El Supremo declara improcedentes los despidos que Ciudadanos quería que fueran procedentes por Ley.

Muchos recordarán, pero muchos más habrán olvidado, que hace pocos meses Ciudadanos sometió a votación en el Congreso una nueva reforma laboral perjudicial para los trabajadores. La quisieron disfrazar de "lucha contra la precariedad laboral", pero su redacción incluía nada menos que un nuevo facilitamiento del despido objetivo hasta límites que serían difícilmente superables en caso de que se hubiera aprobado la reforma, cosa que no ocurrió. Recordad que el despido objetivo es mucho más barato que el improcedente.

Concretamente pretendían crear dos nuevas causas de procedencia de un despido objetivo. La primera era la finalización de contrata "por cualquier causa en todos los casos". La segunda era mucho peor y es de la que se trata en este nuevo artículo publicado en Laboro:

"Por la amortización justificada de un puesto de trabajo individualizado. Se considerará que la amortización está justificada cuando las funciones desempeñadas por el puesto de trabajo no respondan a una necesidad de trabajo de carácter estructural y permanente dentro de la actividad normal de la empresa. En todo caso, se entenderá que no responden a dicha necesidad los puestos de trabajo cuyas funciones hubiesen devenido innecesarias o redundantes con las de otros puestos de trabajo como consecuencia de una movilidad funcional o geográfica o de una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo o como resultado de cambios en el objeto social de la empresa o en su estrategia empresarial, en su estructura organizativa, en su actividad, en su oferta de productos o servicios o en la composición de su cartera de clientes o proveedores, o a resultas de la aplicación de una innovación tecnológica o de alteraciones significativas del mercado."

El representante de Podemos dijo en el debate en que el que rechazó esta reforma: "les faltó decir que si llueve se podrá despedir". ¿Y qué pasa ahora con esta reforma rechazada? Pues que el TS acaba de dictar una sentencia en la que declara improcedentes los despidos que hubieran sido procedentes si se hubiera aprobado la reforma. ¿Por qué te crees que querían aprobarla si no? Con un resumen de los hechos de la sentencia se entiende perfectamente:

  • Una empresa quería despedir a un trabajador indefinido, conductor de grúas, sin que nunca se haya probado que tuvieran causa para hacerlo.
  • Antes de despedirle le comunicaron un traslado "obligatorio" a más de 200km de su domicilio. Pero el trabajador sabía que ante un traslado no solo queda la opción de irse o aceptarlo sino que también se puede impugnar judicialmente porque el traslado tiene que estar justificado. Curiosamente, en el acto de conciliación la empresa desistió del traslado y readmitió al trabajador en su puesto original.
  • Después de la readmisión la empresa vendió 11 grúas porque quiso hacerlo, sin que conste causa alguna que la pudiera forzar. Curiosamente, menos de 3m después de su readmisión ya habían despedido al trabajador mediante despido objetivo. Por resumir, la causa del despido era que a la empresa ya no le hacía falta ese conductor de grúas porque la empresa había vendido grúas.
  • El trabajador presentó demanda de impugnación de despido y su caso ha llegado hasta el TS, cuya sentencia viene a decir en resumen que la causa única de un despido objetivo no puede ser la creada artificialmente por la empresa mediante una decisión unilateral. Dicho de otra forma, que las causas válidas de un despido objetivo tienen que ser objetivas y no subjetivas. ¿Cómo va a ser objetivo despedir a un trabajador porque ya no hace falta a causa de algo que la propia empresa ha hecho sin necesidad?

El caso que nos ocupa en este artículo es que este despido habría sido procedente si se hubiera aprobado la reforma laboral que presentó Ciudadanos y se hubiera realizado después de la misma. Este y 20 millones más. Aunque autocitarse por lo visto está mal, en el artículo publicado en Laboro sobre dicha reforma ya se decía: "Realmente habría que ser un empresaurio mu tonto para no colar como procedente un despido objetivo de esta forma [...] un empresaurio cambia porque quiere el objeto social de su empresa, su estrategia, sea lo que sea lo que signifique concretamente eso, su estructura organizativa, los productos que vende, los proveedores o incluso cambia las condiciones de trabajo de sus empleados y entonces a partir de ahí puede despedir a cualquier trabajador. Podría fabricarse sus propias causas de despido objetivo procedente."

Cualquier empresa puede echar a cualquier trabajador recurriendo al despido improcedente aunque no tengan causa demostrable, con la excepción de los trabajadores con protección contra despido. Precisamente para eso el PP rebajó ya dos veces el coste de este despido, la última en el 2012 bajando la indemnización a 33d/año. Pero a algunas empresas les sigue pareciendo caro pagar 33d/año. El despido objetivo solo cuesta 20d/año, pero lo malo es que tiene que tener causa demostrable. Así que el "truco" es poner en la Ley causas de despido objetivo que cualquier empresaurio pueda cumplir.

A los políticos no hay que valorarlos por lo que dicen ni por su aspecto sino por lo que hacen. Lo que hacen los políticos son las propuestas legislativas que presentan, aunque sean rechazadas, y lo que votan a las propuestas de otros. A pesar de ello, millones de trabajadores se disponen a votar a los mismos partidos que vota su jefe, el que parte de su salario se lo entrega en B, el que no les paga las horas extras y el que se olvida de pagar el IVA de la mitad de lo que hace.

Puedes suscribirte gratis para recibir por email los nuevos artículos que se publiquen sobre derechos de los trabajadores. Proporcionamos servcios profesionales de consultas laborales privadas y de redacción de denuncias ante Inspección de Trabajo, sin necesidad de decir en qué empresa trabajas. Dispones del libro "Tus Derechos en el Trabajo" , de otros libros y modelos y de la recopilación gratuita de "conocimientos básicos" para aprender a defenderte tú solo, sin obligación de pagar abogado.

Todos los artículos publicados en Laboro son 100% originales. Son otros los que copian contenido e imitan el nombre.

9 comentarios: