Según la AN, los permisos retribuidos cortos son todos menos el de matrimonio. ¿Por qué? Porque el art.37 ET indica que los 15d de permiso de matrimonio son "días naturales" mientras que sobre los otros permisos solo dice que son "días", por lo que la AN interpreta que estos son laborables. Pero por otro lado tenemos la sentencia del TS enlazada al principio de este artículo, que nos dice que el permiso por matrimonio comienza en laborable. Por lo que uniendo la doctrina de ambas sentencias, podemos llegar al siguiente "resumen" en lo que respecta a los permisos retribuidos que se miden en días:
- Matrimonio: 15 días naturales que comenzarían en día laborable.
- Nacimiento o adopción de un hijo: 2 días laborables o 4 días laborables si necesitaras hacer un desplazamiento. Este permiso por nacimiento es aparte del permiso por paternidad, del permiso de lactancia, de la posible reducción voluntaria de jornada y de la posible excedencia por cuidado de hijo.
- Traslado de domicilio habitual: 1 día laborable.
- Fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad: 2 días laborables o 4 días laborables si necesitaras hacer un desplazamiento
No estoy de acuerdo en la interpretación que haces sobre el permiso por matrimoni.
ResponderEliminarLa AN estableces claramente su exclusión al no considerarlo "corto"
el permiso de paternidad cuenta como permiso corto?
ResponderEliminarSin querer ir de aguafiestas y teniendo en cuenta lo que todos ya sabemos de cómo en no pocas ocasiones el TS (y TJEU también) donde dijeron digo, ahora dicen Diego, esperemos que aquél no le enmienda la plana a la AN, porque ésta está haciendo una interpretación de lo que el legislador quiso decir con "días", y en el contexto del artículo 37 y siguiendo el artículo 3 del código civil ("Las normas se interpretan según el sentido propio de sus palabras, y en el contexto...atendiendo al espíritu y finalidad de aquéllas") el TS podría decir que también son días naturales aunque su disfrute ha de realizarse el mismo día y no esperar al primer laborable.
ResponderEliminarPero seamos optimistas y pensemos que el TS ratifica lo dicho por la AN, aunque como siempre a los que trabajamos los sábados nos seguirá pareciendo una noticia un poco menos positiva pues para los que tengamos esa jornada (u otras peores) sólo el domingo podría ser el único día no laborable.
¿Pedir un viernes libre sería un considerado en este caso? En mi empresa y en muchas otras consideran que pedir un viernes cuenta como 3 días de vacaciones, lo que me parece injusto y sin sentido.
ResponderEliminarMuchas gracias, un saludo
Y si trabajas un viernes te pagan el triple? Un dia sera un dia
ResponderEliminarAlguien que trabaja bajo cuadrante de turnos y tiene dias libres entre semana, los dias laborables son los que indica su cuadrante o de L-V?
ResponderEliminarAyer leí el nuevo convenio colectivo que hay en la sanidad pública en Cataluña (79100135012015) y pone que los 2 días que dan de permiso por intervención quirúrjica de familiar (etcétera), son naturales. Y lo pone textualmente!
ResponderEliminarPueden los sindicatos firmar algo que contradice a la propia jurisprudencia?