Qué pasaría si no se aprobara la reforma laboral de Yolanda Díaz.

Todos sabéis que ERC, Bildu y PNV amenazan con votar contra la reforma laboral de Yolanda Díaz en el Congreso de los Diputados. O sea, que se disponen a salvar a la clase obrera de su perdición o algo de eso. Pero a los heroperetas (héroes de opereta) de la clase obrera se les ha olvidado explicar a los trabajadores las consecuencias prácticas e instantáneas de que la reforma no se aprobara.

En resumen muy básico, lo que pasaría sería sencillamente que todo seguiría como antes, es decir que seguiría vigente la reforma laboral del PP. Pero esto explicación no es suficiente porque es más que obvio que mucha gente no sabe qué elementos nocivos de la legislación laboral son de la reforma del PP, cuáles son de las reformas anteriores del PSOE y cuáles están ahí desde que se “inventó” el Estatuto de los Trabajadores en 1980. Vamos a poner unos ejemplos temáticos:

Despidos.

Si se aprobara la nueva reforma laboral de Yolanda Díaz, los costes y las causas de los despidos seguirían siendo iguales que antes. Si no se aprobara, también seguirían siendo iguales. Ha venido Sherlock Holmes con la lupa, ha investigado y ha deducido que por tanto eso no es un inconveniente para aprobar la nueva reforma laboral. Pero es que Sherlock Holmes es muy listo porque estudió FP y es normal que sepa algunas cosas que los heroperetas ignoran.

ERTE.

Si se aprobara la nueva reforma laboral, las empresas tendrían exenciones parciales de las cotizaciones de los trabajadores a los que metieran en un ERTE en vez de despedirlos. Si no se aprobara, los ERTE seguirían como antes, es decir que las empresas tendrían que seguir pagando las cotizaciones de los trabajadores que metieran en un ERTE. Por tanto, en la inmensa mayoría de ocasiones preferirían despedir trabajadores antes que hacer un ERTE, porque les sería más barato pagarles la indemnización de despido que pagarles esas cotizaciones. Esto se ha demostrado por la vía de los hechos durante los últimos 40 años, porque -¡oh sorpresa!- los ERTE no los inventó el PP en 2012 sino que ya existían en el ET original de 1980.

No fue hasta la pandemia de 2020 cuando se aprobaron unos ERTE extraordinarios con exenciones de cotizaciones, pero que no son para siempre. Cientos de miles de trabajadores han conservado su puesto en la pandemia gracias a esas exenciones. Si no hubieran existido esos ERTE especiales de pandemia con exenciones de cotizaciones, prácticamente todos los ERTE de la pandemia habrían sido ERE de despidos y muchos además cobrando del FOGASA por insolvencia de la empresa, es decir cobrando menos. Pero estos ERTE de la pandemia son extraordinarios y lo poco que queda de ellos durará lo que dure la pandemia. Si no se aprobara la reforma, solo quedarían los ERTE normales de toda la vida, sin exenciones de cotizaciones, y que de nuevo no utilizaría ni el Tato y se volverían a resolver todas las crisis con despidos, como sucedió en la crisis anterior de las hipotecas del 2008 hasta el 2013. Dicho de otra forma: ¿es mejor combatir las crisis con despidos o con ERTE? Habrá que preguntárselo también a Sherlock Holmes.

Convenios.

Si se aprobara la reforma, los salarios de los convenios sectoriales volverían a ser prioritarios sobre los salarios del convenio de empresa a no ser que estos fueran superiores. Si no se aprobara la reforma, seguiría siendo prioritario el convenio de empresa aunque sus salarios fueran peores. Por otro lado, si se aprobara la reforma, todos los convenios seguirían vigentes aunque pasara su fecha prevista de finalización. Si no se aprobara, muchos desaparecerían y los trabajadores afectados pasarían a estar amparados colectivamente solo por el Estatuto, de los trabajadores. Por ejemplo, los trabajadores nuevos de los convenios que desaparecieran solo tendrían derecho al salario mínimo. Como consecuencia de ambas cosas, si no se aprobara la nueva reforma habría miles de trabajadores cobrando menos. No solo menos, sino mucho menos en muchos casos; especialmente las kellys, los vigilantes de seguridad, las limpiadoras y demás puestos típicos de subcontratación con baja formación.

Hay heroperetas ignorantes que están quejándose de que la nueva reforma no ha prohibido que las kellys trabajen a las órdenes del hotel pero cobrando de otra empresa y sin el convenio del hotel. Ignorantes del derecho del trabajo nivel Baby Shark, porque eso se llama cesión ilegal de trabajadores y -¡oh sorpresa!- ya está prohibida desde 1980, por lo que la nueva reforma no necesita añadir nada a eso. Las kellys que estén en esas condiciones ya pueden y siempre han podido demandar, incluso en demanda conjunta o de conflicto colectivo, pidiendo ser reconocidas como empleadas del hotel y con el salario y resto de ventajas que les corresponda por serlo. Igual que la mayoría de trabajadores subcontratados de España de casi cualquier sector.

Contratos temporales.

Si se aprobara la reforma, los contratos temporales no solo serían más cortos sino que habría muchísimas menos causas que justificarían que el contrato fuera temporal en vez de indefinido. Además, las sanciones por hacer temporales incorrectos subirían muchísimo porque se multiplicarían por el número de afectados. Si no se aprobara la reforma, los contratos temporales seguirían siendo igual de largos que ahora, habría más posibilidades de que los trabajadores fueran temporales en vez de indefinidos y no habría sanciones multiplicadas por incumplir todo esto. Resultado: si no se aprobara la reforma habría más contratos temporales y menos indefinidos. Sherlock Holmes se ha tenido que comprar un microscopio, porque dice que no le vale con la lupa para averiguar qué es mejor.

Fijeza del puesto de trabajo.

La nueva reforma crea el concepto, completamente nuevo, de “puesto fijo” dentro de la empresa. Si no se aprobara la reforma, las empresas podrían seguir contratando sucesivamente distintos trabajadores temporales para cubrir el mismo puesto. Si se aprobara, tendrían que hacer contrato indefinido porque ya no se trataría solo de que el trabajador fuera indefinido o temporal según sus tareas sino que también se examinarían las características del puesto que ocupara. Resultado: si no se aprobara la reforma habría más plantillas temporales y por tanto más contratos temporales y menos indefinidos. Sherlock Holmes dice que hoy ya no le da tiempo a averiguar qué es mejor de esto y que ya se lo mirará mañana, porque por lo visto es mu difícil y ahora está mu liao.

Presunción de indefinido.

En Laboro hemos explicado muchísimas veces que el contrato temporal incorrecto se presume indefinido. Eso ya era así antes de esta nueva reforma. Pero ojo: salvo que la empresa probara que de la naturaleza de las actividades se dedujera que el contrato fuera temporal, por muy mal que lo hubieran hecho. Pero esta nueva reforma elimina esta salvedad. Con la nueva reforma, las personas contratadas temporalmente de forma incorrecta adquieren automáticamente “la condición de fijas”. Ya no cabe que la empresa o la asesoría Pepe intenten arreglarlo después de echar al trabajador, después de que este demande o después de que intervenga la Inspección o después de que Pepito Grillo les avise de que Porfirio se les ha vuelto indefinido porque han hecho las cosas mal. Por tanto, si no se aprobara la nueva reforma habría más trabajadores que perderían sus demandas o denuncias ante Inspección en las que pidieran ser indefinidos y la Inspección convertiría menos trabajadores en indefinidos en sus actuaciones de oficio.

Resultado final.

Al final se trata de que hay que elegir entre tres situaciones:

  1. Aprobar definitivamente la nueva reforma. En ese caso habría muchos trabajadores que cobrarían más salario y habría más contratos indefinidos. Prácticamente todos los trabajadores saldrían beneficiados tarde o temprano, porque casi todos están bajo un convenio y cualquiera puede volver a ser temporal en cualquier momento. Pero echar a los trabajadores costaría lo mismo que antes, eso sí.
  2. Solo derogar la reforma anterior del PP sin añadir los elementos positivos de la nueva reforma. Echar a los trabajadores costaría un poquito más de dinero que antes, pero solo en caso de despido improcedente y no en caso de despido objetivo ni de fin de contrato temporal. Además no aumentarían los salarios de los trabajadores ni el número de contratos indefinidos.
  3. No derogar la reforma del PP y no aprobar la nueva reforma de Yolanda Díaz. Echar a los trabajadores costaría lo mismo que antes y tampoco aumentarían los salarios de los trabajadores ni el número de contratos indefinidos.

El fondo de la cuestión es que los heroperetas dicen que van a votar por la situación 3. Ojo, no por la 2, que es lo que algún trabajador parece que se cree. Se puede discutir si la 1 es mejor que la 2 y ese es un debate interesante. Nuestra opinión es que es mejor la 1 y no somos los únicos que sabemos algo de esto y opinamos así. No se trata de que lo que te vayan a pagar cuando te echen sino de lo que vayas a cobrar mientras que estés trabajando y del tiempo que estés trabajando. El despido de 33d/año es simplemente un “sobresueldo” del 9% que cobras solo en caso de despido improcedente. Si volviera a ser de 45d/año, sería del 12%. La diferencia es del 3%, por lo que merece más la pena cobrar un 4% más de salario o que te dure el contrato un 4% más con el despido de 33d, antes que cobrar o durar un 4% menos y cobrar el despido de 45d. Sin olvidar que, en la mayoría de ocasiones, la relación laboral no termina por despido ni menos aún por despido improcedente pagado al 100%, sino por dimisión del trabajador, por fin de contrato temporal, por despido objetivo o por despido improcedente rebajado con acuerdo con el trabajador.

Es obvio que esta nueva reforma no ha eliminado todos los elementos de la reforma anterior del PP, ni siquiera los más lesivos o negativos. Esa promesa eiectoral se ha incumplido. Pero es que esta nueva reforma funciona de una forma completamente diferente a las anteriores. Todas las reformas anteriores se vendían con el mismo cuento de aumentar la estabilidad en el empleo, curiosamente rebajando el despido y facilitando la contratación temporal. Pero esta nueva reforma lo hace totalmente al contrario: deja el despido igual, dificulta la contratación temporal, sanciona gravemente el fraude en esta y dificulta que a los trabajadores les quiten el convenio sectorial.

Si los heroperetas quieren exigir la subida de la indemnización de despido improcedente a 45d/año o recuperar cualquier otro elemento de los que se perdieron con la reforma laboral del PP, ¿por qué no se niegan a aprobar los Presupuestos del Estado o cualquier otra ley en vez de negarse a aprobar una reforma laboral favorable a los trabajadores en muchos otros temas? La respuesta es sencilla: porque lo que quieren realmente es aprovechar la situación para pedir lo suyo, que precisamente no es que suba la indemnización de despido.

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