Obviamente, no es obligatorio que el trabajador demandante presente testigos. Podría bastarle con las pruebas documentales o bien podría ser que la empresa tuviera la carga de la prueba. Por ejemplo, si el trabajador reclamara el pago de tres nóminas, sería la empresa la que tendría que probar que sí que se las hubieran pagado. O si el trabajador reclamara como improcedente un despido disciplinario, sería la empresa la que tendría que probar que las causas alegadas fueran ciertas y suficientes. O quizá el contrato probara que le tendrían que haber pagado más de lo que le pagaron, por ejemplo porque le hubieran pagado un salario inferior al del convenio indicado en el contrato.
Citación de testigos.
En los juicios laborales no es necesario que los testigos sean citados oficialmente por el juzgado. Es decir que sencillamente se pueden presentar en el juzgado el día del juicio, sin que la otra parte sepa que van a ir. Esto digamos que sería lo habitual. El día del juicio el trabajador demandante se puede encontrar con la “sorpresa” de ver allí a unos "compañeros" de trabajo dispuestos a mentir a favor de la empresa todo lo que ella quiera, igual que la empresa podría encontrarse con testigos inesperados a favor del trabajador. También podría suceder el caso contrario, es decir que no se presentara el testigo que prometió que iba a ir, dado que podría hacerlo por no haber sido citado oficialmente.
Por todo ello, a veces al trabajador le podría convenir solicitar que el juzgado citara oficialmente a sus testigos, porque entonces tendrían la obligación de ir. Quizá no sería muy buena idea citar “por las malas” a otros trabajadores actuales de la empresa, pero puede que no fuera tan mala idea citar de esa forma a otros posibles testigos, dependiendo del caso.
Testigos a favor del empleado demandante.
Otro empleado actual de la empresa podría tener mucha credibilidad como testigo a favor del empleado demandante. ¿Pero dónde encontrar a esos testigos? Eso no tiene nada de imposible. Por ejemplo, un candidato podría ser el típico trabajador al que ya no solo no le importaría que le echaran sino que lo estuviera deseando e incluso hubiera pedido que le echaran y se lo hubieran denegado. Trabajadores de ese tipo los hay a patadas especialmente en las empresas que más incumplen la legislación laboral, porque suelen generar “ganas de despido” entre sus empleados a fuerza de imponerles cientos de horas extras ilegales, falta de descansos mínimos, falta de vacaciones, salarios por debajo de las funciones reales y el largo etcétera que todos conocéis de los empresaurios hispánicos. Podrían ver el asunto como una oportunidad de "pasar factura" a la empresa y además testificando la verdad. También podría servir un exempleado, siempre que en el juicio no mostrara animadversión personal contra la empresa para no perder credibilidad. En general, cualquier persona puede ser testigo: clientes, vecinos, amigos…
Posible testigo no solo sería el típico cliente habitual del bar debajo de su casa que supiera que el camarero trabajara 12 horas al día. También lo podría ser el cliente para el que hicieras un proyecto, que sabría que eres el técnico que lo hace y no el auxiliar administrativo que dice tu nómina; o que sabría que le has atendido en horas o días fuera de la jornada indicada en el registro oficial.
Testigos a favor de la empresa demandada.
Es habitual que el típico empresaurio hispánico intente asustar a sus empleados diciendo que, si alguno le demandara, llevaría a juicio a un montón de testigos para que mintieran a su favor, que por supuesto serían el resto de empleados de la empresa. Pero quizá el empresaurio no sepa que, antes de declarar, el juez toma juramento o promesa de decir verdad a los testigos, advirtiéndoles de las penas establecidas para el delito de falso testimonio. Más probable es que el futuro testigo no lo sepa, por lo que muchos falsos testigos de la empresa ya se lo harían en los pantalones cuando pasaran por esa situación por primera vez en su vida antes de declarar y podrían acabar diciendo la verdad o al menos se les podría ver claramente que estuvieran mintiendo. Sobre todo porque el típico empresaurio puede que llevara a declarar a sus empleados más “flojos” y quien es flojo lo es para todo. Además mucho ojo con ese delito porque sus penas no son solo contra los testigos falsos sino también contra las empresas o abogados de la empresa que les hubieran presentado como testigos a sabiendas de su falsedad:
- El testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses.
- En caso de que, sin faltar sustancialmente a la verdad, la alterare con reticencias, inexactitudes o silenciando hechos o datos relevantes que le fueran conocidos, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses y, en su caso, de suspensión de empleo o cargo público, profesión u oficio, de seis meses a tres años.
- El que presentare a sabiendas testigos falsos, será castigado con las mismas penas. Si fuera abogado, pena en su mitad superior e inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio, por tiempo de dos a cuatro años.
Como todos sabéis ya de sobra, las grabaciones ocultas son válidas como prueba en los juicios laborales. Con lo que imaginad la que podríais liar si presentarais una grabación que no solo probara que el testigo de la empresa mintiera sino también que la empresa o su abogado lo llevó allí a mentir. Recordad que se puede solicitar que el juzgado grabe el acto del juicio y que las denuncias ante fiscalía son gratis.
En conclusión, el asunto es tan sencillo como que el juez escucha a los testigos y él decide personalmente si se cree lo que dicen o no se lo cree. Digamos que los testigos no tienen que “probar” nada sino que basta con que el juez les crea. Mejor dicho: si el juez les creeyera entonces consideraría lo que dijeran como una prueba, que valoraría junto con el resto de pruebas. Por ejemplo, el registro de jornada firmado por ti podría decir que todas las semanas trabajaras 40h de lunes a viernes, pero si los testigos dijeran que en realidad trabajaras 60h de lunes a sábado, el juez tendría plena soberanía para preferir creer a los testigos por encima de lo que dijera el registro; por la obviedad conocida por todos de que en el tema de los registros suele imperar lo de “firma aquí o a la p… calle”.
Otro potencial buen testigo podría ser cualquier trabajador que tenga concedido algún "blindaje" tipo reducción de jornada o representación sindical, ya que en ese caso, si les despiden como represalia por declarar a favor de un demandante, es un nulazo de libro, y realmente les están haciendo un favor.
ResponderEliminarRespecto a lo de grabar "confesiones" de testigos obligados, lo ideal sería tenerlas para el juicio, pero digo yo que lo más fácil sería tenerlo a posteriori del juicio, en plan "oye, perdona lo del otro día en el juicio, pero es que me obligaron o me iba a la calle, no me quedó otra". En ese caso, ¿cómo habría que proceder? ¿Una demanda aparte, impugnar la sentencia cuando salga o hay otra vía?
Lo del trabajador con "blindaje" podría ser, ahora ¿un representante sindical? , ¡pero si ya deberia haber promovido el la demanda!, y despues que no te vengan con que no estás afiliado a su sindi.
EliminarEl problema radica ahí, si los represntantes sindicales actuaran cuando ven algo injusto o que vulnera los derechos de las trabajadoras no estariamos hablando de tener que buscarnos tanto la vida.
¿Crees que en una empresa los representantes de los trabajadores no saben lo que ocurre?
Como siempre, sublime!!
ResponderEliminarPues me asalta una duda sobre el testimonio del "cliente habitual" y es que varios abogados laboralistas que he conocido coinciden en que este tipo de testimonio se puede echar abajo por el propio juez cuando le pregunte algo así como: "¿pero usted permanece en el centro de trabajo las 12 horas que el demandante reclama? ¿todos los días?"
ResponderEliminarEn fin, que a veces pueden desarmarte el testimonio que creías tan sólido, ¿no creéis?
Es que depende de lo que esté testificando ese cliente. Si testifica que Fulano trabaja mucho o poco, pues efectivamente se le contrarresta fácil con lo que dices. Pero si testifica que Fulano ha ido a hacerle una auditoría cuando en su contrato pone que es mozo de almacén, o que le ha hecho trabajos un sábado a las doce de la noche cuando su contrato dice que hace media jornada por las mañanas, pues eso es inapelable.
EliminarCreo que lo que dice laboro, no es que el cliente está las 12 horas ahí sentado, aunque se pueda demostrar más un habitualmente... dependiendo del juez.
EliminarCreo que tiene mas que ver con que si tu registro horario dice que saliste a las 6 y el cliente dice que le estubiste atendiendo a las 8, el cliente empezará a dudar del registro horario.
O si tu contrato dice que eres aux. administrativo, pero el cliente dice que estabas haciendo la toma de requisitos o discutiendo el analisis funcional, el juez sospechará que la categoría del contrato no es correcta, y etc etc
Yo lo que me planteo es si un despido como represalia por testificar a favor de un compañero no vulnera ningún derecho fundamental (convirtiendo el despido en nulo).
EliminarEvidentemente lo difícil sería demostrar la relación causa-efecto entre la testificación y el despido, pero en caso de demostrarse no debería ser un despido nulo?
Evidentemente estás en lo cierto: es el derecho o garantía de indemnidad que significa que la empresa no debe tomar medidas contra o represalia al trabajador que haya demandado, denunciado o haya prestado declaración como testigo. Y caso en que ese trabajador fuese perjudicado o despedido ello podría suponer, caso de demandarlo, que el juez lo declare nulo y si se solicita, se le indemnice por daños morales y/o materiales (los cuales han de ser probados por el actor o denunciante).
EliminarNo entiendo como en el tema laboral el resto de empleados aportados por la empresa no son considerados como parte, al igual que ocurre en la jurisdicción civil, comprendo que no actúan como representantes de la empresa, pero está claro que en innumerables ocasiones no serán objetivos por miedo a represalias.
ResponderEliminarLa falta de solidaridad y apoyo mutuo entre trabajadores, da lugar a que los empresaurios utilicen a los padefos como esquiroles o falsos testigos. Pero no hay que tener miedo a demandar nunca, los padefos suelen ser cobardones e inútiles, esta es nuestra ventaja sobre ellos.
ResponderEliminarLa falta de solidaridad y apoyo mutuo no solo no se da en el entorno laboral sino en la vida real. Solo tienes que tener un accidente de trafico o un altercado en la calle (sea un robo, agresión,etc) y que alguien que lo viese le pidas que venga de testigo al juicio o si se puede esperar a que venga la policia y ..... : es que tengo prisa, es que no quiero lios, es que si no tengo que ir el dia del juicio y pedir el día...
EliminarLa sociedad es la que es, y el entorno laboral es un reflejo de la sociedad.
"La sociedad es la que es....". En el entorno laboral hay métodos para que un padefo no sea falso testigo del empresaurio, lo importante es tener conciencia de clase, informarse, asesorarse y no achicarse. Fin del debate, por mi parte.
EliminarYo me conformaría con que las personas tuvieran conciencia para que se dieran cuenta de que hay cosas que no se pueden hacer.
Eliminarno hace mucho tiempo, pude ver como se lo hacia encima una abogada, muy trabajadora y buena tipa, pero "quien paga manda", cuando le llamaron a audiencia por llevar testigo falso. Ella, si el testigo era falso, no me lo digas, si me lo dices no le llevo, pero parece que ese le salió mal. gracias laboro. muy didactico como siempre
ResponderEliminarAlgunos testigos cuando se les citan ni van, a pesar de ser informados de una multa , creo que de 200 €. Como la parte interesada no solicite suspender el juicio por la importancia del testigo tiran para alante sin el.
ResponderEliminarDesconozco si el juzgado multa al que no asiste, por la información que tengo casi nunca lo hace.
Tendría que endurecerse las penas para quien asista de testigo falso o las cuantias para el que no asista .
Con los retrasos que hay en los juzgados, suspender un juicio porque un testigo no se presenta sin causa justificada tendría que tener una repercusión más contundente.
Desde luego ir de testigo falso en un procedimiento laboral y que jueguen con el pan de tu casa, o en lo penal por ejemplo que esté en juego el ir a la carcel tendría que tener una medida más persuasoria.
Y seguro que hay más casos en los que se deberían endurecer las medidas disuasorias pero no es cuestión de explayarse .
Hola, según tengo entendido el falso testimonio prescribe a los 5 años, en mi caso perdí un juicio por falso testimonio, y aportación de pruebas no reales. Es decir modificaron y omitiendo jornadas de trabajo, puedo demostrarlo.
ResponderEliminarQuisiera saber como presentó la denincia y poder ser parte del pleito, debido a que es de interés que consiga el fallo del falso testimonio.
La pena es no haberos conocido el año pasado, cuando una abogada me recomendó pactar con la empresa que me hizo la pirula de mi vida.
ResponderEliminarHabría dado un riñón por ver cómo los destrozabais en el tribunal. Sin embargo, mi abogada no veía como demostrar esto mismo que acabáis de escribir.
Casi podría sospechar que la empresa le pago para que me mal asesore. Pero no diré tal cosa, claro. No vaya a ser
En fin, un asiduo más al sitio. Hurra, Laboro 😊
Mi duda es si existen abogados "legales" y que no pacten con las empresas.
EliminarPorque en mi caso también me la jugó mi abogado.
¿Una vez firmado el acuerdo ya no se puede hacer nada, no?
te puede poner testigo en un juicio laboral si estar de acuerdo y no contactar contigo
ResponderEliminary cuando el testigo de la empresa es el presidente del comité de empresa, que se inventa una reunión improvisada dos días antes de que el trabajador formule una denuncia contra la empresa. Por supuesto la caradura ante el juez es desmotivar la denunciar y enmascararla de pretexto para un despido NULO. Falso testimonio de sindicalista a la espera de lo que le viene encima. LO VOY A TRINCAR
ResponderEliminarMi caso es todo lo contrario, mi trabajador trabaja 5 horas, su contrato de 5 horas, su registro firmado a diario qu así lo atestigua y su nomina según el convenio y me presenta el mes pasado a su abogado diciendome que me va a demandar porque quiere tres horas mas de alta, jornada completa, y que tiene varios testigos dispuestos a mentir en el horario de entrada y saloda, que sino le cambio el contrato me lleva a juicio y me reclamaría 1 año de esas horas
ResponderEliminarSi tú tienes los registros de entradas y salidas, y pruebas de que realmente el trabajador ha hecho su horario y nada más, no tienes nada de qué preocuparte.
EliminarO a lo mejor lo que ha pasado es que el trabajador firmaba registros con datos falsos porque si no a la puta calle. Por tanto, sí que tiene mucho de lo que "preocuparse" porque el juez no tiene que limitarse a las pruebas documentales, ya que también están las testificales. En este caso, y en muchos casos, los papeles dicen una cosa y los testigos otra. El juez decidirá lo que le parezca más creíble:
Eliminar-Primera opción. Ese trabajador y todos los demás firmaban registros con datos falsos elaborados previamente por la empresa, igual que tenía datos falsos el contrato y la nómina, porque también son documentos elaborados previamente por la empresa. Ahora el trabajador se ha cansado de que le tanguen 3h diarias y tiene testigos dispuestos a decir la verdad en juicio.
-Segunda opción. El registro, el contrato y las nóminas son todos ciertos. Es decir que el trabajador tiene un buen empleo en el que la empresa cumple con todas las legalidades. Pero por alguna extraña razón ha decido demandar a la empresa en la que aún trabaja con un empleo estupendo y ,ás extraño es aún que ha conseguido testigos que van a mentir también sin obtener ninguna ventaja en ello.
El juez decidirá lo que le parezca más probable o creíble 😀😀😀
El registro, las nominas y el contrato es todo cierto. Además de tener las camaras de vigilancia que pueden aportar más veracidad al cumplimiento del horario, además del horario de apertura y cierre.
EliminarLa discrepancia viene porque las vacaciones son impuestas 3 semanas que la empresa cierra por fin de temporada estival
Seguro que sí
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