Sería la reclamación de cantidad más sencilla, por un simple impago. Como el inquilino que debe 3 meses de alquiler. No se discute el precio del alquiler sino que solo se reclama que no se ha pagado el alquiler. Pues bien, aún en esos casos tan obvios la empresa puede librarse de pagar la deuda total o al menos una parte y puede hacerlo de una forma muy sencilla porque la legislación laboral española está pensada precisamente para que puedan hacerlo. No solo la legislación sino sobre todo la práctica diaria en los actos de conciliación, como vamos a ver. El procedimiento sería mas o menos el siguiente:
- Una empresa deja de pagar unas mensualidades a un trabajador. No importa la razón.
- La empresa no le niega al trabajador que le vaya a pagar sino que le va dando largas. Que si es que no me han pagado a mí. Que si es que no hay dinero y si te pagara tendría que despedir a alguien o incluso cerrar. Por algo se llaman excusas de mal pagador. La empresa sabe de sobra que las deudas con el trabajadores prescriben a los 12m y la empresa también sabe que eso no lo saben muchos trabajadores. Hay trabajadores que han estado dos años sin cobrar nada hasta que demandaron. En cambio las deudas que no son laborales tienen un plazo general de reclamación de 5 años y Hacienda y la SS pueden reclamar en 4 años. Pero eso no es que la legislación laboral esté hecha descaradamente a favor de las empresas. Es que hace falta hacerlo porque si a las empresas les reclamaran las deudas sus trabajadores se hundiría el mundo y tu jefe se llevaría su taller de coches a China donde los trabajadores cobran menos. En cambio, el mundo no se hunde cuando es una empresa la que reclama dinero a otra empresa o cuando se lo reclama Hacienda y la SS, porque en China Hacienda, la SS y las empresas cobran más... ¿o era al revés? Qué lio, nos lo tendrían que explicar mejor los contertulios en la pizarra transparente esa que mola.
- Supongamos que el trabajador inicia en plazo las acciones legales para reclamar la deuda. Con lo que seguramente ya incurre en gastos porque son muy pocos los que se representan a sí mismos incluso en casos tan sencillos. No olvidemos que no es obligatorio contratar abogado en los casos laborales.
- La empresa ni siquiera se molesta en presentarse al acto de conciliación administrativo, porque sabe que seguramente le saldrá gratis el no hacerlo, por la razón que luego se explica.
- Al no haber habido acuerdo en conciliación, el trabajador tiene que presentar la demanda de reclamación de cantidad. Pero esta demanda es de procedimiento ordinario, que quiere decir que no tiene prioridad sobre ninguna otra demanda, como por ejemplo sí que tienen las demandas de tutela de derechos fundamentales o por asuntos de fechas de vacaciones. Es absurdo pero es así: una demanda por fecha de vacaciones tiene prioridad sobre una demanda por el impago de 12 mensualidades de salario, por poner un ejemplo. Al no tener prioridad, la fecha del juicio se demorará tranquilamente un año o más, dependiendo de la carga de trabajo del juzgado que le toque al trabajador. Por lo que cabe dentro de lo posible que el trabajador no aguante hasta el final y antes del juicio pida “los papeles del paro”, que se suele traducir en un despido con pago simulado de la indemnización y sin pago de la deuda. Con lo que el empresaurio como persona física se trincaría esa indemnización, porque ésta sí que habría salido realmente de la empresa y el trabajador habría firmado un documento en el que reconocería haberla cobrado aunque fuera mentira.
- Supongamos que el trabajador aguantara y llegara el día del juicio. No olvidemos que ese día se celebraría otro intento de conciliación antes de pasar al juicio en sí mismo. Como es obvio, la empresa sabría que en juicio no tendría nada que hacer porque el caso estaría más que claro. Sencillamente deberían X nóminas y sería la empresa la que tendría que probar haberlas pagado. Para evitar que hubiera juicio y sentencia, en esa conciliación la empresa ofrecería al trabajador una cantidad no solo inferior a la debida sino además sin intereses y puede que hasta en plazos.
- Que cada cual deduzca si el trabajador aceptaría o no dicho acuerdo en la mayoría de ocasiones. Que cada cual deduzca también si al trabajador le aconsejarían aceptarlo o no.
Por tanto, antes de pagar la empresa tiene al menos tres oportunidades para no pagar. La primera es que al trabajador se le pase el plazo. La segunda es que el trabajador no aguante hasta el juicio y pida "los papales del paro" mucho antes. La tercera es que aguante hasta el juicio pero acepte la "rebaja" en el acuerdo que le ofrecerían ese día, sin descartar que incluso le aconsejaran aceptarla. Solo si el trabajador llegara hasta el final, que sería juicio y sentencia, entonces la empresa tendría que pagar. En ese caso la empresa podría tener que pagar no solo la deuda sino también los intereses y la multa por no hacer acudido al primer acto de conciliación. Dicho de otra forma: ¿para qué pagar antes por las buenas si podemos pagar después por las malas y casi lo mismo? Sobre todo teniendo en cuenta que el gasto de intereses y multa de los casos de los trabajadores que llegaran hasta el final se podría ver compensando de sobra con los casos de los trabajadores que no llegaran hasta el final o incluso que ni empezaran.
Todo eso suponiendo que el trabajador hubiera reclamado también los intereses moratorios y que la empresa no hubiera ido al acto de conciliación. Dicho a la inversa: si el trabajador no hubiera reclamado los intereses y la empresa sí que acudiera al primer acto de conciliación, entonces la empresa no tendría nada que ganar pagando antes por las buenas, ya que pagando por las malas sólo les podrían condenar como mucho a pagar la deuda reclamada, pero sin intereses ni multa.
Entiendo que estos procesos, estas peleas con los empresarios cansen (doy fe y eso que mi caso fue corto y efectivo). Es agotador emocionalmente. Y si a eso se le suma el miedo, la mentalidad de "es lo que hay", "agradece que tienes trabajo" y otras cosas, entonces ya es imposible que el trabajador vea la luz.
ResponderEliminarAhora bien, si lo "único" que hay que hacer es aguantar hasta el juicio como mucho, yo esperaría lo que fuera, total, qué voy a perder en este caso? El sueldo? El trabajo que me debería de dar un sueldo y no me lo da?
Repito, entiendo que canse, pero hay que pelear coño... Empiezo a pensar que el victimismo es más reconfortante para ciertos trabajadores que conseguir aquello de lo que se quejan,aunque sea peleándolo.
Siento un desprecio total por ese tipo de gente. No se saben ciertos derechos laborales básicos (o peor, cuando se los explicas, se ponen en plan cuñado sabelotodo) pero se saben de carrerilla la alineación de su equipo o la vida y miserias de su cantante favorito.
Dejo de escribir que me enervo....
El victimismo. Ahí le has "dao".
EliminarEs muy cómodo y muy de Anselmos de charla en el bar y Teodoras de hacer calceta* el tener como tema de conversación que "mi jefe me trata mu mal", que "me está haciendo la vida imposible" y que "seguro que quiere que me vaya", pero ni decide irse, ni le planta cara ni mucho menos inicia un acto de conciliación previa a la vía judicial para defender sus derechos.
Lo he vivido en primera persona, y no de cualquier currito: de un exsindicalista que debió haberse visto venido a menos porque tras perder su trabajo ahora se mueve en los universos padefos más insospechados.
Laboro debería incluir la subcategoría del padefo victimista, que es el que llora por lo mal que le trata la empresa, porque le incumple los pagos y le hace trabajar 16 horas al día pero cuando le dicen de denunciar responde "de algo tengo que comer", "al menos tengo trabajo" o la madre de todas las excusas: "es que tú lo ves 'mu' fácil". Repito: palabras de un ex-sindicalista. Imaginemos lo que ocurre con el resto de padefos victimistas que pueblan las viñas del señor.
* He usado prototipos sexistas aposta, porque al final todo suele venir en un solo pack.
Me encanta! Padefo victimista, jajajaja!
EliminarMe recuerdan a la gente viejita.
Fulano: "A mi me operaron de la cadera y tardé 3 meses en salir del hospital"
Mengano: "Pues a mi me operaron del hombro y no pude moverlo en medio año"
Fulano: "Ya, pero yo tuve una trombosis"
Mengano: "Y yo una infección"
Pues lo mismo con los padefos victimostas.
Padefo1: "Pues a mi no me tienen asegurado"
Padefo2:"Eso no es nada, yo no cobro hace 2 meses y curro 15 horas al día"
Padefo1: "Ya, pero yo no cotizo "
Padefo2: "Bueno, pero yo es que no tengo pa pagar la tele 4k"
Padefo1: "Ni yo la tarjeta de credito, ni el coche de 500 caballos"
Ex-padefo: "id a inspección es anónimo"
Padefos: "no, paso paso que me despiden"
A ver tenéis razón menos en una cosa . ¿Qué hace un trabajador que vive de ese salario para pagar sus gastos y ve que ante el impago del salario por parte del empresario se ha comido sus ahorros ? ¿No entendéis que en un proceso tan largo tenga que pagar este tipo de cosas para poder comer?
EliminarCreo que esto se debe corregir. Incumplir las normas debe de dejar de salir rentable.
Sinceramente yo me daría de baja ante el primer impago y a los tres meses rescindiría el contrato y cogería el paro y reclamaría todo a la empresa (impago más indemnización } estando cobrando el paro.
También está la escopeta y el crimen perfecto
EliminarEn estos casos antes de que ocurra todo esto hay que ir buscándose otro trabajo o antes de irse mejor pedir una excedencia.
ResponderEliminarPregunto porque nunca pedí una excedencia. ¿No se supone que al pedirla se pierde la antigüedad?
Eliminar¿Pueden pedirla todos los trabajadores o es sólo para temas de maternidad, cuidado de personas a cargo, etc?
Para nada, yo voy por mi segunda reclamación de cantidad por estar mal clasificado, en la primera cometí el error de no pedir los intereses de mora, como se comenta en el post, pero en esta segunda no se me han escapado, y así seguiré hasta que me clasifiquen como corresponde a mis funciones, y son ya 15 años en la empresa...
EliminarVamos a ver,ivi4nue.
EliminarHas perdido el juicio con una sentencia firme en la prima reclamacion de cantidad por estar mal clasificado y ahora vas por la segunda reclamacion de cantidad por el mismo motivo ?
Lo he entendido bien ?
No. Lo ha entendido mal
EliminarYgual que el otro anónimo,lo mismo entiendo yo. A ver si lo aclarará el mismo ivi4nie.
EliminarLa gane, lo que la empresa sigue en sus trece de no regularizar, así que hasta el infinito y más allá...
EliminarBueno...mira las partes buenas :
Eliminar1. Cobras intereses de mora.
2. Estas ptotegido contra el despido improcedente.
3. Puedes incluso pedir la extinción voluntaria indemnizada con derecho a una indemnización por despido improcedente que puede suponer muchos dinero (depende de tu antigüedad en la empresa, según tu relato 15 años). Y si eres afiliado a algún sindicato, dependiendo también del tiempo,te puede salir gratis el juicio.
4. Ahí ya puede añadir Laboro algo más porque parece que hay sitio, pero para esto tiene que hacerle una consulta como ya lo sabes y poner bien apuntadas las preguntas.
Eso sí, no todo es bueno, pero si tienes los nervios bien fuertes y con un poco más de inteligencia hasta te puede gustar esta situación. 😁
Decía que para nada hay que buscarse otro trabajo; en cuanto a la primera reclamación e juzgado me dió la razón y como la empresa sigue en sus trece de no consolidar la categoría, pues nueva demanda, así hasta que por cansancio me la reconozcan, lo que tengo muy claro que no voy a trabajar por menos de lo que realmente me corresponde, uno tiene un límite.
EliminarPrimero: pedir las costas en la demanda para el caso de que la empresa no haya acudido al CMAC, segundo: calibrar la resolución de contrato en los casos palmarios de impago (eso suele doler), y tercero: recordar que tras 6 meses de impago el trabajador se le puede dispensar de ir a trabajar conforme un criterio sostenido por el TS (tema que da para un post ad hoc). Enhorabuena por los artículos.
ResponderEliminarEstás hablando de otro supuesto de hecho diferente. El del artículo no es dejar de pagar todos los salarios de forma indefinida a partir de cierta fecha sino dejar de pagar unas nóminas concretas. Por ejemplo, es muy habitual el impago de las pagas extras, de los incentivos o "bonus", de un mes cada cierto tiempo... Todo para supuestamente no generar el derecho a la extinción voluntaria indemnizada. Por cierto que en ningún sitio dice que se genere el derecho a "dispensa de ir a trabajar" exactamente a los 6m. Depende del caso y de la forma en que proceda el trabajador.
EliminarHola Laboro, bueno... yo me remito al inicio del post en el que hablas de impago de "unas cuantas nóminas", y he querido aportar mi pequeño granito de arena. Que duda cabe que nuestro derecho laboral es muy rico en doctrina y jurisprudencia y nunca puede hablarse con absoluta seguridad salvo en contadas excepciones (entiende que ejerces, si es así sabes de lo que hablo). Sobre la extinción voluntaria indemnizada no voy a entrar porque creo que sabes perfectamente de lo que hablo y de lo que es un impago puntual, y un retraso continuado, grave y deliberado. Finalmente, comentarte que sobre el tiempo de seis meses, dicho plazo surge de una sentencia de hace ya unos años por parte del TS y que fue muy discutida en nuestros foros laboralistas, sin duda no se trata de dispensa sino de facultad del trabajador; obviamente en el caso de autos ese fue el plazo sometido a litis (creo que era una sentencia del 2012), pero siempre bajo la premisa de que el trabajador asuma los riesgos de su acción. Dicho esto, decirte que aprendo mucho con todos tus posts, a la par que repaso conceptos importantes de esta materia. Un abrazo
EliminarEn Menéame dan un consejo muy interesante (y cierto) para afrontar estas situaciones.
ResponderEliminarAhorra. No gastes todo lo que tienes. Si no tienes colchón ahorrado, te va a costar mucho más demandar un impago y aguantar mientras se resuelve el pleito.
No hay que hacer caso de los cantos de sirena que nos invitan a pulirnos todo lo que ganamos. O meterlo todo en inversiones que no nos dejan disponer del dinero si hace falta. Es otra forma disfrazada de padefismo: sin colchón no puedes demandar en la práctica.
Contestando a sinperjuiciodemejorcriterio, y que me corrija Laboro si me equivoco, los empresaurios no son tontos. Saben cuánto pueden tensar la cuerda con los impagos. Y si la empresa no está a punto de quebrar y ya cuentan con ello, se las apañan para no cruzar la línea roja.
Ahorrar debajo del colchón? Tú qué convenio tienes? Las tablas salariales de muchos convenios no son tablas sino palillos de dientes. Los contratos son parciales en su mayoría y mal pagados. Los trabajadores que pueden aguantar sin cobrar varios meses suelen recibir ayuda económica de padres y familiares.
EliminarHola: Yo, además de lo aconsejado por anteriores opiniones, "putearía" al empresaurio con denuncias semanales ante la Inspección de Trabajo (falta de cotización; impago reiterado de salarios; incumplimiento de prevención de riesgos o formación; no entrega la ropa de trabajo; etc. etc.. Siempre hai algún incumplimiento de la legislación por parte de estos empresaurios sin escrúpulos. Además de eso, tramitar la resolución del contrato, por impago de salarios, me parece la opción más adecuada.
ResponderEliminarYo tuve una experiencia similar hace 3 años. En mi caso no me hizo falta denunciar porque ejecuté un plan b, tuve por desgracia un familiar al que le pasó lo mismo un tiempo atrás y me dijo lo de los plazos.
ResponderEliminarEntonces lo que hice fue seguir al cabronazo de mi ex jefe durante un mes y le pillé entrando en un puticlub. Foto y conversación con contárselo a su mujer si no me pagaba.
Me pagó a la semana. Supo echar cuentas y ver que le iba a salir más barato pagarme que verse en un divorcio.onboarding-opt-out-questions@amazon.co.uk
Cuando la justicia está del lado de los políticos y empresarios explotadores es mejor usar técnicas alternativas.
Jajajajajaja!!! Eres mi ídolo !!
EliminarEs que al final hay que ser malo ! Eso sí midiendo todo , no se te vaya a poner en tu contra!
EliminarHola laboro.
ResponderEliminarPregunto... ¿si el impago se produce durante un largo período no puedo despedirme voluntariamente cobrando el paro y por supuesto sin renunciar a la reclamación? He oído por ahí que puedes hacerlo a los tres meses.
Es decir; fulanito no me paga y yo no puedo aguantar indefinidamente, así que al tercer mes de impago dejo el trabajo alegando dichos impagos, cobro el paro y le pongo la reclamación de cantidades.
Es que si tienes obligación de quedarte hasta que te despida so pena de quedarte en taparrabos es como una condena a trabajos forzados...
Creía que no era cuestión de "aguantar", sino que de hecho, ante un impago de 3 nóminas, el trabajador tenía derecho a dejar de asistir al puesto de trabajo. Y que podría ir a pedir el paro demostrando esos impagos.
ResponderEliminarNadie ha percibido la alternativa de partirle las piernas al empresaurio y quemarle la empresa.
ResponderEliminarEs por la que yo me decantaría.
Está muy bien desahogarse diciendo burradas, pero lo positivo de Laboro es que venimos a leer cosas que (desgraciadamente) desconocemos. Y tras leer, aprendemos, ya sea de la legislación bien explicada o de los ejemplos de otros lectores.
EliminarCon vuestro permiso os cuento mi caso. La única nómina que me pagaron bien fue la primera, las siguientes tal y como dice el artículo dando excusas, que si no se vende, que si sois muchos a pagar y tú no tienes familia y otros si, que sus padres le habían tenido que dar dinero para poder pagar la luz...escusas. Yo que reconozco ser un padefo pagafantas y buenista fui el responsable al permitirlo y el para tenerme contento me hacia micropagos , pero un día decidí pedirle parte de la deuda y después de decirme lo jodido que estaba me amenazó con no volver a trabajar en la ciudad donde vivo. Por ahí no pasé y al día siguiente decidí ir a un abogado para ver qué hacía. Por entonces este señor era el presidente de una asociación de empresarios de esta ciudad , pero aunque fuese el Papa, el abogado me recomendó hacerlo solo ;porque sabía que lo tenía ganado. Pero yo nunca me había metido en algo así y ni siquiera había pisado los juzgados ni para visitarlos, por lo que le pedí ayuda. El caso es que después de la denuncia no volví a cobrar nada que sumado a que estaba mal calculada la nómina, no estaba acorde al convenio, le faltaba pluses , vacaciones e intereses. La cuenta se puso en cerca 20.000 € . Me dieron la razón y se supone que me tenía que dar todo, pero al ser insolvente y no tener nada a su nombre y la empresa estar en quiebra , fue el FOGASA quien me dio casi 8000€ de ahí 700 para el abogado. El resto se supone que está pendiente de cobro por su parte, pero no lo cobraré : salió publicado en el BOE que este señor le debía al banco 2 millones de € por la formación de la empresa, en el mismo BOE salía que nos debía a la Seguridad Social 180.000 € de las nóminas de los trabajadores, a eso había que sumarle lo que debía a proveedores, suministros eléctricos, gas y obras. El abogado me dijo que los trabajadores seríamos los últimos en cobrar por ser los últimos en pedir lo adeudado. Lo que más me alucina es que aún tenga el chiringuito abierto cuando han pasado más de 8 años de lo mío... En fin.
ResponderEliminarTengo que agradecerte con mucha admiración tu desempleo en redactar todos estos artículos, son de un valor inestimable a mucha gente como yo.
Muchas gracias. Félix.
Esta todo el chiringuito montado a favor de los de siempre. Unido al padefismo de la gente pues tenemos un españistán de libro. Yo como buen padefo que era y aun sigo siendo un poco(cada dia menos gracias a Laboro) dejé sin cobrar una deuda de 90€ a una ett. Fui al Smac y obviamente no se presentaron, y como buen pringado no demandé por no meterme en follones. A dia de hoy sabiendo que la demanda es sencilla, gratis y que me dan horas en el curro para presentarla no lo dudo un segundo.
ResponderEliminarEsto exactamente me pasó y el tío que "mediaba" en la primera conciliación nos presionaba para que cogierámos lo que ofrecía la empresa (no lo hicimos). " Que el juez se iba a cabrear cuando llegáramos reclamando esa cantidad" fueron sus palabras. ¿Qúe cargo o qué funcionarios son esos?
ResponderEliminarSería interesante estudiar si, con la difícil tarea de probarlo, se pudiera calificar la conducta bajo algún tipo penal, como la estafa procesal. Interesante reflexión. Saludos.
ResponderEliminarPerdona mi ignorancia pero hay un tipo de extinción de contrato que es por impago del empresario (o incumplimiento de contrato). En tal caso, supongo que el SPE te tramitará la prestación por desempleo y no necesitas plegarte a un despido con pago simulado de indemnización.
ResponderEliminarGracias Laboro
Trabajo en un centro educativo. El viernes se coló en mi clase un empresaurio "gerente con carnet de UGT". Tutor de empresas en FCTs (lugar donde van los alumnos a hacer prácticas durante tres meses sin ver un duro, pero aún sería mucho peor la implantación de la FP dual... porque de este modo los empresaurios se nutrirían constantemente de alumnos en prácticas con contratos de formación, cobrando lo que ya sabemos con este tipo de contratos, sin posibilidad de quedarse en la empresa, porque luego viene otra tanda de alumnos). En la charla les puso vídeos de Emilio Duró... un vende-humos que asegura que ha estado en congresos de enfermedades psicosomáticas y que el cancer viene de no sonreir...la onda del positivismos de la NeW Age tan guay que nos venden ahora ; El empresaurio decía a los chicos que mientan en las entrevistas, que no sean ellos mismos, que él contrataría siempre a la guapa y no a la fea y una serie de despropósitos que intenté que me aclarara tras su exposición, ya cuando los alumnos salieron al recreo. Su respuesta fue: - Yo no te he pedido tu opinión ni tengo que contestar a tus preguntas, a mi me ha invitado a dar la charla otro profesor. ¿No les dirás a los alumnos que tienen derecho a cobrar las horas extras?...Sin comentarios. Evidentemente, he solicitado en la dirección del centro que... para proteger el libre desarrollo de la personalidad de mis alumnos, empresaurios como este dejen de venir a dar charlas al centro donde trabajo.
ResponderEliminarHace años a mi mujer y otra compañera las expulsaron de un curso de esos que venden porque después te van a contratar. La verdad es que por la experiencia que tengo lo que empieza mal nunca mejora, siempre acaba mal o peor. El caso es que mi mujer tiene mucha experiencia en su trabajo y lleva muchos años con contratos en fraude de ley. La despiden cada año 1 mes diciendole que le dan vacaciones. Los contratos son de mes a mes o de 15 días. El caso es que por medio del INEM o SEPE o LANBIDE, estos que también dicen que te buscan empleo para disminuya ese ratio, la llaman para realizar un curso con compromiso de contratación de 1 año de duración, esto sin cobrar nada. Las prácticas son para cuidar realizar trabajos en las que las alumnas que lo están recibiendo el curso tienen años de experiencia. Con estas prácticas empresariales consiguen tener trabajadores sin sueldos y además subvencionados por la administración. Las prácticas son a horas impresentables, el local donde se imparte la formación un garaje con unas mesas y una pizarra. Lo increible es que la administración coopere con estos empresaurios sin ningún control de que lo que hacen es adecuado.
ResponderEliminarA mí y a varios compañeros míos nos pasó exactamente el caso que explica Laboro. La empresa dejó de pagar las nóminas durante meses, pagando con mucho retraso alguna nómina y diciendo que no tenían liquidez. En mi caso cuando me debían 3 nóminas decidí cambiar de trabajo, la empresa evidentemente no me pagó ni las nóminas ni finiquito ni absolutamente nada. Como dice Laboro, la empresa todos los meses me daba mi papelito con la nómina que debía cobrar pero no cobraba un duro.
ResponderEliminarAl cabo de muchos meses sin cobrar fuimos a juicio/conciliación, tuve que contratar un abogado, pedir permiso en mi nueva empresa, perder tiempo, buscar los documentos, etc. y en la farsa que llaman conciliación, delante de la jueza la empresa dijo que me pagaría el 80% de lo que me debía (sin intereses, indemnización ni ná, de las 3 nóminas pagarme menos de 2 nóminas y media) y la jueza me dijo que aceptara que era afortunado de recibir algo a lo que le dije que en este país salía muy barato a las empresas defraudar y engañar y la jueza se enfadó conmigo.
En fin ... digno país para chorizos y maleantes ...
¿Tú no pensaste que quizá con ese consejo la jueza pudiera haber pensado únicamente en su propia conveniencia? Sobre todo en tu caso en el que no había discusión de que te debían más dinero y la empresa no tenía forma alguna de librarse de la condena. Pero si tú aceptabas el acuerdo con la rebaja, no había juicio y había que redactar la sentencia. Menos trabajo.
EliminarA ver si Ahora entendéis, al final paga el FOGASA ósea, todos ¿os duele ahora un poquito?. Y eso gracias a los CARADURAS de los empresarios y tras casi 3 años de litigio.
ResponderEliminarA mo do personal y con la experiencia en 20 años me ha pasado 3 veces. Ni una más, la próxima me caigo por las escaleras de la oficina o me electrocuto para tener una baja. O dejo qe me atropelle un coche.
1. Tienes qe esperar varios impagos o hasta 1 año de retrasos para poder pedir cita en el acto de conciliación y qe todo sea legal. Desde Zapatero paso de 6 a 3 meses (gracias pero insuficiente) después de te den cita en algunas regiones hasta 4 meses.
Mientras sigues trabajando y pidiendo qe te den algo, ellos siguen dándote pequeñas cantidades al mes. Menos es nada, y buscas trabajo, y consultas si te pagan la SS y hacienda para poder denunciar a trabajo. Se es la otra vía muerta. Los inspectores son un grupo en extinción.
En la cita en el SEMAC no aparecen y te ponen cualquier excusa y ya no te pagan nada desde ese momento o desde qe les llega el aviso o desde qe se lo dices, hasta ese monento te prometen qe todo se va a arreglat, siguen ingresando cspital pero a ti no te pagan la nomina integra.
Meses insoportables hasta el juicio, o simplemente consigues un trabajo de lo qe sea.
Al juicio no se presentan. Se largan con el capital acumulado gracias a los servicios de los trabajadores qe no han recibido nada como mínimo en 6 meses o mas. Y cambian de nombre o actividad...
Un año después o 2 como mínimo...
Al final paga el FOGASA ósea, todos. Y eso gracias a los CARADURAS de los empresarios y tras casi 3 años de litigio