La propuesta de reforma laboral acaba con el chollete del contrato en prácticas.

Actualmente, a los trabajadores con contrato en prácticas solo les tienen que pagar el 60% del salario de convenio el primer año y el 75% el segundo año. Pero si esta parte de la reforma saliera adelante, les tendrán que pagar como a los demás; así de sencillo. Es decir que se acabaría con la situación de abuso actual, bastante típica en los trabajadores que finalizan sus estudios universitarios o de FP:

Aviso para los suscritos por email a Laboro con cuentas de @hotmail @outlook @msn o @live

Los lectores de Laboro que estáis suscritos por email con una cuenta de Microsoft (@hotmail @outlook @msn o @live) mediante el sistema antiguo de Feedburner NO os podéis suscribir vosotros mismos al nuevo sistema, sino que tenéis que solicitar que os demos de alta manualmente rellenando este formulario (es gratis).

Los derechos de conciliación familiar incluyen el traslado al centro más cercano.

Dentro de los derechos de conciliación familiar está el derecho a solicitar la adaptación voluntaria, que no hay que confundir con el derecho a reducción voluntaria de jornada. La forma habitual de ejercer esta adaptación es que los trabajadores soliciten un cambio de horario, un horario flexible y/o el teletrabajo, pudiendo combinar todas estas medidas. Pero la Ley también permite solicitar la adaptación “en la forma de prestación”.

La propuesta de reforma laboral obliga a hacer fijos discontinuos a los trabajadores de las "cárnicas" o "empresas multiservicios".

En pasados artículos de esta serie (enlaces al final) ya hemos hablado de los cambios favorables al trabajador que contiene la propuesta de reforma laboral del Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz. Hoy vamos a explicar otro cambio favorable, que es la obligación de que los trabajadores de las empresas multiservicios fueran fijos discontinuos en vez de temporales.

Ya está prohibido el pago en efectivo de nóminas superiores a 1.000€ brutos.

Seguramente que hace unas semanas vierais en la tele que se había aprobado una ley que prohíbe los pagos en metálico superiores a 1.000€. Pues bien, la ley ya está en el BOE y ha entrado en vigor el pasado día 11/7/21. Sin embargo, todo el mundo ha pensado que esto podría afectar a la hora de comprar algún electrodoméstico caro o de pagarle al fontanero, al abogado o a Paco el del taller; pero pocos han pensado que esta prohibición afecta también y directísimamente a las relaciones laborales. La nueva ley dice lo siguiente: