Avisar a la empresa de que te van a dar la baja médica podría ser muy mala idea.

Hay veces que el trabajador sabe que dentro de un tiempo le van a dar de baja médica, por ejemplo porque tiene programada una intervención quirúrgica. En casos así, los trabajadores suelen preguntar, o al menos deberían cuestionárselo, lo siguiente: ¿Tengo que avisar a la empresa de que me van a dar de baja? La respuesta es simple: no, desde el punto de vista legal.

En su día, explicamos en Laboro que desde el 1/4/23 ya no es obligatorio entregar a la empresa la copia del parte de baja médica, dado que ya ni siquiera existe la copia de la empresa del parte de baja. Desde dicha fecha es el INSS quien tiene que comunicar a la empresa que al trabajador le han dado de baja médica. ¿No lo sabías? Pues si estuvieras suscrito a Laboro (es gratis) te habrías enterado. Por tanto, si ya no es obligatorio legalmente el comunicar a la empresa que ya te han dado una baja médica, menos aún es obligatorio comunicar a la empresa que esté previsto que el día tal te sometas a una intervención quirúrgica o a algún tratamiento médico por el que probablemente te vayan a dar de baja médica.

Por supuesto, vuestra copia del trabajador del parte de baja tampoco tenéis obligación alguna de entregarla a la empresa. De hecho, que la empresa o su asesoría os dijera que fuera obligatorio que le dierais una copia de vuestra copia, sería una falta muy grave sancionable por la Agencia Española de Protección de Datos, porque os estarían requiriendo una información médica personal que no tendría ningún derecho a conocer sin vuestra autorización. Ojo, que sabemos que hay quienes piden esta copia pero solo por teléfono, porque no quieren dejar pruebas al saber de sobra que sería falta sancionable.

Puede que alguien diga que una cosa es que no sea obligatorio legalmente, pero que otra cosa es que sea “obligatorio” moralmente o incluso que sea “aconsejable”. Con qué facilidad hablan los que tienen la vida resuelta, los que no dependen de las consecuencias de sus “consejos” y/o los que nunca han trabajado a las órdenes de un empresaurio hispánico, nunca han trabajado por cuenta ajena e incluso nunca han trabajado en líneas generales. ¿Las empresas defienden la moralidad en las relaciones laborales o sus intereses? ¿Dónde pone que sea legítimo que la empresa defienda sus intereses en las relaciones laborales pero los trabajadores no?

En Laboro nunca damos consejos personales, por lo que ni vamos a aconsejar una cosa ni la contraria. En Laboro damos información laboral objetiva basándonos exclusivamente en la legislación laboral y en este caso solo procede informar de que el despido en España es legalmente libre, aunque sea pagando la indemnización de despido improcedente en el peor de los casos para la empresa. Solo hay unos casos determinados en los cuales el despido es nulo, lo que significa que la empresa no puede echarte pagando la indemnización, sino que solo puede readmitirte pagando tus salarios perdidos entre el despido y la readmisión. Entre esos casos de nulidad del despido, y solo desde julio de 2022, está el despido a consecuencia de una enfermedad. Por tanto, en cuanto al tema de “avisar” de que te van a dar de baja, hay al menos las siguientes dos posibilidades y cada cual que asuma su responsabilidad personal y escoja la que juzgue que más le conviene o la que más le guste:

  1. No avisas y a la empresa le comunica tu baja el INSS. Si la empresa te despidiera, ya tendrías un indicio de que el despido fue a consecuencia de la baja, porque habría sido después de que el INSS se la hubiera comunicado e incluso puede que con mucha proximidad de fechas. Por lo que, si presentaras la demanda por despido y el caso llegara a juicio, operaría la inversión de la carga de la prueba y sería la empresa la que tendría que probar que el despido no hubiera tenido nada que ver con la baja. En caso contrario, sería despido nulo con readmisión obligatoria.

  2. Llamas por teléfono a Pepe el encargao, o a Paco el del taller, o a la asesoría o incluso a un sindicalista de tu empresa y dices que dentro de 3 meses te van a operar de no sé qué y que te van a dar unos meses de baja. Casualmente, la empresa te despide un tiempo después, pero siempre antes de la baja, mediante un despido objetivo como excusa o bien mediante un despido disciplinario “a ver si cuela”, es decir sin mencionar nada de la baja, que ni siquiera habría llegado a existir en el momento del despido y teóricamente la empresa ni siquiera conocería que te iban a dar de baja. Si demandaras y el caso llegara a juicio, probablemente no tendrías indicio sólido de que el despido hubiera sido a consecuencia de una enfermedad y en el mejor de los casos conseguirías que se declarara el despido improcedente, pero no el despido nulo, con lo que la empresa podría optar por pagarte la indemnización y confirmar el despido, sin readmitirte.

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