Indemnizaciones y multas por la violación de los derechos del trabajador.

Muchos trabajadores se preguntan qué le podría pasar al empresaurio que viole sus derechos en caso de que le demandara y ganara. Es decir que si podría haber algún tipo de "recargo" o "castigo" adicional para el empresaurio, aparte de que le condenaran a darle al trabajador por las malas lo que hubiera tenido que darle por las buenas. Pues bien, en general en estos casos podría haber cuatro tipos de "castigo" adicional para el empresaurio condenado, en orden creciente de gravedad:

La readmisión tras despido explicada a trabajadores.

Cuando un trabajador sufre un despido y presenta demanda de impugnación contra el mismo, el asunto puede acabar en readmisión. La readmisión implica siempre que la empresa pague al trabajador y cotice a la SS los conocidos "salarios de tramitación", que serían su salario completo entre fecha efectiva de despido y fecha efectiva de readmisión, pudiendo descontarse el salario que pudieran probar que el trabajador hubiera percibido en un nuevo empleo.

Denuncia ante Inspección de Trabajo explicada para trabajadores.

¿Quién puede denunciar?

Las denuncias no pueden ser anónimas, aunque hay otro procedimiento de comunicación a la Inspección que sí que es anónimo y se explica luego. Pero que la denuncia no pueda ser anónima no quiere decir que sea necesario que el denunciante sea el trabajador interesado. Sencillamente, cualquier persona puede presentar denuncia ante Inspección de Trabajo contra cualquier empresa, aunque no sea ni haya sido nunca empleado de la misma. Por ejemplo, tu madre o tu primo pueden denunciar a la empresa en la que tú trabajas. Pero como tu padre o tu primo no son trabajadores de la empresa, difícilmente podrían ver afectados sus derechos individuales o colectivos por el resultado de la investigación. Lo que quiere decir que la Inspección no tendría que informar a tu madre o a tu primo del estado de tramitación de su denuncia ni de los hechos que se hayan constatado ni de las medidas adoptadas al respecto.

Derechos del trabajador por la venta de la empresa.

En este artículo vamos a hablar de los derechos del trabajador "subrogado", ya que los trabajadores suelen llamar "subrogación" a lo que técnicamente sería una sucesión de empresa.

Una subrogación es un negocio jurídico por el cual una persona sustituye a otra en una obligación. En el mundo laboral, la subrogación quiere decir sencillamente que se produce un cambio de empleador sin cambiar el contrato de trabajo. Para que todos lo entiendan: subrogación quiere decir que cambias de empresa pero no cambias de empleo. Es la típica situación que se puede producir cuando una empresa compra a otra empresa y con ella a sus trabajadores. Entonces los trabajadores dicen que "me han subrogado", cosa que está mal dicha porque quien se subroga realmente es la nueva empresa.

Cómo se entregan los partes de baja y de alta.

Todos sabéis que el médico entrega dos copias del parte de baja, confirmación de baja o alta: una para el trabajador y otra para la empresa. Por supuesto, lo más importante es que conservéis vuestra copia. Por otro lado, vamos a ver si conseguimos que se entiendan las normas relativas a la entrega a la empresa de su copia del parte a la vista de los recientes cambios en la normativa al respecto.