En vez de leerse el Twitter, el Facebook y oir a contertulios, suele ser mejor leerse el decreto del BOE. Al hacerlo se ve que sencillamente es falso que los ERTE se hayan desvinculado del estado de alarma. Lo han redactado para que parezca que sí pero en realidad es que no. Lo que hace el decreto al respecto de la vigencia de los ERTE es prorrogar muy poco algunos ERTE. Dice el decreto:
Está más que claro: solo las empresas que ya hubieran iniciado un ERTE de fuerza mayor antes de hoy (entrada en vigor del nuevo decreto) y por causa del estado de alarma ("causas referidas", que son las únicas que impiden reiniciar la actividad) podrán considerar que se prorrogan estas causas de fuerza mayor de ese ERTE y como máximo hasta el 30/6/20. Los ERTE de fuerza mayor vigentes ya están vinculados o causados por el estado de alarma y se pueden prorrogar hasta el 30/6/20 solo mientras sigan existiendo esas mismas causas, que a su vez siguen vinculadas al estado de alarma.
Hay que recordar que de momento el estado de alarma finaliza a las 00h del día 24/5/20. Si no se hubiera aprobado este nuevo decreto y no se prorrogara de nuevo el estado de alarma, los ERTE de fuerza mayor hubieran finalizado el 24/5/20. Con este nuevo decreto y si no se prorrogara de nuevo el estado de alarma, los ERTE por fuerza mayor finalizarían el 30/6/20. En realidad no es que los ERTE se prorroguen hasta el 30/6/20 sino que se limitan hasta el 30/6/20 ("en ningún caso").
En cuanto a los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción relacionadas con el COVID-19 (no "confundir" con causas de fuerza mayor como han hecho muchísimos empresaurios y "asesorías Pepe"), nunca han estado vinculados al estado de alarma y obviamente siguen sin estarlo y seguirán vigentes hasta la fecha de finalización que dijera el propio ERTE.
Los nuevos ERTE parciales por fuerza mayor.
Las empresas que estén en ERTE por fuerza mayor y puedan recuperar parcialmente su actividad, según las fases de la "desescalada", tendrán la obligación de reincorporar a los trabajadores afectados en la medida necesaria para el desarrollo de su actividad, primando los ajustes en términos de reducción de jornada.
Eliminación del "paro regalado".
Hasta ahora, la inclusión en un ERTE causado por el COVID-19 suponía el derecho al cobro del paro incondicionado (lo podían cobrar tambiñen quienes no tuvieran 12m cotizados) y sin gastarlo. Pero este "paro regalado" obviamente tenía que tener un fin porque los fondos de la SS no son infinitos, entre otras razones por los 3 millones de horas extras semanales (datos EPA abril-19) que los empresaurios hispánicos no cotizan a la SS.
El fin va a ser el 30/6/20. Es decir que desde el 1/7/20 los trabajadores que sigan de ERTE comenzarán a "gastar" su paro, como sucedía normalmente antes de estas medidas extraordinarias causadas por el coronavirus. No queda claro si seguirán cobrando el paro desde el 1/7/20 los trabajadores que lo estuvieran cobrando sin haber tenido los 12m cotizados, pero todo parece indicar que no. No tendría sentido que los que sí que tuvieran 12m cotizados dejaran de cobrar el paro cuando gastaran su duración pero los que no los tuvieran lo siguieran cobrando indefinidamente, ya que no tendrían duración máxima porque depende del tiempo cotizado.
"Prohibición" de despedir durante 6 meses.
De momento está vigente la que llamaron "prohibición" de despedir durante el estado de alarma, que realmente no impide el despido sino que hace que sea improcedente el despido objetivo por causas relacionadas con el coronavirus. Aparte también está dispuesto un "compromiso de la empresa de mantener el empleo" durante 6 meses para las empresas que se acojan a un ERTE. Este nuevo decreto ha concretado mucho más este compromiso:
- Solo afecta a los ERTE por fuerza mayor, no a los otros.
- Los 6m empezarán a contar desde que algún afectado por el ERTE se reincorpore al trabajo efectivo.
- Mantener el empleo es no hacer despidos improcedentes ni despidos objetivos.
- No afecta a las empresas en riesgo de concurso de acreedores.
- Incumplir implica devolver todas las cotizaciones a la SS que la empresa no hubiera pagado por el ERTE, con recargo e intereses.
Buenísimo articulo, laboro eres dios.Recordad, que por primera vez en democracia se está protegiendo a los trabajadores de verdad, para que no pierdan su empleo (y ayudando a los empresaurios también, con la exoneración de cuotas a la SS). Un gran trabajo por parte del Ministerio de trabajo.
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
EliminarPues el puto ministerio de trabajo a mi, después de 2 meses, todavía no me ha pagado el erte. A eso como se llama?
EliminarRevise si su empresaurio ha enviado los papeles correctamente al SEPE
EliminarDicho todo esto, se preveen "reestructuraciones" en las empresas porque "a todos no podemos volver a darles trabajo" y gente que empezará a "gastar su paro" sin saberlo... Es cuestión de tiempo.
ResponderEliminarSegún he leído a algún jurista, la causa mayor de los ERTES es siempre la pandemia del COVID-19, no el estado de alarma (al que sí se había vinculado el plazo, que no la causa). Pero vamos..., que seguro que los tribunales acabaràn pronunciándose por todo esto.
ResponderEliminarMuchas "reestructuraciones" habra,tantas que no sabremos por donde cogerlas.
ResponderEliminar¿Dónde se estableció la prórroga de un mes desde el fin del estado de alarma de los ERTEs por fuerza mayor?
ResponderEliminarEn la DA1ª del RDL 9/2020 se establecía expresamente que la duración de los ERTE's de fuerza mayor era la del estado de alarma y sus prórrogas.
ResponderEliminarTienes razón y ya está corregido. En la D.F. 10ª del RD 8/20 que originalmente reguló los ERTE se estableció la prórroga de un mes tras el estado de alarma. Es más, lo sigue diciendo igual. De forma totalmente chapucera, el RD 9/20 quitó esa prórroga pero sin modificar el RD anterior. De todas formas qué más da lo que era antes. El caso es que ahora no solo no se han prorrogado los ERTE de fuerza mayor sino que se han limitado hasta el 30/6.
EliminarArtículo aceptable, no dice nada que no aparezca en el Real Decreto-Ley.
ResponderEliminarAnimo a laboro a que saque su bola de cristal y diga que piensa que va a pasar a partir del 1 de julio, sobre todo en algunos sectores de los llamados estacionales como la hostelería, por poner un ejemplo que todo el mundo entenderá. ¿No hubiera sido mejor prorrogar los ERTES hasta, digamos 3l de octubre, que es cuando la temporada turística finaliza?
No entiendo como el PIB de España no es igual al de EE.UU., si no tres veces más, con 156 millones de horas extras, por mucho que lo diga la EPA. ¿Lo han dicho los mismos empresarios, se basa en denuncias en la inspección de trabajo?
Y para finalizar, a lo mejor me he perdido alguna clase magistral de laboro, pero ¿por qué tacha el adjetivo real? El Real Decreto-Ley es una figura legislativa que, guste más o menos, el gobierno está utilizando para dar a conocer todas estas medidas, unas acertadas y la mayoría no tanto, y además está firmado por el rey Felipe VI. A lo mejor a laboro le gustaría más que se llamara Podemita Decreto-Ley.
Gracias por tu aceptación tan imprescindible. Qué raro que el artículo no haga sino explicar el decreto en vez de inventarse cosas nuevas como hace Vox, por ejemplo.
EliminarCon una calculadora de Hello Kitty puedes comprobar que 156 millones de horas extras anuales solo equivalen a unos 85.000 puestos de trabajo a jornada completa en España y no al triple del PIB de EE.UU. Como deberes para el fin de semana, deduce cómo se hace la cuenta y luego lo comentas con tus compañeros de pupitre de Vox. Cómprate la calculadora primero, pero no en un chino, por lo de la peste china que dice Vox.
El adjetivo "real" se tacha en Laboro porque nos sale de los mismísimos, guste más o menos a Felipe Uvepalito o a Vox.
Pues si no entiendes o no sabes, infórmate y así no harás comentarios de "enteradillo" como el de las horas extraordinarias, que para tu conocimiento, hay numerosos estudios, rigurosos, que estiman que se hacen alrededor de tres millones de horas extraordinarias (algunos informes dicen que son más) y ni se pagan ni se cotizan a la SS. A partir de ese dato, puedes hacer alguna deducción de lo que trabajadores y Estado pierden, y claro los empresaurios ganan en b y que seguro comparten contigo que tanto das la cara por esa fauna.
EliminarPor cierto, no todos creemos en las monarquías parlamentarias,o no parlamentarias, y entendemos que sobran reyes que son figuras arcaicas del pasado (por quienes y por su derecho de sucesión han habido muchísimas guerras y cientos de millones de muertos) y encima tenemos que tragar sus presuntos vicios, corrupciones, etcétera que han causado graves perjuicios a este país, y no sólo en su imagen. A partir de ahí, también puedes hacer trabajar tu inteligencia supremacista y entender por qué Laboro y muchísimos más obviamos la r de los decretos. Hala majo ya tienes entretenimiento hasta el próximo artículo de Laboro!
Creía que el adjetivo "Real" se tacha porque el Gobierno tiene tanta prisa por decretar que los decretos ni pasan por las manos de Felipe, y este se está mosqueando un poco por ese asunto sin importancia.
EliminarO quizás es más por manías de Pablo, como dicen las malas lenguas.
Un gran razonamiento muy bien argumentado de por qué se suprime el adjetivo "Real".
EliminarLa calculadora de Hello Kitty funciona igual que una Texas Instruments, al final se reduce a números y reglas básicas.
¿Quién ha dicho que yo sea monárquico o no? Sólo digo que la figura legislativa se llama Real Decreto-Ley, guste más o menos.
Respecto de las horas extraordinarias sólo digo que si se hicieran de verdad todas esas horas, a lo mejor la situación económica de España sería mejor, por que suponiendo que los empresarios se las ahorraran en sueldos y cotizaciones, la producción aumentaría.
Por último, hay una gran mayoría que estamos hasta los mismísimos (por usar un razonamiento de laboro) de que la izquierda siempre tiene razón y los de derechas son unos malvados, que el trabajador siempre dice la verdad y el empresario siempre va a joder al trabajador, y esto no es así. La inmensa mayoría de los empresarios quiere trabajar, producir, porque al final eso se traduce en bienestar para todos.
Yo sigo laboro desde hace bastantes años, a lo mejor más tiempo que algunos que derraman por aquí su sabiduría, y he detectado desde hace unos cuantos meses un tufillo a podemita que tira para atrás.
En fin, aunque a laboro le dará igual, a partir de hoy cancelo la suscripción. Como bien dice laboro, en el BOE bien todo.
E igualmente hay una gran mayoría que también estamos hasta los mismísimos de que los de derechas siempre tienen razón y los de la izquierda son unos malvados, que los trabajadores no dicen la verdad y los empresarios siempre van a beneficiar a los trabajadores, y esto no es así (por usar un razonamiento de Vox por libre).
EliminarSin duda un gran argumento que sin duda si se te dejará nos harías aprender por el famoso método de "leña al mono hasta que aprenda el catecismo y además es de goma". Ánimo chaval que seguro que en otros blogs te alabarán y comentarán que dices verdades como catedrales pero tal vez no lean el BOE u otras fuentes de información fiables y contrastables. Hay que leer lo que nos gusta y lo que nos contraría pero con criterio crítico y no tragarse todo. Ah y por último, si no eres monárquico, estupendo, pero algunos preferimos mostrar nuestro rechazo con gestos como tachar la r, no sea que nos metan a la cárcel por manifestarlo de manera más intensa (recuerda que es una institución del Estado privilegiada y parece que con un importante respaldo social).
Tema monarquía
Eliminar“¿Quién ha dicho que yo sea monárquico o no?” Pues no lo ha dicho nadie; parece que quieras tanto casito que ya crees ver referencias a ti donde no las hay. Y siendo de Vox como parece que eres, no es descabellado deducir que sí eres muy monárquico y mucho monárquico. Salvo que prefieras la dictadura a la monarquía, cosa posible también.
La monarquía solo sería legítima si se diesen las siguientes 6 condiciones (igual me dejo alguna):
1) Que el pueblo hubiese decidido libremente que desea a tal Rey o Reina como monarca.
2) Que cualquiera pudiese aspirar al puesto.
3) Que el monarca no fuese inviolable, sino que se le aplicase la ley como a cualquier otra persona, o incluso con más rigor por ser un cargo público. Ante la menor prueba de corrupción, puerta y a juicio. Y nada de reverencias ni chorradas de esas.
4) Que se estableciese una especie de cláusula de revisión, por la que se comprobase periódicamente (p. ej. cada 4 años) la voluntad de las nuevas generaciones del pueblo respecto a la forma de Estado y quién debe ostentar la jefatura del Estado.
5) Que la familia del monarca NO percibiese ni un solo céntimo de dinero público por el hecho de serlo.
6) Que el monarca percibiese una cantidad de dinero público justa por su trabajo; nada de que la ciudadanía tenga que correr con los gastos de una vida de lujo y excesos del monarca.
Así, la única diferencia con una república sería simbólica, nunca mejor dicho (que si una coronita, un uniforme, un trono).
A nada que fallase una de las 6 condiciones, la monarquía sería ilegítima. Pero resulta que en las monarquías suelen fallar casi todas las condiciones. En el caso de la monarquía española, fallan las 6.
La tachadura de la palabra “Real” es obviamente una forma del autor de expresar un sentimiento de repulsa hacia una institución que considera ilegítima. No sería adecuado tachar la palabra “Real” de “Real Decreto” en un documento oficial, pero esto, por si no te has dado cuenta, no es un documento oficial, sino un blog particular.
De hecho, tachar, en el caso de la monarquía hispañistana me parece incluso moderado. Yo flanquearía las palabras “Real” y palabras afines con mojones, tal que así: “💩Real💩 Decreto”. Si un político roba o es un incompetente, se le destituye del cargo o no se le vuelve a votar (síndromes de Estocolmo aparte). Si un 💩Rey💩 roba, no solo no se le destituye, sino que el cargo pasa automáticamente a alguien de su línea sucesoria. Con un par. Sabiéndose en una precaria situación, a la Casa 💩Real💩 no se le ha ocurrido nada mejor que aprovechar una crisis sanitaria nacional como cortina de humo para pronunciarse oficialmente sobre el supuesto saneamiento, que no es más que una fina capa de maquillaje, de la corrupción y podredumbre endémicas que corroen la institución. Un intento diríase desesperado de que no venga el tío Robespierre con la guillotina (en sentido figurado).
Tema fraude
Fraudes a la SS y al fisco (horas extras ilegales y demás fraudes): el dinero que se defrauda sigue un camino, ilegal, determinado, y ese camino empieza por beneficiar al defraudador, para luego beneficiar subsiguientemente a más gente.
El dinero que NO se defrauda sigue otro cauce, este legal, y beneficia a la gente en general, incluido el contribuyente.
Es el típico “razonamiento”, falsa justificación o falsa excusa: yo hago o dejo de hacer X porque los demás lo hacen igual o incluso peor. Y así nos va. No ya solo por los dineros, sino por el medioambiente, la neoesclavitud y miseria de los países pobres, etc.
Hasta nunca, fachóquero repulsiVOX.
A mí me da igual la derecha, la izquierda o el centro. Lo que hay que ser es imparcial en la vida. Yo veo que Laboro critica cosas de la derecha y la izquierda, al menos menciona siglas de ambos lados.
EliminarSalvo que penséis que ciertas siglas también son la derecha y viceversa.
Vox por libre, por favor no canceles la suscripción. Tantos años leyendo a Laboro para sentirte engañado ideológicamente y por lo que veo no haber aprendido nada. "Solo digo", "solo digo " ... Si piensas a si de los empresarios o es que eres uno, o es que tienes algún familiar que lo es, o es que has tenido buena experiencia con alguno.
Yo creo que cuando un trabajador habla muy bien de un empresario o es un pelota o es que realmente ha topado con un caso de los que la mayoría de los mortales no solemos encontrar.
Siempre el trabajador es la parte más débil,su vida depende de un salario y en función de la suerte, edad, las crisis, el lugar donde resida, etc. puede que no vuelva a encontrar otro empleo, y a lo mejor de ese trabajo no solo vive él.
Existen bastantes recursos en la normativa laboral que el empresario puede utilizar para defender sus derechos sin que necesite el apoyo de los trabajadores.
Locuelo Locuaz, ese sistema político lo has sacado de Star Wars, con cargos electos como la "Reina" Amidala y la "Princesa" Leia. ¡Confiesa!
EliminarJaja, no, no, soy inocente :) Munónima, si algo he de confesar es que apenas conozco la historia de Star Wars... Por cierto, hay quienes sostienen que a lo largo de la historia y a lo largo y ancho de la geografía han existido numerosos monarcas “electos”. Pero lo de “electos” era siempre o casi siempre falso, ilusorio, porque ni los elegía el pueblo (en referéndum, con sufragio universal y sin trampear las elecciones) ni las candidaturas eran abiertas. Vamos, un mero disfraz de democracia, un truco muy viejo y que pervive hasta hoy.
EliminarAutocorrección ortográfica: se me colaron algunas mayúsculas en mi comentario anterior: debí escribir “rey” y “reina”, con minúscula. Las palabras “rey” y “reina” no son nombres de instituciones (a diferencia de, p. ej., 💩Corona💩, 💩Iglesia💩, Estado, Ayuntamiento, etc.), por lo que la mayúscula sobraba.
Por último, que conste que creo que reemplazar una monarquía por una república no soluciona los problemas de base o de fondo de una sociedad. Opino que este es un cambio mayormente superficial o estético. De mucho más calado sería imponer la laicidad, que no aconfesionalidad, del Estado, y expropiar a la 💩Santa Madre Iglesia💩 de “sus” propiedades, las cuales ha venido amasando a lo largo de los siglos con escasa, dudosa o nula legitimación.
Hola a todos. Los ERTE ETOP también tenían en cuanto a ventajas sobre prestación por desempleo el mismo tratamiento que los de fuerza mayor covid, pero no se mencionan. ¿Quiere esto decir que si no se prorroga el estado de alarma empezarán a gastar paro desde el 25 de junio?
ResponderEliminarEfectivamente, yo lo entiendo así, los ERTE ETOP, también garantizaban que los causantes de desempleo no gastarán días, y ahora (como en muchas ocasiones) no especifican ni aclaran, sobre estas prestaciones. Que nos corrija alguien si nos equivocamos...
EliminarCreo que el artículo de hoy tiene algunas imprecisiones desde mi humilde punto de vista, que puede no ser el correcto, claro. En primer lugar, no veo dónde se ha legislado lo que manifiestas que desde el principio los ERTE por fuerza mayor tenían una prórroga de un mes tras la finalización del estado de alarma. En segundo lugar, aunque tienes razón en que no se ha producido ningún cambio con respecto a las causas del ERTE por fuerza mayor, no es exacto identificar solo el estado de alarma con las causas referidas, o como indicas, las únicas que impiden reiniciar la actividad.
ResponderEliminarEn realidad las causas son referidas al COVID19, no al estado de alarma, aunque éste acapare las mayor parte de las causas. Pero también pueden ser por ejemplo que una empresa que tiene un proveedor de su materia prima principal, esté en un país que por su situación a raíz del COVID19, no puede suministrarlo. O el caso de una empresa que haya tenido que cerrar el 11 de mayo porque el grueso de su plantilla se ha contagiado y los que quedan aún sin contagiarse los mandan a su casa de cuarentena.
El fondo de lo que expones es totalmente acertado, no sea cambiado nada porque es muy diferente decir "(...)causas referidas en dicho precepto que impidan el reinicio de su actividad, mientras duren las mismas y en ningún caso más allá del 30 de junio de 2020" a decir "(...)causas referidas en dicho precepto que hubieran impedido el reinicio de su actividad y en ningún caso más allá del 30 de junio de 2020". En el primer caso, que es el que tenemos, no modificas nada, porque si existen las causas que impiden que abras el negocio sigue siendo fuerza mayor y en el segundo caso, aunque ya no existan las causas, te dan un tiempo de maniobra para preparar la apertura del negocio. Ese segundo caso sería la verdadera desvinculación del estado de alarma.
Gracias por tu tiempo, es un blog muy valioso.
La DF 10ª del RDL 8/2020 no decía eso; establecía "su vigencia durante el plazo de un mes desde su entrada en vigor", sin perjuicio de las prórrogas que se pudieran acordar. Prórroga que vino dada, al menos para los ERTE's FM por la DA 1ª del RDL 9/2020, que los vinculo al estado de alarma. La norma que fijaba su vigencia hasta un mes después del estado de alarma era el RDL 11/2020, DF 12ª, pero no regulaba nada relativo a los ERTE's.
ResponderEliminarCoincido contigo, no obstante, en lo chapucero de todo este tsunami de normas con las que tenemos que lidiar, y en que hay ya da igual lo que fuera ayer. Un saludo.
La DF 10ª RD 8/20 sí que lo dice pero no en su 1ª versión original sino en la modificada posteriormente por el RD 11/20. En cambio el último RD 18/20 del que se habla en el artículo no se preocupó de modificar el 8/20. Esa es la chapuza.
EliminarRectifico, tienes razón. Es para volverse locos.
EliminarA lo mejor esa DF 10 nunca aplicó (ni original ni modificada) a los ERTEs por COVID-19 no? Lo digo porque esa DF 10 dice (tanto en versión original como modificada): “Aquellas medidas previstas en este real decreto-ley que tienen un plazo determinado de duración se sujetarán al mismo”.
EliminarLos ERTEs FM COVID-19 sí que tenían un “plazo determinado de duración”: art. 28 del RDLey 8/20, que después fue limitado por DA 1 del RDLey 9/20 a la duración del estado de alarma.
Laboro siempre aporta una visión del mundo laboral muy rigurosa, exhaustiva, con criterio jurídico, y por tanto, fiable. Por este motivo lo sigo con gran atención y admiración. También he de decir que tener opiniones aquí como la de "Vox por libre" aporta mucha información y ayuda a conocer esa ideología laboral que existe en Españistán (estemos o no estemos de acuerdo-la gran mayoría de los seguidores de laboro no lo estamos) Pero es interesante conocer desde dentro del pensamiento empresarial-vox o cualquier formato de derechas, su visión del mundo laboral. Además el debate siempre resulta interesante con las garantías de respuesta inmediata y siempre argumentada, de Laboro.
ResponderEliminarLaboro, en lo referente a la "prohibición de despedir", hay un apartado que pones que dice lo siguiente:
ResponderEliminar-Los 6m empezarán a contar desde que algún afectado por el ERTE se reincorpore al trabajo efectivo.
Pero y en el caso de que la empresa haya decidido enviar a algún afectado a otro centro de trabajo y allí se haya desarrollado su labor, esos 6 meses empiezan a contar a toda la empresa o se aplica por centro de trabajo?
Gracias.
Pregunto, si la empresa no me saca del ERTE el uno de Julio, me tendría que liquidar mis años trabajados y ponerme paro, PORQUE no comprendería yo que estando yo de alta en una empresa, empieza agotar mi prestación por desempleo
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