Pues bien, cuando nadie se lo esperaba resulta que un juzgado de lo social de Barcelona ha presentado una cuestión de inconstitucionalidad ante el TC por este tema. Es decir que ese juzgado le ha preguntado a los sabios del TC si un despido de este tipo no violaría la Constitución, porque su única causa sería la enfermedad del trabajador y por tanto sería una discriminación por su estado de salud. Llama la atención que este juzgado "provincial" haya sido el primero en hacerlo, es decir que los Tribunales Superiores de Justicia autonómicos nunca hayan pensado en esa posibilidad obvia de inconstitucionalidad. Pero es lo que tienen los rojos de Barcelona, que siempre quieren hundir la patria y eso.
El TC ha admitido a trámite la cuestión. Por lo que tarde o temprano se pronunciará. Si dijera que esa causa de despido fuera constitucional, todo seguiría como hasta ahora. Pero si dijera que no lo fuera, esos despidos dejarían de ser procedentes. Ojo, que no serían improcedentes, cosa que permitiría que la empresa confirmar el despido aumentando la indemnización, sino que serian despidos nulos por violación de derechos fundamentales y por tanto con readmisión obligatoria. O sea que los trabajadores en general nada tienen que perder por haber planteado la cuestión. Es lo que tienen los rojos de Barcelona, que siempre quieren hundir la patria impidiendo que las empresas levanten el país despidiendo a los que se ponen enfermos a posta.
Recordemos que el despido por absentismo es un despido objetivo y por ello tiene una indemnización muy inferior a la del despido improcedente (20d/año frente a 33d/año o más) y que el despido objetivo es posible incluso para los trabajadores en reducción voluntaria, mujeres embarazadas y representantes de los trabajadores. Es decir que es un despido no solo mucho más barato sino que frente a él no existen las situaciones de protección legal contra el despido, siempre que fuera declarado procedente. Pero por lo visto facilitaron este tipo de despido para que se lo pueda aplicar Manolo el del bar a Toñi la camarera, porque Manolo tiene unos grandes y profundos conocimientos de la legislación laboral, solo superados por su típica "asesoría Pepe". ¿O acaso os creéis que lo hicieron para facilitar los despidos en los bancos, administraciones públicas y otras grandes empresas? Pero qué mal pensados que sois; por eso os equivocáis en las elecciones y votáis mal.
Desde el 2012 y tiene que llegar al 2019 para que se presente la cuestion? Ningun juzgado lo vio necesario hasta ahora???
ResponderEliminarGraaaande, esos rojos de Barcelona...
ResponderEliminarPero entonces, ¿todos los despidos por absentismo justificado serían declarados automáticamente nulos o cada particular debería ir a reclamar? Qué lío, ¿no? Y otra cosa más, ¿qué hay de aquellos que fueron despedidos de esta manera y ahora están en otro puesto de trabajo? ¿Deberían dejarlo y reincorporarse a su anterior puesto?
ResponderEliminarHola. A ver qué dice el gran jefe, pero hasta donde yo sé, el Tribunal constitucional en la sentencia en que declare la inconstitucionalidad (si procede) establecería hasta donde llegan los efectos de dicha declaración para los casos ya sentenciados. Y no creo que la sentencia tenga carácter retroactivo porque menuda locura retrotraer todos los despidos hechos por esta causa, pagar salarios, indemnizaciones, etc.
EliminarConclusión: la ley sirvió para lo que era. Y aún habiéndola recurrido en su momento también, porque entre que se tramita todo y se pronuncia el TC ya está todo cocido.
No soy catalana... Pero casi. 😂😂😂😅
Si, tengo las mismas dudas, seria un lio enorme y ademas... podriamos de paso reclamar Gibraltar? Yo lo tengo claro PAso DE FOllones, y mas ahora con el mundial de basket
EliminarRetroactivo no va a ser. Puedes irte olvidando.
EliminarHay que votar a Podemos. Porque Manolo el del bar y mi jefe ,votan al PP O SU MARCA HOMOLOGADA CS ,pero antes que PODEMOS prefieren VOX ,el único partido que quiere a su partía.
ResponderEliminarYo lo que quiero es un partido que quiera a sus ciudadanos, no a entes intangibles como "patria" o "nación".
EliminarEl patriotismo no da de comer ni paga la hipoteca.
Desde el minuto uno pensé y dije públicamente " pues a morir en el trabajo" aunque esperé,ingenua de mí,que al menos un sindicato recurriese al TC......Lo que no comprendo en absoluto es que nadie de la avogacía lo hiciese,es que no era posible?
ResponderEliminarGenial artículo, como siempre. Esto va ligado a la directiva del Consejo Europeo 2000/78/CE. Dicha directiva tumba la legalidad del despido estando de baja que estableció la reforma laboral de 2012 PP; pues no se puede despedir a alguién estando de baja por enfermedad, ya que se le estaría despidiendo en su condición de "temporalmente discapitado para prestar sus servicios", lo que violaría su derecho fundamental a la no discriminación de trato.
ResponderEliminarEn estos tiempos de proteccionismo de la justicia a la banca y a las empresas mientras las leyes internas son laxas con los derechos de los trabajadores, resulta muy útil poner la vista en la legislación europea, puesto que también atañe a los paises miembros.
"Europa" son unos comemierdas en torres de marfil pasando leyes basadas en sus mundos de ideas platónicas, sin pisar nunca la realidad de la calle de esa "Europa" (léase Alemania-Francia y lo que quede entre medias), ni mucho menos la de España.
EliminarA esa Europa se la van a comer el Islam por la izquierda y el neofascismo por la derecha, irónicamente esos andrajosos españoles y otros países mediterráneos/orientales de los que tantas pestes echan son lo bastante taimados para evitar esa catástrofe. O al menos la adaptarán a su idiosincrasia nacional en lugar de ser arrasados por ella.
Menos quejarse y más trabajar. Si te despiden de baja quizás no eras tan valioso para la empresa como creías, y quien espere que europa le saque las castañas del fuego lo lleva claro. Espero que el TC piense con sentido de Estado y vea que las necesidades de una empresa están siempre por encima de las de cualquier trabajador.
Subnormal, la empresa no es un ser vivo, ergo no tiene necesidades como tal. Los trabajadores somos seres vivos, que creamos empresas o trabajamos en ellas para cubrir nuestras necesidades, no al revés, ojocuidao con confundirse en esto.
Eliminarja,ja,ja... No te enfades, que aún podrás seguir despidiendo a quien quieras. Ese derecho no te lo va a quitar nadie, es tuyo para siempre. Simplemnete se trata de que ejerzas tu derecho a despedir y que por mala suerte se declare nulo y tengas que readmitir, pero tu ya habrias cumplido con tu derecho a poder despedir.
EliminarCon un poco de suerte consigues que se declare improcedente y al final aunque tengas que pagar un poquito mas, por lo menos consigues tu gran objetivo.
¿Que le vas a hacer si el Constitucional te quita la razón?
Siempre te queda la esperanza de que el despido se declare improcedente y con pagar un poquito más de indenización ya habrias conseguido tu gran deseo.
Aún serán capaces en el TC de no declarar inconstitucional que te puedan despedir por estar enfermo... espero equivocarme y que a estos rojos de Barcelona le sigan los rojos del resto de España, ya es hora de que tengamos los derechos de la cuarta economía de la UE!!! Lo sabremos dentro de unos años, cuando el TC se digne a contestar y eso XD
ResponderEliminarVaya, me despidieron en 2012 por absentismo superior a no sé cuánto por ciento, reclamé y gané, con lo que me despidieron de modo improcedente pagándolo todo. Imagino que no habría habido forma de reclamar ahora ese despido como nulo... pienso en los salarios de tramitación desde 2012 y oigo sonar la máquina registradora... ¿Hasta cuándo podrían reclamarse esos despidos, para quienes hubieran sido afectados por ellos?
ResponderEliminar¿Y que cara se les queda ahora a los sindicatos, y digo todos desde el más pequeño al más grande, que tenga algún afiliado despedido por absentismo?
ResponderEliminar¿A ninguno de ellos se le ocurrió plantear esta cuestión al Constitucional?
Seguro que hay algún emoticono para responder a estas preguntas.
Tantas cuotas de afiliación, tantas subvenciones , tantas horas de liberación sindical para que un juez de provincia demuestre lo facil que podría haber sido plantar cara a parte de las reformas laborales, o al menos intentarlo.
No olvidemos que con que tengas un 20% de absentismo en dos meses consecutivos aunque durante el resto del año no tengas ni una sola baja, es decir un mes con gripe y el siguiente con diarrea podrian despedirte, todo depende de lo que duren las bajas y de la jornada de cada uno.
Hombre, la verdad es que por una parte, tienes toda la razón del mundo, en que ya les vale a los sindicatos estarse los 7 añitos que han estado para pensarselo.
EliminarPor otra parte, no conozco la situación real por la que el juzgado de provincias plantea esta cuestión.
Pero es de suponer, por la trayectoria de los jueces de estos últimos 40 años, que no han hecho esta pregunta por iniciativa propia, sino porque alguien (desconozco si de manera particular o a través de un sindicato) ha utilizado la inconstitucionalidad como argumento de su demanda en un despido, y el juez de turno en vez de denegar porque es "por ley", ha dicho, voy a preguntar por si acaso, y que se coman el marrón los de arriba, que para eso están.
Particularmente estoy contigo en que el papel de los sindicatos (sobre todo los grandes generalistas verticales) ha sido vergonzoso y vergonzante desde respecto a la última reforma del PP, y la última del PSOE, y la anterior de ... y así con todas las reformas laborales que se han hecho desde que se aprobó el ET en 1980...
Pero en resumen es importante señalar, que la cuestión la ha elevado un juzgado de provincias porque es al que le tocaba, pero no porque quisiera o estuviera liberando al pueblo de la dictadura españolacentrista, sino porque no quería comerse el marrón de un planteamiento en una demanda por despido.
Claro el juez lo hace por los motivos que sea, pero la cuestión es que lo hace. Y los sindicatos que pasa ¿que no tienen motivos suficientes?
EliminarSi fuera un sindicato defendiendo a su afiliado me parece que tambien llega un poco tarde, a no ser que todos estos años sea el único afiliado de un sindicato despedido por este motivo.
¿ No podría ser un trabajador con un abogado pagado de su bolsillo?
Digo yo.
Hola, Laboro.
ResponderEliminarQué juzgado es?
Soy la persona de la pregunta anterior.
ResponderEliminarYa está, el n°26.
Gracias de todos modos.
Pues por desgracia al TC le parece adecuado el despedir de forma objetiva por motivos de salud, en fin, un claro ejemplo de la separación de poderes en España. Y no lo digo por ventajismo ni demagogia, sino por sentido común. Sólo hay que echar un ojo al número de días de ausencias justificadas necesarios, para que el despido pueda ser considerado objetivo.
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