El FOGASA mejora sus prestaciones en 2021

Desde el 1/1/21 el FOGASA también tiene la responsabilidad legal de pagar las indemnizaciones adeudadas por las empresas a causa de extinciones voluntarias de contrato por modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y por traslados con cambio de domicilio.

El caso típico es el siguiente: Paco el del taller quiere cerrar su negocio de Soria pero sin pagar deudas a sus trabajadores, con lo que les comunica que los traslada a su otro taller de Salamanca, pero que tienen la opción de extinguir voluntariamente sus contratos con indemnización de 20d/año. O bien les comunica que les empeora muchísimo sus condiciones de trabajo, ofreciéndoles también la posibilidad de la extinción voluntaria con indemnización.

Los trabajadores ejercen esa opción de irse cobrando indemnización y paro, pero Paco no les paga la indemnización. Los trabajadores le demandan, pero Paco se ha ocupado previamente de vaciar su empresa de líquido y de bienes. Los trabajadores ganan la demanda e incluso Paco ni se molesta en presentarse a juicio y por supuesto tampoco paga. Entonces los trabajadores solicitan la ejecución de la sentencia, pero no hay bienes de la empresa que puedan ser embargados y en consecuencia el juzgado declara insolvente a la empresa de Paco. Entonces los trabajadores solicitan al FOGASA el pago de las indemnizaciones.

Aquí está la novedad. Hasta ahora, el FOGASA podía negarse a pagarlas porque el ET no citaba textualmente que tuviera que pagar las indemnizaciones por extinción voluntaria a causa de un traslado o de modificación sustancial. Que había sentencias del TJUE y del TS que decían que sí que tenía que pagarlas, pero el trabajador se veía en la necesidad de tener que demandar también al FOGASA para cobrar. Pero desde el 1/1/21 ya no existe este problema porque ahora el ET ya asigna textualmente al FOGASA la responsabilidad por el pago de estas indemnizaciones, lo que quiere decir que los trabajadores que se vean en el caso deberían cobrar mucho antes.

El resto de responsabilidades del FOGASA siguen igual. Se seguirán pagando también las otras indemnizaciones de despido, de extinción voluntaria indemnizada por impagos o retrasos graves y de finalización de contrato temporal, así como los salarios pendientes. Todo ello con el tope del doble del salario mínimo. De nuevo hay que recordar, porque procede y porque es cierto, que hasta la reforma laboral del PP del 2012 el tope era el triple del salario mínimo. Es decir que el PP rebajó las prestaciones del FOGASA a los trabajadores. Hay que recordarlo aunque les moleste a los obreros de derechas que se creen clase media y a los que les gustan las prestaciones cuando las cobran ellos, pero votan a los partidos de derechas para que se las rebajen a los demás... O algo así, ya que es difícil de entender pero en su mente es perfecto.

Quizá también sea necesario recordar lo que es el FOGASA y para lo que sirve. Muchos trabajadores aún se creen el rollete ese que les cuenta Manolo el del bar: "cuidao que si me demandáis me declaro insolvente y no cobráis". Aunque realmente Manolo no miente, sino que no tiene ni putííísima idea de lo que habla, para variar. El problema es que muchos trabajadores tampoco tienen ni putííísima idea ni de lo que hablan ni de lo que hacen ni menos aún de lo que no hacen. Pero si habéis leído bien todo lo anterior, habréis comprendido que, en caso de demanda, Manolo no sería quién para declararse insolvente a sí mismo sino que lo declararía insolvente el juzgado. Pero antes se comprobaría si hubiera algo embargable, como el local o los vehículos. Por ejemplo los coches personales de Manolo y de su mujer la Vane, porque los pusieron a nombre de la empresa para quitarse el IVA. Si fuera cierto que no hubiera nada que embargar, entonces os pagaría el FOGASA aunque fuera menos si cobrarais más del doble del SMI. Es decir que el trabajador no se queda nunca sin cobrar a no ser que no demande, que es lo contrario de lo que Manolo "aconseja" hacer. Sin olvidar que para demandar no es obligatorio contratar abogado y que tenéis disponible un libro en PDF que explica cómo hacerlo incluyendo los modelos que se pueden usar habitualmente.

También hay que recordar que hay Manolos tontos del culo que te dicen directamente que no te van a pagar lo que te deben porque "no hay dinero", porque "a mí también me deben", porque "si tengo que pagar, la empresa cierra". Pero también está Paco el del taller, que es más listo y no te reconocerá nunca que no te va a pagar sino que te dará largas e incluso te ofrecerá una "carta de reconocimiento de deuda", que es como una carta que dice que en agosto es verano. Pero Paco tampoco tiene la intención de pagar sino que su intención es que te creas que te va a pagar y así se te pase el plazo de 12 meses para reclamar deudas.

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