¿Es un “error” el haber quitado protecciones contra el despido?

En los últimos días se ha aprobado la llamada “ley de paridad”, que obliga a unos porcentajes de reparto de cargos por sexos en algunas empresas grandes, sindicatos, etc. etc. Pero no vamos a hablar de eso, sino de que en esta ley se ha “colado” la eliminación de dos de las causas o situaciones de protección contra el despido.

En Laboro ya explicamos que hay dos tipos de despido nulo: el nulo “automático” y el nulo “por indicios” de violación de derechos fundamentales. Por ejemplo, es nulo automático el despido de una mujer embarazada o el de cualquier trabajador que esté disfrutando del permiso de paternidad o maternidad; es decir que el trabajador no tiene que demostrar que el despido haya sido a causa del embarazo o del permiso. Por el contrario, el despido por haber demandado o denunciado antes a la empresa no es nulo automático sino que el trabajador tiene que presentar indicios, no pruebas completas, de que el despido fue a causa de esa demanda o denuncia previa.

Hace muchos años que dentro de las situaciones de despido nulo automático también está la reducción voluntaria de jornada. Además, en junio de 2023 se añadieron otras dos situaciones de nulidad automática del posible despido: la adaptación voluntaria de jornada y el permiso de 5 días por enfermedad de parientes.

Pero en la nueva ley de paridad se han eliminado estas dos nuevas situaciones o causas de nulidad automática del despido. La ley ya está aprobada y entrará en vigor el próximo día 22/8/24. Desde esa fecha, el despido por adaptarte voluntariamente la jornada o por usar el permiso de 5 días ya no será nulo automático, sino que tendrás que presentar indicios de que te hayan echado a consecuencia de haber usado esos derechos laborales. Por ejemplo, un indicio típico sería la proximidad de fechas.

Pues bien, en algunos medios han publicado que “fuentes” oficiales han dicho que esta eliminación ha sido un error que van a rectificar, aunque no se sabe cuándo. Pero en otros medios están diciendo todo lo contrario: que el Gobierno lo ha hecho a propósito con ocultamiento y agostidad, como un favor a las empresas, etc. etc. ¿Cuál es la verdad?

Al hablar de legislación, en Laboro nos atenemos a los hechos publicados en los boletines oficiales, porque son los indiscutibles y los únicos que cuentan. Un hecho indiscutible es que en el anteproyecto de ley del día 15/12/23 no estaba la eliminación de esos dos protecciones contra el despido, sino que fue añadida el 7/5/24 mediante la enmienda 93 a propuesta del PSOE y de Sumar. Que cada palo aguante su vela.

La enmienda y su justificación la tenéis en la página 111 de este boletín de las Cortes. La justificación del PSOE y Sumar decía que esa enmienda era necesaria para rectificar un error previo de la llamada “ley trans”, porque se contradecía con la “ley de libertad sexual” al no darle la misma protección contra el despido a las víctimas de violencia sexual que a las víctimas de violencia de género. En resumen, dijeron que Irene Montero no sabía escribir leyes y que por eso lo tenían que arreglar ellos (PSOE y Sumar) después de haber echado a la incompetente del Gobierno.

Por tanto, el objetivo de la enmienda era solo añadir a las víctimas de violencia sexual al listado de sujetos o situaciones de despido nulo automático. Pero los del PSOE y Sumar se equivocaron al redactar la enmienda. En vez de añadir a las víctimas de violencia sexual en el último texto del ET de junio de 2023, que ya tenía también las dos protecciones por adaptación de jornada y por permiso de cinco días, las añadieron en el texto anterior, que no tenía aún esas dos protecciones. Hecho indiscutible: no supieron copiar y pegar, porque se equivocaron al elegir el texto que tenían que copiar. Que cada palo aguante su vela.

Pero ojo, que a ver si hay gentes en las tabernas que se creen libres de toda responsabilidad como salvadores de la clase obrera. Porque otro hecho indiscutible es que esa enmienda fue aprobada posteriormente, al igual que otras, que la nueva ley de paridad siguió su camino y fue aprobada definitivamente en el Congreso también con el voto a favor de Podemos. Que cada palo aguante su vela.

En conclusión, sí que es cierto que ha sido un error porque la justificación de la enmienda decía textualmente que tiene que modificarse “la versión vigente del Estatuto de los Trabajadores”. Lo que pasa es que se equivocaron y modificaron la versión anterior del ET y no la vigente en ese momento. Ni supieron hacerlo los que redactaron la enmienda, ni se enteraron los que la aprobaron luego. Todos: Pedro Sánchez, Yolanda Díaz, Ana Redondo, Ione Belarra, Rufián… Que cada palo aguante su vela. En consecuencia, es un bulo completo lo que están diciendo algunos medios y “enteraos” variados sobre que el Gobierno lo ha hecho a posta sin avisar para favorecer a las empresas, para posibilitar el futuro acuerdo sobre la reducción de la jornada laboral, porque querían facilitar el despido, aprovechando agosto para que no se enterara nadie, etc. etc.

Pero este error no es un error sin importancia ni consecuencias, porque el hecho indiscutible más importante de todos es que de momento en el BOE está publicada la eliminación de esos dos derechos y entrará en vigor el día 22/8/24. Sí o sí. El calendario de sesiones está cerrado por vacaciones, por lo que la única solución que se nos ocurre es que el Gobierno apruebe antes un real decreto urgente, que para eso están y no para otras cosas, en la que elimine el error. Pero ojo, porque el Congreso tendría que convalidar posteriormente ese decreto y a ver lo que votarían los partidos que quisieran aprovechar la ocasión para lo suyo.

Puedes suscribirte gratis para recibir por email los nuevos artículos que se publiquen sobre derechos de los trabajadores. Proporcionamos servcios profesionales de consultas laborales privadas y de redacción de denuncias ante Inspección de Trabajo, sin necesidad de decir en qué empresa trabajas. Dispones del libro "Tus Derechos en el Trabajo" , de otros libros y modelos y de la recopilación gratuita de "conocimientos básicos" para aprender a defenderte tú solo, sin obligación de pagar abogado.

Todos los artículos pubicados en Laboro son 100% originales. Son otros los que copian contenido e imitan el nombre.

5 comentarios: