Finalización del derecho a reposición de 180 días de paro en los ERTE.

Muchos trabajadores saben, por experiencia propia o ajena, que cuando se hace un ERTE (ERE temporal de suspensión de contrato o reducción de jornada) en una empresa tienen derecho a cobrar el paro y que el SEPE les repone posteriormente 180d del paro que gastaran en el ERTE. Por supuesto, lo saben también casi todas sus empresas y especialmente las asesorías Pepe porque de hecho ofrecen esta reposición del paro gastado como un "caramelo" en la negociación del ERTE. La cosa viene a ser así: os echamos a la calle temporalmente y sin indemnización durante 6m, cobráis el paro esos 6m y luego el gobierno os lo devuelve. El trabajador, tan mal informado como de costumbre, piensa que tiene mucha suerte porque se va 6m de vacaciones pagadas y que su empresa es mu buena y siempre piensa en él y que en el SEPE cae el dinero del cielo y atan los perros con longaniza.

Pues bien, sencillamente esto se ha acabado. Esta era una medida temporal que se aprobó inicialmente en el 2009. Posteriormente fue prorrogada por 1ª vez a principios de 2012 y por 2ª vez a principios de 2013; concretamente el 25/1/13 y de ello se informó en Laboro, por lo que todos los suscriptores se enteraron inmediatamente. ¿Y en el 2014 qué? Pues en el 2014 nada. No han aprobado una nueva prórroga. Por supuesto, el gobierno no tiene que aprobar un RD que diga que no van a aprobar un RD con una nueva prórroga al igual que tampoco tiene obligación de aprobar un RD que diga que no van a aprobar un RD que diga que hay que leerse el BOE cuando establece una fecha de finalización sobre algún tema. Por tanto, en los ERTE que se aprueben o se hayan aprobado desde el 1/1/14 no habrá reposición del paro que gaste el trabajador, si es que lo gastara porque por supuesto no es obligatorio pedirlo.

¿Es posible que aprueben posteriormente una nueva prórroga y con carácter retroactivo para todos los ERTE firmados desde el 1/1/14? Eso fue exactamente lo que sucedió el 25/1/13 respecto a los ERTE firmados desde el 1/1/13 y hasta el 31/12/13. Por supuesto podría suceder, pero ya estamos a 10 de febrero de 2014. Si quisieran hacerlo probablemente ya lo habrían hecho. Por otro lado, desde el 1/1/14 las empresas de menos de 25 trabajadores ya no pueden hacer despidos objetivos pagando sólo el 60% de la indemnización y que el otro 40% lo pague Rita la cantaora el FOGUASA sino que tienen que pagar en todo caso el 100% de la indemnización. Además, ahora cotizan a la SS el transporte y la comida, entre otros conceptos que antes no cotizaban. Es decir que el objetivo clarísimo del gobierno en temas de prestaciones laborales es gastar menos e ingresar más. Además dicen que la crisis ha pasado, que el monstruo se ha ido porque papá Marianito lo ha matao y que os durmáis otra vez y dejéis de dar por saco. Por tanto, que prorrogaran la reposición de 180d de paro para los ERTE del 2014 no es imposible, al igual que no es imposible que Españistán gane la medalla de oro en saltos de esquí de trampolín largo.

Con respecto a los ERTE iniciados antes del 1/1/14, los trabajadores afectados sí que tendrán derecho a reposición de hasta un máximo de 180d del paro que gasten, pero sólo si cumplen las siguientes condiciones:
  1. Que el ERTE se aprobara durante el 2013 y que antes del 31/12/14 haya un despido objetivo individual, ERE de extinción o concurso de acreedores. Es decir que no hay reposición en caso de finalización de contrato temporal ni nunca la hubo.
  2. El mismo caso para los ERTE del 2012 con despido antes del 31/12/13. Es decir que que los trabajadores cuyo último ERTE sea anterior al 1/1/14 y aún no hayan sido despedidos ya no tendrán derecho a la reposición. Pero no porque lo hayan eliminado ahora sino porque nunca lo tuvieron. Nadie es responsable de informar a quien no pone interés alguno en informarse él mismo.
  3. El mismo caso para los ERTE aprobados entre el 1/10/08 y el 31/12/11 y con fecha de despido entre el 18/6/10 y el 31/12/12.
  4. Que en caso de tener derecho de opción entre el paro generado antes del ERTE y el generado después, optaran por el anterior.

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