Sanciones de hasta 7.500€ por publicar ofertas de empleo ilegales o engañosas.

Puede que Infojobs, Wallapop y las demás webs de empleo y medios de comunicación nunca hayan tenido en cuenta que, desde hace años, es una falta grave y sancionable “la publicidad por cualquier medio de difusión de ofertas de empleo que no respondan a las reales condiciones del puesto ofertado, o que contengan condiciones contrarias a la normativa de aplicación.” La sanción sería entre 751€ y 7.500€. La falta pasaría a ser muy grave, con sanción entre 7.501€ y 225.018€, si en la publicidad se establecieran condiciones, que constituyeran discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de sexo, origen, incluido el racial o étnico, edad, estado civil, discapacidad, religión o convicciones, opinión política, orientación sexual, afiliación sindical, condición social y lengua dentro del Estado.

La norma dispone que, en los temas de “colocación”, no solo son responsables las empresas empleadoras sino también “en general, las personas físicas o jurídicas”. Por lo que no solo podría ser sancionada la empresa anunciada (la que ofreciera el empleo), sino que también podría ser sancionada la empresa anunciante (el medio de comunicación). Da igual que el empleo anunciado sea propio o sea de otro, porque se trata de perseguir que se haga negocio con ofertas de empleo “ilegales”.

Como es evidente, la empresa anunciante no tiene por qué saber que las condiciones de trabajo del anuncio se correspondan con las reales. Pero sí que podría y debería saber que las condiciones anunciadas fueran ilegales, es decir contrarias al Estatuto de los Trabajadores, al convenio colectivo, etc. Más aún si la ilegalidad fuera más que obvia y sobre todo si fuera discriminatoria. Por ejemplo, ofertas de empleo solo para españoles, solo para hombres, solo para trabajadores sin hijos, con horas extras ilegales, de falso autónomo...

¿Por qué no se sanciona a las webs y medios que publican ofertas de empleo más que “dudosas”? Pues muy sencillo: porque al parecer nadie lo denuncia. Al menos hasta hoy, pero puede que eso cambie desde hoy, dada la gran difusión que tenemos en Laboro y nuestros miles de seguidores. Un trabajador nada tiene que perder por presentar denuncia ante Inspección de Trabajo cada vez que vea publicada una oferta de empleo de esas que todos los trabajadores conocen. Aunque ni la conteste. Esa denuncia podría ser tanto contra la empresa anunciada como contra la empresa anunciante.

La empresa anunciada, aunque no la anunciante, también podría ser denunciada en caso de que las condiciones ilegales no estuvieran en el anuncio, sino que fueran comunicadas posteriormente. En ese caso se trataría de un anuncio en el que las condiciones reales no se correspondieran con las anunciadas, por lo que también sería sancionable. El típico anuncio de Manolo el del bar, en el que pide camarero a jornada completa, pero solo cuando le llaman es cuando explica que el contrato es solo de 4h, trabajando 8h y cobrando la mitad en nómina y la otra mitas en B. El asunto no se arreglaría solo no aceptando ese tipo de ofertas, sino que procedería la denuncia contra la empresa. Incluso aunque esta no consiguiera contratar a nadie en esas condiciones ilegales, puesto que solo por haberlas ofrecido ya podría ser sancionada.

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