Empresa de grandes almacenes despide sin indemnización a un trabajador por no cobrar 4,20€ a sus amigos.

Una reciente sentencia del TSJ de Andalucía ha confirmado como procedente un curioso despido disciplinario. Curioso no por la baja cantidad distraída por "Jacinto" (4,20€) sino por su absurdo comportamiento que le llevó a perder un empleo con más de 10a de antigüedad y salario de más de 1400€/mes. Quizá sea necesario recordar que el despido disciplinario procedente no genera derecho a indemnización aunque sí al cobro del resto del finiquito. La secuencia de hechos es la siguiente:

Jacinto trabajaba en el restaurante de una conocida gran empresa de venta de muebles del sector de grandes almacenes. Como suele suceder en este tipo de comercios, había múltiples cámaras de vigilancia autorizadas, visibles y señalizadas con el cartelito habitual. Quién podría imaginarse que la empresa pudiera usarlas para vigilar a los empleados.

Cierto día se acercó una pareja de clientes a los que Jacinto fue sirviendo y cobrando varias consumiciones en la barra, mientras departía amigablemente con ellos e incluso les permitió que dejaran una mochila dentro del restaurante. Quién podría imaginarse que fueran familiares o amigos de Jacinto.

La primera consumición era de 6€ pero solo les cobró 2,80€. Por lo visto la cosa se fue animando y la pareja pidió una 2ª consumición de 2,5€ pero solo les cobró 1,5€. ¡Venga, la última y nos vamos! Y se pidieron la 3ª por valor de 1,5€, pero ésta sí que se la cobró entera. Es que rebajar en la 3ª hubiera sido pasarse, pero en la 1ª y en la 2ª no pasa nada porque lo hace todo el mundo... o algo así.

Un vigilante de seguridad estaba vigilando las cámaras. Quién podría imaginarse que los vigilantes vigilaran los dispositivos de vigilancia. Con anterioridad ya la empresa había detectado que otros empleados se comportaban de forma similar, lo que motivó que otro empleado fuera despedido disciplinariamente unos meses antes. Incluso el jefe del restaurante convocó una reunión con los empleados, en la que Jacinto estuvo presente, advirtiéndoles de que la empresa tenía conocimiento de esta clase de hechos y no los iba a tolerar.

La empresa despidió disciplinariamente a Jacinto. Quien podría imaginarse que una empresa que factura millones de euros se pusiera así por 4,20€. Pero si no pasa na y lo hace todo el mundo. Toñi la camarera gasta luz porque le calienta el potito todos los días a su prima y no le dicen na porque es mujer, pero a Jacinto sí que lo despidieron porque es hombre. Si es que es verdad que los hombres están discriminados. Capitalismo salvaje, sindicatos comprados, la inspección no hace nada, los jueces van a favor de las empresas... En casos así el trabajador no tiene la culpa de nada.

Bromas aparte, desde el punto de vista técnico se trata de un despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza en el desempeño del trabajo. Por lo que nada importa la cantidad "distraída" sino el simple y tozudo hecho de que ese trabajador no era de fiar para esta empresa. Dicho de otra forma, si por 4€ se atrevía a jugarse 10a de antigüedad con salario aceptable ¿a qué no se atrevería por algo más importante? Si no se daba cuenta de que su comportamiento implicaba jugarse su puesto, ¿de qué cosas más importantes se daría cuenta?

Como lectura curiosa y relacionada con este tema, quizá podría interesarte el artículo "el despido del espabilao" publicado anteriormente en Laboro. Sobre todo el caso del plan perfecto, sin fisuras, que urdió un trabajador y que fue relatado por "Chucki" en el 2º comentario de ese artículo.

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