Siguiente reforma laboral: traducción del documento filtrado.

Ayer publicaron en kaosenlared un documento que se supone que contiene las líneas maestras de la que va a ser la segunda reforma laboral en un año, que este viernes será aprobada en el consejo de ministros. Al menos eso anunció el vicepresidente hace pocos días.

Materia. Lo que dice el documento. Traducción para que lo entiendas.
Ultraactividad. "... modificar los actuales sistemas de solución extrajudicial de conflictos para incluir entre ellos el sometimiento a arbitraje, tras la mediación correspondiente sin efecto, cuando se agoten los plazos de negociación que deben prever los convenios colectivos como contenido mínimo [...] el acuerdo logrado a través de la mediación y el laudo arbitral tengan la naturaleza jurídica y eficacia de convenio colectivo y que puedan ser recurridos ante la jurisdicción social, por los procedimientos y causas previstos para el convenio colectivo." Cuando finalice un convenio, parece que seguirá vigente de momento, pero si no hay acuerdo rápido decidirá un árbitro.
Flexibilidad. "El convenio colectivo sectorial es el espacio adecuado para ordenar el uso flexible en la empresa de elementos como el tiempo de trabajo y la movilidad funcional en un sentido complementario a las previsiones legales, de forma que su regulación convencional desincentive el uso de la extinción de la relación laboral como instrumento para la adecuación de la capacidad productiva al ciclo. A tal efecto, el convenio sectorial deberá, como contenido mínimo, regular criterios, causas, procedimientos, periodos temporales y periodos de referencia para la movilidad funcional, tiempo de trabajo (bolsa de horas, distribución irregular de la jornada y la modificación del calendario laboral) en el ámbito de la empresa. [...] se acudirá a la Comisión Paritaria correspondiente y, de persistir el conflicto a los sistemas de solución extrajudicial de conflictos" No hace falta despedir al trabajador porque cuesta dinero. Es más fácil joderle el horario para que se vaya solo. Así tampoco se le paga paro. Si no está de acuerdo no podrá recurrir al juez.
Descuelgue salarial. "El modelo, no obstante, debe afrontar en la actualidad situaciones extraordinarias de la economía internacional y española en el marco de la Unión Europea que contribuya a la viabilidad de las empresas y sectores. Por ello, debe compaginar la negociación salarial con el mantenimiento del empleo cuando se den dichas circunstancias. [...] la negociación se realizará en el ámbito de la Comisión Paritaria correspondiente y, en su defecto, se aplicarán los procedimientos de solución extrajudicial de conflictos." Si las cosas van bien no se reparten beneficios. Si van mal, podrán congelarte el sueldo y en el peor de los casos incluso bajártelo. Si no te gusta no podrás acudir al juez.
Absentismo. "La mejora de la colaboración de las mutuas con la administración de la Seguridad Social y los servicios públicos de salud, para el control de los procesos y el acortamiento del tiempo de recuperación de la salud, con el consiguiente efecto derivado sobre los costes empresariales." ¿Hace falta decir más? A buen entendedor...

¿Esto es lo que se va a aprobar el viernes? Es mucho más probable que el texto definitivo sea peor todavía para los trabajadores. Eso es lo que ha pasado siempre. Un día habría que publicar un estudio histórico de la evolución desde 1980 del Estatuto de los Trabajadores en las materias con miga: contratos, despidos, extinciones, modificación de condiciones, horas extras... Veréis qué ilustrativo queda. Suscribiéndose se reciben los artículos gratis.

Por supuesto, estas extrajudicializaciones podrían ser anticonstitucionales. El art.24 de la CE dice: "Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión." Pero ahora va a resultar que cualquiera puede demandar a su vecino por poner la tele alta pero no va a poder demandar a su empresa por bajarle la categoría y el sueldo y cambiarle al turno de noche.

Hay que ver lo que le jode a la patronal que en los últimos años los jueces hayan facilitado la reducción voluntaria de jornada, hayan establecido que las vacaciones nunca se pierden cuando coinciden con una baja, hayan hecho casi imposible el despido disciplinario procedente, hayan impuesto indemnizaciones millonarias por acoso laboral, hayan declarado improcedentes miles de despidos objetivos o hayan permitido anular los preavisos de baja voluntaria.

El objetivo fundamental de la patronal está clarísimo: los beneficios son exclusivos de las empresas pero los riesgos y pérdidas se comparten con los trabajadores. Las reformas están simplemente cambiando el reparto del pastel y su sabor pero no están cambiando ni los ingredientes ni el tamaño del pastel. Las reformas futuras irán en el mismo camino.

El pasado día 25/5/11 se publicó el artículo "Ya está aquí otra reforma laboral mucho peor y no lo sabías", que es el más recomendado en las redes sociales de los publicados hasta hoy en Laboro. Lee el artículo y decide por ti mismo si era alarmista, si estaba bien encaminado y si los usuarios de Facebook, Twitter, Bitácoras, etc. tenían razón o no en su recomendación.

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