El salario mínimo incluye los complementos salariales pero no los extrasalariales.

Todos recordáis que en el 2019 se ha aplicado la mayor subida del salario mínimo de toda la historia. Concretamente ha pasado a ser de 14 pagas mensuales de 900€ o bien 12.600€ anuales. En un artículo publicado anteriormente en Laboro se enumeran los principales convenios estatales que se han visto afectados por la subida del SMI. Es decir los que tenían salarios inferiores al nuevo SMI en algunas de sus categorías. Incluso en todas en algún caso, como en el convenio de bingos.

En otro artículo se explicó que esto significa que la base de cotización mínima a jornada completa es ahora de 1.050€ mensuales, sea cual se el tipo de contrato o de empresa. Por supuesto brutos, diga lo que diga algún ignorante. Pero en ese mismo artículo se decía que podía haber algunos complementos o pluses que no contaran para el SMI. Es decir que el trabajador tuviera derecho a cobrarlos aparte de ese SMI, con lo que cobraría en total más del SMI.

Pues bien, la Audiencia Nacional acaba de dictar una sentencia que dice que todos los complementos salariales cuentan para el SMI. Es decir que no es cierto lo que algunos decían, que la subida del SMI era solo del salario base y que todos los complementos eran aparte. Es que eso no ha sido cierto nunca. Pero la AN ha añadido que tampoco puede haber algunos complementos salariales que sean aparte del SMI. La explicación del razonamiento o fundamentación de la AN es un poco liosa, pero leyendo con atención se entiende perfectamente:

  • El nuevo SMI del 2019 se regula en el RD 1462/2018, cuyo contenido es muy similar a la regulación de los SMI de los años anteriores y sin duda será similar al que regule el nuevo SMI del 2020, que dicen que será de 14 pagas de 1.000€.
  • El art.2 del RD dice: "Al salario mínimo consignado en el artículo 1 se adicionarán, sirviendo el mismo como módulo, en su caso, y según lo establecido en los convenios colectivos y contratos de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3" del ET. No puede estar más claro: hay algunos complementos que son aparte del SMI.
  • ¿Cuáles son aparte? Los que dice el art. 26.3 ET: “Mediante la negociación colectiva o, en su defecto, el contrato individual, se determinará la estructura del salario, que deberá comprender el salario base, como retribución fijada por unidad de tiempo o de obra y, en su caso, complementos salariales fijados en función de circunstancias relativas a las condiciones personales del trabajador, al trabajo realizado o a la situación y resultados de la empresa, que se calcularán conforme a los criterios que a tal efecto se pacten.”
  • Juntando el art.2 RD y el art.26.3 ET está más que claro: son aparte del SMI los complementos señalados en verde pero no los salarios señalados en amarillo. Lo que podría discutirse hasta el infinito es si un concepto de la nómina fuera verde o fuera amarillo. Pero no puede discutirse que el RD y el ET dicen que hay dos tipos de conceptos en este aspecto y que unos son aparte del SMI.
  • De hecho, la sentencia de la AN no lo discute porque no puede. Como no puede discutirlo, dice que eso que pone la Ley (el art.2 RD y el art.26.3 ET) está en contra del espíritu, fundamento, alma o esencia del SMI, que es solo garantizar unas retribuciones mínimas. O sea que la AN no solo no aplica la Ley sino que deniega la aplicación directa de la Ley en función de una especie de interpretación del karma o de los chacras del SMI o algo de eso. Toma ya.

Sin olvidar que en todo momento estamos hablando de conceptos salariales. Es decir que los conceptos extrasalariales sí que son aparte del SMI con total seguridad. Recordemos que los conceptos extrasalariales son los que compensan los gastos del trabajador (transporte, dietas, vestuario...) y por tanto no son salario. Si no son salario, no pueden estar dentro del salario mínimo.

La AN no solo se ha pasado por el karma lo que dice textualmente la legislación sino que también se ha pasado por los chacras lo que la misma AN dijo hace menos de 7 meses en otra sentencia suya sobre el SMI. Concretamente la SAN 30/11/18 en relación al SMI del 2018, cuya regulación tenía la misma redacción que la del SMI del 2019. En esa sentencia anterior hicieron la interpretación de que hay conceptos verdes y conceptos amarillos y que los verdes son aparte del SMI, pero se les habrá olvidado con tanto lío. Seguro que no ha influido nada que la subida del SMI del 2018 fuera de menos de 30€/m y la del 2019 de casi 165€/m.

Por supuesto que no cabe olvidar que es solo una sentencia de la AN, por lo que cabe recurso ante el TS. Además habrá otras muchas demandas similares, tanto individuales como colectivas. Las colectivas nacionales irán a la AN, pero las individuales y las colectivas locales y autonómicas irán al TSJ de la comunidad autónoma correspondiente y no cabría descartar que más de uno emitiera sentencia contraria. Es decir que al final el asunto acabará en el TS con total seguridad, por una vía o por la otra.

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