Si estuvieras suscrito a Laboro (es gratis) ya sabrías, porque ya lo publicamos, que hace un tiempo que el Tribunal Supremo resolvió que estos trabajadores tienen derecho a que la empresa les de otro día libre cuando les coincida con un festivo.
Al calorcillo de esta sentencia hubo otras demandas para casos parecidos. ¿Y qué pasa cuando el trabajador siempre libra los mismos días pero tiene horario de lunes a domingo? ¿Y qué pasa cuando trabaja de lunes a viernes pero también los sábados de luna llena? Todas estas demandas están acabando en sentencias que vienen a decir lo mismo: que también tienen derecho a otro día libre los trabajadores que tienen horario en folios azules y trabajan los domingos cuando juega el Real Madrid, y los hombres menores de 45 años que trabajan los sábados de marea alta en el Cantábrico en octubre. En resumen, todos los trabajadores tienen derecho a un día libre adicional cuando les coincide con un festivo, porque sencillamente una cosa es un festivo y otra cosa es un día de descanso semanal, ya que si fueran la misma cosa se llamarían de la misma forma y no estarían regulados en puntos diferentes del ET, mira tú por dónde.

Esto no quiere decir que los festivos no estén retribuidos. En la mayoría de los convenios el salario también es anual, al igual que la jornada, por lo que al final se trata de que por trabajar X horas al año te van a pagar X*12 euros, por poner un ejemplo. Lo que pasa es que ese salario anual se reparte a lo largo de todo el año, incluyendo festivos, días libres y vacaciones. Por lo que sí que os están pagando los festivos cuando los disfrutáis.
Tomemos como ejemplo un trabajador con jornada anual de 1800 horas, 2 días libres semanales y 22 días laborables de vacaciones. Con estas sentencias, también tendría derecho a los 14 festivos anuales aparte, por lo que sus 1800 horas las tendría que hacer en unos 225 días laborables al año, que sería una media de 8 horas diarias. En cambio, si a este trabajador siempre le pusieran los días libres en festivos, también tendría que trabajar 1800 horas pero en 239 días, que sería una media de 7,5 horas diarias. Al final va a trabajar lo mismo y va a cobrar lo mismo. El verdadero perjuicio de coincidir el festivo con día libre nace de que el trabajador no se cuente las horas anuales.
El problema de fondo es que puedes contar con los dedos de la oreja, especialmente de la oreja derecha, los trabajadores que cuentan y comprueban cuántas horas y cuántos días trabajan al año. La jornada tiene dos límites: límite de número de horas, pero también límite de número de días. Superar uno de los dos límites supone hacer horas extras aunque no se supere el otro límite. En caso de hacer horas extras, se pueden reclamar gratuitamente mediante demanda de reclamación de cantidad.



Modestia aparte, me siento muy orgullosa de haber provocado una mini rebelión en la empresa en que trabajé durante dos años, con un convenio "Contact Center" de chiste, con respecto a las horas anuales.
ResponderEliminarCuando, después de haber contado todas las horas que tenía previsto trabajar, según la empresa y, a falta de dos meses para terminar el año laboral, remití un e-mail al departamento de Rrhh para comunicar que elegía tres días de ese año para no acudir a trabajar, porque rebasaría las horas máximas anuales que marcaba en convenio. Y si no lo veían conveniente, les solicitaba que me las abonaran con un un 75% más, y que me comunicasen su decisión.
Se lo conté a todos los compañeros que me quisieron escuchar. No fueron muchos, porque la peña es muy acojonada y, aunque lo entendieron todos, eso de exigir derechos al jefe, no les gusta mucho, se creían que, automáticamente, los jefes, que son mu majos, ya sabrían cuántas horas trabajaban y, que ya les pagarían lo correspondiente si hacían horas extras sin querer.
Otrs, me miraban con cara de susto y se apartaban enseguida de una flipada como yo, no vaya a ser que se piensen los demás que me hubieran tratado como a una persona, y no como a una basura blanca, que es lo que se espera de ellos por parte de sus superiores.
Bueno, un par de personas me atendieron y contaron sus horas también. Los que nos pusimos en contacto con Rrhh obtuvimos días "libres" en compensación. Fue muy sencillo.
A los demás, no sé si les pagaron las horas extraordinarias que creían que iban a cobrar porque, poco después, me despidieron. Objetivamente, según la empresa. Demandé y cobré indemnización por despido improcedente. Pero ésa es otra historia...