Las nuevas sanciones para las empresas explicadas para trabajadores.

A lo largo de los años que llevamos en funcionamiento, en Laboro hemos pensado muchas veces que la mejor reforma laboral que se podría hacer para los trabajadores sería sencillamente hacer que se cumpliera la legislación laboral vigente. Mucho más efectivo que mejorar la ley para los trabajadores pero que sus incumplimientos siguieran siendo baratos o incluso quedaran impunes. Pues bien, quizá el mejor elemento de la nueva reforma laboral de Yolanda Díaz es que no solo han aumentado los importes de las sanciones sino que además cada infracción se puede multiplicar por el número de trabajadores afectados. Estas nuevas sanciones son las siguientes:

  • Incumplir las nuevas normas sobre contratos temporales. Es decir, hacer un contrato temporal cuando tendrían que haber hecho un contrato indefinido. Sanción entre 1.000€ y 10.000€ por cada trabajador afectado. Si el contrato fuera por ETT, habría otra sanción igual para la ETT.
  • Contratar a nuevos trabajadores habiendo otros en ERTE. Excepto si estos no pudieran, por formación, capacitación u otras razones objetivas y justificadas, desarrollar las funciones de los nuevos trabajadores. Sanción entre 1.000€ y 10.000€ por cada trabajador contratado.
  • Subcontratar a otra empresa habiendo trabajadores en ERTE; con la misma excepción anterior. Sanción entre 7.501€ y 225.018€.

Todas estas sanciones se pueden aplicar sobre todas las faltas cometidas hasta 4 años antes de que la Inspección comience sus acciones, aunque no sobre las anteriores al 31/12/21. Por ejemplo, si una empresa se le abriera inspección el 1/1/26, la podrían sancionar por todos estos temas según las faltas que hubiera cometido desde el 1/1/22 y además multiplicadas por el número de trabajadores afectados por cada una de ellas.

Como es obvio, siguen vigentes todas las demás sanciones que ya había antes por todas las demás faltas. La novedad es que las sanciones indicadas anteriormente han subido de importe y sobre todo que se multiplican por el número de afectados.

A esto hay que sumarle otra subida anterior de los importes de las sanciones que se llevó a cabo en julio de 2021. Por ejemplo, la sanción mínima por falta muy grave pasó de 6.251€ a 7.500€. También hay que sumarle que la efectividad de la Inspección ha aumentado muchísimo en los últimos 3 años. En nuestro servicio de consultas laborales privadas hemos conocido muchos casos en los que ha actuado no solo tras denuncia ante Inspección sino también de oficio, especialmente para convertir en indefinidos a trabajadores temporales en fraude y a falsos autónomos.

No hay que olvidar que, al mismo tiempo que se han aumentado y multiplicado las sanciones, también ha entrado en funcionamiento un nuevo sistema informático que generará "sanciones automáticas" mediante evaluación y cruce de datos. Cosa que es bastante sencilla en muchos casos, gracias a las chapuzas de los empresaurios hispánicos y más aún de sus “asesorías Pepe”, porque no paran de llamar a la puerta de la Inspección con los datos que ellos mismos comunican. Por ejemplo por el número de contratos temporales que hacen en proporción a la plantilla que tienen, o porque los salarios indicados en las cotizaciones son inferiores a los del convenio aplicable. Recordemos que las asesorías Pepe son las que se inventaron la genialidad de hacer contratos “temporales” sin que los firme el trabajador antes de empezar a trabajar; con lo que cada uno de ellos es prácticamente seguro un contrato temporal en fraude sancionable en 1.000€ por cada trabajador al que se lo hayan hecho.

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