, es salir al ruedo delante del morlaco, cuando yo comparto una opinión, son, siempre experiencias vividas, y esta última aun estoy delante del morlaco…
ResponderEliminarEste enlace Oslo dejo solo con ánimo de dar a conocer los que muchos quieren tapar, y los/as que lo sufren callan por desconocimiento de sus derechos en el trabajo:
ResponderEliminarhttp://www.mitele.es/programas-tv/diario-de/temporada-10/programa-104/
Para todos los padefos que tan ricamente están tras el burladero viendo como despiden todos los días a quienes abren la boca con solo un fin, el que se les respeten el derecho laboral, muy a mi pesar y creoooo que no me equivocareeeee, más de uno des pues de ver semejante humillación a una trabajadora la tachara de lo que no es, pero ese es el pensar del ejercito de los padefos.
¿Tú también miras para otra parte en casos similaressss ?
¿Tienes hijas/os, o pareja? ¿Te mostrarías indiferente a tal atrocidad?
Porque eso es lo que les estaremos dejando si miramos para otra parte y no hacemos nada.
¿¿ Para cuándo el tema "mobbing" entre "compañeros" ( por llamarlos de algun modo ) en el trabajo???
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