Los chollos fiscales de las empresas.

En los últimos días hay mucha discusión política sobre el tema de la bajada o subida de “los impuestos”. Las derechas quieren que se los bajen a todos y sobre todo que no se los suban a “los ricos”. Las izquierdas, bajárselos a los que menos ganan y subírselos a “los ricos”. Pero la mayoría de los políticos “olvidan” hablar de lo más importante, que son las diferencias entre los impuestos que pagan las empresas y los que pagan los trabajadores. En este nuevo artículo publicado en Laboro os vamos a explicar que esas diferencias son muy favorables a las empresas y, en consecuencia, a los empresarios y sobre todo a los grandes empresaurios.

Hay que empezar por saber qué impuestos se pagan principalmente en España. Hay muchos, pero las principales diferencias entre empresarios y trabajadores están en el IRPF, el IS y el IVA. No os asustéis, que esto es muy fácil. Sólo se trata de cuánto se paga en función de lo que se gana y no hay cosas de matemáticas rarunas. Seguid leyendo, que a lo mejor después de acabar entenderéis mucho mejor esta gigantesca componenda que algunos llaman España, pero nosotros llamamos Españistán porque se lo merece por cosas como esta.

Empecemos por el IRPF. Cada vez que veáis a un político o contertulio hablando en la tele sobre bajar o subir “los impuestos” a los que más ganen o menos ganen, casi siempre estará hablando del IRPF aunque no lo diga. IRPF significa “impuesto sobre la renta de las personas físicas”. Este nombre es muy importante porque lo explica todo. Es un impuesto sobre la renta, es decir un porcentaje sobre el dinero que se gana. Pero no lo tienen que pagar todas las personas, sino solo las personas físicas. Es un impuesto progresivo, de forma que los “ricos” pagan un porcentaje mayor que los “pobres”.

Algunos diréis que todas las personas son físicas, con su cabeza y sus orejas y eso. Pues no, porque también existen las personas que no son físicas y que por eso no pagan el IRPF. Por supuesto estamos hablando –tachááán- de las personas jurídicas. Técnicamente hay de muchos tipos: asociaciones, sociedades, fundaciones… pero nosotros nos centramos en las que todos llamamos “empresas”: las que ejercen una actividad económica, muchas veces contratando trabajadores.

Al existir las personas jurídicas además de las personas físicas, resulta que Mercadona es una persona igual que Toñi la camarera. Endesa es también una persona igual que Porfirio el mecánico. Repsol es una persona igual que tú. Las personas jurídicas tienen nombre, tienen CIF en vez de NIF, tienen dirección, poseen bienes como coches, inmuebles o cuentas bancarias… Tienen prácticamente los mismos derechos que las personas físicas, pero no tienen todas sus responsabilidades y además no pagan el IRPF, pero sí que pagan otro impuesto que es el IS (impuesto de sociedades). Es decir que Toñi, Porfirio y tú pagáis el IRPF, pero Mercadona, Endesa y Repsol pagan el IS. ¿Entonces todo bien, no? Pues no, ni de lejos.

Ya explicamos en Laboro que el IRPF son unos porcentajes que se aplican por tramos sobre lo que gana la persona física, que actualmente oscilan entre el 19% y el 47% según lo que gane. Cuanto más gane, más paga. Pero el IS es el 25% fijo sobre lo que gane la empresa, gane lo que gane. O sea que si Toñi y Mercadona ganaran lo mismo un año, Toñi pagaría el 47% del tramo superior, que sería casi todo lo que ganara en ese caso; pero Mercadona solo pagaría el 25%. Impuestos de Hacendado en Españistán. ¿Por qué? Pues porque las leyes que les interesan las hacen las grandes empresas. A ver si es que te crees que las puedes hacer tú votando a los de siempre. Pero el chollete no acaba ahí.

Ya explicamos en Laboro que los tramos del IRPF no se aplican sobre todo lo que la persona física gana, sino que antes se descuentan unos gastos y deducciones. Por eso, los “pobres” apenas pagan IRPF o pagan muy poco, ya que de otra forma pagarían el 19% como mínimo. Pero las personas físicas no se pueden descontar del IRPF todos los gastos que tengan. Por un lado hay unos importes fijos y por otro lado hay unas deducciones solo por unos temas determinados, como tener hipoteca o hijos. En cambio, las personas jurídicas sí que se pueden descontar del IS casi todos los gastos que tengan:

  • Toñi la camarera no se puede descontar del IRPF lo que le cuesta un vehículo necesario para ir trabajar, ni el combustible que gasta para poder ir a trabajar, ni lo que gasta en comida para estar viva y poder ir a trabajar, ni lo que gasta en reparaciones, conservación, electricidad y gas de su vivienda para estar viva y poder ir a trabajar. Desde 2013 tampoco se puede deducir el coste de los intereses de la hipoteca que necesitó para comprar su casa para estar viva y poder ir a trabajar. Desde 2015, tampoco se puede deducir lo que le cuesta el alquiler de su vivienda para estar viva y poder ir a trabajar.
  • Pero la empresa para la que trabaje Toñi se puede deducir del IS los vehículos que se compre para ejercer su actividad, el combustible que gasten, lo que gaste en todo tipo de suministros (electricidad, gas, internet…) para ejercer su actividad, lo que gaste en reparaciones y conservación para ejercer su actividad, lo que le cueste la compra o alquiler de los locales necesarios para ejercer su actividad, lo que le cueste cualquier servicio profesional para ejercer su actividad, las pérdidas por deterioro o insolvencia de los clientes… Incluso se puede deducir del IS lo que paguen de otros tributos.
  • Por supuesto, todo esto es en líneas generales y hay muchos matices y casos particulares, sobre todo a nivel autónomico en el IRPF. Pero la regla general es que los trabajadores no se pueden descontar del IRPF todos sus gastos necesarios para vivir, pero las empresas sí que se pueden descontar del IS todos los gastos que tengan para ejercer su actividad.

Gracias a ello, las empresas acaban pagando poquísimo IS en proporción a sus beneficios. Según el informe oficial de Hacienda de 2018, la media está más o menos en un 15%, pero las grandes empresas pagan solo un 6,6%, aún menos que las medianas y las pequeñas. En cambio, las personas físicas pagaron un 13% de media en el mismo año. O sea que los trabajadores pagaron de media proporcional el doble que las grandes empresas. El resultado final y oficial es que Hacienda recauda más por IRPF que por IS. O sea que, en general, los trabajadores o bien se supone que ganan más que las empresas o bien pagan más impuestos que las empresas pero ganando menos. Una de las dos cosas tiene que ser. Esta es una broma que gastan los mozos todos los años en las fiestas del pueblo, que el susto no se lo pagan pero se divierten.

Hemos supuesto que las empresas solo eludan legalmente pagar el IS (elusión fiscal). Porque el siguiente paso a la elusión fiscal es el fraude fiscal e incluso el delito fiscal. Está a huevo para cualquier empresaurio que se lo proponga: meter como gastos de su empresa los que en realidad son gastos personales, para pagar menos IS. Por ejemplo, puede poner a nombre de su empresa sus propias viviendas. Así mete como gastos de esa empresa lo que le cueste la comunidad, la electricidad, el gas, lo que sea… incluso lo que le cueste comprar la casa en sí misma. Cuanto más “rico” sea vuestro empresaurio favorito, más probable es que lo haga. No solo la casa sino también los coches, los teléfonos y sus gastos correspondientes de toda la familia. Algunos hasta piden factura de la cesta de la compra a nombre de su empresa. Ojo, que probablemente esa empresa no sea la que os contrate a vosotros como trabajadores, para poderos echar cuando quiera incluso sin pagar, pero ese es otro problema que ahora no viene al caso.

Para finalizar, vamos a hablar del IVA, que es el impuesto sobre el valor añadido. No es otra cosa que un impuesto al consumo; considerando que cuanto más dinero se tiene, más dinero se gasta y por tanto más “rico” se es y más impuestos toca pagar. Si Porfirio el mecánico se compra un coche para ir a trabajar, paga un 21% de IVA. Pero el IVA que pagan las empresas se lo pueden descontar del IVA que le cobran a sus clientes. Cuando Paco, el dueño del taller donde trabaja Porfirio, se compra un coche, lo puede poner a nombre de una empresa suya y descontarse el 21% del IVA de las facturas que cobre esa empresa, por lo que al final no paga el IVA del coche. Ni del coche, ni de la tele, ni del teléfono ni de lo que se proponga.

Ahora ya sabéis mejor cómo funciona, en términos muy resumidos y no del todo precisos, el tema este de la justicia fiscal española. Ya podéis valorar mejor al político o empresario que os intente distraer hablando de impuestos de ricos e impuestos de pobres, pero no de impuestos de empresas e impuestos de trabajadores. Hay quien justifica estas ventajas fiscales de las empresas diciendo que ayudan a crear riqueza. Por lo visto, los trabajadores no crean riqueza, sino que son una especie de gasto o molestia que tienen que soportar las empresas en su tarea de salvar la patria. De hecho, lo que las empresas os pagan de sueldos también se lo quitan del IS.

Puedes suscribirte gratis para recibir por email los nuevos artículos que se publiquen sobre derechos de los trabajadores. Proporcionamos servcios profesionales de consultas laborales privadas y de redacción de denuncias ante Inspección de Trabajo, sin necesidad de decir en qué empresa trabajas. Dispones del libro "Tus Derechos en el Trabajo" , de otros libros y modelos y de la recopilación gratuita de "conocimientos básicos" para aprender a defenderte tú solo, sin obligación de pagar abogado.

Todos los artículos pubicados en Laboro son 100% originales. Son otros los que copian contenido e imitan el nombre.

19 comentarios: