No solo incluye los exámenes de las titulaciones académicas. Por ejemplo, también incluye los exámenes del carnet de conducir; pero no los de procesos selectivos u oposiciones. Lo importante es que este permiso es retribuido, por el mismo importe que hubieras percibido si hubieras trabajado. Su duración no se limita al tiempo exacto del examen, sino que es la de la jornada completa correspondiente al día del examen, con independencia de que la hora del examen coincida o no con el horario laboral.
Si la empresa no te pagara el tiempo del permiso, podrías presentar una sencillísima demanda de reclamación de cantidad. Sería gratis porque no tendrías obligación de contratar abogado y porque no procedería condena en costas si perdieras. Tendrías un año de plazo para hacerlo, con lo que en cualquier momento podrías aprovechar para demandar la retribución de los días de permiso por examen que te hubieran denegado en el último año.
Este permiso es independiente de los permisos vinculados a la formación para el empleo o "cursos de los sindicatos". Eso no supone ningún problema, porque esos cursos no le importan ni a los estudiantes, ni a los trabajadores, ni menos aún a los empresarios. Solo les importan a los "sindicalistos" cuyos sueldos o facturas dependan de conseguir alumnos que hagan esos cursos, creyendo inocentemente que vayan a tener utilidad en el currículum.

Este derecho no implica poder elegir libremente el horario, sino tener preferencia para escoger turno (mañanas, tardes, noches...) en las empresas en las que se trabaje a turnos. Incluso puede aplicarse cuando los turnos no son rotatorios. En todo caso, corresponde al trabajador acreditar que el cambio solicitado resulta necesario para compatibilizar trabajo y estudios.
Adaptación de jornada y permisos de formación.
Cuando se trate de cursos de formación profesional, tienes derecho a solicitar la adaptación de la jornada y los permisos necesarios para la formación o el perfeccionamiento profesional, con reserva del puesto de trabajo. Pero no incluye el derecho a reducir la jornada.
Lo que diga el convenio colectivo


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