Demanda por diferencias salariales.

Cuando en vuestro trabajo os pagan menos de lo que dice el convenio, porque os hayan puesto una categoría inferior a la real y/o porque se hayan "equivocado" de convenio, podéis esperaros a demandarles después de iros o de que os echen. Desde el día 11/12/2011 en que entró en vigor la nueva LJS se puede reclamar la cantidad y el despido en la misma demanda y sólo habrá un juicio y una sentencia

La cantidad que podéis cobrar es tan grande que muchas veces ni os la creéis y por eso no demandáis, pero la realidad es que la demanda de reclamación de cantidad es de las más fáciles de ganar pero en ocasiones es de las más difíciles de redactar y preparar el juicio, por el tema de los cálculos. Por eso algunos "profesionales" os aconsejarán llegar a un acuerdo simplemente porque es mucho menos trabajo para ellos, no porque sea difícil de ganar.

Vuestra estrategia podría ser más o menos así, aunque siempre habría que analizar el caso particular por si acaso:

  1. Durante toda vuestra estancia en la empresa acumuláis pruebas de vuestras funciones reales. Es muchísimo más fácil de lo que creéis. Las grabaciones ocultas son válidas como prueba. Cualquier teléfono actual graba vídeos, fotos y audio. A buen entendedor... Como pruebas o indicios también pueden valer la oferta de empleo por la que os contrataron, sobre todo si es fue por una carta del Servicio de Empleo o un anuncio en el periódico. Si es en una página web se puede ir a un notario para que levante acta, que eso va a Misa. Por supuesto también valen los testimonios de empleados, clientes, exempleados, proveedores, vecinos...
  2. Si la empresa se ha "equivocado" de convenio para pagaros menos, tenéis que recoger pruebas de cuál es la actividad real de la empresa. Es muy sencillo: anuncios, folletos publicitarios, presupuestos, facturas, tickets...
  3. Cuando tengáis pruebas tendréis la escopeta cargada y la podréis disparar cuando queráis, antes o después de que os echen o de iros. Sólo hay que tener la precaución de firmar cualquier despido o finiquito poniendo "no conforme" y la fecha real de entrega en todas las hojas de la carta.
  4. La demanda vendría a decir decir: "Señor Juez, me han pagado X como demuestran mis nóminas o ingresos bancarios, pero según el convenio correcto y estas pruebas me tenían que haber pagado Y. Por tanto me deben Y-X multiplicado por 12 y a la SS le deben la cotización de Y-X multiplicada por 48. Como la indemnización la han calculado con X en vez de con Y, el despido es improcedente". Lo del 12 es porque sólo se pueden reclamar diferencias salariales de un año atrás y lo del 48 es porque de cotización se puede reclamar de 4 años atrás.
  5. Podríais requerir a la empresa que en un plazo de 30 días cumpliera con su obligación legal de indicaros por escrito vuestra clasificación profesional correcta según convenio.

Veamos un ejemplo, basado en una oferta de empleo inventada pero que podría ser tan real que es casi seguro que hoy mismo habrá publicadas ofertas similares en cualquier web de empleo:

Empresa de ingeniería precisa AUXILIAR ADMINISTRATIVO. Imprescindible licenciado en Económicas o Empresariales, dominio de Office, ContaPlus y NominaPlus y al menos 3 años de experiencia en puesto similar. Salario: 13.000€ brutos anuales.

Supongamos que te contratan por esta oferta, que estás 4 años en la empresa y luego te despiden. Pondrías una sola demanda (lo permite la nueva LJS) de impugnación del despido y de reclamación de cantidad. Si quieres, puedes poner sólo la de reclamación de cantidad para que la empresa no pueda readmitirte y te pudieras ir al paro. Podría pasar lo siguiente si el asunto llegara a juicio:

  1. Con el anuncio y/o pruebas que hayas recogido demostrarías:
    • Que el convenio de obligatoria aplicación es el estatal de Ingenierías, por si acaso te han aplicado algún otro con salarios inferiores o incluso te han dicho que no tienes convenio.
    • Que tu categoría es la de "personal titulado", ya que en el convenio se describe como "es el que se halla en posesión de un título o diploma universitario oficial de ingeniero, arquitecto, licenciado o doctor (antes, de grado superior), ingeniero técnico, arquitecto técnico, aparejador y diplomado (antes de grado medio), que está unido a la empresa por un vínculo de relación laboral concertado en razón del título que posee".
    • Que tu salario anual, según tablas salariales vigentes a fecha de despido, era de 28.664,12€ anuales brutos.

  2. Te han pagado 19.000€ en el último año, por lo que te deben 9.664,12€ más el 10% de interés moratorio.

  3. De indemnización por despido improcedente te han pagado 6871,23€, pero tras calcular el salario correcto te tendrían que haber pagado 10366,20€, por lo que te deben 3494,97€.

Ganando el juicio, la empresa te pagaría a ti 13.159,09€ aparte de todo lo que habías cobrado antes. Posteriormente, podrías presentar denuncia ante Inspección de Trabajo para que cobrara a la empresa la cotización de las diferencias salariales, pero no solo las del último año sino de los últimos 4 años. Luego podrías solicitar al SEPE que te actualizara el importe percibido de prestación de desempleo, en caso de que te hubiera correspondido uno superior por haber aumentado la cotización. Sin olvidar que no ganar el juicio, o ganarlo por una cantidad inferior, no supondría problema alguno porque no tendríais obligación de contratar abogado ni procedería condena en costas en caso de perder.

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