- En todo tipo de despido se tiene derecho a cobrar el paro, incluidos los despidos disciplinarios procedentes. O sea que el trabajador nunca perdería el paro incluso aunque presentara la demanda de impugnación de su despido y la perdiera. Por supuesto, puede pedir el paro y empezar a cobrarlo aunque demande. Es decir que el paro no es algo que te pueda quitar la empresa nunca, ni aunque fuera cierto y probado que te despidieran por robar el furgón blindado con la recaudación.
- No existen las manchas en el informe de vida laboral de la SS porque en el mismo sólo figuran fechas de alta y de baja, pero no las causas de dichas bajas.
- Actualmente casi todos los despidos disciplinarios son declarados improcedentes incluso tratándose de faltas claras y probadas. Por tanto sería casi milagroso que la empresa consiguiera la procedencia de un despido disciplinario o la justificación de una sanción basándose en falsos delitos y/o negligencias.
- Si grabaras la encerrona, aunque de forma oculta, podrías utilizar la grabación como prueba en juicio. Con eso no sólo conseguirías que el despido fuera improcedente o incluso nulo, sino que podrías interponer querellas criminales contra el empresaurio y contra el asesor/abogado/sindicalista/encargao/loquesea que hubiera participado de forma activa en nada menos que cuatro posibles delitos al menos en grado de tentativa: coacciones (la amenaza de la denuncia falsa), estafa (la carta de despido fechada un mes antes y/o sin cobrar realmente la indemnización), acoso laboral (actos hostiles prevaliéndose de superioridad en relación laboral) y calumnia (imputación falsa de un delito). Cuatro de los delitos habituales de los empresaurios hispánicos. Por tanto no sólo estaríamos hablando del pago de unas indemnizaciones de despido, sino de además multas, prisión y sobre todo de que los delincuentes respondieran con sus bienes personales de las indemnizaciones que tuviera que cobrar el trabajador. Ahí es donde realmente les duele, porque todo empresaurio que se precie, junto con su asesoría Pepe, lleva años con un montaje destinado a que pague impuestos e indemnizaciones Rytha la blues singer.
- Aunque fuera cierto que hubieras cometido errores en tu trabajo, el principio fundamental de toda relación laboral es que es por cuenta ajena. Esto quiere decir que la empresa es la que corre con todos los riesgos, ya que por algo se quedan con el fruto de tu trabajo. Por otro lado, las únicas sanciones válidas son las de días de empleo y sueldo y el despido disciplinario, pero están prohibidas textualmente por el art.58 ET las multas económicas y/o de minoración de descansos o vacaciones. En resumen, que si eres fontanero y le pones mal la ducha a un cliente de tu empresa y se le inunda el baño, tu empresa es la que se come el marrón. Si luego quieren, que te pongan una sanción de empleo y sueldo o que te despidan, pero los daños se los pagan ellos al cliente.
- Lo malo de las sanciones de empleo y sueldo es que no cobras. Pero lo bueno es que no trabajas. Una cosa va con la otra.
- Por supuesto, tanto las sanciones como los despidos son siempre impugnables en el plazo de 20dh ante el juzgado de lo social y en todo caso será la empresa la que tenga la carga de la prueba. Es decir que tendrían que probar la existencia y la gravedad de la falta. Pero ojo, que equivocarse en el trabajo no siempre es falta. Para que un error sea falta sancionable tiene que reunir cierto grado de voluntariedad y/o negligencia y por supuesto puede haber mil eximentes, como falta de formación del trabajador, falta de medios, etc. Sobre la empresa es sobre quien recae la carga de la prueba de todo esto. Es decir que tú no tienes que demostrar que has trabajado bien y que no has cometido faltas, al igual que no debes ni puedes demostrar que no existan los unicornios, sino que es la empresa la que tiene que demostrar todo lo contrario y además claramente.
- Si ganaras el recurso contra la sanción, la empresa tendría que pagarte y cotizar los días de sueldo que te quitaron, pero tú no tendrías que devolver los días de empleo. Vacaciones extras y pagadas.
- Si fuera verdad que tuvieran pruebas de delitos reales, no necesitarían acordar nada contigo. Te harían un despido disciplinario gratuito poniendo dicho delito como causa del despido y asunto arreglado. Pero lee la carta de despido que quieren que firmes y verás como seguramente no aparece dicho delito en la misma. ¿Por qué? Lo primero porque no tienen pruebas de tu delito al igual que no las tienen de la existencia del unicornio. Lo segundo porque saben que acusarte de un delito falso en la carta de despido es a su vez un delito de calumnia cometido por la empresa y seguramente no sean tan tontos de hacerlo por escrito.
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Este es uno de los mejores blogs de asuntos laborales que he visto. Puede que el mejor. Excelente artículo y clarísima explicación.
ResponderEliminarNuevamente dejando las cosas claritas a los trabajadores.
ResponderEliminarAcabar con un padefo en tu entorno está en tu mano. Hazlo y que luego te invite a unas tapas con lo que va a sacar de más denunciando.
Ojalá hubiese conocido a Laboro antes, antes hubiese hecho uso de su servicio de consultas.
Lo que más me duele de estar parado es que es ahora cuando podría defenderme de toda esta caterva, por supuesto en parte gracias a este blog (peloteo aparte).
ResponderEliminarLa ley española es 100% favorable al trabajador. Este blog abre los ojos,de una manera cruda. Básicamente, cualquier trabajador está protegido, incluyendo los sinvergüenzas, ante los cuales las empresas no tienen defensa alguna, por muy borricos que se pongan y mucha chulería que exhiban algunos "encargaos" y "gerentillos".Espero que el blog siga con algunas entradas más. Es muy interesante.
ResponderEliminarLABORO ¿qué va a hacer Mariasno? Hay rumores de "segunda reforma laboral" en verano
Pepe, que va ha hacer un borrico....¡Impredecible!
ResponderEliminarA mi me ha pasado justo lo que se comenta en este Blog. Me despidieron por sorpresa al llegar a la oficina, solo me dió tiempo a saludar a mis compañeros nada mas llegar, me llamó el jefe a la oficina y ya me tenenia todoss los papeles preparados para que los firmara. me engaño con lo de no cobrar el paro y firmé que me daban el finiquito PERO NO ME LO DIERON, ¡¡¡ Que tonta por dios¡¡¡¡
ResponderEliminarPor cargar mal un palets en un camión te pueden echar, lo único que cambia es el producto
ResponderEliminarPor cargar mal un palets en un camión te pueden echar, lo único que cambia es el producto
ResponderEliminarBuenas tardes,
ResponderEliminarEstoy de baja por stress y ansiedad en el trabajo.Llevo de baja desde el 08/01/2016.Mi puesto es de administrativo comercial.Normalmente al hacer trabajo fuera de la oficina la empresa me dio un portátil y móvil de empresa.Tras la baja me lo han pedido.He preguntado porqué y nadie sabe nada.Llamo a la empresa ni me cogen el teléfono ni contestan a los correos.Me temo que quieren despedirme.Estando de baja podrían hacerlo.No he recibido notificación ni nada y los partes se los envío en plazo.Al no darme ninguna explicación mi responsable no se de que va esto.Me temo que puede ser alguna encerrona.Como puedo proceder? Aún estoy de baja y pensaba incorporarme ya en Marzo.En mi trabajo he oído de algún caso que le piden baja voluntaria al trabajador.Que debo hacer?
Si alguien me pudiera aconsejar un poco se lo agradecería.La verdad estoy muy nervioso con el tema.
Tengo que marchar de comun acuerdo de mi empresa y avise dos meses antes ....oi, cuando faltaba 6 dias de marchar, despues de calcular el fininguito...el patron me esta acusando de mierda...pa que no me lo dan...6 mil pagos...y paro...
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