Ojo, que no hay que olvidar que lo del gel, la distancia y las mascarillas no son las únicas normas. Hay otras en relación a ventilación, turnos, entradas y salidas... (enlaces al final).
Todos sabéis que en Españistán, hábitat natural de la especie "empresaurio hispánico", hay muy pocos inspectores de trabajo. Una cosa va con la otra: menos águilas, más conejos. Es como si en la Sicilia de 1925 solo hubiera una pareja de la Guardia Civil. Pero la modificación del régimen de sanciones añade algo que podría ser aún más importante, que es la habilitación especial de otros cuerpos para hacer las oportunas inspecciones a las empresas. Es decir que las inspecciones en estos temas no solo las podrán hacer los inspectores y subinspectores de trabajo, que son pocos, sino que también podrán "inspeccionar" los funcionarios de las comunidades autónomas habilitados al efecto por estas, que son o podrían ser muchísimos. Como muchos sabréis, en las comunidades autónomas es donde más funcionarios hay porque son aproximadamente el 58% del total, teniendo el Estado (al que pertenece la Inspección de Trabajo) solo el 20% y el otro 22% la administración local. Es decir que van a tener personal de sobra para efectuar estas inspecciones y si les faltara podrían habilitar más de un día para otro, como aquel que dice.
Recordad una vez más que las denuncias ante Inspección de Trabajo son gratis, las puede poner cualquier persona sea o no trabajador de la empresa e incluso pueden ser anónimas y por internet tumbado cómodamente en el sofá de casita.
Hay empresas (soy testigo) que no están haciendo ni han hecho desinfección ni nada...
ResponderEliminarsí denunciamos todos, nuestro país mejorará, y nuestras condiciones también.
Eliminarhe denunciado hace un tiempo una empresa por fraudes en la nómina.
He mejorado las condiciones de todos, el jefe que lloraba tanto de que no había dinero ya no puede engañar a nadie.
Esto me ha hecho surgir una duda...si la empresa dice ha hecho una desinfección para cuando volvamos los trabajadores...como sabemos que es cierto? Tenemos derecho a que nos muestren el certificado de la empresa de desinfección que supuestamente ha hecho el trabajo según ellos? Si tenemos dudas, pero no pruebas, podemos ir a la inspección de trabajo y que ellos pidan esas pruebas de si la desinfección se ha hecho o no?
EliminarTambién está el caso de que la empresa "respete" todas las medidas de seguridad, pero, tiene tanta afluencia de clientes que es, literalmente imposible, mantener la distancia de seguridad.
ResponderEliminarSi la afluencia es mucha, se puede y se debe limitar el aforo, y usar mascarilla tanto trabajadores como clientes.
EliminarEn este caso, es tambien responsabilidad de la empresa.
ResponderEliminarEstá muy bien tener el negocio lleno de compradores compulsivos con animos de infectarse entre ellos y a los empleados tambien.
Pero el empresaurio, es responsable de garantizar la distancia minima y el aforo al establecimiento, fisponiendo para ello de suficientes trabajadores que realicen esta labor de control.
Con este lleno absoluto de irresponsables infectadores, obtiene los suficientes beneficios como para contratar mas trabajadores, pagar sueldos justos y hacer frente al renting del mercedes slmjkptv850 que os dicen que ya no pueden pagar, o la letra del pisito que le ha puesto a Mercedes, la nueva experta en lenguas que nunca aparece por la empresa.
A ver si espabilamos y denunciamos que el establecimiento está de bote en bote y no se hace nada para asegurar nuestra integridad.
Las inspecciones son gratis !!!! pero es una verguenza como, en algunas inspecciones las gestionan, yo puse una denuncia en septiembre , me dictaminaron en marzo !!!!1 y se la han pasado por el forro , a dia de hoy me dicen que vaya al juzgado , no es buena mi experiencia con inspección, y si muy amables jijijij, No era por una infracción era por un montón y como es de administración no se mojan !!!!!!
ResponderEliminarHola, una cuestión, me he metido en la página de inspección de trabajo y seguridad social y parece que no permiten que la denuncia sea anónima. De hecho lo dejan bastante claro, puede ser telemática con dni electrónico, presencial o postal, siempre con identificación. No se si he entrado en la página equivocada.
ResponderEliminarLa denuncia no es anónima de cara a la inspección, sino de cara a la empresa. Es decir, la empresa no puede conocer la identidad del denunciante, ni tan siquiera si la inspección es de oficio o mediante denuncia. Por ejemplo cuando hicieron campaña de inspección sobre las inmobiliarias fue un momento cojonudo para denunciar si trabajabas en una inmobiliaria, porque si el inspector decía que iba de oficio, colaba perfectamente. En el peor de los casos, si no cuela, el jefe se rompe la cabeza pensando cuál de sus empleados le habrá enviado la inspección, y año mejor le ha enviado la inspección la competencia jojojo
EliminarLa comunicación a Inspección por el buzón contra el fraude sí que es anónima. Los enlaces están en Laboro.
EliminarPues mi empresa no solo ha echo volver a la oficina a parte de la plantilla que estaba teletrabajando y que podría continuar teletrabajando sin ningún problema y cuando se pregunta qué cuál es el motivo para tener que regresar cuando se expresa claramente en la guía de buenas prácticas y pautas en centro de trabajo después de la pandemia que ellos mismos entregan, en el punto 8 expresa claramente “Se recomienda facilitar el teletrabajo y las reuniones por teléfono o videoconferencia, especialmente si el centro de trabajo no cuenta con espacios donde los trabajadores puedan respetar la distancia interpersonal.“, alegan que como hay parte de la plantilla que su trabajo es presencial pues tenemos que personarnos todos físicamente, varios departamentos trabajan en salas que no tienen ventilación ni ventanas y ellos dicen que según los virologos con el aire acondicionado no te puedes contagiar, a todo esto se suma que nos dijeron en junio que el 1 de julio saldríamos toda la plantilla del erte parcial y ahora lo alargan a última hora hasta el 30 de septiembre casualmente coincidiendo con la prorrogación que pauta el estado, querría saber si puedo tomar alguna medida al respecto, mil gracias
ResponderEliminarMe parece interesante la información. Pero cual es la base sobre la que se basa?. Me refiero al texto legal. Yo he preguntado via mail al propio ministerio de trabajo. Tengo dos respuestas. En la primera,me indican que la empresa está obligada a facilitar mascarillas. Quince días después. Recibo otro correo donde me indican que no existe normativa al respecto. De la empresa, me dicen que ellos no están obligados. Que vaya y me compre.
ResponderEliminarDenuncia a la inspección de trabajo de Granada (una de las más incompetentes de España), de que no entregan EPIS (ni guantes, ni mascarillas, ni mandiles, nada), pues responde la ITSS, diciendo que el COVID no es un riesgo laboral, sino sanitario, y que pueden hacer controles y tal de equipos de protección, pero que si no me gusta la respuesta, que demande al juzgado.
ResponderEliminarOle sus cojones morenos.