Las pruebas falsas en juicios laborales.

El Diario de Mallorca relata hoy que un empresario ha sido condenado a 1 año de cárcel por falsificar una carta de baja voluntaria, pero no cuentan la parte laboral del caso. ¿Qué sucede cuando alguien presenta un documento falso en un juicio laboral?
  1. Si la otra parte afirma que es falso, el acto del juicio no se suspende por esta causa, sino que sigue hasta el final.
  2. Una vez finalizado el acto, el juez decidirá si ese documento puede ser "de notoria influencia en el pleito" porque necesite saber si es o no falso para poder dictar sentencia.
  3. Si decide que es importante, dará un plazo de 8 días a quien haya dicho que era falso para que presente una querella criminal.
  4. El juez esperará los meses o años que hagan falta hasta que esta querella se resuelva.
  5. Cuando se haya resuelto, en función de lo que le diga el otro juez, dictará sentencia sobre el caso laboral.

Por tanto, en el caso de Mallorca, al ser falsa la carta de baja voluntaria lo que hubo realmente fue un despido encubierto, y ahora el juez deberá decir en la sentencia si el mismo es improcedente o nulo. El pequeño "problema" es que hace más de 3 años del despido, que fue el 29/1/2008, por lo que al ser anterior a la reforma laboral del 2012 el empleado cobrará y cotizará estos 3 años de salarios de tramitación, tanto si la cosa acaba en despido nulo como si acaba en improcedente. En el 2º caso tendrían que pagarle además la indemnización de 45d por año.

Sirva este caso como ejemplo para todos esos "empresarios" aficionados a pagar con billetes de Mortadelo y sobre todo para los trabajadores que no se atreven a demandar en casos parecidos porque creen que no servirá de nada. Es muy habitual que muchísimas empresas os hagan firmar la carta de baja voluntaria con la fecha en blanco cuando empezáis a trabajar. Pues bien, si añadieran la fecha luego para despediros gratis sería una falsificación exactamente igual que falsificar vuestra firma como en el caso de Mallorca.

En un caso así nada tenéis que perder y muchísimo que ganar. Nada que perder porque si no demandáis os quedáis sin indemnización y sin paro, por tratarse de una supuesta baja voluntaria. Mucho que ganar porque el caso durará mucho, por el tiempo necesario para la resolución de la querella que tendréis que poner si la empresa no reconociera en el juicio de despido que la carta es falsa. Eso hará que si finalmente ganarais cobraríais muchísimo de salarios de tramitación si el despido acabara en readmisión o bien cobraríais la indemnización de despido improcedente, que es la máxima.

Ni que decir tiene que hay que ser muuuu tontooo para presentar a juicio una carta de baja voluntaria con la fecha añadida después. Cualquier perito, o incluso cualquier persona, con la lupa del abuelo podrá ver perfectamente que la fecha y el resto del texto fueron escritos o impresos en momentos diferentes, lo cual contradice absolutamente el sentido y lógica de una carta de dimisión laboral. Por tanto no sólo palmarán el juicio laboral y tendrán que pagar más de lo que hubiera sido un despido directo, sino que encima se encontrarán con una condena del juzgado de lo penal, que en el mejor de los casos será multa + antecedentes penales y en el peor ingreso en prisión.

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