Primera parte: el despido y la demanda. A un trabajador le hicieron un despedido disciplinario (sin indemnización) por bajo rendimiento. En la carta de despido, la empresa ni siquiera se molestó en concretar bien las causas exactas y concretas de despido ni las fechas de las supuestas faltas muy graves.
Casualmente, me había quejado en varias ocasiones a mis responsables del trato recibido sin que hicieran nada al respecto, más bien al contrario. Como tenía la escopeta cargada con emails y llamadas grabadas, decido demandarles. Aunque sé que tengo el caso ganado, contacto con un abogado para asegurarme de que todo el procedimiento saliera bien.Le cuento mi caso y lo ve claro. La carta de despido es una mierda y yo tengo pruebas donde pedía, tan solo unos días antes de que me echaran, que por favor no me pusieran más bajo el mando de ……… por su trato hostil y humillante. Me dice que es un nulo de libro y que tengo derecho a una indemnización de 7.501€ por daños morales. Pero sobre todo, lo que más le preocupaba era saber “cuánto dinero estaba dispuesto a aceptar” si la empresa me ofrecía un acuerdo. Aunque yo tenía claro que iba a ir hasta el final, le dije que 6.000€. Al escucharlo pareció tranquilizarse. Pone la demanda y días después vamos al acto de conciliación con resultado de SIN ACUERDO, tanto por mi parte como por parte de la empresa. Pues nada, esperaremos unos meses y a juicio. A todo esto, la empresa me pagó la indemnización por improcedencia después de despedirme, tal y como le comenté al abogado. Era un punto que jugaba a mi favor como indicio de despido arbitrario.
Segunda parte: ofertas. La empresa ofreció incrementar un 50% la indemnización de despido improcedente. El día del juicio ofreció más, pero el trabajador se negó porque lo que quería era volver a la empresa.
Decir que entre cifra y cifra, mi abogado me presionaba para que las aceptara pese a que era un caso claro y estaba ganado, como me dijo en un inicio. Menos mal que venía con los deberes hechos gracias a Laboro y me mantuve firme.
Tercera parte: último intento de evitar el juicio, ante el letrado de la administración de justicia (secretario judicial) el mismo día del juicio. El trabajador relata que este le dijo que nunca había visto que la empresa ofreciera tanto dinero por despido improcedente y que el demandante no quisiera aceptar. Pues qué raro, porque en Laboro es muy habitual el caso del trabajador que cuenta que su abogado le mete el rollete ese de “nunca he visto una oferta tan generosa”, para conseguir que acepte la oferta y no haya juicio.
Que no era lo mismo sentirse acosado que ser acosado, que todo podían ser subjetividades o imaginaciones mías y que si volvía a la empresa era muy probable que el acoso se siguiera repitiendo dando lugar a nuevos procesos judiciales y que me atuviera a las consecuencias.
Cuarta parte: el juicio. Como el trabajador no quiso aceptar la oferta, no les quedó más remedio que celebrar el juicio. En el mismo, la empresa intentó demostrar que el despido era procedente, a pesar de que había pagado la indemnización de improcedente ¿¿¿???
Mi abogado hace bien la faena y presenta las pruebas donde se demuestran mis reivindicaciones ante los responsables pocos días antes de mi despido. Parece que el juicio ha salido bien.
Quinta parte: la primera sentencia (juzgado de lo social). La única forma de que el despido pudiera ser declarado improcedente en vez de nulo era que el juez estimara que la proximidad de pocos días entre la reclamación previa del trabajador y su despido no era un indicio de que lo hubieran despedido por reclamar, es decir un indicio de violación del derecho fundamental a la tutela judicial del trabajador. Pues eso fue lo que estimó el juez y declaró el despido improcedente.
Sexta parte: el trabajador recurrió ante el TSJ autonómico. La base del recurso era que lo que tenía que probar la empresa no era que pudiera haber causa de despido procedente, ya que eso era imposible porque ya le habían pagado la indemnización. La empresa tendría que haber probado que el despido nada había tenido que ver con las reclamaciones anteriores del trabajador, cosa que no había hecho por ser imposible, ya que le había echado a los pocos días de reclamar y sin que en la carta se indicara una causa concreta de despido. El caso estaba tan claro que la empresa le seguía ofreciendo dinero al trabajador a cambio de que no continuara con el recurso.
Sale la sentencia del TSJ, y como no podía ser de otra manera, lo declaran NULO y condenan a la empresa a pagar 7.501€ de indemnización por vulneración de derechos fundamentales (lo que pedíamos) más los salarios de tramitación de todo el proceso.
Cabe destacar que en este caso el TSJ no solo le dio la razón al trabajador, sino que también le metió a la empresa las costas y la pérdida de la consignación y depósito para recurrir.
Séptima parte: el regreso. Después de que el trabajador ganara el recurso, la empresa le ofreció una cantidad superior a la de la sentencia con tal de que no volviera. Pero se negó y volvió a su puesto de trabajo. Quien se crea que perdió dinero al no aceptar la oferta está equivocado, porque después de la readmisión el trabajador puede seguir cobrando su salario normal todos los meses, con lo que en poco tiempo igualará la "generosa" oferta de la empresa. No solo seguirá cobrando, sino que seguirá cotizando a la SS y aumentando lo que cobre posteriormente de pensión de jubilación o de incapacidad permanente. Además de que seguirá incrementando su tiempo de antigüedad en la empresa a efectos del posible plus de antigüedad y sobre todo a efectos de un hipotético despido futuro que sí que fuera improcedente, sin olvidar que todo el tiempo entre el despido del que hemos hablado y la readmisión le contaría para dicha antigüedad. En resumen, no solo ha sacado o va a sacar más dinero, sino que no ha perdido cotización y especialmente ha impuesto su criterio por encima del de la empresa y todo el resto del personal de esta ha visto que sí que es verdad que ha vuelto, que le han tenido que pagar una pasta y que aún sigue cobrando. O sea que ha demostrado lo que se puede hacer delante de toda la plantilla. Y a ver quién es el guapo de cualquier empresa que, por ejemplo, es capaz de quitarle sus fechas de vacaciones, reducirle su descanso semanal u obligarle a hacer horas extras ilegales a un trabajador así.
Decir que la situación particular de cada uno influye mucho, pero si tienes pruebas y lo tienes claro, vete hasta el final porque ahí es donde encontrarás los resultados. Creo que casos como este deben ser anunciados para PREVENIR a todo aquel que se pueda encontrar en una situación similar. Decir que sin vuestra ayuda no hubiera podido llegar hasta donde he llegado. No sabéis la labor que hacéis por el asalariado español. Un millón de gracias.
Mil gracias por su lucha y por su relato a este valiente trabajador. Laboro, la foto elegida para el mailing no puede ser más ilustrativa.
ResponderEliminarMi caso es muy parecido. Después de que varios abogados de Justicia Gratuita y privados me dijeron que mi demanda no tenía "fuerza" y eso que les mostré a estos "abogados Laboralistos" el WhatsApp donde me hacían trabajar sin equipos de seguridad ni descansos y trabajar entre dos turnos de trabajo sin respetar el descanso mínimo entre actividades, no dormía en otras palabras, y otras más cosas aún....hice caso de Laboro, llevar un diario detallado en Excel (te lleva dos días diseñarlo y luego, casi sin esfuerzos, lo refinas) de todas las horas de todos los días de todos los años; copia de seguridad de tus WhatsApp...aunque Laboro no lo crea, porque es de idiotas, y es un delito contra la salud de los trabajadores que conlleva multa y carcel, mi jefa me lo puso por escrito, en un WhatsApp que trabajase sin equipos de protección con una soberbia impresionante., lo que me causó daño lumbar permanente. El abogado me pregunto si estaba abierto a negociar y le respondí que si, que yo si negociaba por 35.000€ más los intereses, esa es la cifra que mi abogado puso en la demanda: 35.000€...Lo que quiero decir, es que yo documenté todo y lo guardé en la nube, en el pc, en el móvil y en un pendrive...por si acaso.
ResponderEliminarMi abogado se asombró que en tres meses mi discapacidad psíquica pasará de un 42% a un 56%, tuviera 2 ingresos en un hospital psiquiátrico (Rodríguez Lafora) porque estaba muy grave, desquiciado. El acoso sistemático, pensaba la empresa o provocaba mi dimisión o me suicidaba, total era Bipolar...lo que no sabían y si lo ponía la hoja de resolución de mi discapacidad es que soy TLP también, y activar a un TLP con alto rendimiento intelectual es muy peligroso para mí y para los demás...por eso no sucumbí estaba lleno de furia.
Solo hice caso de Laboro y es sencillo, documentarlo todo, día a día año a año. Por eso los voy a machacar.
Ahora estoy en un Centro de Rehabilitación Psicosocial para enfermos mentales, con enfermedades graves y duraderas, dentro de poco tendré la carta de ingreso y será otro clavo en el ataúd de la demanda contra ellos. Estoy roto, aunque gane 1000 veces lo mismo, yo estoy roto, me jodieron bien la salud
Olvidé decir que la demanda es por Acoso Laboral, a raíz de montar yo, una sección sindical...porque estaba hasta las mismísimas de las perrerías que me hacían en la empresa. Mis compañeros de trabajo están muertos de miedo y...la paga por no tener valentía es una lenta agonía...ya saben...yo si estaba dispuesto a todo pero no puedo decirlo aquí.
ResponderEliminar"...Aunque sé que tengo el caso ganado , contacto con un abogado para asegurarme que todo el procedimiento saliera bien .. " . NO sería un abogado de un sindicato mayoritario ( OJT o CoCo ) porque dan vergüencita . Les propones este tipo de argumentos y te ponen todo tipo de trabas . Gracias por el artículo Laboro.
ResponderEliminarYo viví un caso parecido: fui despedido, recibí muchas presiones durante el proceso judicial y finalmente fui readmitido. El camino de la lucha no es ningún camino de rosas, pero ¿acaso sí lo es el tragar mierda por castigo?
ResponderEliminarPD: Gracias a profesionales decentes como Laboro, y vergüenza y asco infinitos para “profesionales” indecentes como los que actuaron en el caso narrado en este artículo, que por desgracia no son casos aislados.
ResponderEliminarHubiera estado bien comentar la cifra final que cobró de salarios de tramitación, para que se vea claramente la magnitud de la diferencia entre aceptar cualquier ofertilla, y lo que finalmente se cobra cuando se gana un nulazo.
ResponderEliminarYo no pondría ahí el énfasis. Si se sabe qué son los salarios de tramitación, el concepto de cobrar por no trabajar lo entiende cualquiera.
EliminarEso sí, para eso además de demandar hay que tener ahorros porque tal como está la justicia no podemos esperar una resolución favorable en tranquilamente un año.
Pero quien puede hacerlo, pues ríe el último y ríe muchísimo mejor. Estarás ese tiempo viviendo del "paro" y los ahorros, pero con todo el tiempo libre, que al final es lo más valioso de todo. Y luego recuperando el dinero y con intereses.
Sin olvidar que durante ese tiempo se puede encontrar otro trabajo y que, una vez salga la sentencia. uno puede reincorporarse y dimitir ese mismo día. Laboro ya lo explicó hace años:
Eliminarhttps://laboro-spain.blogspot.com/2016/05/readmision-despido-trabajador.html
Perdón, el enlace debiera ser este:
Eliminarhttps://laboro-spain.blogspot.com/2015/11/despido-finalizacion-contrato-cliente.html
Según un "laboralisto" con el que contacté hace tiempo, no me aceptaba un caso de demanda por tutela de derechos fundamentales (nulidad, vamos), porque "al juez no le va a hacer ninguna gracia que estés mano sobre mano un año sin buscar otro trabajo".
EliminarMe daría para un "cuenta tu caso", pero me lo reservo hasta que el juicio salga y se cierre todo, que me da para escribir un libro.
Ni que el juez fuera tu padre que no le va a gustar que estés mano sobre mano un año . Esto es parte de la herencia franquista claramente y es que nada es en valde y aquí no entraron los aliados al finalizar la segunda guerra mundial como deberían haber hecho. Estaríamos en otra parecido a Italia.
EliminarVictor, se puede pedir el paro, ya que estas despedido y por tanto en situacion legal de desempleo y cobrarlo. Despues cuando ganas el nulo y te pagan los Salarios de Tramitación el paro se devuelve ya que los ST son siempre mayores y sigues ganando.
EliminarTampoco te impide nada buscar trabajo mientras dura el proceso.
Incluso puede ser mejor.
Y nada te impediria en ese caso cobrar los ST, incorporarte y al dia siguiente presentar la renuncia voluntaria. Y quedarte en la nueva empresa. En estos casos las de ganar son siempre del trabajador.
Si todo eso lo sé, está más que debatido en Laboro. Iba más por la excusa que me soltó el "laboralisto", si se demanda y hay causa de nulidad, el juez tiene que concederla. Y si el demandante tenía ahorros y podía estar "mano sobre mano" durante un año o dos, pues ha jugado bien sus cartas y ha ganado.
EliminarMuchas veces el trabajador se achanta y agacha la cabeza porque no tiene ahorros. Con independencia de que la justicia sea un horror de lentitud en este país, los ahorros son fundamentales. Todo el mundo debería tener dinero en la cuenta como para resistir un año como poco.
Poner en la caja de búsqueda dentro de Laboro la palabra ' ahorro' Encontrarás enlaces tan útiles como éste:
Eliminarhttps://laboro-spain.blogspot.com/2020/05/ahorrar-trabajo.html?m=1
Ese trabajador ya sabía lo que se hacía ya que los tenía bien puestos ,sabía claro que cartucho de la escopeta usar y no retrocedió un paso,como dice Laboro a ver qué empresaurio hace cundir el ejemplo en el tema de fastidiar a un trabajador ,por qué el currante ese ya les hizo un monumento
ResponderEliminarUn comentario procedimental/jurídico. Aunque el trabajador pueda representarse a sí mismo en primera instancia, y de forma gratuita (tal como Laboro nos ha enseñado, véase https://laboro-spain.blogspot.com/2019/07/cuanto-cuesta-denunciar-empresa.html), en este caso el trabajador tuvo que presentar recurso ante el TSJ autonómico. Y ahí si que se nos ha enseñado (https://laboro-spain.blogspot.com/2018/04/demandar-empresa-sin-abogado.html) , que según el tipo de recurso, sí que es necesario abogado y procurador. (aunque no pagarías el coste de los abogados de empresa, por https://laboro-spain.blogspot.com/2021/03/costas-abogados-multa-temeridad-demanda-empresa.html). Por lo tanto, no sólo tiene el trabajador que saber lo que se hace, y tener "caja de resistencia" (ahorro) para vivir sin trabajar (por lo menos mientras encuentra otro trabajo, mientras sucede el juicio, y los recursos, etc), sino que tiene que tener también para el abogado del recurso, y la posibilidad de que esas costas no se las devuelvan (que en este caso sí, y mejor para el trabajador, pero hay que tenerlo en cuenta, no todos los recursos prosperan). Sé que esto es más bien una consulta laboral que un comentario, pero realmente intento apuntar a un hueco que veo entre los artículos de "conocimientos básicos" de Laboro. Dado que todo lo demás es públicamente accesible, Laboro, ¿considerarías hacer un artículo adicional sobre recursos al TSJ y costes de abogados?
ResponderEliminarMe da mucha envidia que haya trabajadores capaces de encontrar un abogado que les acompañe en todo el proceso. Yo solo encuentro vagos, patanes y rellenaplantillas, y eso que lo tengo documentado y más que ganado, pero claro no es una reclamación de improcedencia en la que solo hay que rellenar importes y sumar. Por no hablar claro de los prevaricadores que te encuentras trabajando en el juzgado, disuadiéndote para no hacer su trabajo...
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