- El trabajador se puede representar a sí mismo en acto de conciliación y juicio. No tiene obligación de contratar a nadie para defenderle o representarle, por lo que este coste podría ser cero si hubiera un acuerdo en conciliación bien una o sentencia que no se recurriera. Por supuesto, hay trabajadores que temen "no saber" y prefieren contratar a un profesional, pero a la empresa le sucede exactamente lo mismo. La diferencia es que hay muchos trabajadores afiliados a un sindicato que les incluye el proceso completo en el coste de la afiliación, llegando al TS si hiciera falta.
- Un despido a causa de haber iniciado el procedimiento cabría interpretarlo como despido nulo por represalia (violación de derechos fundamentales) y por tanto sería objeto de un nuevo procedimiento. Que podría acabar no solo en la readmisión cobrando salarios de tramitación sino también cobrando indemnización de daños y perjuicios por violación de derechos fundamentales. Otro tipo de represalias (amenaza de no volver a encontrar empleo, despido de familiares...) serían un presunto delito de coacción y por tanto objeto de una denuncia penal gratuita aparte del caso laboral. No olvidéis que las grabaciones ocultas son utilizables en juicio, digan lo que digan los ignorantes y los que no quieren trabajar (cobran igual con más demandas que con menos demandas).
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El trabajador también puede presionar al empresario en el acto de conciliación muy fácilmente, porque las denuncias ante Inspección de Trabajo son gratis y las puede poner cualquier persona aunque no sea parte interesada. Por ejemplo, si la empresa no le diera al trabajador lo que le correspondiera en el acto de conciliación, el trabajador podría avisar de que no solo seguiría con el siguiente paso (demanda ante el juzgado de lo social) sino que además podría denunciar a la empresa por los casos del resto de trabajadores. Los típicos podrían ser los contratos temporales en fraude, las horas extras ilegales, los salarios inferiores al de convenio, etc. etc. La diferencia con el punto anterior es que todo ello sería perfectamente legal, mientras que las amenazas de echar a tu primo o que no volvieras a emplearte serían presunto delito. El empresaurio listo debería tener claro que le podría salir mucho más barato aceptar, porque después de todo no pagaría él sino los padefos de su empresa con sus horas extras ilegales.
- El trabajador tiene derecho a solicitar el paro en cualquier tipo de despido, incluyendo el disciplinario procedente. Fuera por acuerdo, por sentencia o incluso aunque ni hubiera iniciado acciones contra el mismo. El importe del paro depende de lo cotizado en los 180 últimos días. Por lo que el trabajador nada tiene que temer del empresaurio en este aspecto, ya que no está en su mano decidir ni el derecho a cobrar el paro ni su importe.
- Si el caso llegara a juicio, el juez podría imponer multa a quien hubiera obrado con temeridad o mala fe, pero motivadamente. Tanto al trabajador como a la empresa. Ojo con el rollito de la temeridad que a lo mejor hay alguno por ahí que la usa como arma favorita para conseguir que el trabajador acepte un acuerdo a la baja. Pero es obvio que no aceptar un acuerdo a la baja e ir a juicio por ello no sería una temeridad sino simplemente reclamar todo lo que al trabajador le correspondiera. Si no aceptar el acuerdo propuesto por la empresa fuera una temeridad del trabajador, entonces también sería una temeridad de la empresa el no aceptar el acuerdo propuesto por el trabajador. No ganar el caso por falta de pruebas suficientes tampoco sería temeridad del trabajador, porque entonces también sería temeridad de las empresas cada despido declarado improcedente en sentencia, por poner solo un ejemplo.
- Contra el trabajador demandante no cabe condena al pago de costas de abogados de la empresa en caso de perder el juicio en primera instancia (art.97.3 LJS) ni aunque le pusieran la multa de temeridad. En cambio, en caso de temeridad de la empresa podría tener que pagar la multa y las costas del trabajador.
- Si el trabajador no acudiera al acto de conciliación que solicitó, simplemente se archivaría. En cambio, si la empresa no acudiera le podrían poner la multa de temeridad solo por eso, si el caso llegara a juicio.
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Demandas y juicios.
08 julio 2019.
La excusa del coste de demandar a la empresa donde trabajas.
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23 comentarios:
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Importante la información escrita en este artículo, a ver si más de un padefo se pone al día. Muchos padefos pierden tiempo y dinero en ir de fiesta por ahí, pero no emplean dinero en afiliarse a un sindicato ni tiempo en asesorarse por su cuenta. Muchas veces el peor enemigo del trabajador es el propio trabajador, padefos, sindicalistas amarillos y pelotas son los esbirros que necesitan los empresaurios para mantener sus chanchullos.
ResponderEliminarQué pasa si eres estatutario?
ResponderEliminarEl personal estatutario solo tenemos la via contencioso administrativa para denunciar cualquier derecho vulnerado?
Eso no es exacto: todo acoso laboral como infracción de la ley de prevención de riegos laborales, entre otras infracciones, el personal estatutario y funcionarios pueden acudir ala jurisdicción social perfecta legítimamente.
EliminarExcelente artículo que debe ser
Eliminarperiódicamente traído a su publicación y divulgación porque a muchos trabajadores por cuenta ajena hay que recordárselo y darles un empujoncito o un poco de esperanza para salir de su apatía, inacción o superar miedos cuando consienten o simplemente se sienten incapaces y desmoralizados de reaccionar a pesar de ver sus derechos vulnerados y sus condiciones laborales empeoradas incluso muy por debajo de las que el Estatuto de los trabajadores establecen como mínimas y como normas derecho obligado.
Por la vía contencioso administrativa también se pueden denunciar los abusos y lograr el reconocimiento de algún derecho.
EliminarRespecto al punto 3, podría presionar al empresario con demandarlo en nombre de los demás trabajadores por no estar en el convenio que nos corresponde? Ya existen sentencias que corroboran que deberíamos estar en otro convenio por eso demande.
ResponderEliminar¿Puede un empresario desplazar indefinidamente a un trabajador a un centro de trabajo en otra ciudad diferente a su centro habitual con justificaciones livianas con objeto de que el trabajador indefinido renuncie y su indemnizacion sea objetiva y por tanto mucho menor que un despido improcedente? Esto como artimaña de la empresa para despedir mas barato a un trabajador o que se autodespida.
ResponderEliminarBuenos articulos los de Laboro.
Como poder puede hacer lo que quiera, por lo tanto espera mejor a que venga Silver Surfer, para que pege a ese empresaurio malo.
EliminarOs comento mi caso que tiene bastante tela que cortar:
ResponderEliminarResulta que llevo desde 2011 trabajando en una pequeña empresa del sector de la alimentación en la cual trabajamos (más bien dicho trabajábamos) 4 padefos, mi jefe y su señora. Soy el más antiguo de la empresa, en la cual he echado más horas que el reloj de la Puerta del Sol, 60 horas semanales en lugar de las 40 que vienen estipuladas en mi contrato y mi labor en la misma ha sido pues lo que cualquier carnicero de cualquier carnicería donde tengais costumbre de ir a comprar; atender a la clientela, deshuesar piezas de cerdo y/o vacuno etc...
Así un año, y otro, y otro, y otro, y yo con mi padefismo crónico e ignorante de la vida aguantando como un campeón. Pero esa enfermedad que tenemos muchos trabajadores empezó a remitir hace cosa de 2 años coincidiendo con el nacimiento de mi segunda hija. La bofetada que me hizo espabilar fué, con muchas pegas del empresaurio del cretácico que tengo como jefe por supuesto, cuando solicité mi permiso de paternidad y ví lo que la SS. me había ingresado en mi cuenta por mi sueldo.
Con una nómina que no llega a los 1000€ en la cuál viene metido hasta el bocata que me comía en el recreo, mi reacción fué cuando me incorporé "a las 2 semanas" (si si... habeis leido bien) hablar con mi jefe e intentar por las buenas de que ese despropósito no podía seguir pasando después de la "panzá" de horas que echaba en el trabajo.
Su contestación fué que su negocio no se podía permitir el tener nóminas más altas, pero claro, como buen empresaurio que se precie, el padefo sí que podía echar 60 horas de trabajo a la semana, con dos cojones sí señor...
Así hasta Diciembre del año pasado, harto de escuchar a mi jefe decirme que no era el mismo de años atrás y tras una discusión, por fín me tomé la pastilla antipadefos y me tiré a la piscina; Le solté que no pensaba echarle ni un minuto más de lo que viene en mi contrato, 40 semanales. Su reacción fué una mezcla de incredulidad con cierta dosis de indignación -"¿cómo iba a ser eso?" me dijo el señor, hizo una pausa y me soltó -"déjame que lo piense que estamos en navidades y hay mucho follón". Yo le contesté que de acuerdo, que lo piense tranquilamente después de navidades.
Pasaron las fiestas, nos fuimos todos una semana de vacaciones y cuando nos incorporamos me dijo que había estado pensando lo mío y que eso no podía ser -¿Qué alternativas me das? me preguntó, a lo que yo le contesté echar 40 horas, ni un minuto más. Y no tuvo más remedio que ajustarme el horario a 40h y los otros 3 padefos a seguir con su jornada esclavista.
Y aquí empieza lo bueno del asunto: (continuará)
Eso me recuerda a cuando dije que solamente iba a trabajar las horas que cotizase, ese fue el principio del fin. Como en tu caso ahí comienza la otra historia.
Eliminar¿Para cuándo la continuación?
a la gente más k miedo lo k les pasa es k no se preocupan de informarse.
ResponderEliminar(Continúa al anterior)perdón, es lo que tiene el tener hijos pequeños.
ResponderEliminarComo íba diciendo, aquí viene lo mejor:
Desde primeros de año hasta el martes día 2 de este mes he estado echando las 40 horas que me corresponden pero estos 6 meses mi empresaurio ha intentado que fueran un calvario para mí pero he aguantado como un jabato. Ha utilizado diversos métodos; cambió por completo mi rol en la empresa 1 en vez de estar de cara al público y hacer el trabajo que iba desempeñando estos años atrás cogió y me aisló en una sala de elaboración aparte para alejarme del resto de mis compañeros, para que me aburriera y presentara mi dimisión voluntaria, haciendo tareas completamente nuevas para mí. 2 viendo que mi nuevo horario inicial lo llevaba de lujo (de 7:30 a 14:00 de lunes a sábado) me lo cambió a 8:30 hasta las 15:00 y así me quedaba hasta el cierre para fregar la vitrina, picadora, suelo, cuchillos etc.... algo completamente nuevo para mí también a ver si así por fín conseguía aburrirme, cosa que a mí me daba exactamente lo mismo siempre y cuando no me pasara de mi horario.
Por supuesto que nunca me he negado a realizar cualquier tarea que me mandara, no soy tonto, vaya ser que un padefo le dé motivos a un empresaurio para despedirle.
Como podreis imaginar, me ha despedido, y de la manera más ruín y denigrante que se puede hacer después de estar 8 años dando el callo a diario. Me presento el martes a trabajar como cualquier otro día y antes de ni siquiera entrar veo salir al saurio con una bolsa con mis botas de trabajo en una mano y un manojo de papeles en la otra. Me dice "ven que te voy a dar una cosa"... de primeras me quedé extrañado pero al momento ya me dí cuenta de qué iba la película, y no iba a acabar nada bien.
Sin darme ningún tipo de explicación me presentó la carta de despido disciplinario alegando motivos tan ruínes y genéricos como "desobediencia, faltas de respeto y disminución voluntaria en el rendimiento de trabajo" motivos completamente falsos y sin argumento niguno.
De finiquito que me quiere dar, poco más de 260€ por una semana que me debe de vacaciones. Por supuesto, lo único que le he firmado ha sido la carta de despido y con ella me he ido directo a ponerme en manos de un abogado especializado en derecho laboral.
Por último decir que mis compañeros se enteraron in situ, al igual que yo, y que mi consejo es que ni se os ocurra echar ni una sóla hora de más de las que vengan estipuladas en vuestro contrato, Lo digo por experiencia.
Ahora pienso reclamarle las horas que he echado de más desde Julio del año pasado hasta ahora.
Y nada más, decir que desconocía por completo esta página y que en 4 días que llevo leyéndoos he aprendido un montonazo de derechos que desconocía. Mi más sincera felicitación.
Salu2.
Enhorabuena y adelante.
EliminarTan solo una moraleja: en situación similar, y como ha dicho repetidamente Laboro, cuidado con las reclamacioens de viva voz. Una demanda para que se abonasen las horas extras impagadas y los salarios no abonados según el convenio probablemente conllevarían un despido nulo.
Felicidades¡¡ Las pastillas esas antipadefo ¿Donde las venden?:)
EliminarLlevas desde 2011 en la empresa y ¿desde cuando lees Laboro? . Es que en Laboro se habló acerca de las protecciones que se pueden tener ante un despido para que pueda considerarse nulo, y entre una de ellas era la garantía o principio de indemnidad.
EliminarMe explico, si una vez que decides no trabajar mas de 40 horas y enfrentarte a tu jefe, a lo mejor hubiese sido más conveniente quejarse o reclamar dejando constancia, incluso por vía legal, lo digo porque al intentar despedirte por causas disciplinarias podrias demostrar que el despido se produjo como represalia al negarte a trabajar más horas.
Despues de reclamar terminaron cambiandote de funciones, de horarios y te relegaron a un lugar apartado durante 6 meses lo que podría haber dado pie a realizar otra reclamación, incluso tambien por la vía legal.
¿No se si te es facil que algún compañero te vaya de testigo?, es complicado sobre todo en empresas pequeñas y familiares. Si tienes hijos menores, creo que has los 12 años, podrías haber solicitado la reducción de jornada para intentar conseguir mayor protección.
Que tengas suerte.
Ah, aquí está la segunda parte.
Eliminar¡Suerte con tu abogado! Espero que no se venda a la empresa como el mío. En mi caso tuve que aceptar un acuerdo a la "muy baja". Si empiezas a ver cosas raras o que no te cuadren cambia de abogado. No sabes lo que es que tu abogado defienda a la empresa delante de jueces y fiscales, y todos obligándote a aceptar un acuerdo para no llegar a juicio.
Alucinante, mi abogado le decía al juez que mi empresa había tenido que pagar un montón de dinero a Hacienda por la inspección, y si se demostraba mi categoría real tendría que pagar más, y todos allí viéndolo tan normal... Les faltó colaborar con el pago a Hacienda.
A veces el coste no es económico sino moral y/o laboral, posibles represalias contra el trabajador y a eso también se le tiene miedo. Y a la conciliación a veces se niegan empresas y administración publica
ResponderEliminarTe das cuenta que estás repitiendo las excusas desmontadas en el propio artículo?
EliminarCon las administraciones no existe la conciliación previa, sólo se pueden presentar alegaciones y recurso de reposición pero no hay que olvidar que los cambios legales y la jurisprudencia no permiten alargar los plazos fijados en la LRJS, salvo alguna excepción, con lo que aunque se presenten alegaciones o recursos, hay que presentar la demanda dentro de plazo (concretamente hay que estar atentos al de los 20 días hábiles).
EliminarMe llama la atención eso de que el hecho de no presentarse a la conciliación implique casi automáticamente que le impongan temeridad a la empresa, porque es una cosa muy típica eso de que la empresa ni se presente. En mi caso estoy a la espera de juicio (previa consulta de pago a Laboro que ha valido su peso en oro), y efectivamente la empresa no hizo acto de presencia el día de la conciliación. ¿Entiendo que eso facilita que acaben pagando las costas y me ahorre "el pico" que se lleva el abogado? ¿Hay que alegar algo especial el día del juicio o es automático?
ResponderEliminarMuchas gracias
En Tenerife, por ejemplo, cualquier trabajador puede solicitar el derecho a la justicia gratuita para tener asistencia letrada en procedimientos laborales o frente a la SS SS. Incluyendo la redacción de papeletas de conciliación/reclamaciones previas y, en el primero de los casos, asistiendo a las conciliaciones.
ResponderEliminarun cordial saludo.
Laboro,soy el "unknown" carnicero (que mal suena eso jiji...) que explica mas arriba el caso de las 60h semanales. Si pudiera ser, agradecería que movieses los dos tochos de arriba y éste también a la sección "cuéntanos tu caso", desconocía por completo que existía ya que sólo llevo leyéndoos una semana. Muchas gracias.
ResponderEliminarSólo añadir que hoy ya he interpuesto la demanda junto con mi abogado, una por despido improcedente en la que me corresponden 45d/a trabajado por mi antigüedad en la empresa y otra demanda por reclamación de cantidad en relación a las horas extras no pagadas y categoría profesional inferior a la que me corresponde. El acto de conciliación está fechado para el día 31 de este mes.
Ya os mantendré informados de mi quedada con el empresaurio del jurásico. Estoy hasta por disfrazarme de Alan Grant con una bengala en una mano y el E.T. en la otra...
Cachondeos aparte, os felicito de todo corazón por la incuestionable ayuda que ofreceis a todos los padefos como he sido yo.
Enhorabuena, sí señor.
Ian quieto!!!! Coje a los críos, tira esa bengala!!!, coge a los crios,dios te salve María llena eres de gracia,zasca....bocado y pa dentro....XD
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