Es obvio que “demanda” viene del verbo “demandar”, que es sinónimo de pedir, rogar, solicitar, requerir… Presentar la demanda solo significa que tú quieres algo que la empresa no te quiere dar, y entonces pides al juzgado que el juez dictamine que sí que te lo tenga que dar (sentencia) y, llegado el caso, la obligue a dártelo (ejecución de la sentencia). En la demanda presentas los hechos y en función de ellos haces tus peticiones al juzgado. El juez tiene que saber si tienes razón o no la tienes, tiene que analizar si esos hechos suponen que tengas derecho a lo que pides según la legislación laboral. ¿Que opina que sí? Pues entonces resuelve en la sentencia que la empresa te tiene que dar lo que has pedido. ¿Que opina que no? Pues resuelve que no te lo tienen que dar (desestimación de la demanda). Ya está. No hay condena en costas, ni tienes que pagar abogados de la empresa, ni otros rollos asustaviejas que suelen soltar los “sindicalistos” para que no demandes y así sigas pagando la afiliación sin causar gastos al “sindicato” con tus demandas. Como las aseguradoras, que una cosa es cobrarte la prima y otra cosa es cubrirte los siniestros.
No se puede tener algo así como la “seguridad total” de ganar antes de demandar, porque las demandas también se pueden perder por asuntos de forma o plazos, por mucha razón que tengas. Se trata de que los juzgados de lo social no solo están para cuando esté clarísimo que tengas razón, sino que también están especialmente para cuando sea discutible que tengas razón. Más incluso para lo segundo que para lo primero. Si se trata de que simplemente te deben 5 nóminas, ahí no hay nada que discutir y es lamentable que el sistema no castigue mucho más duramente a la empresa y al empresario que obligue a un trabajador a demandar y a un juzgado a trabajar en los casos evidentes e indiscutibles. Pero si se trata, por ejemplo, de que tú crees que a la actividad de tu empresa le corresponde otro convenio con salarios más altos, o crees que a las funciones que haces les corresponde otra clasificación profesional con un salario más alto, ¿qué pierdes por demandar pidiéndolo? Sobre todo teniendo en cuenta que no es obligatorio contratar abogado para demandar. No solo no hay nadie mejor que los juzgados para resolver las dudas, sino que la opinión de los juzgados es la única vinculante para resolver las dudas.
Enseguida dirán los padefos y los “sindicalistos” que si demandas “por tonterías” te pueden echar. Tienen toda la razón, porque no solo te pueden echar por demandar por tonterías, sino también por hacerte socio de la Real Sociedad o por encargar una paella para el domingo; dado que el despido improcedente se define como el despido en el que no hay ninguna causa que lo justifique, la empresa te paga la indemnización y te echa igual. Pero los padefos y los “sindicalistos” olvidan que no demandar tampoco supone ganar seguridad en el empleo, porque sigue siendo posible el despido en cualquier momento por cualquier otra razón, sea válida o no.
La realidad legal es la contraria, ya que el despido a causa de demandar “por tonterías” es nulo por violación de tu derecho fundamental a la tutela judicial. El despido no es nulo solo cuando te despiden por haber demandado teniendo razón en la demanda, sino simplemente cuando te despiden a causa de haber presentado cualquier demanda, tengas razón o no en la misma. Por tanto, demandar también en los casos discutibles puede tener la ventaja adicional de aportar una protección contra el despido improcedente que no se tendría sin demandar.
En mi entorno, más que al despido existe un miedo al que se enteren los demás. Viviendo en un pueblo pequeño, me ha tocado oir hablar de trabajadores que "montaron un pollo" a la empresa y ninguna otra del sector los ha vuelto a contratar. Protestar está mal visto y no hace falta que venga el empresario a amenazar, ya nos encargamos los propios trabajadores de señalar al díscolo.
ResponderEliminarSi no me equivoco, cayendo de nuevo en el mal del tertuliano (ya se sabe el del que se cree que sabe de todo y sólo sabe de algunas cosas y no demasiado bien), y aunque las denuncias ante la Inspección de Trabajo son anónimas, también podrían ser un blindaje contra el despido improcedente. Cierto es que la empresa podría aducir que desconocía que el trabajador despedido era el autor de la denuncia, obligado a ello por la inversión de la carga de la prueba, pero el ex-empleado puede presentar indicios o pruebas indiscutibles de que ya había "anunciado" la denuncia, como por ejemplo, una conversación grabada con el encargado de que lo que se estaba/está haciendo es ilegal.
ResponderEliminarEstoy de acuerdo con el autor del artículo, y lo único que yo recomendaría es que sólo en aquellas actividades en que la probabilidad de ganar sea matemáticamente insignificante, no se debieran gastar recursos o esfuerzos. Como ejemplo más sobresaliente apostar en quinielas o gastar en loterías; en estos casos tienes muchísimas menos posibilidades de ganar algún premio u obtener alguna ganancia pecuniaria que ir a un juicio, cuya demanda bien o no tan bien preparada pero bien fundamentada tiene no menos del 50% de conseguir una sentencia favorable. Sin embargo, como es de conocimiento general, las personas trabajadoras (y no trabajadores) invierten más dinero, tiempo y dedicación a las apuestas y loterías que a demandar en los Juzgados de lo Social, que no requieren ni de graduado social ni abogado (al menos en primera instancia), y no hay costas que asumir en caso de fracaso.
Desde mi experiencia como empleado y miembro del CE, estoy de acuerdo con lo expresado en el artículo. Si la empresa no te hace caso en tus solicitudes en caso de "robo" de dinero o derechos, lo mejor es demandar. No queda otra. Si lo haces de forma personal, a través de un abogado laboralista o de un sindicato de confianza, es algo que lo tiene que sopesar el/la trabajadora. En mi empresa, el director ha tenido la cara de decir al CE que no podían atender otras solicitudes del mismo porque un sindicato les estaba "ocupando" con demandas. La respuesta fue clara: dialoga y negocia. No te quedes sólo en el "diálogo". Y, además, están perdiendo las demandas.
ResponderEliminarEl despido a causa de hacerse socio de la Real Sociedad es procedente fijo...🤣🤣🤣
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