Hoy han subido las sanciones de la Inspección de Trabajo y además se automatizarán dentro de 3 meses.

Cuando la Inspección actúa contra una empresa, no solo puede obligarla a corregir una situación (por ejemplo, convertir en indefinidos los contratos temporales en fraude) sino que además puede poner una sanción económica por la falta cometida por la empresa. Los importes de estas sanciones llevaban sin subir desde enero de 2019, pero el Gobierno aprobó hace unas semanas una nueva subida del 20% aproximadamente que entra en vigor hoy. Esto no quiere decir que los nuevos importes se apliquen solo a las faltas cometidas desde hoy sino que se aplicará a las faltas que se sancionen desde hoy, aunque se hayan cometido antes. Recordemos que, en líneas generales, la Inspección tiene un plazo de 4 años para actuar y sancionar.

La subida os importa mucho como trabajadores porque las indemnizaciones al trabajador en caso de violación de sus derechos fundamentales se pueden demandar por el mismo importe de la sanción por falta muy grave. Esta sanción era de 6.251€ como mínimo y por eso hay muchas sentencias en las que esta indemnización se paga por esa cantidad. Pero ha subido a 7.501€, lo que quiere decir que se podría pedir que la empresa os pagara a vosotros 7.501€ como mínimo en los casos típicos de represalias por tener un hijo, por haber demandado antes a la empresa, por haberte reducido la jornada, por haber hecho elecciones sindicales… Aparte de las otras cantidades que procedieran según el caso, como la indemnización de despido, los salarios de tramitación...

Por otro lado también está aprobada, pero no entrará en vigor hasta el 1/1/22, una automatización de las sanciones de la Inspección. Hasta ahora, cada sanción requería que uno o varios funcionarios de la Inspección se pusieran a ello y el procedimiento se iniciaba normalmente por denuncia previa, aunque también podía ser de oficio. Pero desde el 1/1/22 las sanciones se podrán poner automáticamente mediante un sistema informático que efectuará un análisis masivo de datos cruzándolos con los que pueda obtener de otras administraciones, especialmente del SEPE, de Hacienda, etc. Formalmente la sanción la seguirá firmando un funcionario, pero este no habrá tenido que preocuparse de iniciar el procedimiento ni otra persona habrá tenido que preocuparse de haber presentado una denuncia. Algo parecido a lo que hace Hacienda desde hace años, que manda automáticamente la famosa declaración paralela y la correspondiente sanción cuando al contribuyente se le olvida poner unos ingresos en su declaración anual del IRPF que Hacienda conoce de otras formas.

Los casos típicos en los que pueden emitirse fácilmente esas sanciones automáticas son los retrasos en dar de alta al trabajador en la SS, hacer un número de contratos temporales eventuales superior al que permite la Ley, "equivocarse" de convenio, pagar por debajo del salario de convenio, finalizar metódicamente los contratos temporales cuando se acercan a su duración máxima, dejar pasar justo seis meses entre contratos, contratar falsos autónomos… O sea lo que hacen las “asesorías Pepe” todos los días porque ese es su negocio. Pero ahora será menos negocio porque hasta ahora jugaban con la posibilidad de que la Inspección no hiciera nada y que menos aún denunciaran los trabajadores. Pero ahora la detección de las chapuzas será automática, generará sanciones automáticas para los clientes de las “asesorías Pepe” y mucho ojo porque los empresarios y empresaurios se podrían pensar la posibilidad de demandar a su asesoría por su responsabilidad civil profesional.

No hay que olvidar que, además de las sanciones, también existen los recargos por retraso. Por ejemplo, una empresa que tuviera que pagar unas diferencias salariales a un trabajador porque este las hubiera ganado en una demanda de reclamación de cantidad al efecto. La empresa también tendría que pagar las cotizaciones a la SS de esas diferencias, pero le podrían poner un porcentaje adicional de recargo porque las pagaría retrasadas y además la sanción por no haber pagado el salario correcto del trabajador en su día.

Artículos relacionados:

Puedes suscribirte gratis para recibir por email los nuevos artículos que se publiquen sobre derechos de los trabajadores. Proporcionamos servcios profesionales de consultas laborales privadas y de redacción de denuncias ante Inspección de Trabajo, sin necesidad de decir en qué empresa trabajas. Dispones del libro "Tus Derechos en el Trabajo" , de otros libros y modelos y de la recopilación gratuita de "conocimientos básicos" para aprender a defenderte tú solo, sin obligación de pagar abogado.

Todos los artículos publicados en Laboro son 100% originales. Son otros los que copian contenido e imitan el nombre.

25 comentarios: